Hace 5 años | Por Wurmspiralmasch... a lasexta.com
Publicado hace 5 años por Wurmspiralmaschine a lasexta.com

El Parlamento de Portugal ha enmendado por unanimidad la ley para ampliar la definición de violación con el fin de que cubra todo el sexo sin consentimiento, sumándose así a los otros siete países europeos que ya cuentan con tal definición.Bélgica, Chipre, Reino Unido, Alemania, Islandia, Irlanda y Luxemburgo, que han aprobado leyes en este mismo sentido.Los diputados y activistas en Portugal argumentaban que la ley, que anteriormente exigía que los fiscales demostraran que en el ataque había habido "violencia", no protegía a personas atacadas

Comentarios

Esperanza_mm

#12 Desconozco como está la cosa en Portugal, pero aquí en España si que se habla de instaurar consentimiento explícito...

S

#16 en eso es en lo que no estoy de acuerdo.

Pero no hablaba de eso

D

#16 el acuerdo de Ankara lo han firmado casi todos los países civilizados, incluso hasta Rajoy, ahora sólo queda ratificarlo...

a

#12 Pues yo no veo la diferencia.

a

#26 Si te he de decir la verdad estricta, el que se llame de una forma u otra me da un poco igual. Por mi como si lo llaman pepa.

f

#6 Es más cuestión de nomenclatura que otra cosa. En el lenguaje común, sexo sin consentimiento es violación. Y en el "lenguaje penal", todos los casos implican penas de cárcel medianamente severas.

El debate me parece un poco sobre el sexo de los ángeles, o si es más importante que se llame abuso o agresión que la pena que lleva (que es lo más real)

#18 ¿Crees que tener sexo con una persona sin su consentimiento debe ser legal?

#20 Es que lo que se debe probar es la ausencia de consentimiento. Por eso de la presunción de inocencia y demás.

D

#32 ¿no se probaba ya la ausencia de consentimiento para condenar por abuso?

f

#33 Por eso que dices me gustaba la idea de no llamar legalmente violación a nada. Separar la ley del diccionario.

#35 No estás hablando de delito, estás hablando de como demostrar la ausencia de consentimiento. Pero también puede ser difícil probar la violencia. Si te amenazan con un cuchillo, por ejemplo.

#36 Que yo sepa sí.

#37 Si nos ponemos tontos, puedes decir que te han amenazado con un arma antes y has tenido que fingir el consentimiento. Puestos a buscar las vueltas...

D

#38 pues si ya se probaba el consentimiento, hay que preguntarse para qué el cambio legal y qué consecuencias tiene.

Por lo que he leído personalmente me parece que se busca endurecer las penas con brocha gorda, me puedo equivocar claro.

f

#40 Es cambiar el nombre. Y posiblemente cambiar las penas. No soy jurista, por lo que no sé si es mejor un único delito con distintos agravantes/atenuantes o distintos delitos. A mí me gusta más uno solo, lo veo más claro. Pero como lego total.

Yo veo algo parecido a la diferencia entre "hurto" y "robo". Y no creo que nadie al que le hayan levantado el movil al descuido diga "he sufrido un hurto". Más bien "me han robado el movil".

D

#41 yo veo diferente violar a alguien a violar a alguien y romperle las costillas.

Para la Rae, robo y hurto es lo mismo, en lenguaje coloquial se puede decir lo mismo, pero el lenguaje jurídico es diferente. Aunque para ti que te quiten la cartera en un despiste, o que te la quiten poniéndote una navaja en la garganta sea robo, jurídicamente no lo es, y las penas son distintas, porque lógicamente es peor que te coaccionen.

f

#43 Y veo distinto darte una patada en la espinilla que darte una paliza que te deje dos días en el hospital. O romper un candado para robar un carro de la compra o entrar en casa a punta de pistola y llevarse todo lo de dentro. Y dicho sea de paso, las penas no son las mismas. Que tenga el mismo nombre no significa que tenga la misma pena.

Y el caso que has puesto seguramente sean dos delitos. Uno por violar y otro por romperle las costillas. Obviamente sumando penas.

D

#45 no veo el texto de la ley en las noticias que he consultado, no sé si es la misma pena. o que dicen los artículos es que ya no se basa en la violencia sino en el consentimiento. Veo más difícil discernir usando ese criterio.

Cambia lo de las costillas por algo más leve, pero con lesiones.

f

#47 Sigue habiendo dos delitos. Violación y lesiones.

