#21:
#12 No señor. La propiedad es tuya desde el momento de la firma de las escrituras de propiedad. Luego hay otras escrituras, que son las de la hipoteca, en las que dice que, si no pagas ese préstamo, el banco se queda con el bien que figura de garantía, que es la casa. Pero la casa no es del banco.
Que no se interprete esto como una defensa de la banca.
Si no me equivoco, el préstamo hipotecario se realiza con un bien como garantía. Al desaparecer el bien el banco puede exigir el pago del remanente.
Es cruel, pero creo que la cosa es así.
#87:
#4 Es que para estos casos está el consorcio de seguros. Es como un seguro de los seguros, para que, en una catástrofe, no se hunda un seguro (por tener muchos clientes en una zona, por ejemplo).
Y es normal que el prestador reclame la deuda. Por eso hay que asegurar la vivienda, te obliguen o no. Yo no veo ningún problema. Otra cosa es que los bancos nos caigan mal, pero eso no es motivo para que no tengan derecho a que se les salde las deuda.
Si fuera otra catástrofe natural (¿un incendio?) no habría problema (teóricamente); te pagan la pérdida y con eso vuelves a construir y tú sigues pagando como venías haciendo (otra cosa es donde vivas mientras tanto). El problema aquí es que han perdido el terreno y eso no aseguramos; aseguramos el continente (vuelta a construir) y el contenido. Y ese problema no es de los bancos por muy malos que sean. En todo caso, el gobierno podría apiadarse de ellos y ayudarles, con el dinero de todos, a facilitarles otro suelo.
Sensacionalista el titular a más no poder, por muy malos que sean los bancos.
#106:
#3 Hace unos años cité a Brecht en aquella famosa frase de "¿qué es robar en un banco en comparación con fundarlo?" Y un meneante/a se me alteró diciendo que esa frase populista no tiene el más mínimo sentido. Le contesté que no conozco la historia de ningún atracador que haya hecho el mal que han hecho algunos bancos, ni siquiera la mitad.
No me respondió.
Éste es otro ejemplo de algo que no podría hacer ningún atracador de un banco.
#60:
#4#8#11#49
Pero.... Es que nadie se lee las cláusulas de los seguros?
Dicen bien claro que terremotos y demás fenómenos naturales a gran escala están excluidos.
Por tanto que nadie espere cobrar nada del seguro.
Como mucho pagará en consorcio de seguros, eso ya es otra cosa, y ya veremos lo que pagan, a quien y cuando.
#102:
#94 no te hacen renunciar a ningún derecho. A ti tu seguro, o en su defecto, el consorcio, te indemniza por el valor total de la casa, el banco tiene derechos de cobro preferente por el capital que te quede por amortizar.
Si tu casa valía 100.000€ y tú debías 50.000€, a ti te dan 50.000€ y a tu banco otros 50.000€
#3:
#1 en la fabula del escorpion y la rana ambos mueren, por lo que es malo para ambos. En este caso.. que tiene de malo para los bancos? ellos simplemente quieren robar el dinero, si lo consiguen no hay nada malo para ellos, solo beneficio. La rana moriria, pero el escorpion se va a las Bahamas de vacaciones.
#5:
A ver, a poner orden.
Es lo normal, lo malo son las formas. El propietario de la casa debe pagar la deuda y el restante es suyo para la nueva casa o lo que sea. Igual pasa en cualquier situación donde no se puede re construir.
Recuerdo cuando el descarrilamiento del ave y el seguro pidiendo los billetes. Es normal pedirlo (coño, pero no al amputado o lisiado que es sobradamente evidente) pero sí a ese que solo le duele el cuello.
#89:
#37 Vivirán de rescates, comisiones, embargos y mil argucias de la ingeniería financiera. Decir que un banco morirá por impagos es como decir que la policía desaparecerá por hacer bien su trabajo y acabar con el crimen.
.
#6:
#5 No, no es lo normal. El propietario lo que debe pagar es el préstamo mes a mes, que es a lo que se comprometió. No hay ningún motivo robar un dinero a los propietarios cuando éstos no han incumplido el contrato.
#11:
#4 Gracias a ese seguro, concretamente a la parte del seguro que va para el consorcio van a cobrar.
#30:
#18 >> No veo por qué mientras se siga pagando. Que haya desaparecido la garantía es problema del banco.
Pues porque el contrato de la hipoteca tiene otras condiciones aparte de cumplir con los pagos y una de ellas es que el bien que garantiza la hipoteca siga estando disponible para... garantizar el pago de la hipoteca.
Y me parece lo más normal y lógico del mundo que si una vivienda tiene una hipoteca el primero en cobrar la indemnización sea el banco. Es la ley y es lo lógico.
Si yo tengo una casa y la vendo no basta con que yo siga pagando la hipoteca mes a mes sino que el banco exige se liquide la hipoteca. Pues en este caso los propietarios han "vendido", aunque sea de forma forzosa e involuntaria, sus viviendas y lo que obtengan como compensación debe ir primeramente a pagar la hipoteca.
No entiendo la mentalidad de que los bancos deben perdonar deudas porque tienen mucho dinero.
#33:
#19el seguro de hogar asociado a una hipoteca cubre exactamente eso, que si la casa se quema, se derrumba o se la come un volcán, la hipoteca se salda con lo que paga el seguro
El propietario se queda sin casa y sin deuda. Y entonces se puede buscar otra casa.
#41:
#12 Ehhh no es así. La propiedad es tuya, la has pagado integra al vendedor. Lo que tu tienes que devolver al banco es el préstamo, no una casa.
Así que sí que puede haber un restante.
#31:
#18 es un préstamo hipotecario tiene una condiciones especiales precisamente porque pones en prenda algo que vale más que el préstamo y por tanto si pidieras ese dinero sin esa garantía te lo darían más caro, te puede gustar más o menos pero es normal que el primero en cobrar sea el banco y luego ya si quieres haces otra hipoteca
#1 en la fabula del escorpion y la rana ambos mueren, por lo que es malo para ambos. En este caso.. que tiene de malo para los bancos? ellos simplemente quieren robar el dinero, si lo consiguen no hay nada malo para ellos, solo beneficio. La rana moriria, pero el escorpion se va a las Bahamas de vacaciones.
A ver, a poner orden.
Es lo normal, lo malo son las formas. El propietario de la casa debe pagar la deuda y el restante es suyo para la nueva casa o lo que sea. Igual pasa en cualquier situación donde no se puede re construir.
Recuerdo cuando el descarrilamiento del ave y el seguro pidiendo los billetes. Es normal pedirlo (coño, pero no al amputado o lisiado que es sobradamente evidente) pero sí a ese que solo le duele el cuello.
#5 No, no es lo normal. El propietario lo que debe pagar es el préstamo mes a mes, que es a lo que se comprometió. No hay ningún motivo robar un dinero a los propietarios cuando éstos no han incumplido el contrato.
Te prestan un dinero, pones como aval tu casa y te exigen asegurarla
Pierdes tu casa
El seguro te indemniza
Pretendes dejar de pagar el préstamo y quedarte con la indemnización
¿Lo que acabo de decir es así o patina algún punto?
El préstamo es a una propiedad, que no es tuya, si no del banco hasta que la pagas. El seguro debe pagarte el importe de la casa, punto.
Luego, tu pagas al banco lo que quede de préstamo mes a mes. Y te compras otra casa. Solo falta que te cobren encima intereses por un capital que has pagado por adelantado.
