Hace 3 años | Por H.Meyer a lainformacion.com
Publicado hace 3 años por H.Meyer a lainformacion.com

En las últimas horas, Internet y las redes sociales giran en torno a un nombre propio: Elena Cañizares Aparicio. Todo después de que esta joven estudiante de enfermería publicase en Twitter un extenso hilo donde mostraba las conversaciones de WhatsApp en las que sus compañeros de piso, audios mediante, la instaban a salir de la vivienda tras haber dado positivo en coronavirus. Una acción con la que podría haber revelado datos sensibles de sus compañeras de piso. En este sentido, ¿ha vulnerado la joven enfermera la Ley de Protección de Datos?

Comentarios

EdmundoDantes

#14 Yo creo que el caso no se va a hacer más relevante por la denuncia. Sí puede que se prolongue más en el tiempo.

BobbyTables

#69 el caso no, pero actualmente no se conoce el nombre de las compañeras, al menos hasta donde yo le leído y escuchado, pero si presenta la denuncia seguro que salen.

EdmundoDantes

#90 Eso es cierto, no lo había pensado.

SISOR

#90 Según he leído esta mañana por twitter ya han sido publicados por algunos foros los nombres de las "compañeras". Que sea verdad o no no lo sé, ya que no he indagado mucho. Pero si ella pone su nombre y dos apellidos se la identifica pronto, y con que alguna amiga suya diga quienes son ya está liada. Así que me lo creo.

E

#14 También conocido como efecto Antonio Luis Baena Tocón 😂 😂 😂

p

#10 ¿estreisand se llama la chica?

D

#41 Rocío Streissand. De los Streissand de toda la vida.

kampanita

#91 Cierto al 100%

Aimfain

#91 Supongo que ni de lejos esperaba esta repercusión, simplemente necesitaba desahogarse después de la encerrona que le hicieron y usó Twitter. Sigo a mucha gente que difunde contenido así solo por hablarlo con alguien, pero lo leen sus 20 seguidores y después se pierde entre el Time Line. Esto ha sido una bomba que, aunque espero que no (porque no lo hizo con mala intención), le puede explotar fuerte en la cara.

Cart

#91 Si fuera a la comisaría estaría cometiendo un delito; legalmente no puede salir de casa.

Summertime

#91 de acuerdo contigo.
Las chicas esas son unas impresentables, pero nadie merece el escarnio al que están siendo sometidas. A fin de cuentas son tres chicas de apenas 20 años, y más de una persona se ha suicidado por mucho menos acoso del que estamos viendo en este caso.
Cuidado con lo que se hace en internet, no sabemos cuanto daño podemos causar.

Rubenix

#91
"Roció Piso: pero creo que cualquier persona sería capaz de escuchar lo que te estamos diciendo y entenderlo"

Rocío piso la invitó a hacerlo...

M

#10 ¿Se sabe algo del padre abogado? Es por curiosidad.

D

#10 Y bien que hace la miserable. Linchar es muy centennial pero de momento es información es privada.

MoneyTalks

#10 Abstrayendo un poco la lectura que yo hago es que hay que ser abogado para poder vivir, veo dificil conocer todas las leyes, muchas no son de sentido comun. No creo que estudiante haya publicado esa informacion sabiendo que no era legal, lo cual es comprensible.

Navegante0013

#16 Creo que su forma de ser también podría venir de su entorno, así que fijo que poco afeamiento podrían ver.

D

#16 importante lo de pijas, no vaya nadie a pensar que son de Podemos

D

#84 Es que son pijas, si fueran pelirrojas ya las nombrarias tú.

#84 No joder, es que son muy "osea"... Y mi papá abogado... El perfil lo dan. Si fueran una chonis pues lo diría igual.

earthboy

#7 #13 #71 Delante de un juez, vale.
En Twitter, con fotos y nombres... muy malo tiene que ser el abogado para no ganar a la coronavírica.
Compartir capturas de conversaciones de WhatsApp



#16 Toda España las ha linchado bien y les han llamado de todo. "Espero que en su entorno al menos les afeen el comportamiento" queda muy muy lejos ya.

