Hace 11 meses | Por Andaui a theconversation.com
Publicado hace 11 meses por Andaui a theconversation.com

En España, la Ley 14/2006, de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción humana asistida exige un contrato de donación en el que se garantiza la salud física y mental del donante. La ley garantiza el anonimato, pero también el derecho de acceso a la información genética por parte de las hijas e hijos o sus representantes legales a través de un Registro Nacional de Donantes.

Comentarios

fofito

#2 A la semana, supongo

A

#2 Creo que los límites van por otro lado. Un ciudadano chino murió después de 43 pajas, así que el límite serían 40 diarias.

Apotropeo

#2 ¡¡ qué vergüenza, ni siquiera una cantara!!

chicKles

Como ex-donante podría haber seguido siendo donante...
El caso es que donaba en una clínica de mi ciudad y después me mude e intente donar de nuevo pero ya me entro remordimiento por el "limite" legal de nacimientos y admití a la clínica que ya había donado.
Entiendo que deben de hacer el registro nacional pero también entiendo la responsabilidad del individuo.

tiopio

Es equiparable a los úteros de alquiler.

jonolulu

#5 No veo ni una similitud

Chinchorro

#5 ¿Como es equiparable eyacular en un tarro a gestar y desarrollar durante nueve meses a un ser humano dentro de tu cuerpo?

a

#5 Sin duda hacerte una paja es exactamente lo mismo que parir.

D

Recuerdo que en mi época de universitario pagaban 30€ por donación. Pregunte cuántas veces podía donar al día.

T

#1 y yo tirándola, menudo panoli q soy.

ghotam

La ceguera.

jonolulu

En España está limitado a 6 nacimientos, y la Ley correspondiente contempla la creación de un registro para controlarlo, pero en 17 años que tiene la ley no se ha creado

sergyc

No se porque ha de ser responsabilidad del donante. Debería ser de la clínica. Una vez se ha usado x veces ese esperma ya no se puede usar más y punto.