Publicado hace 2 años por Meneador_Compulsivo a sevilla.abc.es

El juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla ha absuelto a Rubén Castro del delito de quebrantamiento de medida cautelar con respecto a su expareja ya que considera que no existe una prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia. En la sentencia el magistrado concluye que «absolutamente todos y cada uno de los testimonios» que se aportaron en la vista resultaron «parciales, escasamente objetivos e impregnados de una evidente carga subjetiva que conducen al tribunal a desconfiar notablemente de su contenido».

Comentarios

StuartMcNight

#2 ¿No existe? La presunción de inocencia es ante la ley.

Y esta noticia es la perfecta demostración de ello.

¿De verdad crees que has escogido un buen ejemplo para tu memez habitual?

D

#14 #12 Claramente me estoy refiriendo a algunos jueces que hubo en su día en internet y que no respetaron su presunción de inocencia,StuartMcNightStuartMcNight tu solo te has descrito, es un buen ejemplo de como se juzga a la gente por medio de internet y de la prensa...

Guanarteme

#16 La presunción de inocencia significa que en un juicio en caso de duda se te absuelve, no que por huevos tengas que ser inocente y en absoluto interfiere en el derecho a la libertad de expresión.

Otra cosa es que el afectado estime que quién tú dices ha incurrido en un delito de calumnias, cosa que no sabemos, y así se demuestre, así que que por lo pronto vamos a respetar lo que tú entiendes por "presunción de inocencia" de ese que hablas.

D

#18 #17 La presunción de inocencia es un derecho y no un privilegio y es algo que se debería respetar tanto por la prensa como por redes sociales, por el momento Rubén Castro no esta condenado, esa es la verdad os guste o no,GringogoGringogo yo sobre vítores no he hablado...

gringogo

#19 La presunción de inocencia aplica en el ámbito judicial. Fin. Soy ibre de ""calumniarle"" cuanto quiera, al igual que él es libre de denunciarme por ello. O a Antena 3. Las sentencias se acatan, no hay obligación de nada más. A ver si os aclaráis de una vez los "defensores de la libertad de expresión", btw.

D

#20

"La presunción de inocencia se vulnera cuando una persona que es acusada de haber cometido una infracción o un hecho ilícito, se la trata como culpable, sin haber probado la veracidad de la acusación"

"Esta cuestión es una de las razones por las que desde la jurisprudencia se acordó cambiar la nomenclatura de “acusado” o “imputado” por el nuevo término de “investigado”. Así, el ojo público tenderá a no tratar como culpable a alguien que todavía no ha sido juzgado"

https://www.conceptosjuridicos.com/presuncion-de-inocencia/

Tu eres libre de hacer lo que quieras...

gringogo

#21 El diccionario del español jurídico define a la presunción de inocencia como derecho de todo persona acusada de alguna infracción penal a no sufrir una CONDENA... No se le puede condenar. Nada más.

El cambio en la nomenclatura imputado/investigado se debió a la infinidad de imputaciones en el PP, para minimizar el impacto mediático. Y solo aplica en el ámbito jurídico, igualmente. En pleno 2021 te puedes encontrar con titulares como este de El País: La Audiencia de Madrid mantiene imputado a Podemos en el 'caso Neurona', pero apremia a concretar los delitos que se le atribuyen. Podemos imputados por un delito indeterminado... Evidentemente haré uso de mi libertad de expresión, claro. Como tú. Como todos.

D

#24 Vuelve a leerte la primera parte de lo que cito. Fin.

