El Fuero de Madrid, concedido y sancionado por Alfonso VIII y vigente hasta 1346 se conserva en un códice de 26 hojas de pergamino, escrito en letra del siglo XIII y conservado en el Archivo de la Villa de Madrid. El fuero ofrece una imagen viva del Madrid de inicios del doscientos, con la regulación de diversos aspectos de la vida cotidiana de la villa, entre otros, las penas por insultar y difamar, que tienen en lo sexual un punto de referencia, con el fin de minar el honor el difamado.
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Todo hombre, que a un vecino o a hijo de vecino, a una vecina o a hija de vecina, que a una mujer llamase “puta” o “hija de puta” o bien “leprosa”; y quien aplicara a un varón alguno de los vocablos vedados, “sodomita” o “hijo de sodomita” o “cornudo” o “falso” o “perjuro” o “leproso” u otra cualquiera de las palabras que están prohibidas en esta carta, peche medio maravedí al demandante y otro medio a los fiadores, si aquel se querellase; en otro caso, preste juramento y niegue las palabras que pronunció.
Bueno, ese aquí no tendría mayor efecto, porque el 95% está módico.
#3 ¿Y qué me dices de la forma vulgar de sodomita recogida en el texto original: "fudidinculo"?
Ahora parece que está más de moda lo de felón.