#7 Es que es lo normal, cuando te haces un seguro que te cubre el importe de la hipoteca, tu firmas una carta de cesión de derechos para que si el inmueble queda destruido, primero cobra el banco que es a quien tu le debes el dinero.
#16 La deuda se pagara en las condiciones que se hayan pactado en la hipoteca, no todo de una vez porque el banco lo diga. Para empezar en otro lado precisamente puede usarse el dinero del seguro.
#12 Es que según parece... según leo...
" Cuando se tramita el expediente del daño generado, aclaran, “el Consorcio te pide el seguro de hogar. Te pregunta si tienes hipoteca y solicita un documento del banco como trámite. En ese momento, el banco intervente para que el cliente asegurado firme el papel que confirma a la entidad como beneficiaria del pago. Ese documento exige el pago completo de la hipoteca con el ingreso de la prima.
Los banqueros entienden que al desaparecer la garantía hipotecaria debe abonarse completamente el préstamo concertado."
#12 No señor. La propiedad es tuya desde el momento de la firma de las escrituras de propiedad. Luego hay otras escrituras, que son las de la hipoteca, en las que dice que, si no pagas ese préstamo, el banco se queda con el bien que figura de garantía, que es la casa. Pero la casa no es del banco.
#18 Debería repasar mi hipoteca pero creo que está en el contrato. Me suena de haberlo comentado como caso hipotético cuando compré mi anterior vivienda. De hecho, si no fuera así, podrías vener tu casa y desaparecer con la pasta (al menos, teoricamente)
#20 si no hay colateral se comen el riesgo, que se lo cobran en forma de interés. Y por eso obligan tener seguros,etc.
Pero de ahí a tener que pagar una casa que ya no está y en un pago único, que seguro que no descuenta el principal adelantado con lo listos que son, si no la suma total de la hipoteca a 20 o 30 años con intereses.
Lo norm es cancelar la hipoteca pagando lo restante (mes a mes, o ajustando intereses si se paga por adelantado) y con el dinero restante hacer otra hipoteca y comprar otra vez.
No obstante aquí sale perdiendo el propietario que se come el riesgo - pues ahora tiene que conseguir otra hipoteca en peores condiciones - por el que ha pagado al banco una prima. Y el banco, que llora diciendo que tienen mucho riesgo nunca acaba asumiendo ninguno.
#3#17 No estoy de acuerdo. Los bancos a la larga también mueren si se cargan al pueblo del que se alimentan. La fábula aplica porque el banco está actuando según su naturaleza explotadora y avariciosa a pesar de que eso le va a acabar repercutiendo negativamente.
#18 >> No veo por qué mientras se siga pagando. Que haya desaparecido la garantía es problema del banco.
Pues porque el contrato de la hipoteca tiene otras condiciones aparte de cumplir con los pagos y una de ellas es que el bien que garantiza la hipoteca siga estando disponible para... garantizar el pago de la hipoteca.
Y me parece lo más normal y lógico del mundo que si una vivienda tiene una hipoteca el primero en cobrar la indemnización sea el banco. Es la ley y es lo lógico.
Si yo tengo una casa y la vendo no basta con que yo siga pagando la hipoteca mes a mes sino que el banco exige se liquide la hipoteca. Pues en este caso los propietarios han "vendido", aunque sea de forma forzosa e involuntaria, sus viviendas y lo que obtengan como compensación debe ir primeramente a pagar la hipoteca.
No entiendo la mentalidad de que los bancos deben perdonar deudas porque tienen mucho dinero.
#18 es un préstamo hipotecario tiene una condiciones especiales precisamente porque pones en prenda algo que vale más que el préstamo y por tanto si pidieras ese dinero sin esa garantía te lo darían más caro, te puede gustar más o menos pero es normal que el primero en cobrar sea el banco y luego ya si quieres haces otra hipoteca
#19el seguro de hogar asociado a una hipoteca cubre exactamente eso, que si la casa se quema, se derrumba o se la come un volcán, la hipoteca se salda con lo que paga el seguro
El propietario se queda sin casa y sin deuda. Y entonces se puede buscar otra casa.
#26 Realmente no entiendo de estos vericuetos legales... y menos los relacionados con la Banca... simplemente he leído el artículo donde explican su versión del asunto. Seguro que sabes más que yo de esos temas... En cualquier caso, a nivel ético, me parece un pequeño abuso... que puede ser "legal", no lo discuto, pero... un poco "abusica" por parte de la Banca.
Esa clàusula esta entre lax que firmas cuando firmas la hipoteca . Pero este país es ese en el que los bancos os engañan porque NO LEEIS LO QUE FIRMAIS !! El banco se aprovecha de vosotros porque la dejáis ! Si no te gustan las clausulas no firmes . Y si no encuentras otras o bien no pides el préstamo o firmas y cuando pasa lo que dice la cláusula te jodes porque ya lo sabías . Pero aquí no , aquí ponemos el grito en el cielo porque el banco hace LO QUE YA SABIAS (O DEBERIAS SABER) que haría .
#28 Hombre, ¿cómo están los Estados que han rescatado esas bancas? Jodidos. ¿Cómo están los ciudadanos de clase baja y media de esos países? Aún más jodidos. ¿Aguantarían una segunda ronda de rescates a bancos y apretones de cinturones para que los banqueros tengan sus billones en pluses por productividad? Que cuando nadie tenga dinero para pagar hipotécas, ¿de qué van a vivir los bancos?
#3 Es que es la versión en la que el escorpión cruza encima del cadáver flotante de la rana. La moraleja es que el escorpión no necesitaba matarla, pero por qué privarse del gusto si no hay consecuencias.
#27 Eso mismo dijeron las vacas y los cerdos, si nos siguen matando los humanos se extinguirán... y aquí seguimos, matando a vacas y cerdos.
La banca es una depredadora, pero no es tonta, sabe cuanto y donde y como apretar para sacarnos lo máximo posible sin llegar a agotar sus recursos naturales
#12 Ehhh no es así. La propiedad es tuya, la has pagado integra al vendedor. Lo que tu tienes que devolver al banco es el préstamo, no una casa.
Así que sí que puede haber un restante.
#30 No se de dónde sacas lo de perdonar, nadie habla de perdonar nada.
En cuanto al préstamo el banco pide una garantía para el préstamo que es la casa y también pone otras condiciones en el estudio de riesgos como tener una nómina tal o cual, pues que apechugue con esas garantías sin le parecieron suficientes. Comparas una venta con esto, como si lo involuntario y forzoso no tuviera relevancia vamos...
Pides una hipoteca para comprar una casa
A la vez el banco te obliga a contratar un seguro que cubre el valor de la casa si la casa queda destruida, quemada o engullida por la lava
La casa es destruida
El seguro te paga el valor de la casa
Pero sigues con un préstamo hipotecario pendiente por pagar
Con el dinero del seguro se líquida la deuda
¿Por qué no puedes seguir pagando y quedarte con el dinero?
Porque la hipoteca está asociada a una casa que ya no existe, si no hay casa, la hipoteca no cumple con su objetivo y su garantía que es la casa original
El resultado es que te quedas sin casa pero también sin deudas
#33 Ni por asomo. La hipoteca se salda cuando se termina de pagar todo, sea suficiente lo del seguro o no. El seguro igual no cubre ni la mitad y luego tiene que seguir 10 años pagando cuotas, son cosas independientes.
#35 ya, pero no todo lo que firmes se tiene que cumplir. Ya que hay una cosa que se llama cláusulas abusivas.
Y ya llevarnos unos años con que el banco las mete. Pero no por ello son legales, como ya se ha demostrado tantas y tantas veces.
