Hace 11 años | Por omefilo a bandaancha.eu
Publicado hace 11 años por omefilo a bandaancha.eu

R aplicará un pequeño truco legal para evitar que sus clientes paguen el nuevo IVA del 21% por los servicios prestados durante el mes de agosto. La factura de agosto debería venir con fecha del 1 de septiembre, el mismo día que entra en vigor el nuevo IVA. Para evitarlo, la factura de agosto vendrá con fecha del día anterior, 31 de agosto, de forma que legalmente podrá aplicarse el IVA del 18% al teléfono y banda ancha, y del 8% al servicio de TV.

Comentarios

D

#11 Es que ese es el tema, aquí R no deja de ingresar, ese importe lo pierde el estado pero carallo, cuando les toca devolver pasta por sus "errores" bien que les cuesta. Lo bueno es que los teleoperadores de momento son españoles y no te tolean.

Ramanutha

#12 Escribe un poco más claro, que parece que estás sentado encima de algo que te da problemas cuando aportas un comentario .

D

#56 Bravo, gran aportación la tuya... con respecto a tus sabias palabras, el problema está en uno de los interlocutores y no soy yo. Al ignore.

Ramanutha

#57 ¿Oíches Oh? Eu ben sei do que falo; mira esto:

rae.es/tolear
rae.es/tolo
rae.es/carallo

A min non me gusta que pareza o mismo idioma, cando son dous idiomas diferentes.

Veña, un saudo.

S

#2 #11 pues leo en el twitter, pepephone factura siempre ultimo dia del mes, por lo que tampoco aplicará la subida del iva.

S

#46 Ya. Pero, insisto, el IVA no va para la operadora, sino para el Estado, esto es, todos nosotros, que tiene un problema de déficit muy serio y que puede llevarnos al desastre. En mi opinión es algo inmoral intentar quedar bien con los clientes, pillar nuevos incluso con este apaño que tanto daño nos hace a todos.

S

#55 ¿Estás defendiendo la subida del IVA? Si es algo que Pepephone hace siempre no veo mal informalo, lo que hace R, pues oye... si es legal ya inventarán algo para que no lo sea. La ley va detrás de alguna jugada asi y el primero que la hace se libra.

S

#58 Entiendo que el Estado necesita ingresos para poder mantener gastos en un contexto en el que el coste de financiación se vuelve imposible. Debería cobrar más impuestos antes a los que más tienen y los defraudan (Iglesia, grandes fortunas, etc.) pero entiendo que nos toca a todos hacer algo, también. Y si sube el IVA para unos entiendo que la justicia social pasa porque suba para todos. Si Pepephone o R o quien sea quiere ofrecer algo a sus clientes, que den un descuento contra su línea de beneficios y no contra el déficit del Estado.

D

Es un buen detalle, si fuera cliente lo agradeceria.

rbk

#21 es que la facturación en empresas va del 1 al 31 de cada mes, mientras que para clientes particulares va del 20 de un mes al 19 del mes siguiente. En el caso de los clientes particulares ya se cierra el 19 de agosto, de ahí la diferencia.

D

Estupendo pero también deberían controlar los "errores" de cobro en las facturas que luego no te devuelven sino que "descuentan" en las siguientes facturas, si tienes suerte y les andas encima.

Willou

#1 El caso es quejarse...

Willou

#6 No, no me jode. Es más, me la pela. Que tu tengas problemas con dicha compañía, no quita que sea un detalle de puta madre para la mayoría de clientes.

D

#9 ¿Y dije yo que no fuera un buen detalle? Y cada vez son más usuarios los que tienen el mismo problema con R.

karakol

Son detalles que se agradecen.

natrix

¡Antiespañoles!

D

Pues un poco tarde, eso mismo ya se lo ofrecí a todos mis clientes al día siguiente de que Marianico "El corto" confirmarse la estafa subida al 21%.

#2 Si ser antiespañol es joder en la medida de lo posible a un gobierno de fascistas, entonces sí, soy antiespañol y a mucha honra.

Un saludo

D

#15 Todos juntos podemos llevar a España a la quiebra. Go! Go!

D

#16 Eso ya lo está haciendo de puta madre nuestro gobierno, yo a su lado soy un pobre aficionado.

o

#16 Mas que nada pagar un servicio que te prestaron en agosto deberia de ser al IVA de agosto por muy antiespañol que te parezca, ya que si te facturan el dia 1 de septiembre pero tu lo disfrutaste en agosto.