Unow19

#16 más uno

D

#4 Si es de Vox puede decir que hacia educación especial y... ah no!! Calla calla, que lo han borrado dela web...

powernergia

#4 Eres el rey de la demagógica, es justo reconocerlo.

ﻞαʋιҽɾαẞ

#31 En absoluto, algunos me superan con creces.

m

#121: Los de la AEPD son bajo mi punto de vista unos fascistas, porque ponen a una asociación contra la tortura una multa que rara vez ponen a grandes multinacionales por acciones peores.

Al final se salieron con la suya porque la asociación desapareció y ya no se publica el informe que publicaban.

CC #31.

D

#4 Mas bien depende de si le cuelga algo en la entrepierna o no.
Y como en este caso aparentemente no le cuelga nada, pues no. No es delito.

D

#6 Ha querido mostrar un abuso, o coacciones, según su forma de ver por su condición médica. Si no salen nombres, datos personales o números de identificación no infringe la RGPD. Por otro lado, una vez conseguido que tenga repercusión, ¿qué consigue manteniendo el hilo? Igual ha llegado a un acuerdo con el resto de convivientes para conseguir que la dejen en paz con que cierre el hilo y ayude a que se olvide este desagradable episodio. Dudo que lleguemos a saber las razones.
Saludos.

G

#1 #17 #67 Con la RGPD aunque no salgan nombres si salen datos suficientes para identificarlas (compañeras de trabajo, de piso, nombres de pila) y para rematar salen audios de ellas lo que la RGDP considera datos biométricos.

Sin justificar para nada a las compañeras, legalmente una demanda por vulnerar la RGPD si podría prosperar.

#131 Para nada, la RGDP se aplica a todos, empresas y personas. Ya ha habido condenas a particulares por publicar videos o fotos en Facebook, YouTube.

kwisatz_haderach

#67 aunque no salgan nombres, se han dado sentencias por revelar secretos o vulnerar el honor,

D

#5 Normal, yo no viviría con un infectado.

g

#39 Pues es lo que hay. Si compartes piso y hay una pandemia es lo que toca.

yer0

#39 Pues lo tienes fácil. Te largas del piso a otra parte si tienes posibilidad.

D

#60 Que se vaya la infectada que es la que puede matar a sus compañeras.

D

#68 pero es que la casa es suya.

B

#68 Sus compañeras a falta de PCR están infectadas. Han convivido los 15 dias anteriores con ella.

D

#68 es un troll a sueldo de vox, al ignore

acoco

#68 ¿La vas a acoger tú?

yer0

#68 La ley no le deja moverse de su habitación, y moralmente tu comentario es rastrero.

kwisatz_haderach

#60 si eres con-vivente con un positivo tu entras directamente en cuarentena hasta que te digan lo contrario.

acoco

#39 ¿Dónde te irías?

D

#54 Pero si no están en la casa, están en sus pueblos.

Mosquitocabrón

#5 Tendrá que hacer lo que le tocó a Ayuso, tendrá que llamar al Telepizza.


JackNorte

#99 con esas "compañeras" creo que lo de telepizza tampoco es uan opcion

D

#5 Compañeras que no están en el piso ahora, si no en sus pueblos.

Unow19

#5 resumen + opinión, la que está infectada si ha pagado el alquiler y tal, está en su puta casa por decirlo "ras i curt" si no les gusta que se piren ellas, no quiero que las insulten las persigan ni nada, seamos mejor que ellas, pero su comportamiento está muy feo teniendo esa edad además (le dicen a la "infectada" que se pire con sus padres mayores cuando ellas en el 99% de los casos ni lo notan) en fin, son niñas támpoco es tarde para que maduren y mejoren como personas, lo que si tenía entendido que para entrar en esta carrera te pedían una notaza y suponía estas estudiantes más inteligentes, estaba equivocado

l

#5 ¿Perdona?
¿Cuarentena en un piso compartido?

Los cojones. Eso solo pasa en países de mierda como esté que dejan a la gente con una mano delante y otra detrás y con un montón de leyes y toques de queda a cumplir religiosamente.