No sé si este será el caso. Pero eso de "lo firmaste, lo cumples" no es así.
No se debe. Ese movimiento ha sido el origen de fraudes muchas veces.
Y del tema de la destrucción, recuerdo que era obligatorio un seguro por el valor de la reconstrucción, o al menos por la cuantía restante de la hipoteca.
Obviamente, en mi caso, la posibilidad de la destruya un volcán es similar a que haga un trío con Scarlett Johansson y Elsa Pataki a la vez (y que luego Thor me pague unas birras)
#46 Pero, según entiendo al leer las declaraciones de algún banco es que... "Los banqueros entienden que al desaparecer la garantía hipotecaria debe abonarse completamente el préstamo concertado."
#6 si, si es lo normal, y de hecho el seguro de hogar lleva una cláusula de cesión de derechos hipotecaria para estos casos, de hecho esa gente que tiene seguro debería estar aliviada, porque se hará cargo del pago de la hipoteca, por el contrario tendrían que pagarla igualmente, pero sin ese dinero. Y si, tienen que pagarlo completamente, ya que la garantía de dicho préstamo deja de existir
#11 la gente lo del seguro, el consorcio, las primas, los creditos... Tú comentarió es de los mas sensatos pero como lo primero, a nadie le interesa. Y ojito soy el primero que me repele el sistema financiero y asegurador que tenemos, eso sí no tener seguro de hogar en el siglo XXI es como comprarse un coche de 60.000 euros y no dar al intermitente. Por muchos gadchet de seguridad que tenga tarde o temprano te la darás por no usar lo más racional.
A ver, tal como está explicado, yo lo veo razonable. Me compro una casa de 300K en La Palma con una hipoteca. Cuando ha pasado un año y he amortizado 15K, viene el volcán y la destruye. El Consorcio me paga el valor de la casa (300K). Ahora no hay casa y yo tengo 285K que no tenía antes. Es normal que el banco me pida el dinero que restaba por pagar, esos 285K.
#44 >> El contrato pone la casa como garantía y dice que si la casa se vende, se destruye, se daña, etc. la hipoteca se ejecuta. Si al que pidió la hipoteca le pareció bien pues que apechugue.
Yo sigo sin entender la mentalidad. El seguro está pagando el bien que avalaba la hipoteca y me parece que lo lógico es que el banco cobre lo que se le debe. No entiendo que el propietario de la vivienda pueda coger el dinero y desaparecer y dejar al banco sin cobrar. El seguro cubre el interés del propietario y del banco que dio la hipoteca. Es que eso es lo que es una hipoteca. Que parece que algunos no lo entienden.
En el registro de la propiedad consta que el banco es propietario de un interés en la edificación y es el primero en línea para cobrar. Y al que no le guste que no pida hipoteca.
#4#8#11#49
Pero.... Es que nadie se lee las cláusulas de los seguros?
Dicen bien claro que terremotos y demás fenómenos naturales a gran escala están excluidos.
Por tanto que nadie espere cobrar nada del seguro.
Como mucho pagará en consorcio de seguros, eso ya es otra cosa, y ya veremos lo que pagan, a quien y cuando.
#14 exacto, eso venía a decir, el banco es el beneficiario final del seguro de la casa, precisamente porque la casa es tuya. Si a la casa le pasa X (en este caso un volcán), tu seguro tiene que devolver lo que queda de la hipoteca, otra cosa diferente, y no se si es el caso, es que si te quedan por pagar x-100 el banco quiera quedarse con todo y no darte esos 100 que llevas pagados.
#49 en mi caso no, me obligan a tener un seguro de hogar que pueda cubrir la deuda que tengo con ellos en caso de que desaparezca la casa (lo normal en hipotecas), pero puedo hacerlo con la aseguradora que yo quiera.
#6 no inventes, en todas las hipotecas, si el bien utilizado como garantía (la casa) desaparece (entre otras cosas que también aparecen en el contrato), se rescinde el contrato y se debe realizar el pago íntegro del restante.
Todo esto se firma ante notario, aunque mucha gente pase de leerlo.
#23 Cometéis el error de equiparar una hipoteca con un préstamo, y no es así. El objeto nuclear del contrato de hipoteca es el bien hipotecado, si desaparece, el contrato se extingue. Si el contrato se extingue, el banco, desgraciadamente, te puede exigir la devolución de la parte del préstamo no pagado.
#29 sí se puede vender sin haber pagado la hipoteca, otra cosa es que alguien te compre una propiedad en esas condiciones, porque si tú dejas de pagar, el banco toma posesión de la casa, y tú no puedes pagar en lugar del hipotecado.
No sería tan raro vender la casa con la hipoteca subrogando las obligaciones, de forma que el hipotecado pase a ser el nuevo propietario (se hace mucho en vivienda nueva, con las hipotecas del promotor).
El banco te ha prestado el dinero porque tienes una garantía de pago que es la casa.
Si la casa desaparece, el hipotecado tiene que pagar todo lo que quede de préstamo de golpe porque ya no hay garantía.
Si tienes contratado el seguro de hogar, ese dinero, que te paga la aseguradora o el Consorcio de seguros, se lo queda el banco en concepto de pago de hipoteca.
#19 Y las condiciones pactadas son que la casa actúa como garantía del préstamo. Si no hay casa, no hay garantía. No puede haber préstamo mes a mes. Se devuelve todo de golpe.
Es tan lógico que estoy flipando con los comentarios de esta noticia.
#67 Si y no. Una hipoteca no deja de ser un préstamo. Pero es un tipo particular de préstamo, en el que se exige una garantía, que a su vez es el objeto del préstamo.
De lo que comentas en la 2º parte, en efecto es así. Si la garantía principal del préstamo hipotecario desaparece, el banco exige el pago completo. Obviamente, para eso están los seguros. Y en caso de desastre natural de este tipo, para eso está el consorcio (que lo pagamos todos con cada seguro que hacemos).
Muy posiblemente, las formas de los bancos estén siendo, como siempre, lamentables, pero legalmente es así. No es ninguna estafa ni abuso.
En el registro de la propiedad, cuando se inscribe una casa, se inscriben también las cargas que tiene. En este caso, el/los acreedores están inscritos con un orden concreto para cobrar cuando se venda o liquide el bien.
Que está muy feo, y la gente cuando se entere se indigará y saldrá a la calle por todas las veces que nos la han metido, y... Bah, tienes razón. Ya pueden hacer lo que quieran que no tiene consecuencias.
#12 eso que propones se llama novación, y se lo puedes plantear a tu banco si quieres, pero tu banco no está obligado a aceptarlo.
Te compras otra casa y la pones como garantía de la antigua hipoteca.
Ojo, que al banco le puede interesar, porque el banco no cobra intereses por el vencimiento anticipado de la hipoteca, pero evidentemente no va a mantener en cartera una hipoteca cuya garantía ya no exista.
#52 se paga solo el capital, no se pagan intereses en estos casos. Como mucho alguna comisión (raro me parecería y discutible tanto moralmente como legalmente), pero no pagas lo mismo que habrías pagado en el tiempo de vida restante de la hipoteca (capital + intereses), sino los € de capital que te queden por amortizar.
Yo tambien sufri como otros tantos cientos de damnificados una catastrofe natural, en este caso el terremoto del 2011 en Lorca.