Squash019

Como ya se ha dicho en anteriores comentarios, esto sería muy bonito y fabuloso si no fuese tan demagógico y sensacionalista, ya que se omite en el post original (salvo en el link) que esto es sólo para empresas. El resto de clientes de esta empresa (entre los que me incluyo, y en general estoy muy contento), facturamos de 20 a 19, es decir, a nosotros el día 20 de septiembre nos llegará una factura que, a pesar de abarcar 11 días de agosto, tendrá un IVA del 21% indistintamente. Es una buena noticia para las empresas (sobre todo para pequeñas y PYMEs), pero es algo que hay que aclarar bien para no entrar en sensacionalismos...

D

¿y no será, digo yo, que como muchas otras empresas tengan el problema de que con agosto de por medio, no tener el sistema adaptado al 21% para el 1 de septiembre?

XAbou

#18 ¿Tu crees que a una empresa de ese tipo le da mucho trabajo el cambio del valor de una variable? ......

enochroot

Después de releer la notícia he entendido que se refería a una empresa llamada R, y no al lenguaje de programación R. Buenos días.

D

Luces y sombras:
1) El cliente se beneficia de un IVA del 18% en lugar del 21%
2) R tiene la pasta un día antes, lo que contablemente no es moco de pavo, sin que le cueste nada.
3) A quien le llegue la pasta de la nómina el día 1, pues igual le genera un descubierto (con la comisión correspondiente, normalmente muy superior a ese 3% de IVA adicional) o la devolución del recibo.

t

#26 Da igual cuando se consuma, lo importante es la fecha de FACTURA.

#36 1) No es sólo de 18 al 21%, la TV pasa del 8 al 21..
2 y 3) Cuando envías un AEB19 al banco tu dices que día quieres que se cobre, con lo cual lo van a cobrar el mismo día.

D

#36 Metedura de pata hasta la rodilla. Una cosa es la fecha de factura y otra muy diferente la fecha de cobro. El único punto que se salva de los 3 que comentas es el 1.

Summertime

#36 Eso no tiene por que ser asi, dice que la fecha de factura es el dia 31 no que la vayan a pasar un dia antes, R puede emitir una factura con fecha dia 31 y pasarla a cobro el dia 4 si es lo que tiene pactado con el cliente.

R

Da igual, si facturan hasta el 10 de septiembre te tienen que cobrar un iva por la parte proporcional hasta el día 1 de septiembre y otro iva del ida 1 al 10, por lo menos con la factura de la luz es así

D

Luego todos diremos que los políticos son unos ladrones, que los empresarios son unos defraudadores... pero cuando los curritos podemos, nos ahorramos unos míseros céntimos de impuestos, aunque sea mediante triquiñuelas legales (cuando no directamente mediante la ilegalidad).

España... ese país donde es ladrón desde el siervo hasta el rey.

karlos_

#19 legalmente el ladron es el estado.

Los gastos de la factura son de antes del 1 de septiembre por lo que no deberia de ser retroactivo.

hamahiru

#19 ¿Por qué triquiñuela legal?

Es una factura por un consumo hecho en agosto al que se le aplica el IVA de agosto. Punto.

J

En realidad cualquier empresa tiene hasta el 20 de Septiembre para presentar la facturación del IVA (la trimestral), con lo que perfectamente puede, hasta ese día poner fecha de Agosto y contabilizarlo en el trimestre que termina el último día del mes.
Lo de la subida del IVA en Septiembre no era una triquiñuela para salvaguardar el turismo... más bien era un 'favor' estatal para evitar quebraderos de cabeza a toda empresa que tenga que presentar la declaración; si no me equivoco la anterior subida también coincidió con un comienzo de nuevo trimestre, ¿no?

z

Supongo que aunque la fecha de factura fuera 1 de septiembre se podría seguir facturando al 18% si los servicios se han prestado antes del 1 de septiembre, como ya ocurrió en la anterior subida del IVA de 2010:
Es posible facturar con el 16% de IVA después del 1 de julio de 2010
http://inversionyahorros.com/es-posible-facturar-con-el-16-de-iva-despues-del-1-de-julio-de-2010/

Aunque en este caso se trata de un servicio de tracto sucesivo, no sé si en este momento estará vigente la norma:
"Para explicar la “injusta pero legal” subida del IVA en operadores de telefonía, por ejemplo, se aplica una nueva regla especial de devengo relativa a los servicios de tracto sucesivo, vigente desde el 1 de enero de 2010. Esta norma se refiere a servicios continuos que se prestan y se facturan todos los meses, como el teléfono, Internet, electricidad, gas,..."