Tendría que haber albergues o algo dispuesto para casos así.

Este país de pandereta, la verdad es que es para sacarse la chorra y mearse en toda la bandera, sin dejar una franja.

Dunnotheman

#5 Parece un tema difícil. Si te vas, cuando lo que se te dice es que te quedes en casa para no infectar, harías mal en el mero tramo de ir hasta donde vaya. Si te quedas, hay más gente que no te quiere ver ni en pintura: Lose-Lose. O lo que puede suceder es que se vayan las compañeras.

powernergia

#26 Si, luego llévate eso a un juicio.

powernergia

#29 Dicen que hay un denunciante con tiempo y ganas de llevar esto adelante.

Así que lo veremos pronto.

powernergia

#34 "Difundirla es lo que no puedes hacer"

Esa es tu opinión, la mía en base a lo que leo es: Depende.

D

#37 depende de si se las das la policía (legal) o las difundes en tuiter y mierdas de esas (ilegal)

D

#34
La clave es que se trata de un asunto que parece evidente que es "de interés público". En este sentido, "el derecho a la información no solo es para los periodistas, sino también para los ciudadanos"

CC #30

baraja

#79 la doctrina Sálvame no sé si la llevará muy lejos..

anakarin

#79 yo me pregunto qué tiene de Interés público una discusión entre 4 veinteañeras que deberían haber arreglado de forma privada, más allá del morbo y del escarnio público al que están siendo sometidas las otras 3 chavalas.

m

#34: Bueno, pero para eso distorsionas la voz y listo.

s

#29 "La AEPD sanciona sin juicio."

La AEPD recibe una serie de denuncias y quejas y sobre su viabilidad, te puede multar si considera que los hechos son sanciones administrativas. y tu a partir de ahí, puedes meterte en el contencionso-administrativo y estar años pleiteando. Que parece que la AEPD es parte y castigador y es un organismo más del estaedo

epa2

#26 Precisamente ayer terminé un curso elaborado por la AEPD y te puedo decir que ha vulnerado la protección de Datos al difundir sin consentimiento expreso en redes sociales públicas los datos personales.

Le puede caer una buena aunque ya le ha caido con el bicho.

d

#20 Yo no pero gracias por molestarte.

D

#20 ¿Carrero Blanco tiene twitter?

Bolgo

#22 tu comentario es la bomba!

a

#20 es en meneame donde todos somos astronautas y expertos en fisica avanzada

A

#42 Y en microbiologia, virologia, vacunas y pandemias.

D

#20 para abogado, el que tengo aqui colgado

Como ese, un porron en twitter

s

#20 Yo soy astronauta y abogado. Especializado en Derecho Universal

pepel

#7 Ha divulgado su propia conversación; hasta ahí, todo legal.

baraja

#13 Ha divulgado los audios de su conversación con otras personas. La difusión de audios, al ser un dato personal, se salta el RGPD y la multa de la AEPD puede ser de aúpa.

RGPD: Reglamento General de Protección de Datos https://www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf
AEPD: Agencia Española de Protección de Datos.

ElTioPaco

#32 que yo sepa, si participas en la conversación no hay problema alguno.

baraja

#38 Si participas en una conversación la puedes grabar.

Si no participas en una conversación no la puedes grabar.

BM75

#38 #49 No hay problema alguno para grabarla, no para difundirla.

D

#32 qué dato personal es un audio? Un dato personal es nombre, dirección, DNI, hisotira médica, etc. Un audio en qué categoría entraría? Pregunto con honesta curiosidad.

baraja

#80 un dato personal es algo que permita la identificación de la persona, tu voz permite que te identifiquen

D

#82 he leído después la explicación que pudiste, gracia igualmente por la respuesta.

mikelx

#13 Que grabar o registrar algo sea legal no implica que lo sea divulgarlo. Puedes grabar una conversación con uien quieras pero si la compartes incurririas en revelación de secretos. Esto aplica igualmente a las capturas de whatsapp.

t

#13 Lo que dices es un bulo. Puedes grabar conversaciones, no difundirlas. No confundas.