Pd: El truño me lo quieres vender tu a mi... lol

gringogo

#25 La presunción de inocencia la vulneran jueces y autoridades, el resto de mortales vulneramos el derecho al honor: http://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/3020

"Pero esta dimensión extraprocesal de la presunción de inocencia, no constituye por sí misma un derecho fundamental distinto o autónomo del que emana de los arts. 10 y 18 de la Constitución, de tal modo que ha de ser la vulneración de estos preceptos y, señaladamente del art. 18, lo que sirva de base a su protección a través del recurso de amparo. Porque, para decirlo en pocas palabras, la presunción de inocencia que garantiza el art. 24.2 C.E., alcanza el valor de derecho fundamental susceptible del amparo constitucional, cuando el imputado en un proceso penal, que ha de considerarse inocente en tanto no se pruebe su culpabilidad, resulte condenado sin que las pruebas, obtenidas y practicadas con todas las garantías legal y constitucionalmente exigibles, permitan destruir dicha presunción. En los demás casos relativos al honor y a la dignidad de la pesona, que no son una presunción sino una cualidad consustancial inherente a la misma, serán los derechos consagrados en el art. 18 C.E. los que, POR LA VÍA DEL RECURSO DE AMPARO, habrán de ser preservados o restablecidos."

Ahora que has leído al Constitucional vuelve a leerme en #20. Adéu.

D

#27 A ver, te lo explicare de otra forma, cuando una persona esta como investigado y la prensa se dedica a acusarlo y declararlo culpable no se esta respetando su derecho a la presunción de inocencia, yo hablo de antes que se celebre el juicio, yo lo dejo aquí.

En el enlace que te pongo sale también la constitución y al final te hacen una explicación muy buena... roll

Te dejo el enlace de antes:


https://www.conceptosjuridicos.com/presuncion-de-inocencia/

Guanarteme

#32 Has llegado a la conclusión que te ha dado la gana y pretendes que los demás la sigamos también, pues mira, no.

Guanarteme

#34 ¿Entonces estamos de acuerdo en que todos los que tú nombraste pueden decir lo que les dé la gana y eso no tiene nada que ver con la "presunción de inocencia", la de verdad, no la que tú has decidido que es, no?

Guanarteme

#36 Viniste a hablar de "presunción de inocencia" que es un concepto jurídico y te hemos dicho que eso aquí no tiene nada que ver, que es otra cosa que se ha respetado escrupulosamente y que por eso Rubén está en la calle.

Así que no me vengas con que "no has dicho nada de eso" ni que no has apelado a la "presunción de inocencia", a la presunción de inocencia no, a lo que a ti te ha dado la gana entender que es esta.

D

#37 En resumen, la gente puede acusarle y demás pero el no tiene derecho a que se le respete su presunción de inocencia, vamos, culpable hasta que se demuestre lo contrario, me parece que no lo pillas... lol lol lol

Me voy a guardar esta conversación, mucha gente cuando lo de Podemos me decía que hay que respetar la presunción de inocencia de la gente de Podemos, se ve que esto va por barrios... lol lol lol

Pd: Te lo repito, lo que dices ni me va ni me viene... lol roll

Guanarteme

#38 ¿Pues si lo que te digo ni te va ni te viene que haces respondiéndome?

Lo que te digo es lo que dice la ley: la presunción de inocencia está muy bien para los juzgados, se ha aplicado en este caso y la gente habla de lo que le dé la gana sin que ninguna presunción de inocencia pueda interferir en ese derecho.

D

#39 Por que me divierte, la gente puede hablar de lo que quiera, pero lo que no pueda hacer es acusar y declarar culpable a nadie, no lo pillas, pero tu sigue con tu rollo que yo lo dejo aquí... lol lol lol

Guanarteme

#40 Sí, sí, muy bien, pero eso no tiene nada que ver con "presunción de inocencia", risitas....

D

#41 roll

Guanarteme

#42 kiss

Guanarteme

#19 La "presunción de inocencia" no es lo mismo que "derecho al honor" ni se aplica igual y si a mí me informan de que se te acusa de algo soy libre de comentar lo que estime conveniente, que eno afecta nada a la "presunción de inocencia", la de verdad, la que se aplica en el juicio.