#22 El 3er trimestre finaliza el 30 de septiembre, y la liquidación del IVA se hace del 1 al 20 de octubre, así que la subida del IVA sí que nos pilla en medio del trimestre...

rbk

#41 Seguramente es noticia por lo que explica #35

J

#35 ¡Es verdad! Que mal día llevo
Pues me sorprende que lo hagan a medias... porque entonces hasta el 20 de Octubre muchas empresas facturarán con fecha previa al 1 de Septiembre (las cuestiones éticas las dejo aparte, pero técnicamente pueden)

sevilla92

#22 el trimestre termina el 30 de septiembre y yse presenta el 20 de octubre
Habrá empresas que si, pero otras no podemos la factura cuando apetezca.
Por ejemplo, si vendes un producto que tiene garantía o haces una reparación.

marcumen

Me acabo de enterar que existe la operadora 'R'.

c

Copio una información remitida por una asesoría legal.

"Para determinar qué tipo impositivo resulta aplicable es necesario acudir a las reglas de devengo del Impuesto. Si el devengo de la operación se produce antes del 1 de septiembre, los tipos aplicables serán los vigentes con anterioridad a su elevación. Por el contrario, si el devengo se produce después del 1 de septiembre, los tipos aplicables serán ya los nuevos (21%, 10% y 4%).

Con carácter general el devengo se produce en el momento en que se efectúen las entregas de bienes o prestaciones de servicios que resulten gravadas. Por tanto, si una mercancía se entrega a mediados del mes de agosto y la factura se emite el día 2 de septiembre, el tipo será el 8 o el 18% y no el vigente el día de la emisión de la factura. Hay algunas particularidades que conviene tener en cuenta:

- operaciones de tracto sucesivo o continuado (contratos de arrendamiento o suministro, por ejemplo): el devengo del impuesto se produce cuando resulte exigible la parte del precio correspondiente a cada percepción. Por tanto, lo relevante en estos casos es la fecha en que resulte exigible el precio, con independencia de la fecha en que se emite la factura y aunque no se pague efectivamente en la fecha de la exigibilidad.

Destinatarios no empresarios o profesionales
Cuando los destinatarios de las operaciones no sean empresarios o profesionales (consumidores finales) puede rectificarse al alza la cuota repercutida exclusivamente durante el mes en que tenga lugar la entrada en vigor de los nuevos tipos impositivos (mes de septiembre) y el siguiente."

ann_pe

¿Por qué se paga mas IVA en conexión a internet que en tv?

rbk

#28 porque en la TV digital el Gobierno en su día un IVA del 8% para fomentar su contratación. Ahora pasará al 21%.

D

#28 Entre ver en TV lo que "ellos" quieren, a ver en internet lo que yo quiero, me quedo con lo segundo, la libertad siempre es cara.

Un saludo

davidx

#28 por esto.....

enmafa

pues seguiremos haciendo facturas con fecha de agosto...

D

Pues yo, como usuario de R, agradezco que piensen en sus clientes. La verdad es que estoy contento de haberme cambiado desde Vodafone (una cueva de ladrones), caso aparte merecen los "amigos" de Timofónica alias Movistar que en su día me cobraron 25 horas de internet (emule) EL MISMO DÍA Con R, con todos los defectos que pueda tener, nunca me sentí estafado o timado, ofrecen unas condiciones y luego las cumplen. Lo dicho, Gracias.

D

No se otros, pero a mi R lleva varios meses pasándome la factura el día 29, 30 o 31 por el periodo 20 del mes anterior (Julio) al 19 del actual (Agosto) así que no veo ninguna noticia, solo la confirmación de algo esperado.

D

R? Eso no es un lenguaje de programacion para estadisticas???

Vanillachaos

Oh! gracias por aplicar el principio de devengo

P

Pero cual es la noticia? así se hace en todas las empresas, una cosa es la fecha de emisión de la factura y otra muy distinta la fecha de la venta o servicios prestados, si estos son en agosto ha de facturarse con el IVA de agosto y para que sea legal ha de llevar fecha de agosto MENUDA TONTERÍA DE NOTICIA.... Si los empresarios cobraran más IVA luego deberán de pagarlo...

JoulSauron

¿Spam como las de Pepephone?

MegaLLort

por cosas así España no sale de la crisis.