Y sigo poniendo el mismo ejemplo del robo. No es lo mismo robarle el caramelo a un niño que robar un banco a punta de pistola. Y no tiene la misma pena.

D

#49 afirmas, ¿tienes el texto de la ley para ver cómo va a ser?

El robo tiene distintos artículos para diferenciar las circunstancias, es el mismo tipo delictivo con diferentes supuestos y penas, igual que ocurre ahora con abuso y agresión sexual. Veo difícil emular eso en un tipo delictivo en el que solo dependa el consentimiento. Haciendo ese tipo de cambios en el robo podría darse el absurdo de que se pene igual robar un caramelo que robar a punta de pistola.

f

#55 ¿Dónde pone que "sólo depende del consentimiento"? ¿He dicho eso en algún momento?

D

#56 "Los delitos de naturaleza sexual y la violación (en Portugal) están basados en la existencia o no de violencia y queremos que se basen en la existencia o no de consentimiento"

Los artículos dicen que la base es el consentimiento, no sé qué grados de consentimiento se pueden dar para que no sea algo binario. Pero no he leído el texto de la ley, y creo que tú tampoco, para afirmar cómo es. Ante ese tipo de desconocimiento, es mejor prevenir.

f

#58 Antes: Si no hay violencia, no hay delito. No dice que todos sean iguales, dice que es necesaria violencia.
Ahora, si no hay consentimiento, hay delito. Tampoco dice que todos sean considerados iguales.

Y en España ambos son delitos. Con tipos distintos, y quieren cambiarlo al mismo, con distinta pena.

P.D. Que violen a una mujer inconsciente me parece igual de asqueroso que cualquier otra violación sin lesiones. En general.

D

#62 ¿me pones fuente de tus afirmaciones? Porque lo que he leído en artículos es que les molestaba que se condenara como "abuso" no que no fuera delito.

De hecho el artículo mencionaba un caso "indignante" en el que no se consideraba culpables de violación a un par de personas, pero les cayeron más de 4 años de cárcel. Lo que da más veracidad a la teoría de lo que se busca es aumentar penas con brocha gorda y ya está.

f

#63 El código penal y la convención de Estambul.

Que se pretendan aumentar las penas no lo sé. Ni me importa especialmente. Violar una mujer inconsciente me parece un delito muy asqueroso. No me parece mal que se equipare a una violación con amenaza.

D

#64 ¿qué código penal y qué convención? Te pido que me demuestres que antes de esta reforma no era delito, que es lo que has afirmado.

Pues si empezamos a seguir tu punto de vista, pues nada, para qué complicarse la vida, al final lo más sencillo será que solo haya un tipo penal, y que se aplique 20 años de cárcel indiferentemente de si roban un caramelo o asesinan a alguien.

f

#66 Ya he dicho que en España ha sido siempre delito.

Y una duda ¿Estás defendiendo que violar a una mujer inconsciente es un delito menor?

D

#69 en #_62 has dicho esto, hablando de Portugal supongo, que es de lo que va la noticia:

"Antes: Si no hay violencia, no hay delito. No dice que todos sean iguales, dice que es necesaria violencia.
Ahora, si no hay consentimiento, hay delito. Tampoco dice que todos sean considerados iguales.
"

Y seguramente sea falso sí, como en el caso que he citado que si buscas(que curioso que no lo mencione esta y otras noticias), fueron condenados.

Me parece que una persona que, a lo mejor incluso estando bajo efectos del alcohol, viola a una mujer inconsciente, no comete una falta tan horrible como alguien que fuerza a alguien para penetrarla, alguien que mientras la otra persona se resiste y entra en lágrimas la abofetea, la empuja contra la pared, le provoca lesiones.....y demás imágenes horrendas que pueden venir a la mente y que involucran a una persona activamente oponiendo resistencia y otra activamente oponiendose a ella, es bastante peor y más enfermizo. La verdad es que no me imaginaba que un día tendría que discutir este tipo cosas la verdad, parece bastante obvio.

También me lo parece el que, de forma general, una persona que haya sufrido una violación inconsciente, que puede que no se entere si no se lo cuentan o lo descubre de alguna forma, acabe con unas secuelas psicológicas menos severas que las de una persona a la que, como he descrito antes, la han estado forzando, lo ha vivido plenamente y con lágrimas recorriendo su rostro.

No sé oye, seré yo.

f

#70 No hay delito. No hay ese delito. Hay otro. No soy experto del Código Penal Portugués.