D

#7 A mi me parece normal, lo que buscan este tipo de denuncias es linchamiento social, así que es normal que ese linchamiento se te pueda volver en tu contra.

#7 ningún buena acción queda sin castigo

D

Lo raro de todo esto es que no haya funcionado la sororidad

oliver7

#59 calla calla.

D

Respuesta: No

powernergia

#8 Según lo que enlazas, será delito solo si se dan datos identificativos de los participantes en las conversaciones, cosa que parece no ha ocurrido:

"Si en las capturas apareciera el nombre, el número de teléfono, la foto de perfil o archivos cuyo nombre y/o previsualización expusiera datos protegidos de carácter personal que no fueran tuyos, compartir esas capturas constituiría un delito de revelación de secretos."


Coincidiendo con lo que se dice en el artículo, y con lo que indica #2

leader

#17 Pues las fotos de perfil se veían claramente. Así que según tu propio comentario, sí.

Ahora, ojalá no tenga consecuencias, porque me parece, en este caso, más grave lo que han hecho sus compañeras, sea ilegal o no.

anakarin

#17 sale la foto de perfil de todas y cada una de ellas. de una de ellas se le ve la cara perfectamente. Hemos escuchado la voz de todas ellas, sabemos que el piso está en ciudad real, la edad aproximada, y el nombre de pila. Con esos datos hay gente que consigue sacar hasta el DNI si se lo proponen.

Aparte que hay otra persona que se ve que habl con ella por otra conversación que sale nombre y apellido.

P

#17 Ha dado nombres, fotos en miniatura y voces, así que sí, podría.

M

#17 Leyendo esta noticia: https://www.xataka.com/legislacion-y-derechos/ojo-elena-canizares-lucia-companera-tiene-razon-publicar-audios-whatsapp-twitter
Según Ofelia Tejerina, abogada y Presidenta de la Asociación de Internautas, Sergio Carrasco, jurista y experto en privacidad y seguridad y Samuel Parra, jurista experto en Protección de Datos: Sí


CC// #2

d

Pues eso lo dictaminará un juez, no el primer abogado que pase por la calle. Ahora mismo le preguntas a 10 abogados y 5 te dicen que sí y 5 que no. De eso viven al fin y al cabo.

D

#1 Disculpa ¿Quien cojones es Elena Cañizares?

D

#3 Nadie.

Pero aquí tenemos la irrelevancia tuitera de turno en destacadas

musg0

#9 este caso concreto puede ser irrelevante, pero el debate sobre qué habría que hacer en estos casos de personas que viven en pisos compartidos no lo es

D

#55 Puede ser un delito de coacciones, con agravante de afectar al derecho constitucional de acceso a la vivienda. Tal vez haya quitado el tweet por recomendación de un abogado.

pitercio

#3 Una chica que necesita opiniones sobre si tiene derecho a vivir en su casa como viene haciendo y, en vez revisar si paga los recibos y por tanto puede hacer lo que le de la gana, decide compartir con la internez su ambiente hogareño.

sotillo

#3 Una joven que tiene problemas con otras jóvenes compañeras de piso, lo normal

d

#15 Lo de que 5 abogados te dirán una cosa y otros la contraria, está basado en tu experiencia en comentarios de meneame
No, date una vuelta por Twitter y las respuestas al hilo borrado de la chica y verás cómo cada abogado opina lo contrario del anterior.

D

#19 ¿Y desde cuándo Twitter puede certificar la titulación de quienes escriben allí?
Porque yo puedo escribir que soy ingeniero aeronáutico -si tuviera la mierda Twitter, claro-.

Wolfgang

#15 Aquí la abogada y presidenta de la Asociación de Internautas dice en cambio que sí se puede meter en poblemas.
https://www.xataka.com/legislacion-y-derechos/ojo-elena-canizares-lucia-companera-tiene-razon-publicar-audios-whatsapp-twitter

obmultimedia

#15 aqui hay mucho "abogado"

antihoygan

#15 Yo sí he tenido alguna experiencia con abogados y me lo creo. Mucho ojo cuando un abogado empieza las frases con un "yo entiendo que..." o similares.