La actuacion del consorcio de seguros fue en todo momento correcto, me ingresaron en mi cuenta bancaria el importe de las reparaciones de mi vivienda, 33100 euros ya superditada a varios presupuestos.Bien ningun problema en el banco, pude disponer de ese dinero para pagar al contratista que me reparo la vivienda, todo el interior nuevo, tabiqueria, electricidad y agua.Ahora se de buena tinta que varios pagos del consorcio se congelaron, la razon: hubo gente que saco el dinero , dejo de pagar la hipoteca , se marcho a su lugar de origen y le dejo el pufo al banco.Esa es la razon, el banco quiere recuperar su dinero, si es siniestro total para que la vivienda se quede pagada y si es para reparaciones tan solo era derivar al contratista los cobros directos al banco
¿Que los bancos son la peste? pues si, pero algunos usuarios tambien
Cuando haces una hipoteca, haces un seguro por si pasa algo el banco cobra el valor del piso, ya que el piso es la garantía del pago (en eso consiste la HIPOTECA).
Al ser una catástrofe natural, en lugar de hacerse cargo el seguro, lo hará el consorcio (y gracias a que está asegurada, sino nadie pagaría)
El banco recupera su dinero pendiente de amortizar y el dueño quedará sin deuda, no se si le darán algo más.
#18 Pues porque el banco ya no tiene forma de recuperar lo que te ha prestado si simplemente dejas de pagar. Si el seguro, te obliga a contratarlo el banco, es por algo.
#4 Es que para estos casos está el consorcio de seguros. Es como un seguro de los seguros, para que, en una catástrofe, no se hunda un seguro (por tener muchos clientes en una zona, por ejemplo).
Y es normal que el prestador reclame la deuda. Por eso hay que asegurar la vivienda, te obliguen o no. Yo no veo ningún problema. Otra cosa es que los bancos nos caigan mal, pero eso no es motivo para que no tengan derecho a que se les salde las deuda.
Si fuera otra catástrofe natural (¿un incendio?) no habría problema (teóricamente); te pagan la pérdida y con eso vuelves a construir y tú sigues pagando como venías haciendo (otra cosa es donde vivas mientras tanto). El problema aquí es que han perdido el terreno y eso no aseguramos; aseguramos el continente (vuelta a construir) y el contenido. Y ese problema no es de los bancos por muy malos que sean. En todo caso, el gobierno podría apiadarse de ellos y ayudarles, con el dinero de todos, a facilitarles otro suelo.
Sensacionalista el titular a más no poder, por muy malos que sean los bancos.
#37 Vivirán de rescates, comisiones, embargos y mil argucias de la ingeniería financiera. Decir que un banco morirá por impagos es como decir que la policía desaparecerá por hacer bien su trabajo y acabar con el crimen.
.
#19 todos los contratos hipotecarios tienen la condición del pago anticipado.
A mi me sorprende mucho que la gente se sorprenda por estas cosas, son cosas lógicas y conceptos económicos bastante básicos.
Pongo como ejemplo un extracto de mi hipoteca:
CLAUSULA 6a BIS. CAUSAS DE RESOLUCION ANTICIPADA. [hay unas cuantas]
1. PRINCIPALES CAUSAS DE RESOLUCION ANTICIPADA.
[...]
d) Cuando la parte PRESTATARIA incumpliera alguna de las obligaciones referidas en el epígrafe I de la cláusula 7a de esta escritura.
[...]
Las presentes causas de vencimiento anticipado se establecen en beneficio del BANCO, quien podrá ejercitarlas a su conveniencia, o solicitar el cumplimiento del contrato en sus propios términos, y tendrán plena efectividad como causas de ejecución de la garantía hipotecaria.
El ejercicio de la facultad de vencimiento anticipado supondrá la pérdida para la parte PRESTATARIA del beneficio del plazo.
CLAUSULA 7a. MANIFESTACIONES Y COMPROMISOS ESPECIALES DE LA PARTE PRESTATARIA.
I. La parte PRESTATARIA y en su caso el HIPOTECANTE, se comprometen a:
2) Mantener la finca hipotecada en perfecto estado, efectuando en la misma y en sus accesorios las obras de reparación y conservación que fuesen necesarias para mantener su actual capacidad y valor.
En este sentido la parte PRESTATARIA o hipotecante se obligan a comunicar a MI BANCO, a la mayor brevedad posible, todos los menoscabos que sufra la finca por cualquier causa o cualquier circunstancia que la devalúe y cuestione o prive de efectividad tanto los derechos de propiedad como los de la Entidad hipotecante.
[...]
5) A concertar un CONTRATO DE SEGURO Multirriesgo Hogar sobre el inmueble hipotecado en las siguientes condiciones:
5-1) El beneficiario del seguro será el BANCO, hasta una cantidad igual a la suma del principal que quede por amortizar en la fecha del siniestro y de las cantidades adeudadas en dicha fecha.
5-2) La suma asegurada coincidirá con el valor de construcción a nuevo del mismo.
5-3) La parte PRESTATARIA e HIPOTECANTE en cualquier caso, asimismo, y por la suscripción de la presente escritura, cede al BANCO las indemnizaciones que por el concepto referido deba percibir de las Compañías de Seguros, hasta cantidad igual al principal que quede por amortizar en la fecha del siniestro, y de las demás cantidades adeudadas en dicha fecha.
5-4) El tomador del seguro notificará al asegurador la existencia del préstamo que grava el bien asegurado, y la cesión de las indemnizaciones a que pudiera tener derecho como consecuencia de la cobertura del seguro.
[...]
#86 nadie te obliga a contratar un seguro del hogar vinculado al banco de la hipoteca y si tu casa es destruida, el banco te exigirá el pago de la hipoteca restante
#70 yo tengo dos escrituras:
Una de compra venta de la vivienda. Y otra de préstamo hipotecario. Al banco lo que le pase a la casa le da igual mientras pague regularmente la cuota.
Si dejo de pagar 3 meses resolverá el prestamo hipotecario; iniciará el procedimiento de expulsión de los convivientes, tasará la vivienda y en valor a esto la pondrá a la venta. En base a la tasación igual sobra, en ese caso te quedarás con una mano delante y otra detrás, pero sin deudas.
Si aún así falta por liquidar, te reclamarán tus ingresos presentes y futuros. Vamos que un juez dirá al banco cuanto te quita de tu nómina hasta liquidar la deuda.
#82 Claro que tiene forma, igual que en cualquier otro préstamo, que demande y ya embargará el juez lo que tenga que embargar. Pero eso en caso de que el cliente incumpla.
Teniendo en cuenta que esa isla esta en erupción cada 50-100 años, el que ponga su vida o su salud y/o dinero en ella, luego que no reclame cuando venga la próxima erupción y lo pierda todo... ya sea particular, empresario o lo que sea, es una inversión de riesgo y a veces se pierde...
Tú tienes una casa que vale 100.000€, y la hipotecaste por esa misma cantidad. Pongamosle que llevas pagada la mitad, y se traga la casa un volcán.
Pues tu seguro obligatorio (por tener hipoteca) le dará 50.000€ al banco y otros 50.000€ a ti. Si la casa se ha revalorizado y tú tenías declarado el valor correcto con el seguro (se suelen asegurar cantidades holgadas, así que es lo normal), se puede dar que la casa que costó 100.000€ esté valorada, previamente a la destrucción, en 150.000€ y te den 100.000€ a ti y 50.000€ al banco.
Con el dinero, si quieres te compras otra casa, con o sin hipoteca, o te haces una pecera a modo de hucha del tío gilito y nadas en billetes (en monedas no es recomendable).
#42#50 pero ¿a quién le puede parecer draconiano o abusivo que si te dan una indemnización por el valor de la casa, el banco se quede con lo que quedara de deuda?