Y obviamente, las lesiones hay que ponerlas aparte. Pero la violación de una mujer inconsciente me parece un delito muy asqueroso, por mucho que tú quieras quitarle hierro. Si total iba bebido, no se daba cuenta... Y ese es sólo un ejemplo, que hay otros muchos (niños, discapacitados mentales, uso de drogas, etc). Sinceramente, una persona que hace esas cosas no me merece ningún tipo de respeto.

D

#71 no hay delito, pero sí.

Distinguir grados no es quitar hierro a nada, hablar de hechos tampoco. Interprétalo como te de la gana para afirmarte en tus creencias, eso no hará que deje de haber diferencias entre actitudes activas o pasivas, o peores secuelas de acuerdo a el grado de consciencia y percepción que se tiene de un acto.

f

#72 Jurídicamente a eso se llaman agravantes y atenuantes.

Decir no es lo mismo, lo mismo iba bebido, si no se lo dicen no se entera... se parece mucho a justificar una acción.

D

#73 no tiene por qué ser un agravante o un atenuante, pero oye, si crees que en esos casos se debería aplicar un agravante, es decir, que sea peor y se endurezca pena, me parece que te contradices en la tesis de que te parece bien o te da igual que se aplique misma pena.

Y de nuevo, no, poner hechos no es justificar una acción, distinguir diferencias entre unos hechos y otros, tampoco.

f

#76 Poner hechos no es justificar. Poner hechos de una determinada forma... se parece mucho.

Y por supuesto que estoy de acuerdo que dependiendo de las circunstancias se module la pena. Nunca he dicho lo contrario. Lo que digo es que, de base, no me parece menos asqueroso. Si luego ponemos descripciones adicionales, modularemos para arriba o para abajo.

a

#32 No me jodas que se deja de castigar la violencia. Cada vez se enmierda más esto.

f

#48 ¿Cómo que se deja de castigar la violencia? Lo que dice es que se castiga aún sin violencia. Que ya se hacía, por otra parte.

a

#51 ¿y entonces la diferencia cual es? ¿cambiar el nombre-A por el nombre-B? ¿en serio?

D

#12 ¿tienes el texto de la ley para valorarlo? Por lo que leo en medios españoles y portugueses el "problema" es que la ley distinguía entre situaciones con violencia y sin ella, algo similar(o igual) a lo que ocurre aquí con abuso y agresión. La idea es cambiar eso para que no importe la violencia y se pene simplemente con la ausencia de consentimiento, es decir, usar la brocha gorda para todos los casos.

Por no entrar en la parte de cómo pruebas el consentimiento.

S

#20

Lo que entiendo es que toda relación sexual no consentida será "violación". Por relación sexual entiendo acceso carnal.

Y me parece más lógico esa denominación para un tío que tiene sexo con una mujer inconsciente que llamarlo "abuso sexual con acceso carnal". Porque desvirtúa la tremenda gravedad del hecho al calificarlo como "abuso". Palabra que debería reservarse para hechos menos graves.

No entro a valorar como pruebas el consentimiento porque de eso no estamos hablando. Estamos hablando desde el supuesto probado de que la relación no era consentida. Bien porque era una violación "al uso", bien porque estaba dormida, bien porque era un niño o niña de corta edad.

D

#22 o sea que es un problema....¿de nombre? ¿Tienes el texto de la ley para verificar que se ha cambiado sólo el nombre y que las penas son las mismas que antes? Es más, hablas de acceso carnal, ¿la ley comparte ese criterio o se extiende a más casos de no consentimiento?

El artículo dice que el objetivo es que la ley se base ahora en el consentimiento, ¿cómo no vamos a hablar de ello si es en lo que se basa la modificación de la ley? Tal cambio legal puede redefinir los elementos probatorios del consentimiento.

Y en cualquier caso, si la ley se basa en el consentimiento, ¿se pena de igual forma a alguien que abusa de alguien que duerme que a alguien a quien se le fuerza y se le provocan lesiones?

S

#27

A ver. Aunque parezca chorra, si que se le da importancia al "nombre" del delito, aunque es obvio que lo más importante es la pena asociada. Podríamos llamar a tener sexo con una persona inconsciente "hacer el amor sin cariño" y penarlo con 15 años de trullo. Pero como llames al delito tiene su importancia.

La palabra "violación" tiene unas connotaciones que me parecen razonables para aplicarlas a cualquier acceso carnal sin consentimiento, como puede ser con un niño pequeño o una persona inconsciente.

Todo esto no tiene que ver con el consentimiento"expreso" o "solo el si es si" que obviamente son una aberración jurídica

D

#33 yo prefiero ser condenado por violación y comerme 3 años de cárcel a que me condenen a 15 por "hacer el amor sin cariño".

