Hace 12 años | Por sempredepor a laopinioncoruna.es
Publicado hace 12 años por sempredepor a laopinioncoruna.es

Dos agentes de la Policía Local se sentarán la próxima semana en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial por presuntamente detener a un joven de forma ilegal. La Fiscalía solicita a los jueces que los condenen a pagar una multa de 2.1

Comentarios

D

#4 Cierto, la culpa es de ellos, pero también de quien permite que personajes así se ocupen de ¿la ley y el orden? Pues eso.

anor

Aunque grave, estos hechos no son nada comparados con la noticia que envié ayer. Un español, al parecer discapacitado, fue detenido por peticion de la policia italiana y enviado a Italia, donde lo juzgaron por ser un jefe de la Mafia y fue condenado a 14 años de prision.
Creia que ya no me podia sorprender ninguna noticia relacionada con la incompetencia de la policia y del sistema judicial español, pero no era así.

catalan-capacidades-limitadas-permanece-encarcelado-italia-ser#c-3

Gankutsuou

#0 Una multa de 2.1, como mis altavoces.

earthboy

Estamos en España, sabemos como actúa la policía, sabemos como son nuestros jueces:
-Ese "juzgados" del titular tendría que ir entre comillas.

Mi apoyo al chico al que agredieron y detuvieron de forma ilegal. Eso sí, que no espere un juicio justo.

robaperas

Los imputados, después de que el denunciante recibiese asistencia médica, lo trasladaron al cuartel de la Policía Nacional. Los agentes del 091, según recalca el fiscal, lo pusieron "inmediatamente" en libertad

Lo que da pena es que el chico gane por: (tenga opciones de ganar) porque los policias no le denunciaron aunque fuese falsamente. Probablemente si le hubiesen cursado una denuncia por alteración del orden público o desobediencia a la autoridad, se hubiese quedado con las golpes y los policias haber quedado impunes.

Editado ver tachón.

dreierfahrer

#10 Bueno, los policias han aprendido algo nuevo. No volvera a pasar....

T

Pobres,recuerdo de chaval como les caian botellas en las grilleras en la plaza del humor y como los vacilaba todo dios a los de la local,ahora ademas puede que los multen e inhabiliten. lol
Aunque de ser cierto les esta de puta madre por listos,y de paso podian embarcar a un par de porteros del Orzan porque mas que estar para evitar follones alguno parece que esta para provocarlos.

D

Alguien se sorprende de algo tras "los lios" de la Comisaria de Mossos d?Escuadra de "LES CORTS" ??

D

Esto es mierda. Solo una aplicación extraordinaria de la ley para que llege a la prensa y los ciudadanos dejemos de joder sobre la impunidad de la que gozan. De nada sirve empapelar a un par de policias si luego hay 200.000 que hacen lo que les sale de los huevos sin que nadie les tosa.

D

[...] El agente no le contestó y le conminó a irse. El denunciante le respondió mal, pero se dio media vuelta para abandonar el lugar. Los funcionarios, no obstante, lo arrestaron y le causaron heridas, según esta versión.

No merece la pena ponerse chulito con la policía, porque siempre se tienen las de perder.

trigonauta

De la policía local de Coruña no puedo decir nada bueno, después de varios encuentros de distinto tipo, no me sorprende demasiado.

c

Yo alucino con esta panda . Ya pasó con la guardia civil que se pasó pueblos en la época franquista y nadie los puede ver ni en pintura , por mucha publicidad en plan enrrollao que hagan. Se están ganando "el respeto y el cariño " del pueblo que han jurado proteger y defender.

g3_g3

Que les den cera

VG6

No digo nada hasta que haya sentencia judicial. Que luego todo ni es blanco ni es negro.

Esta es la versión de este hombre. El denunciante siempre dice que venía de dar de comer a los huerfanos pobres, pase lo que pase. Sin sentencia no me fio de nadie.

Y creo que los de meneame sabe lo que pasa cuando se acusa a un "presunto", que a veces no es tan presunto.

D

Si es verdad, yo les dejaba una temporada sin empleo y sueldo, verías como se le quitarían las ganas de hacer estas cosas e ir de prepotentes por la vida.

p

según se va poniendo la cosa es de agradecer que no lo ejecutaran y tiraran el cadáver a la cuenta, pero todo se puede mejorar...

y

asi me gusta, que en la policia local siempre hay muchos fenomenos de estos.

r3yes

puffff solo faltaba,vas tranquilo y derrepente te esposan y te llevan a la carcel.

thingoldedoriath

#19 "puffff solo faltaba,vas tranquilo y derrepente te esposan y te llevan a la carcel".

