Hace 4 años | Por Gol_en_Contra a 20minutos.es
Publicado hace 4 años por Gol_en_Contra a 20minutos.es

El Tribunal Supremo ha denegado un permiso de residencia por arraigo familiar a un hombre de nacionalidad ecuatoriana por contar con antecedentes policiales y penales por violencia de género y familiar. El Supremo admitió el caso, presentado por el abogado del Estado, al apreciar interés para determinar "si cualquier antecedente penal determina la denegación de la residencia temporal para el progenitor de un menor de edad".

Comentarios

Gol_en_Contra

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x

Pues me parece bien. Ahora que hagan lo mismo con el resto de delitos, por favor.

Urasandi

#8 El artículo dice que depende de su conducta. Depende de él.

M

Aunque no la tenga, se quedará por estos lares.

squanchy

Pues que coja al menor y se lo lleve a su país. Punto. No es tarea de los españoles criar a ese niño, si no de su padre.

L

#2 La niña es española.

Gol_en_Contra

#2 #4 Y a lo mejor patino, pero igual tiene madre.

D

La violencia de género es muy extensa, va desde insultar a una mujer o lanzarle una flatulencia hasta asesinarla. ¿A qué violencia de género se refiere este caso?

Según la noticia, en este caso se refiere a "malos tratos físicos y en el ámbito familiar", por lo tanto estoy de acuerdo, pero por otro lado, el castigo para un delito, según las leyes españolas, no debe ser para siempre. ¿Ahora sí?, ¿no podrá solicitar el permiso de residencia dentro de 10 años por buena conducta?

Urasandi

#3 El artículo detalla que:
- tiene en vigor antecedentes policiales y penales.
- malos tratos físicos y en el ámbito familiar
- tiene acreditada violencia doméstica y de género
- ...dicha decisión se debe alcanzar después de revisar el conjunto de circunstancias del asunto y a la luz del interés superior del menor

Creo que se ajustan bastante a derecho, y que no es que se ha echado un cuesco sin avisar.

D

#7 De acuerdo. Por otro lado, ¿la medida es para siempre?