A lo mejor lo que habría que hacer es concienciar a la gente para que de más importancia a ciertas terminologías y no parezcan "poca cosa", porque realmente no lo son. De hecho al final se desvirtúa el lenguaje pretendiendo dar el mismo nivel de gravedad a todo.

Ahora, el acceso carnal es violación, correcto, pero las circunstancias del acceso son importantes, no me parecería correcto que con estas leyes se simplificaran. Personalmente estoy muy de acuerdo con la terminología de abuso y agresión que da el CP español.

Pero todo este debate es inocuo sin conocer el alcance de la reforma.

S

#39 a ver, yo tb estoy de acuerdo en que la pena es importante, más que la denominación del delito.

Solo digo que me parece más correcto el uso de "violación" para todo acceso carnal sin consentimiento.

El C.P. establece una diferencia entre el uso de la violencia o intimidación (agresión sexual) y el no-uso (abuso). Y me parece correcto.

Pero me parece mejor que a los accesos carnales se les llame a todos "violación". Es una cuestión banal? Puede, pero creo que es importante saber que si fulanito fue condenado por "violación" es que hizo algo muy concreto. Si lo llamas "abuso" no vas a saber realmente que es lo que hizo.

Por ahí van mis tiros

S

#39 también me parecería lógico que, aunque se llame violación a todo acceso carnal sin consentimiento, las penas se gradúen en función de los hechos:

Más pena si hay violencia o si es un niño que si es persona inconsciente.

Un saludo

m

#10: Lo mínimo es poner el móvil en modo Villarejo, para grabarlo todo en audio.

También se puede grabar el vídeo, pero donde las dos partes aporten una contraseña de codificación, de forma que este no pueda ser visto sin el consentimiento de las dos partes, y así no se sube a redes sociales. Esto permitiría poder llevar el vídeo a un juez y que determine si el sexo fue forzado o no.

a

#14 Pero solo hay consentimiento con documento firmado.

D

#19 eso es porque lo dices tú y punto, ¿no?

El consentimiento en derecho se rige por capacidad, libertad, conciencia, exteriorizacion...o sea, sí es sí y lo demás es no.

A ver si os entra...

a

#24 No tienes el consentimiento si no tienes el documento, pues las palabras se las lleva el viento.

D

#52 cuando te enteres que existe una cosa llamada acuerdo verbal vas a flipar...pero bueno, tú a lo tuyo.

a

#57 Ilustra aquellas situaciones en las que se dice mucho pero no se plasma nada en un texto que pueda obrar como documento comprobable de lo acordado. Alude a las promesas de dudosa concreción. Aquí se toma al viento como responsable del asunto. Esto se debe a que las palabras expresadas oralmente son lanzadas al aire, motivo por el cual aparece el viento como el culpable de llevárselas de un modo irrecuperable hacia un destino desconocido.

D

#19 ni siquiera con esas, en mitad del acto puede haber un cambio de opinión.

a

#60 Sí, pero en caso de juicio, tener una firma es algo.

D

#65 sirve para probar que empezó con consentimiento, pero al final eso da igual si a la mitad una parte afirma haber cambiado de opinión.

D

#14 Pues claro que no tendrán hijas, ninguna mujer va a acercarse a especímenes así. Que por otra, ese no acercamiento es el motivo de que piensen así, ya que eso de reconocer sus fallos es demasiado para su trastocado ego.

D

#14 En nuestra legislación el sexo sin consentimiento es delito. Es una cuestión semántica:

Ausencia de consentimiento = Abuso.
Ausencia de consentimiento + Penetración = Abuso agravado.
Violencia = Agresión sexual.
Violencia + Penetración = Violación.

En nuestro caso, todo el debate este no es más que un aumento de penas disfrazado.

m

#29 De hecho la palabra violación como tal no aparece en el código penal actual, básicamente por que se dividió en abuso y agresión para modular las penas en función de si había violencia o no.

D

#44 Sí. De hecho la propia palabra violación deriva de violencia. Pero bueno. A las feministas hay que darles la razón, si no, eres un machista agresor machirulo que abusas de tus privilegios y, además un violador complice por inacción.

La mayoría de gente indignada a raíz de la sentencia de la manada no tiene ni puta idea de derecho penal y, quienes la tienen, todavía peor. Con la legislación que nos quieren meter en la garganta se cargan el principio de taxatividad en el derecho penal, porque supongo que querrán poner un único tipo delictivo para los delitos contra la libertad sexual (violación) con un rango de pena amplísimo.