Nyn

#1 diría que esta ley solo afecta a las empresas y autónomos que sean responsables de datos. Si tú publicas datos de un compañero de piso será otra ley la que lo juzgue pero no esta.

D

A mí esto me huele a historieta con mucho aderezo de la realidad
Los medios encantados y los maruendas, elisasbenis y demás a forrarse en las tertulias analizando está mierda de noticia irrelevante

blockchain

#27 this.

P

#27 #33 Pero si ponía toda la conversación con todos los audios...

D

#27 Pues realmente no es tan irrelevante. Viene a poner de relieve la realidad de los positivos y sus contactos directos y muestra porque no hay narices a controlar la Covid en España.

D

#23 ¿Está obligado alguien particular, que no está actuando como miembro de una empresa u organización de cualquier tipo, a respetar la LOPDGDD, repito, en su ámbito personal?
Porque, a ver toda esa gente que cuelga sus fotografías/vídeos de vacaciones en la Plaza de San Marcos de Venecia y en la que salen otras personas que no han autorizado que se publique esa fotografía con su imagen. Ya no hablo ni de menores que aparezcan sin difuminar en sus fotos...

Acido

#43 #50
Por supuesto que cualquier persona está obligada, en general, a respetar los datos personales de los demás, así lo dice la ley.
Como excepciones, cuando la otra persona da su consentimiento o si no está capacitado para consentir (ej: un menor) si tú eres el tutor legal puedes hacerlo, siempre que no implique cometer otro delito. Ejemplo típico: una famosa firma con una revista un contrato para que la revista publiquenfotos suyas (ej: desnuda) que sean datos personales porque se le reconoce la cara. Si no es famosa también... y si no es bajo contrato firmado también, bastaría que puedas probar ese consentimiento. A veces el hecho de posar y sonreir mientras te hacen una foto, puede considerarse consentimiento implícito para que te hagan la foto y no se si para publicarla.
Otra excepción es cuando lo que publicas es de claro interés público... en ese caso tiene prioridad el derecho a la información frente a la privacidad de datos personales de alquien. Por ejemplo, un político con cargo público, un periódico puede publicar hechos de ese político con sus datos personales (su cara, su nombre, su voz...) si eso es de interés público, pero a lo mejor su número de teléfono ya no se considera de interés público, o si ha tenido un descuido y se le ve el culo, supongo que no se considera de interés público si tiene el culo más gordo y menos. Pero que haya hecho una práctica corrupta o lo que dice en plena calle mientras inaugura una obra pagada con nuestro dinero es de interés público.


A lo que está obligada una empresa o quien tenga un registro de datos personales (por ejemplo, de clientes: sus nombres, DNI, número de teléfono, fotos, etc) es a darlo de alta... informar a la administración pública, a la APD de que tiene una base de datos con tales y tales datos, sin tener que comunicar esos datos en sí, sino solo el hecho de que los tiene y que se compromete a guardar bien esos datos y a ejercer el derecho de rectificación o de borrado de los datos cuando lo solicite una de las personas afectadas. Quizá aparte de informar a posteriori es posible que tenga que pedir permiso antes, sobre todo para algunas cosas como poner cámaras y grabar con ellas, etc.

D

Según el experto en ciberseguridad y protección de datos Borja Adsuara, se trata de una polémica algo exagerada. "Hay más leyes que la RGPD en el mundo", explica, señalando que no considera que se haya vulnerado ninguna ley da protección de datos ni que se haya hecho público ningún dato lo suficientemente inequívoco como para identificar a las famosas 'Rocío Piso' o 'Ángela Compañera', ni siquiera al publicar los audios. "Solo sabrán su identidad sus compañeras de piso, su familia o quien las conozca", apunta.

baraja

#12 Si lo dice el tal Borja seguramente será lo contrario.

RivaSilvercrown

#12 uno de los problemas que yo veo es que la voz (como otros datos biométrico) se consideran dato personal. Y que las fotos de perfil no estaban tapadas. Pero vamos que el riesgo de demandar está en que eso sería información pública y, aunque ganasen, podría tener consecuencias a futuro (por ejemplo gente que no quiera tener a ese tipo de personas en su empresa)

D

#12 #23 No se trata de eso. A lo mejor para ti no es fácil identificarlas, pero ahora mismo vivimos en una época en la que es fácil viralizar cualquier cosa. Es cuestión de suerte que se sepa quienes son, que alguien le dedique tiempo a investigar, y que esto termine con un fuerte acoso mediático contra ellas.