#18 Es algo que viene en todas las hipotecas. De hecho si por algún motivo se devalúa la vienda en demasía te podrían ejecutar la hipoteca o pedirte garantías adicionales
Comentarios
Es la fábula de escorpión y la rana.
Algo más de información: https://www.eltime.es/economia/36022-los-bancos-obligan-a-pagar-las-hipotecas-de-viviendas-sepultadas-por-la-lava-con-el-dinero-del-consorcio-de-seguros.html
#1 en la fabula del escorpion y la rana ambos mueren, por lo que es malo para ambos. En este caso.. que tiene de malo para los bancos? ellos simplemente quieren robar el dinero, si lo consiguen no hay nada malo para ellos, solo beneficio. La rana moriria, pero el escorpion se va a las Bahamas de vacaciones.
Estooo, y el seguro que normalmente exigen con las hipotecas?
Ah, que como es catástrofe natural se lo pasan por el arco del triunfo
A ver, a poner orden.
Es lo normal, lo malo son las formas. El propietario de la casa debe pagar la deuda y el restante es suyo para la nueva casa o lo que sea. Igual pasa en cualquier situación donde no se puede re construir.
Recuerdo cuando el descarrilamiento del ave y el seguro pidiendo los billetes. Es normal pedirlo (coño, pero no al amputado o lisiado que es sobradamente evidente) pero sí a ese que solo le duele el cuello.
#5 No, no es lo normal. El propietario lo que debe pagar es el préstamo mes a mes, que es a lo que se comprometió. No hay ningún motivo robar un dinero a los propietarios cuando éstos no han incumplido el contrato.
Te prestan un dinero, pones como aval tu casa y te exigen asegurarla
Pierdes tu casa
El seguro te indemniza
Pretendes dejar de pagar el préstamo y quedarte con la indemnización
¿Lo que acabo de decir es así o patina algún punto?
Edito: # 6 da pistas
#4 habría que ver la letra pequeña
Los bancos haciendo gala una vez más de recursos para no perder ni un céntimo mientras la gente queda completamente expuesta.
#7 Nadie habla de dejar de pagar el préstamo, son los bancos los que están queriendo resolver el contrato.
#4 Gracias a ese seguro, concretamente a la parte del seguro que va para el consorcio van a cobrar.
#5 ¿Que cojones "el restante"?
El préstamo es a una propiedad, que no es tuya, si no del banco hasta que la pagas. El seguro debe pagarte el importe de la casa, punto.
Luego, tu pagas al banco lo que quede de préstamo mes a mes. Y te compras otra casa. Solo falta que te cobren encima intereses por un capital que has pagado por adelantado.
#6
Que no se interprete esto como una defensa de la banca.
Si no me equivoco, el préstamo hipotecario se realiza con un bien como garantía. Al desaparecer el bien el banco puede exigir el pago del remanente.
Es cruel, pero creo que la cosa es así.
#7 Es que es lo normal, cuando te haces un seguro que te cubre el importe de la hipoteca, tu firmas una carta de cesión de derechos para que si el inmueble queda destruido, primero cobra el banco que es a quien tu le debes el dinero.
Es el mercado amigos
#10 Entonces?, porque si mi piso queda destruido lo suyo es que se salde la deuda con el banco ( o la mayor parte) y poder empezar en otro lado o no?
#3 porque el escorpión no tenía la ley y un estado rescatador de su lado (pero tienes toda la razón)
#13 No veo por qué mientras se siga pagando. Que haya desaparecido la garantía es problema del banco.
#16 La deuda se pagara en las condiciones que se hayan pactado en la hipoteca, no todo de una vez porque el banco lo diga. Para empezar en otro lado precisamente puede usarse el dinero del seguro.
#12 Es que según parece... según leo...
" Cuando se tramita el expediente del daño generado, aclaran, “el Consorcio te pide el seguro de hogar. Te pregunta si tienes hipoteca y solicita un documento del banco como trámite. En ese momento, el banco intervente para que el cliente asegurado firme el papel que confirma a la entidad como beneficiaria del pago. Ese documento exige el pago completo de la hipoteca con el ingreso de la prima.
Los banqueros entienden que al desaparecer la garantía hipotecaria debe abonarse completamente el préstamo concertado."
#12 No señor. La propiedad es tuya desde el momento de la firma de las escrituras de propiedad. Luego hay otras escrituras, que son las de la hipoteca, en las que dice que, si no pagas ese préstamo, el banco se queda con el bien que figura de garantía, que es la casa. Pero la casa no es del banco.
#21 ok, te concedo ese detalle técnico, me das la razón aún más.
#22 No te doy la razón. Al reves. Ese "detalle" técnico es lo que cambia la situación. #7 Lo ha expuesto muy bien,
#18 Debería repasar mi hipoteca pero creo que está en el contrato. Me suena de haberlo comentado como caso hipotético cuando compré mi anterior vivienda. De hecho, si no fuera así, podrías vener tu casa y desaparecer con la pasta (al menos, teoricamente)
¿Son los mismos bancos que no han devuelto lo que les prestamos los ciudadanos en el rescate a través del FROB?
#20 si no hay colateral se comen el riesgo, que se lo cobran en forma de interés. Y por eso obligan tener seguros,etc.
Pero de ahí a tener que pagar una casa que ya no está y en un pago único, que seguro que no descuenta el principal adelantado con lo listos que son, si no la suma total de la hipoteca a 20 o 30 años con intereses.
Lo norm es cancelar la hipoteca pagando lo restante (mes a mes, o ajustando intereses si se paga por adelantado) y con el dinero restante hacer otra hipoteca y comprar otra vez.
No obstante aquí sale perdiendo el propietario que se come el riesgo - pues ahora tiene que conseguir otra hipoteca en peores condiciones - por el que ha pagado al banco una prima. Y el banco, que llora diciendo que tienen mucho riesgo nunca acaba asumiendo ninguno.
#3 #17 No estoy de acuerdo. Los bancos a la larga también mueren si se cargan al pueblo del que se alimentan. La fábula aplica porque el banco está actuando según su naturaleza explotadora y avariciosa a pesar de que eso le va a acabar repercutiendo negativamente.
#27 y me lo dices despues de la crisis 2007 y el "rescate" de los bancos
Ojala, pero no
#24 No se puede vender sin haber pagado la hipoteca, pero obviamente si puede ser destruida.
#18 >> No veo por qué mientras se siga pagando. Que haya desaparecido la garantía es problema del banco.
Pues porque el contrato de la hipoteca tiene otras condiciones aparte de cumplir con los pagos y una de ellas es que el bien que garantiza la hipoteca siga estando disponible para... garantizar el pago de la hipoteca.
Y me parece lo más normal y lógico del mundo que si una vivienda tiene una hipoteca el primero en cobrar la indemnización sea el banco. Es la ley y es lo lógico.
Si yo tengo una casa y la vendo no basta con que yo siga pagando la hipoteca mes a mes sino que el banco exige se liquide la hipoteca. Pues en este caso los propietarios han "vendido", aunque sea de forma forzosa e involuntaria, sus viviendas y lo que obtengan como compensación debe ir primeramente a pagar la hipoteca.
No entiendo la mentalidad de que los bancos deben perdonar deudas porque tienen mucho dinero.
#18 es un préstamo hipotecario tiene una condiciones especiales precisamente porque pones en prenda algo que vale más que el préstamo y por tanto si pidieras ese dinero sin esa garantía te lo darían más caro, te puede gustar más o menos pero es normal que el primero en cobrar sea el banco y luego ya si quieres haces otra hipoteca
#16 que dejen de pagar y el banco expropie si quiere.