A la larga a nuestro sistema de derecho penal no le va a quedar indemne ni uno solo de los principios limitativos. Felicidades españa.

T

#14 Define "consentimiento" y verás dónde está el problema.

D

#31 yo no tengo que hacerlo, ya lo hacen los códigos civiles, penales y hasta el diccionario. Y no veo el problema salvo el que os montais algunos en la cabeza.

D

Sin nada que temer, no se necesitan leyes que te cubran las espaldas.
Al menos están en la península Ibérica, con suerte ejerce alguna influencia en otros.

T

Sexo sin consentimiento expreso -> Violación.
Defenderte del puñetazo de tu mujer -> Violencia de género.
Apuestas. ¿Qué será lo próximo?

D

¿Cómo era eso de follar con notario?

D

#84 ah, no está legislado como cualquier otra violencia conyugal? Creo que si habrá, no? Ya que hay matrimonio tambien de personas del mismo sexo/género.

box3d

#85 No está penado igual hasta donde se. Dos gays dos lesbianas pueden destrozarse mutuamente y "poca cosa" harà la ley comparado con una pelea hetero.

D

#54 Pero que dices! Sí son lo mejor, calor en invierno y sombra en verano. ¡Qué más quieres incel!

D

Si todo es violación nada es violación. Lo diré de otra forma, si todo sobresale nada sobre sale. Si cualquier homicidio es asesinato, y cualquier hurto/estafa es robo entonces esas palabras pierden sentido.

box3d

Neutral en género por casualidad? O abuso hombre/hombre se va a volver a quedar en El tintero?

D

#1 En dos minutos mas o menos encontré la respuesta a tu pregunta buscando en Google.

D

#5 Que apañado eres. clap

D

#17 Y ese es un problema real, y no el que se montan cuatro por aquí.

D

#17 la homofobia ya es un agravante...

box3d

#83 Me refiero a violencia dentro de la pareja homosexual roll

Schrödinger_katze

#1 ¿A qué te refieres? El delito de agresión sexual, al menos en España, es perfectamente neutro. Tanto un hombre como una mujer pueden ser perpetradores y víctimas de cualquier delito contra la libertad sexual.

En otros países europeos puede ser un poco distinto. Por ejemplo, en Reino Unido, se requiere el uso del pene del agresor, de modo que siempre será el agresor un hombre, aunque si este viola a otro hombre (el caso que tú mencionas), seguirá siendo el mismo delito que si violara a una mujer.

D

Tenéis que pagar chavalotes portugueses, podéis pagar 100 euros por polvo o casaros y tener hijos que os jodan la vida, lo demás es no consentido

D

#4 tu ponte condón no pilles una ETS. Dime de qué presumes...

m

#4: Sin justificar las posturas machistas y misóginas del Instituto Nacional Contra la Emancipación Lésbica, hay que apuntar un problema, y es cómo demostrar que si hubo consentimiento.

A mi me parece normal que todo sexo no consentido sea violación, pero... ¿Firmamos un contrato previo a la práctica de sexo? ¿Hacemos una grabación en vídeo donde se dice "soy X, hoy es tal día y doy mi consentimiento a X para practicar sexo con Y"? No es algo tan sencillo y puede dar lugar a problemas.

Es decir, si no demuestras el consentimiento te pueden cascar una violación sin que haya sido violación.

Digo esto como oso panda con poco interés en el sexo y que no lo practica.

Mr_Invisible

#35 aun grabando un video en el que ella da su consentimiento. Podría darse el caso de que un segundo después de que apagues la cámara. Ella decida arrepentirse. Así que vale de poco grabar o hacer firmar

m

#68: Pero si está grabado, cifrado por las dos personas que practican sexo, y en dos copias (una para cada uno), si ella se arrepiente luego el juez puede pedir dicho vídeo y comprobar si fue consentido o no mediante dichas claves y el visionado del vídeo.

d

#35 Creo que es la persona que acusa quién tiene la carga de la prueba. Es decir, quien asegura que no hubo consentimiento, debe probarlo.
Por ejemplo, si yo digo que tu me robastes mil euros, no eres tu quien debe probar que no me los robastes, pues sería imposible. Soy yo quien debo probarlo.

m

#80: El problema es que en este tipo de delitos es difícil encontrar pruebas.

D

#4 no seas falaz mezclando términos como pagar por sexo a sin consentimiento, es lo que acabas de hacer

D

#13 deja de hacértelo con gordas, el único placer es quitárselas de encima