#3 Ni eso. Vistas las imágenes, nada que no se pudiera hacer hace 20 años con un original y conocimientos básicos de photoshop. No veo nada extraordinario en esto.
Todos los jueces de ese juzgado a la puta calle YA.
Si no saben unos mínimos de leyes para darse cuenta de que eso es totalmente ilegal sin un motivo justificado no deberían estar juzgando a nadie.
Como lugar público dudo que puedan imponer un código de vestimenta por su huevos morenos.
Esto para empezar:
Constitución Española
Artículo 10
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Compadezco a los que hayan tenido que administrar a ese monstruo de ERP... por no hablar de ABAP, Fiori/UI5 y demás inventos como para rechinar los dientes según tecleabas.
#13 Y? Los liberales estamos a favor de toda interacción voluntaria y sin coacción. Que un padre deje herencia a su hijo es voluntario y sin coacción. Que el estado se lleve una parte sí se realiza a través de la coacción.
es.m.wikipedia.org/wiki/Período_cálido_medieval
El miedo gringo al pezón es terrible.
viva el Mediterráneo.
Das pena.
Si no saben unos mínimos de leyes para darse cuenta de que eso es totalmente ilegal sin un motivo justificado no deberían estar juzgando a nadie.
Como lugar público dudo que puedan imponer un código de vestimenta por su huevos morenos.
Esto para empezar:
Constitución Española
Artículo 10
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.