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El Supremo da la razón a la empresa madrileña de vivienda y fija que los inquilinos paguen los gastos de comunidad

El Supremo da la razón a la empresa madrileña de vivienda y fija que los inquilinos paguen los gastos de comunidad

El Ayuntamiento de Madrid ha ganado la batalla legal que le enfrentaba a varios arrendatarios de viviendas de protección pública por los gastos de la comunidad. El Tribunal Supremo ha avalado que los inquilinos sean los que asuman estos costes comunes a todos los vecinos, tal y como se estableció en los contratos de arrendamiento, porque así lo permite la legislación madrileña en materia. De este modo, los magistrados de la Sala de lo Civil rechazan la aplicación de la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU), que obliga además a cuantificar el coste

| etiquetas: supremo , empresa madrileña , vivienda , inquilinos , gastos
La mafia del supremo siempre mirando por los más vulnerables.
#1 el supremo tiene que anular un contrato firmado y amparado por la ley?
#2 "los magistrados de la Sala de lo Civil rechazan la aplicación de la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU)". Seguro que en otra ley se acojeran a lo que perjudique al estado. Todo va de eso o la ley del embudo.
#3 Pero han firmado por contrato hacerse cargo de los gastos de comunidad?
#4 Tu puedes firmar lo que quieras pero a ojos de la normativa estatal la obligación de pagar gastos de comunidad va a cuenta del propietario del inmueble, en este caso el ayuntamiento.Una cláusula abusiva no deja de serlo por mucho que el supremo dicte a favor de sus compinches.
#9 De la entradilla: así lo permite la legislación madrileña en materia

Además de leyes nacionales, hay leyes autonómicas.
#10 Que en teoría son de rango inferior.
#17 Incorrecto, las leyes se rigen por el principio de competencia, no por el de rango ( que no existe en nuestra legislacion). Si la CCAA tiene la competencia su ley se aplica. Si la competencia es del estado, se aplica la del estado.
#9 No es cierto, en la LAU indican que tanto los gastos de comunidad como el IBI por defecto recaen en el propietario, pero en el contrato se puede pactar que el pago corresponda al arrendatario. Artículo 20, punto 1. Lo tienes copiado en #32 para que no tengas que buscarlo.
#4 En los contratos de arrendamiento son inválidas las cláusulas que contradigan a la LAU, bueno hasta ahora, ahora dice el supremo que patatas.
Pero hace 8 años yo gané un juicio que anulaba cláusulas del contrato por ser contrarias a la ley.
#16 Yo entiendo que se anule si no viene en el contrato, o si viene de manera que no se entienda, o incluso si el tío firmo el contrato desconociendo esa clausula, pero entiendo que si les han dado la razón es porque los tíos firmaron encantados.
#16 Ya, pero es que la propia LAU lo contempla, el pago de los gastos de comunidad recae principalmente en el propietario, salvo que se pacte lo contrario en el contrato de arrendamiento.

En este caso venía indicado en el contrato, así que no hay cláusula abusiva que valga.
#16 Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales.
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de…   » ver todo el comentario
#4 viene en la entradilla!!
#24 No era una pregunta
#4 Supongo que si firmas por contrato que asesinarte es legal, eso da derecho a pegarte dos tiros y cobrar las balas a tus herederos, no?

Las leyes están por encima de los contratos.
#28 No es eso la eutanasia? y creo que es legal desde hace poco. Por otro lado la noticia dice que la legislación autonómica y que prevalece y esta solo exige que la obligación figure en el contrato
#30 Tú mismo lo has dicho: "es legal desde hace poco"

Es decir, sacaron una ley legalizándolo. O dicho de otra manera, sin esa ley, otras leyes hacían la eutanasia ilegal con independencia de lo que se pusiera en el contrato.
#3 en la entradilla dejan claro lo que comenté
#1 "Vulnerables" que luego se quejan de que no encuentran piso porque son muy caros, entre otras cosas porque el propietario busca que le salga rentable.

MMMM, que ahora me dirás que no se puede especular con un bien de primera necesidad y blablabla. Pues oye, no te digo que no, todo se puede valorar y se puede cambiar para ir a mejor.
Pero en el contexto actual como están las cosas ahora si les pones en apuros o te suben el precio del alquiler para compensar riesgo o no alquilan.…   » ver todo el comentario
#1 supremo == pp
constitucional == psoe
#8 Una pregunta, si el inquilino paga la comunidad ¿También vota en las juntas y el propietario no pinta nada?
#13 el inquilino solo paga, no tiene derecho a voto.
#26 Gracias por la info. Siempre he vivido en casas, estuve un par de años de alquiler pero en un edificio pequeño, había 5 viviendas, y nunca me interese por la comunidad, como era por una expatriacion, todos esos gastos estaban metidos en el alquiler que pagaba la empresa.
#11 Son vivendas sociales, andan sobre los 120 euros.
www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/ServSocialesYAtencionDependenci
Si quieren pagar menos comunidad que sean los propios vecinos los que limpien las zonas comunitarias, cada semana uno como hacíamos antes los pobres.
#15 por 120€ yo firmo
O sea, que si me toca una derrama para cambiar el ascensor ¿Me puedo llevar mi parte al siguiente piso?
Me pido la botonera, se van a cargar!!
Si es lo que ponía en el contrato que firmaron como dice la entradilla no se donde está el problema.
#6 Las derramas no entran dentro de los gastos de comunidad y las paga siempre el dueño del piso.
#7 esa es la jugada, los propietarios fijan una cuota de comunidad infladisima para hacer "caja" frente a futuras derramas, así siempre paga todo el inquilino. la bronca que tenemos todos los años en la comunidad entre los que somos propietarios y vivimos en el bloque contra los que tienen alquilado.
#7 Deberían añadir una mamada semanal y el que no quiera , que no firme el contrato .
"porque así lo permite la legislación madrileña". Esto lo permiten el resto de comunidades?
Que hijos de fruta
y también los de las basura. pero es no es lo más perverso! lo más perverso es que esos gastos ya los incluía el usurero del arrendador en el precio y lo pagaremos dos veces.
por qué se está haciendo esto? pues como subir más los alquileres entraría en la indecencia extrema pues lo suben por otro lado más invisible
#19 Ya veo...
Respeto máximo a los contratos privados y que los políticos no metan sus narices ahí
#12 ¿Respeto a un contrato de compraventa de órganos también?
#18 si ambas partes están de acuerdo quién soy yo para ponerme en medio

menéame