Hace 3 años | Por NubisMusic a lasexta.com
Publicado hace 3 años por NubisMusic a lasexta.com

Las inclemencias climatológicas pueden suponer una causa de fuerza mayor para no poder desplazarse hasta nuestros puestos de trabajo. Esto es lo que recoge el Estatuto de los Trabajadores.

Comentarios

johel

#1 ¿Sobre quien?

D

#2 Una pista. No es Teresa Rivera.

johel

#3 creo que es el momento adecuado para reflotar estas imagenes

autonomator

#1 si pones a partir de la raya lo entenderán mejor

d

#1 Según él, con un poco de nieve se trabaja mejor

#9 #11 He dicho que un trabajador no puede acogerse a un ERTE de fuerza mayor él solo. Los ERTEs de fuerza mayor los solicita el empresario y precisan de autorización por parte de la autoridad laboral. Un periodista que no tiene ni idea de nada se inventó todo lo que aparece en este artículo sin saber ni qué leía ni qué escribía.

Lo que no he dicho es que se deba acudir al trabajo en los supuestos en los que exista un riesgo grave. No pueden sancionarte por no ir en esas circunstancias, mucho menos podrían considerarlo una dimisión. Pero de ninguna manera es un ERTE, eso es una chorrada monumental.

lecheygalletas

#12 cierto no había leído esa parte

i

No, un trabajador no puede unilateralmente aplicarse un ERTE de fuerza mayor, que es lo que regula el artículo 51.7 ET al que se refiere la noticia. Errónea.

D

#6 Y si tiene que desplazarse en coche cómo lo hace, andando?, avión?, helicóptero?, teletransporte?

lecheygalletas

#6 Es mejor coger el coche para darte una buena ostia y así estar de baja un añito por problemas de espalda.

D

muy interesante saber a qué tenemos derecho y a que no. Meneo.

p

del juzgado se sale, del forense no