Guanarteme

#2 ¿En qué dices que se ha vulnerado la presunción de inocencia de este señor? La prensa puede informar que a ti se te acusa de algo, otra cosa es que afirme que has cometido algo a sabiendas de que es falso, en cuyo caso sería un delito contra el honor, ya que la presunción de inocencia sirve para otra cosa.

gringogo

#2 "Le he pegado a mi novia, pero solo cuatro veces". Rubén Castro. ¿En qué casos dices que la presunción de inocencia no existe? Porque ha sido lo que le ha salvado, aun habiendose contradicho el testigo de la defensa del testimonio tomado como prueba absolutoria anteriormente. El testimonio de la mujer ha sido invalidado como prueba (a diferencia de lo que afirman, que nunca pasa, los buleros recurrentemente) y se ha antepuesto la presunción de inocencia a un testimonio de la defensa que daba la razón a la acusación. Entonces ¿por qué lloráis? ¿Y por qué lo hacçeis en envíos que contradicen vuestros relatos? O como #0, que se marca el microblogging de rigor e intenta demostrar no sé qué mierda en #1 y lo único que evidencia es que buena parte de los meneantes rechazamos los vítores a maltratadores reconocidos, a diferencia del ABC y de los propaladores de bulos habituales.

D

#2 Esto es muy interesante.
Para la Fiscalía ese testimonio que aportó el amigo de Castro en 2017 era contradictorio con lo que manifestó hace unos días, cuando dijo que su amigo se marchó con él de la discoteca y que éste nunca tuvo un encuentro con su exnovia. La fiscal pidió que se investigara a este testigo por falso testimonio; una petición a la que se sumó la abogada de la expareja del futbolista.
Aquí la fiscalía pide que se deduzca testimonio por falso testimonio de un testigo del acusado.

Y para estos, que son de la acusación, ehh no pasa nada, que son parciales, no son objetivos, y desconfiamos de su contenido, pero aquí no vamos a pedir que se investigue porque no mola..

absolutamente todos y cada uno de los testimonios» que se aportaron en la vista resultaron «parciales, escasamente objetivos e impregnados de una evidente carga subjetiva que conducen al tribunal a desconfiar notablemente de su contenido».

D

#1 Ni me imagino que camino seguira esta noticia...

SoldadoRyan

#3 Por si acaso tengamos cuidado con lo que comentamos, que en estos hilos los strikes vuelan

D

#4 Imposible!

N

#1 bueno, me haces un resumen, le pegó o no?

timeout

#6 Creo que en la sentencia anterior el juez concluyó que los dos eran igual de tóxicos e inmaduros y los mando a paseo

Priorat

Lección. Veis, esto no es una denuncia falsa. Como es penal, hay que demostrar sin dudas razonables que es culpable el acusado.
Pero que las pruebas no tengan la potencia suficiente para demostrar sin dudas no significa que la denuncia sea falsa. Si acusaramos de denuncia falsa necesitaríamos también pruebas suficientes para no tener dudas razonables de que es falsa. Y eso tampoco parece posible.

porsena

Y se tuvo que ir a China a jugar para huir del acoso mediático.

D

#7 El dinero no tuvo nada que ver.

StuartMcNight

#7 Al rico invent. Estuvo en China 6 meses. Antes, durante y después del jaleo estuvo jugando en el Betis y de ahí a Las Palmas.

oso_69

Es igual. Para algunas es culpable hasta aunque se demuestre que es inocente. Menos mal que es futbolista y no un actor, o un cantante o alguien perteneciente a un ambiente que interese más a las mujeres.

Eibi6

Se que no tiene nada que ver con la noticia pero que mal jugador era de chaval y que delantero goleador quedó de mayor

D

Que no se demuestre su culpabilidad, no demuestra que sea inocente, simplemente que no hay pruebas de que es culpable.
Espero que los de la presunción de inocencia se queden con esto.

D

#26 Te has leído la sentencia o vienes a vender tu libro.

D

#30 no se ha podido probar que quebrantase la orden, por tanto ha salido sin ser considerado culpable.
Te firmo ya el libro?

D

#31 Lo siento, ya le di un uso mucho más útil a tu libro, lo que me he ahorrado en papel higiénico.
Ya has eliminado el, "simplemente que no hay pruebas" Es lo que tiene el estado de derecho, que tienen que existir pruebas para ser condenado..

D

Pleitos tengas y los ganas, maldición feminista