#19 el seguro de hogar asociado a una hipoteca cubre exactamente eso, que si la casa se quema, se derrumba o se la come un volcán, la hipoteca se salda con lo que paga el seguro
El propietario se queda sin casa y sin deuda. Y entonces se puede buscar otra casa.
#26 Realmente no entiendo de estos vericuetos legales... y menos los relacionados con la Banca... simplemente he leído el artículo donde explican su versión del asunto. Seguro que sabes más que yo de esos temas... En cualquier caso, a nivel ético, me parece un pequeño abuso... que puede ser "legal", no lo discuto, pero... un poco "abusica" por parte de la Banca.
Esa clàusula esta entre lax que firmas cuando firmas la hipoteca . Pero este país es ese en el que los bancos os engañan porque NO LEEIS LO QUE FIRMAIS !! El banco se aprovecha de vosotros porque la dejáis ! Si no te gustan las clausulas no firmes . Y si no encuentras otras o bien no pides el préstamo o firmas y cuando pasa lo que dice la cláusula te jodes porque ya lo sabías . Pero aquí no , aquí ponemos el grito en el cielo porque el banco hace LO QUE YA SABIAS (O DEBERIAS SABER) que haría .
#12 La casa esta; debajo de la lava. Que el Banco vaya a reclamarla.
#28 Hombre, ¿cómo están los Estados que han rescatado esas bancas? Jodidos. ¿Cómo están los ciudadanos de clase baja y media de esos países? Aún más jodidos. ¿Aguantarían una segunda ronda de rescates a bancos y apretones de cinturones para que los banqueros tengan sus billones en pluses por productividad? Que cuando nadie tenga dinero para pagar hipotécas, ¿de qué van a vivir los bancos?
#3 Es que es la versión en la que el escorpión cruza encima del cadáver flotante de la rana. La moraleja es que el escorpión no necesitaba matarla, pero por qué privarse del gusto si no hay consecuencias.
#10 Por mucho que nos duela, la pérdida total del inmueble hipotecado determina la extinción total de la hipoteca
#27 Eso mismo dijeron las vacas y los cerdos, si nos siguen matando los humanos se extinguirán... y aquí seguimos, matando a vacas y cerdos.
La banca es una depredadora, pero no es tonta, sabe cuanto y donde y como apretar para sacarnos lo máximo posible sin llegar a agotar sus recursos naturales
#12 Ehhh no es así. La propiedad es tuya, la has pagado integra al vendedor. Lo que tu tienes que devolver al banco es el préstamo, no una casa.
Así que sí que puede haber un restante.
#35 Es que si no firmas porque las claúsulas te parecen draconianas... no tienes hipoteca... Se llama abuso de poder.
#40 La banca no está criando nuevos cerdos (es decir, ciudadanos con poder adquisitivo para pagar hipotecas).
Que no.
#30 No se de dónde sacas lo de perdonar, nadie habla de perdonar nada.
En cuanto al préstamo el banco pide una garantía para el préstamo que es la casa y también pone otras condiciones en el estudio de riesgos como tener una nómina tal o cual, pues que apechugue con esas garantías sin le parecieron suficientes. Comparas una venta con esto, como si lo involuntario y forzoso no tuviera relevancia vamos...
La banca siempre gana.
#34 no hay abuso ninguno
Pides una hipoteca para comprar una casa
A la vez el banco te obliga a contratar un seguro que cubre el valor de la casa si la casa queda destruida, quemada o engullida por la lava
La casa es destruida
El seguro te paga el valor de la casa
Pero sigues con un préstamo hipotecario pendiente por pagar
Con el dinero del seguro se líquida la deuda
¿Por qué no puedes seguir pagando y quedarte con el dinero?
Porque la hipoteca está asociada a una casa que ya no existe, si no hay casa, la hipoteca no cumple con su objetivo y su garantía que es la casa original
El resultado es que te quedas sin casa pero también sin deudas
#33 Ni por asomo. La hipoteca se salda cuando se termina de pagar todo, sea suficiente lo del seguro o no. El seguro igual no cubre ni la mitad y luego tiene que seguir 10 años pagando cuotas, son cosas independientes.
Pere Puig, calienta que sales...
#4 Ese seguro suele ser de SUS aseguradoras...
#35 ya, pero no todo lo que firmes se tiene que cumplir. Ya que hay una cosa que se llama cláusulas abusivas.
Y ya llevarnos unos años con que el banco las mete. Pero no por ello son legales, como ya se ha demostrado tantas y tantas veces.
No sé si este será el caso. Pero eso de "lo firmaste, lo cumples" no es así.
#29
No se debe. Ese movimiento ha sido el origen de fraudes muchas veces.
Y del tema de la destrucción, recuerdo que era obligatorio un seguro por el valor de la reconstrucción, o al menos por la cuantía restante de la hipoteca.
Obviamente, en mi caso, la posibilidad de la destruya un volcán es similar a que haga un trío con Scarlett Johansson y Elsa Pataki a la vez (y que luego Thor me pague unas birras)
#46 Pero, según entiendo al leer las declaraciones de algún banco es que... "Los banqueros entienden que al desaparecer la garantía hipotecaria debe abonarse completamente el préstamo concertado."
¿O es que ni eso he entendido?
#47 si el seguro no te cubre todo el valor es porque hay infraseguro
Pero eso sería culpa del banco y del hipotecado.
También puedes estar a mitad del pago de la hipoteca y que el seguro te cubra más que el pago pendiente de la hipoteca.
Pero el que primero cobra porque tiene una deuda hipotecaria es el banco que para eso te obliga a contratar el seguro.
#6 si, si es lo normal, y de hecho el seguro de hogar lleva una cláusula de cesión de derechos hipotecaria para estos casos, de hecho esa gente que tiene seguro debería estar aliviada, porque se hará cargo del pago de la hipoteca, por el contrario tendrían que pagarla igualmente, pero sin ese dinero. Y si, tienen que pagarlo completamente, ya que la garantía de dicho préstamo deja de existir
#11 la gente lo del seguro, el consorcio, las primas, los creditos... Tú comentarió es de los mas sensatos pero como lo primero, a nadie le interesa. Y ojito soy el primero que me repele el sistema financiero y asegurador que tenemos, eso sí no tener seguro de hogar en el siglo XXI es como comprarse un coche de 60.000 euros y no dar al intermitente. Por muchos gadchet de seguridad que tenga tarde o temprano te la darás por no usar lo más racional.
#52 completamente significa que tiene que pagar todo lo pendiente de golpe porque la garantía de pago que es la casa ha desaparecido
no pasó esto casi idéntico con el terremoto de Lorca?
A ver, tal como está explicado, yo lo veo razonable. Me compro una casa de 300K en La Palma con una hipoteca. Cuando ha pasado un año y he amortizado 15K, viene el volcán y la destruye. El Consorcio me paga el valor de la casa (300K). Ahora no hay casa y yo tengo 285K que no tenía antes. Es normal que el banco me pida el dinero que restaba por pagar, esos 285K.
#44 >> El contrato pone la casa como garantía y dice que si la casa se vende, se destruye, se daña, etc. la hipoteca se ejecuta. Si al que pidió la hipoteca le pareció bien pues que apechugue.
Yo sigo sin entender la mentalidad. El seguro está pagando el bien que avalaba la hipoteca y me parece que lo lógico es que el banco cobre lo que se le debe. No entiendo que el propietario de la vivienda pueda coger el dinero y desaparecer y dejar al banco sin cobrar. El seguro cubre el interés del propietario y del banco que dio la hipoteca. Es que eso es lo que es una hipoteca. Que parece que algunos no lo entienden.
