#147 No.
La declaración del Impuesto la hace el arrendatario a través del modelo 600. El arrendador declara los ingresos por el IRPF, como has dicho.
#79#10 El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava la constitución de derechos sobre bienes inmuebles a título oneroso, y no sólo compraventas; el arrendamiento es uno de ellos, y quien tiene la obligación de presentarlo a hacienda mediante el modelo 600 es el arrendatario.
# 10 El arrendador debe declarar en el IRPF sus ingresos por el arrendamiento, pero yo hablo de otro hecho imponible: la constitución del derecho de arrendamiento, que está sujeto (y desde 2020, exento para los arrendamientos de vivienda). Pero aunque esté exento, hay obligación de declararlo presentando el modelo 600. El arrendatario no ha de pagar nada, pero… » ver todo el comentario
#147 Te lo repito, pa la seño ione si tiene que ir alguien que sean hombres. Sino hubiera usado la parrafada inclusiva que acostumbra a usar que aquí CURIOSAMENTE ha omitido.
#147 Ella quien no quiere que vayan son las mujeres, por eso usa solo el masculino y no la parrafada inclusiva que suele usar. Es un: No queremos que vaya gente a la guerra pero si tiene que ir alguien que no sean mujeres.
#147 En muchas cosas estoy contra la Constitución, porque es una puta broma de mal gusto.
Y sí, se puede retirar la nacionalidad a los extranjeros nacionalizados, a los españoles de origen, no.
#147 Se acusa a Piqué de haber sobornado a cargos de la RFEF a cambio de que el contrato se firmase con la empresa saudita a través de la misma empresa de Piqué. De ser así, que se tendrá que demostrar, no estamos hablando de un comisión por servicios, ¿no crees?: se soborna a directivos de la RFEF a cambio de asegurarse un contrato.
Por otro lado, el supuesto soborno se realiza en España, no en Arabía Saudí, y a cargos de una entidad con registro español. Por eso se investiga en España.
#147 De nada sirve que te leas la conclusión si no te lees el informe, no seas perezoso.
No, no lo fueron, lee mejor y, sobretodo, lee también otras fuentes, como la que te dice que llevan más de 14 partidos prohibidos.
Recuerda, en España habría sido ilegal que se presentaran varios partidos con la ley electoral ucraniana, lo único que reconoce la OSCE es que la reforma para prohibir a esos partidos se hizo...deacuerdo al mecanismo ucraniano que te permite hacer leyes. Todo huele a altísima calidad democrática, sí señor (por cierto, la destitución de Yanukovich NO se hizo deacuerdo a la ley)
No, las malas prácticas electorales rusas no son mayores, porque por ejemplo, permiten partidos de la oposición de signo totalmente opuesto al partido dominante. Eso se llama PLURALISMO.… » ver todo el comentario
#147 Podemos surgió porque gente de izquierdas hizo autocrítica. Sumar surgió porque gente de izquierdas hizo autocrítica. Compromis, lo mismo. La coalición socialdemócrata vasca, igual. IU, en su día, también.
Si tan mala te parece la autocrítica, debes de estar en contra de todos esos partidos.
#147 No , esto no es más que una cámara de eco,dudo que alguien no sea consciente de ello. Lo que no me cabe en la cabeza es que encima quieran que sea gratis porque sí, que los dueños suelten dinero y ya está. Para eso creo que ya están los foros de los partidos políticos.
#147 Te cuento? Tenemos cinco sentidos diferentes. Y la tontería de no añadir Radar/Lidar porque los humanos no los tenemos, también te vale para los aviones y barcos o solo para el Tesla.
#147 en los pisos tutelados no hay segurata. En los centros de menores de régimen cerrado, sí (en los semiabiertos tampoco suele haberlo). Añádele a la empresa y su gestión de PRL y valoración de riesgos psicosociales para el currela, quien haya tomado la decisión de que alguien con ese expediente esté en un piso tutelado y haya chavales en centros mucho peores, semicerrados o cerrados, por auténticas pijadas.
La declaración del Impuesto la hace el arrendatario a través del modelo 600. El arrendador declara los ingresos por el IRPF, como has dicho.
#79 #10 El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava la constitución de derechos sobre bienes inmuebles a título oneroso, y no sólo compraventas; el arrendamiento es uno de ellos, y quien tiene la obligación de presentarlo a hacienda mediante el modelo 600 es el arrendatario.
# 10 El arrendador debe declarar en el IRPF sus ingresos por el arrendamiento, pero yo hablo de otro hecho imponible: la constitución del derecho de arrendamiento, que está sujeto (y desde 2020, exento para los arrendamientos de vivienda). Pero aunque esté exento, hay obligación de declararlo presentando el modelo 600. El arrendatario no ha de pagar nada, pero… » ver todo el comentario