Hace 2 años | Por Ergo a larazon.es
Publicado hace 2 años por Ergo a larazon.es

El TSJA añade el siguiente párrafo final: “Los acusados realizaban dicha actividad en la creencia de que la misma era lícita y cumplía con todas las exigencias requeridas para llevarla a cabo”. Por ello, los absuelve del delito contra la salud pública por el que les fue impuesta una pena de un año y dos meses de cárcel y el pago de una multa de 1.200 euros, así como del delito de asociación ilícita. Todo ello al entender que en su actuación concurre “un error invencible de prohibición del art. 14.3 del Código Penal"

Comentarios

Ergo

Es decir, "como pensaban que lo que estaban haciendo era legal, pues los absuelve".
CON DOS CO*****S.

A todas luces es vencible, pues ¿de verdad se cree alguien que estaban engañados hasta tal punto que pensaban que vivían en Holanda? Lamentablemente, vendrá un TSJ a cambiar la absolución, como ya pasó anteriormente ( caso Three Monkeys, Ebers, etc).

ailian

#2 Lo verdaderamente absurdo es que sea ilegal.

J

Un relato al que ahora el TSJA añade el siguiente párrafo final: “Los acusados realizaban dicha actividad en la creencia de que la misma era lícita y cumplía con todas las exigencias requeridas para llevarla a cabo”.

A mi juicio esto no se sostiene por ninguna parte, y según la historia que relata esta asociación se inscribió en el 2017 y les obligaron a dejar claro en sus estatutos ese tema. Luego cambian la junta directiva en 2018 y piensan que puede hacer lo que le sale de los cojones sin informarse debidamente. lol Además, cambian los estatutos sin informar debidamente. Pues vale...

Al inscribirlo en el 2017
El colectivo fue inscrito en el Registro de Asociaciones de Andalucía, comunicando el Gobierno andaluz que debían modificar los estatutos del mismo añadiendo una cláusula para que constara “expresamente” que no tenía por objeto la realización de “actividades de cultivo, elaboración, tráfico, promoción, favorecimiento o facilitación de cualquier consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicas que no entren en los supuestos expresamente autorizados por los Convenios y las normas administrativas vigentes en España”.

D

Pero nada, las propuestas de legalización se tumban en el congreso, no interesa