Ante todo, bienvenido a Menéame.

Si lo que escribes es una coña, estaría bien que lo dejases más claro. Si no se trata de una broma, entonces quizá debieras saber un par de cosas que te cuento más abajo.

España, sobre todo en estos últimos meses, por las actuaciones de "la mayoría" de agentes del la seguridad del Estado; pudiera parecer una "república bananera" (de hecho, hubo un tiempo (siendo república y después dictadura) en el que, eso que dices sucedía...). Pero no lo es.

En España ningún policía puede llevar a nadie a la cárcel. La cosa debiera funcionar así: los agentes de un cuerpo de seguridad del Estado (cualquiera, menos las policías locales) detienen a una persona (por lo que ellos consideren que deben hacerlo); le explican a la persona "por qué la detienen, de qué delito tipificado en el Código Penal se le acusa y se le leen* o explican de forma comprensible los derechos fundamentales que le son de aplicación"; la conducen a los calabozos de la comisaría o el cuartelillo que corresponda (si no opone resistencia y no tiene antecedentes de tipo penal, no es necesario que le pongan grilletes, las esposas son otra cosa). Ese es el momento en el que mucha gente* cree que "tiene derecho a hacer una llamada telefónica, porque lo ha visto en las películas USA... en España el derecho se reduce a facilitar un número a los agentes para que ellos llamen a quien la persona detenida estime oportuno. Esa situación (la de detención) puede durar "un máximo de 72 horas", durante las cuales la persona puede ser "interrogada" por agentes y la persona no está obligada por ninguna Ley a responder a las preguntas, acusaciones y amenazas que reciba. Si la detención se prolonga, han de facilitarle a esa persona alimento y bebida. A continuación deben llevar a esa persona ante un juez (el que esté de guardia o el que corresponda); y a partir de ahí "se hará lo que el juez diga que se ha de hacer". Generalmente una de estas tres cosas: ingreso en prisión preventiva o provisional; libertad con cargos o libertad sin cargos.

Ocurre que la mayoría de los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado; debido al estrés implícito en la situación , suelen "olvidar" leer o recitar de forma oral y comprensible los derechos que asisten a la persona detenida. Sobre todo el más importante en ese momento: "el derecho a no decir ni mu". El derecho a la asistencia letrada (de un abogado), si se tiene uno, ese mismo, de lo contrario se nombrará uno de los del turno de oficio... y bla, bla, bla.

Muchos agentes también olvidan "porque las personas detenidas siempre suelen ponerse chulas y respondonas", que no han de maltratar gratuitamente a los detenidos (ni siquiera de palabra) y así puede que si eres una chica escuches cosas como: "a ti te voy a follar yo bien follada, de esta no te libra ni dios..." y si eres chico algo como: "cuando lleguemos a la comisaría te voy a quitar la chulería esa que tienes, a ostias" y otros formulismos que se les suelen entregar con el uniforme y la gorra (de gorra...). También suelen olvidar (por las prisas ) colocarse el número de identificación en un lugar visible de su uniforme. Y si alguien se lo pregunta, solicita, pide, exige... porque es un derecho de todo ciudadno el conocer ese dato; suelen poner la misma cara que ponen muchos cuando se les pregunta su número de teléfono fijo... y no te dicen (o si...): "como yo no me llamo a mi mismo, se me olvida". Pero tampoco suelen facilitarlo amablemente.

Algunos incluso, dado el estrés de ese tipo de situaciones y lo hartos que están los agentes de tratar con "mala gente" y con "lo peor de la sociedad"; puede que al meter a la persona detenida en el coche patrulla le golpeen "sin querer claro" con cualquier elemento duro del vehículo (suelen ser los marcos de las puertas). Porque en España, eso que ves en las pelis americanas, que uno de los polis pones la mano en la cabeza del detenido (generalmente negro), pues no se aplica casi nunca y además los coches patrulla de por aquí son cutres, cutres, cutres y tienen las puertas pequeñas.