Ahora imagina que alguien las reconoce, y empieza a girar la bola de nueve en su red de contactos. En fin, yo no creo que tenga que ser delitos, depende de muchas cosas, pero también pienso que tendemos a infravalorar el alcance de nuestras acciones y pensar que el fin justifica los medios.

d

#46 No hace falta esperar a que alguien las reconozca. Con que haya una IA por ahí analizando rostros de fotografías publicadas en redes sociales, ya es pan comido saber quién ha hecho qué y dónde ha estado.

anakarin

#12 claro, por eso ya hay quien ha localizado a las chicas. La propia Elena lo reconoce en una entrevista en radio Marca.

Acido

#94 Eso es lo correcto, o quizá pasarle pizzas por debajo de la puerta (es broma).

D

Estoy buscando a Rocío Piso en la guía telefónica pero no me sale nadie.

D

#_27 Si das positivo, que te echen de TU casa. ¿Es eso lo que defiendes?

Porque la chica está en SU casa. Ha pagado y no ha incumplido ningún contrato, ni siquiera el verbal.

D

#_27 Petrodelicada, lo que es muy irrelevante, es tu comentario cuñadil

Imag0

Que no es "Compañera" es "Compareña" joder lol

D

Siempre he escuchado que dicho reglamento no aplica a particulares, solo (simplificando) solo a empresas.


https://www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf

Articulo 2.

2. El presente Reglamento no se aplica al tratamiento de datos personales:

c) efectuado por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas

d

#50 ¿y desde cuando publicar en una red social es algo personal o domestico?, Personal va a ser que no es desde que permites a personas externas verlo, y domestico pues tampoco lo veo mucho.

P

#50 Ese es el RGPD que es a nivel europeo, pero luego tienes la LOPDGDD que es española y sí, aplica a particulares.

JohnSmith_

#50 Ahi lo unico que dice es que no aplica para tu agenda telefonica o para tu album de fotos de familiares y amigos. Publicar cosas en Internet no esta amparado por ese articulo por muy particular que seas.

https://confilegal.com/20150310-agendas-grabaciones-domesticas-excepciones-lopd-10032015-1411/

frg

Claro, echarlo a la calle a vivir sobre cartones es lo más adecuado, porque si le metes un par de tiros tienes que pringarte deshaciéndote del cadáver en la bañera.

D

#65 Una granja de cerdos.

s

Bueno, al menos la cárcel no le van a poner pegas para estar.

homoAPM

si grabar una conversación privada de audio es legal si tu participas en ella, esto pq debe ser ilegal ? entiendo que la diferencia seria si pasara datos de los otros "nombres apellidos, dirección, telefono etc. pero no debería. Si realmente lo es en este caso seria una inconsistencia entre un audio y un whatsapp, son conversaciones, sólo cambia medio

avueltadetodo

#83 tu mismo lo dices, grabar algo en lo que participas es legal, compartirlo fuera de los supuestos legales (abogado, juez, autoridades) es lo "ilegal".

D

Probablemente si, pero con un apercibimiento ya va servida (como a Irene Montero).

D

Edito. Iba para #_5 pero se ve que no le gusto alguna cosa que le he dicho y me tiene en ignore. (ohhh, que pena 😂 )

Da igual lo que quieras. Como contacto directo con un contagiado estas obligado a permanecer en cuarentena y no puedes andar cambiando donde la hagas segun te apetezca.

H

Pues ojalá que no
Vergüenza me daría ser una compañera y denunciar eso...

f

En vez de discutir de lo que comento por whatsapp es mejor hablar si es legal o no, digo yo que eso es cosas de abogados y jueces, no de personas que opinamos.

A

Y seguramente nadie contigo teniendo en cuanta la empatia y humanidad que nuestras en tus comentarios.

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