Hace 5 años | Por --434325-- a lamoncloa.gob.es
Publicado hace 5 años por --434325-- a lamoncloa.gob.es

Este criterio es consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo, del pasado 11 de junio, por la que se determinó que no se pueden establecer diferencias de trato entre los funcionarios docentes de carrera y los interinos que desarrollen sus funciones durante el curso lectivo completo. El fallo señala que unos y otros son iguales en derechos retributivos, por lo que deben percibir los salarios correspondientes a los meses de julio y agosto, aunque no presten servicios.

Comentarios

neolibre

Chollosueldo para privilegiados.

autonomator

¿y porque no trabajan como cualquier hijo de vecino y se plantean turnos para vacaciones?
vamos, ya que cobran (tanto los fijos como los interinos)