En todo caso; una cosa si es totalmente cierta. Si un par de agentes de cualquier cuerpo de seguridad del Estado se presenta en la puerta de una cárcel con una persona con intención de ingresarla. Como no lleven una "orden firmada por un juez que lo especifique"; ya pueden ir llevándose a la persona a otra parte. Porque los carceleros son muy suyos. Y como por ese lado si han caído algunas condenas ejemplares y muchos directores y subdirectores de seguridad han perdido sus puestos; la cosa está así: en una prisión se entra por orden de un juez y se sale por una orden de un juez, cuando haya transcurrido el tiempo que tenga que transcurrir.

Eso si, procura que no te lleven a una prisión a no ser de visita. Porque los carceleros (a ellos les gusta que les llamen funcionarios de prisiones porque les encantan los eufemismos); dentro de su "reino", disfrutan de mayor impunidad que los agentes de los cuerpos de seguridad en las calles. Y tanto unos como otros, aprenden la Constitución Española para pasar las oposiciones pero en cuanto se ponen el uniforme esa parte de la memoria se les bloquea y las neuronas que les quedan libres, (los que tienen neuronas libres...) entienden los mandamientos Constitucionales al revés: aquello de "... un ciudadano es inocente mientras no exista una sentencia judicial que diga lo contrario"; se interpreta como: "todo dios es culpable mientras no demuestre que no lo es y haremos lo posible para impedírselo".

Lo dicho, bienvenido a la realidad. No suele ser tan absurda como tu comentario sugiere y la cagada actuación de estos policías locales certifican. En serio...

D

#25 ¿Me puedo hacer un poster con lo que has escrito?

thingoldedoriath

#27 "#25 ¿Me puedo hacer un poster con lo que has escrito?". Yo soy un firme defensor de la universalización del conocimiento. Así que lo mío son licencias BSD, GPL, CC, Apache y otras de tipo "libre y/o abierto". Puedes hacer con mi comentario lo que te apetezca; incluso añadirle aquello que de tu propia cosecha (siempre que dejes claro que no lo escribí yo... bastante tengo con mis propias contradicciones), consideres que debe figurar en esa especie de "manifiesto madio anarquista que me salio"

Por lo demás, gracias, muchas gracias. Tu pequeña broma es probablemente el único "piropo" que me han dedicado en los últimos meses (estoy atravesando una mala racha emocional).

Por cierto; si te interesa el efecto de los uniformes y los lavados de cerebro en las academias de policía, sobre las personas "normales" y, tienes tiempo y ganas, lee "El Efecto Lucifer" de Philip Zimbardo.

Un saludo afectouso (todo lo afectuoso que sea posible en el paraíso virtual).

p

toma yaaaaaaaaaaa

D

#0 Cuida un poco más las entradillas...

sorrillo

Por otro lado es habitual que si vas circulando en un vehículo te hagan detenerte sin motivo para hacerte una prueba arbitraria de alcoholemia.

E

#2 Te contesto, de arbitrario nada. Solamente te la pueden hacer por 4 motivos tasados que tendrán que determinar, sino lo hacen se salen de la ley. Los motivos se encuentran en el artículo 21 del Reglamento General de Circulación, RD 1428/2003 de 21 de noviembre.


Artículo 21. Investigación de la alcoholemia. Personas obligadas.

Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación (artículo 12.2, párrafo primero, del texto articulado).

Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán someter a dichas pruebas:

a) A cualquier usuario de la vía o conductor de vehículo implicado directamente como posible responsable en un accidente de circulación.

b) A quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes, manifestaciones que denoten o hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

c) A los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones a las normas contenidas en este Reglamento.

d) A los que, con ocasión de conducir un vehículo, sean requeridos al efecto por la autoridad o sus agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad.


Añado algo, en caso de negativa y tratarse de vehículo a motor o ciclomotor se trata de un delito del 383 del CP, si fuera otra clase de vehículo sería infracción administrativa (500€ y 6 puntos).

Un saludo.

sorrillo

#29 Gracias por citar la legislación, si me esfuerzo puedo encontrarla incluso graciosa.

d) A los que, con ocasión de conducir un vehículo, sean requeridos al efecto por la autoridad o sus agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad.

Traducido: cuando se cumpla alguno de los tres primeros puntos (a,b,c) o cuando nos dé la gana (d).

Está majo eso de poner comodines en la legislación.

Eso sí, pobre de ti que critiques los controles arbitrarios de alchoolemia que solo por ese hecho ya te tachan de ir borracho por las carreteras, aunque en más de 3 décadas únicamente hayas tomado un sorbo de cerveza para saber a qué sabe.