En el registro de la propiedad consta que el banco es propietario de un interés en la edificación y es el primero en línea para cobrar. Y al que no le guste que no pida hipoteca.
#4 #8 #11 #49
Pero.... Es que nadie se lee las cláusulas de los seguros?
Dicen bien claro que terremotos y demás fenómenos naturales a gran escala están excluidos.
Por tanto que nadie espere cobrar nada del seguro.
Como mucho pagará en consorcio de seguros, eso ya es otra cosa, y ya veremos lo que pagan, a quien y cuando.
La banca antropomorfa, haciendo lo que mejor sabe hacer, robar.
#14 exacto, eso venía a decir, el banco es el beneficiario final del seguro de la casa, precisamente porque la casa es tuya. Si a la casa le pasa X (en este caso un volcán), tu seguro tiene que devolver lo que queda de la hipoteca, otra cosa diferente, y no se si es el caso, es que si te quedan por pagar x-100 el banco quiera quedarse con todo y no darte esos 100 que llevas pagados.
#60 por eso lo decía
#56 ¿Pero quién tiene que pagarlo, el propietario de la vivienda que ya no existe?
#49 en mi caso no, me obligan a tener un seguro de hogar que pueda cubrir la deuda que tengo con ellos en caso de que desaparezca la casa (lo normal en hipotecas), pero puedo hacerlo con la aseguradora que yo quiera.
#6 no inventes, en todas las hipotecas, si el bien utilizado como garantía (la casa) desaparece (entre otras cosas que también aparecen en el contrato), se rescinde el contrato y se debe realizar el pago íntegro del restante.
Todo esto se firma ante notario, aunque mucha gente pase de leerlo.
#23 Cometéis el error de equiparar una hipoteca con un préstamo, y no es así. El objeto nuclear del contrato de hipoteca es el bien hipotecado, si desaparece, el contrato se extingue. Si el contrato se extingue, el banco, desgraciadamente, te puede exigir la devolución de la parte del préstamo no pagado.
https://es.wikipedia.org/wiki/Hipoteca_inmobiliaria#Extinci%C3%B3n_de_la_hipoteca
#29 sí se puede vender sin haber pagado la hipoteca, otra cosa es que alguien te compre una propiedad en esas condiciones, porque si tú dejas de pagar, el banco toma posesión de la casa, y tú no puedes pagar en lugar del hipotecado.
No sería tan raro vender la casa con la hipoteca subrogando las obligaciones, de forma que el hipotecado pase a ser el nuevo propietario (se hace mucho en vivienda nueva, con las hipotecas del promotor).
#44 es que el seguro de reconstrucción es parte de la garantía del préstamo!
#64 claro
El banco te ha prestado el dinero porque tienes una garantía de pago que es la casa.
Si la casa desaparece, el hipotecado tiene que pagar todo lo que quede de préstamo de golpe porque ya no hay garantía.
Si tienes contratado el seguro de hogar, ese dinero, que te paga la aseguradora o el Consorcio de seguros, se lo queda el banco en concepto de pago de hipoteca.
Te quedas sin casa pero también sin deudas.
#27 Falso. Si les falla el alimento saltan a la casilla de al lado. Tú palmas. Ellos, no.
#70 Sin casa, sin deudas... pero sin casa. Cero euros. Ah, ya. Entiendo.
#19 Y las condiciones pactadas son que la casa actúa como garantía del préstamo. Si no hay casa, no hay garantía. No puede haber préstamo mes a mes. Se devuelve todo de golpe.
Es tan lógico que estoy flipando con los comentarios de esta noticia.
#67 Si y no. Una hipoteca no deja de ser un préstamo. Pero es un tipo particular de préstamo, en el que se exige una garantía, que a su vez es el objeto del préstamo.
De lo que comentas en la 2º parte, en efecto es así. Si la garantía principal del préstamo hipotecario desaparece, el banco exige el pago completo. Obviamente, para eso están los seguros. Y en caso de desastre natural de este tipo, para eso está el consorcio (que lo pagamos todos con cada seguro que hacemos).
Muy posiblemente, las formas de los bancos estén siendo, como siempre, lamentables, pero legalmente es así. No es ninguna estafa ni abuso.
En el registro de la propiedad, cuando se inscribe una casa, se inscriben también las cargas que tiene. En este caso, el/los acreedores están inscritos con un orden concreto para cobrar cuando se venda o liquide el bien.
#3 "que tiene de malo para los bancos?"
Que está muy feo, y la gente cuando se entere se indigará y saldrá a la calle por todas las veces que nos la han metido, y... Bah, tienes razón. Ya pueden hacer lo que quieran que no tiene consecuencias.
#43 por cerdos nos referimos a los ciudadanos banqueros, concretamente,
#12 eso que propones se llama novación, y se lo puedes plantear a tu banco si quieres, pero tu banco no está obligado a aceptarlo.
Te compras otra casa y la pones como garantía de la antigua hipoteca.
Ojo, que al banco le puede interesar, porque el banco no cobra intereses por el vencimiento anticipado de la hipoteca, pero evidentemente no va a mantener en cartera una hipoteca cuya garantía ya no exista.
#52 se paga solo el capital, no se pagan intereses en estos casos. Como mucho alguna comisión (raro me parecería y discutible tanto moralmente como legalmente), pero no pagas lo mismo que habrías pagado en el tiempo de vida restante de la hipoteca (capital + intereses), sino los € de capital que te queden por amortizar.
Yo tambien sufri como otros tantos cientos de damnificados una catastrofe natural, en este caso el terremoto del 2011 en Lorca.
La actuacion del consorcio de seguros fue en todo momento correcto, me ingresaron en mi cuenta bancaria el importe de las reparaciones de mi vivienda, 33100 euros ya superditada a varios presupuestos.Bien ningun problema en el banco, pude disponer de ese dinero para pagar al contratista que me reparo la vivienda, todo el interior nuevo, tabiqueria, electricidad y agua.Ahora se de buena tinta que varios pagos del consorcio se congelaron, la razon: hubo gente que saco el dinero , dejo de pagar la hipoteca , se marcho a su lugar de origen y le dejo el pufo al banco.Esa es la razon, el banco quiere recuperar su dinero, si es siniestro total para que la vivienda se quede pagada y si es para reparaciones tan solo era derivar al contratista los cobros directos al banco
¿Que los bancos son la peste? pues si, pero algunos usuarios tambien
#6 No son prestamos personales, son préstamos con garantía hipotecaria, si vendes o desaparece el bien de la garantía tienes que pagar el préstamo.
O acaso si la vendes no tienes que luquidar el préstamo
No veo el problema:
Cuando haces una hipoteca, haces un seguro por si pasa algo el banco cobra el valor del piso, ya que el piso es la garantía del pago (en eso consiste la HIPOTECA).
Al ser una catástrofe natural, en lugar de hacerse cargo el seguro, lo hará el consorcio (y gracias a que está asegurada, sino nadie pagaría)
El banco recupera su dinero pendiente de amortizar y el dueño quedará sin deuda, no se si le darán algo más.
#18 Pues porque el banco ya no tiene forma de recuperar lo que te ha prestado si simplemente dejas de pagar. Si el seguro, te obliga a contratarlo el banco, es por algo.
#68 hoy en día no dejan vender con carga. Se líquida la carga en el momento de la escritura.
#74 Sí y no. El préstamo es un elemento más de la hipoteca, pero crédito hipotecario (préstamo) e hipoteca son negocios jurídicos distintos.
#71 Todas las casillas están ya ocupadas. Los bancos también quiebran.
