Hace 14 años | Por --8164-- a analitico.es
Publicado hace 14 años por --8164-- a analitico.es

Baltasar Garzón abrió la causa por las desapariciones del franquismo sobre la base de que este tipo de delitos nunca prescriben -art. 131.4 del Código Penal-. El problema es que aquí en España a partir de la Ley de Amnistía de 1977 que posibilitó la transición española, todos estos tipos de crímenes quedan borrados. Y de ahí la controvertida paradoja de que Garzón, paladín internacional de la jurisdicción universal, inquisidor de dictadores en Argentina o Chile, haya podido aplicar la normativa en el extranjero pero no en España.

Comentarios

Soriano77

La comparación es bastante pobre.

r

Errónea (al menos la entradilla) no hay paradoja, el derecho internacional está por encima de las leyes locales.
NO hay ley de amnisitía que valga ante crímenes de lesa humanidad.
Ahora, si duda de que lo que hubo aquí lo sean, es otro tema...

D

Haaaaala.

D

Adem´´as de la amnist´´ia¿ Tenia competencia para ello?