#46 Yo tengo hipoteca sin seguro vinculado al banco de la hipoteca.
No es de ahora, eso te lo aseguro.
#4 Es que para estos casos está el consorcio de seguros. Es como un seguro de los seguros, para que, en una catástrofe, no se hunda un seguro (por tener muchos clientes en una zona, por ejemplo).
Y es normal que el prestador reclame la deuda. Por eso hay que asegurar la vivienda, te obliguen o no. Yo no veo ningún problema. Otra cosa es que los bancos nos caigan mal, pero eso no es motivo para que no tengan derecho a que se les salde las deuda.
Si fuera otra catástrofe natural (¿un incendio?) no habría problema (teóricamente); te pagan la pérdida y con eso vuelves a construir y tú sigues pagando como venías haciendo (otra cosa es donde vivas mientras tanto). El problema aquí es que han perdido el terreno y eso no aseguramos; aseguramos el continente (vuelta a construir) y el contenido. Y ese problema no es de los bancos por muy malos que sean. En todo caso, el gobierno podría apiadarse de ellos y ayudarles, con el dinero de todos, a facilitarles otro suelo.
Sensacionalista el titular a más no poder, por muy malos que sean los bancos.
#51 Buf, que me vuelva a pasar eso es complicado, la verdad.
#37 Vivirán de rescates, comisiones, embargos y mil argucias de la ingeniería financiera. Decir que un banco morirá por impagos es como decir que la policía desaparecerá por hacer bien su trabajo y acabar con el crimen.
.
#19 todos los contratos hipotecarios tienen la condición del pago anticipado.
A mi me sorprende mucho que la gente se sorprenda por estas cosas, son cosas lógicas y conceptos económicos bastante básicos.
Pongo como ejemplo un extracto de mi hipoteca:
CLAUSULA 6a BIS. CAUSAS DE RESOLUCION ANTICIPADA. [hay unas cuantas]
1. PRINCIPALES CAUSAS DE RESOLUCION ANTICIPADA.
[...]
d) Cuando la parte PRESTATARIA incumpliera alguna de las obligaciones referidas en el epígrafe I de la cláusula 7a de esta escritura.
[...]
Las presentes causas de vencimiento anticipado se establecen en beneficio del BANCO, quien podrá ejercitarlas a su conveniencia, o solicitar el cumplimiento del contrato en sus propios términos, y tendrán plena efectividad como causas de ejecución de la garantía hipotecaria.
El ejercicio de la facultad de vencimiento anticipado supondrá la pérdida para la parte PRESTATARIA del beneficio del plazo.
CLAUSULA 7a. MANIFESTACIONES Y COMPROMISOS ESPECIALES DE LA PARTE PRESTATARIA.
I. La parte PRESTATARIA y en su caso el HIPOTECANTE, se comprometen a:
2) Mantener la finca hipotecada en perfecto estado, efectuando en la misma y en sus accesorios las obras de reparación y conservación que fuesen necesarias para mantener su actual capacidad y valor.
En este sentido la parte PRESTATARIA o hipotecante se obligan a comunicar a MI BANCO, a la mayor brevedad posible, todos los menoscabos que sufra la finca por cualquier causa o cualquier circunstancia que la devalúe y cuestione o prive de efectividad tanto los derechos de propiedad como los de la Entidad hipotecante.
[...]
5) A concertar un CONTRATO DE SEGURO Multirriesgo Hogar sobre el inmueble hipotecado en las siguientes condiciones:
5-1) El beneficiario del seguro será el BANCO, hasta una cantidad igual a la suma del principal que quede por amortizar en la fecha del siniestro y de las cantidades adeudadas en dicha fecha.
5-2) La suma asegurada coincidirá con el valor de construcción a nuevo del mismo.
5-3) La parte PRESTATARIA e HIPOTECANTE en cualquier caso, asimismo, y por la suscripción de la presente escritura, cede al BANCO las indemnizaciones que por el concepto referido deba percibir de las Compañías de Seguros, hasta cantidad igual al principal que quede por amortizar en la fecha del siniestro, y de las demás cantidades adeudadas en dicha fecha.
5-4) El tomador del seguro notificará al asegurador la existencia del préstamo que grava el bien asegurado, y la cesión de las indemnizaciones a que pudiera tener derecho como consecuencia de la cobertura del seguro.
[...]
#86 nadie te obliga a contratar un seguro del hogar vinculado al banco de la hipoteca y si tu casa es destruida, el banco te exigirá el pago de la hipoteca restante
#70 yo tengo dos escrituras:
Una de compra venta de la vivienda. Y otra de préstamo hipotecario. Al banco lo que le pase a la casa le da igual mientras pague regularmente la cuota.
Si dejo de pagar 3 meses resolverá el prestamo hipotecario; iniciará el procedimiento de expulsión de los convivientes, tasará la vivienda y en valor a esto la pondrá a la venta. En base a la tasación igual sobra, en ese caso te quedarás con una mano delante y otra detrás, pero sin deudas.
Si aún así falta por liquidar, te reclamarán tus ingresos presentes y futuros. Vamos que un juez dirá al banco cuanto te quita de tu nómina hasta liquidar la deuda.
#82 Claro que tiene forma, igual que en cualquier otro préstamo, que demande y ya embargará el juez lo que tenga que embargar. Pero eso en caso de que el cliente incumpla.
#90 Si eso pone, pero me parecen cláusulas abusivas las de hacer renunciar al derecho a la indemnización.
#89 Los rescates han de ponerlos los estados, y si la población está arruinada y sin pagar impuestos, los estados no pueden rescatar nada.
Las comisiones las han de pagar los ciudadanos, y si están arruinados, no las pagan.
Los embargos dan rendimiento si hay ciudadanos que compren o alquilen lo embargado, y si están arruinados ni compran ni alquilan.
Las mil argucias financieras siempre acaban en lo mismo: crisis financiera, y entonces los bancos quiebran sí o sí si la sociedad ha quebrado antes.
Ya hay bancos o entidades financieras que han quebrado por impagos, no es ciencia ficción.
Teniendo en cuenta que esa isla esta en erupción cada 50-100 años, el que ponga su vida o su salud y/o dinero en ella, luego que no reclame cuando venga la próxima erupción y lo pierda todo... ya sea particular, empresario o lo que sea, es una inversión de riesgo y a veces se pierde...
#76 Bueno, de esos sí que están criando más...
#9 la gente tampoco pierde un céntimo.
Tú tienes una casa que vale 100.000€, y la hipotecaste por esa misma cantidad. Pongamosle que llevas pagada la mitad, y se traga la casa un volcán.
Pues tu seguro obligatorio (por tener hipoteca) le dará 50.000€ al banco y otros 50.000€ a ti. Si la casa se ha revalorizado y tú tenías declarado el valor correcto con el seguro (se suelen asegurar cantidades holgadas, así que es lo normal), se puede dar que la casa que costó 100.000€ esté valorada, previamente a la destrucción, en 150.000€ y te den 100.000€ a ti y 50.000€ al banco.
Con el dinero, si quieres te compras otra casa, con o sin hipoteca, o te haces una pecera a modo de hucha del tío gilito y nadas en billetes (en monedas no es recomendable).
#42 #50 pero ¿a quién le puede parecer draconiano o abusivo que si te dan una indemnización por el valor de la casa, el banco se quede con lo que quedara de deuda?
#18 Es algo que viene en todas las hipotecas. De hecho si por algún motivo se devalúa la vienda en demasía te podrían ejecutar la hipoteca o pedirte garantías adicionales