Hace 8 meses | Por Hombre_de_Estad... a maldita.es
Publicado hace 8 meses por Hombre_de_Estado a maldita.es

Desde la tramitación de la ley trans hay contenidos que afirman que una persona puede eludir denuncias o condenas por violencia de género si hace un cambio de sexo registral. El artículo 46 de la ley trans dice que si alguien comete un delito, será juzgado teniendo en cuenta el sexo registral que tenía en el momento del hecho y blinda la aplicación de la ley de violencia de género. Si ya hay sentencia firme por violencia de género previa al cambio de sexo registral y pide un indulto después, la ley no prevé una revisión por esta circunstancia.

Comentarios

asurancetorix

#16 #21 Por curiosidad, si ese idiota se cambiase de sexo en el registro para maltratar a su mujer, y se le condena también por fraude de ley, supongo que eso implica que también se considera que ha planificado su delito con bastante anticipación, al menos desde que empezó los trámites para el cambio de sexo.

Es decir, no habría sido algo circunstancial o inesperado, sino premeditado, ¿eso no sería otro agravante que añadir? ¿O estoy diciendo una solemne tontería?

jobar

#41 En España la premeditación como la que hablan los americanos no es un agravante como tal, pero si se prueba a ver cómo te defiendes de eso y con qué cara le dices al juez que eres inocente.

asurancetorix

#42 Entiendo, mil gracias por la aclaración.

p

El tema está en que cualquier persona con condenas por violencia de género puede cambiarse a mujer y desde ese momento esa ley ya no se la podrán aplicar más, y sus víctimas ya no podrán ser consideradas víctimas de violencia de género.
Pero hay que ser positivos, si todos los maltratadores se cambian de sexo la violencia de género desaparecería, y eso es bueno.

p

#7 es muy fácil, diciéndole que quieres opositar a bombera o policía.

Harkon

#12 Claro, claro, luego ve que no estás opositando y la gente no sabe sumar 2 + 2, eh?

Battlestar

#7 Nunca subestimes la capacidad de manipulación de estos seres. Si la lógica bastara para convencer a las mujeres de que denunciaran y abandonaran a los maltratadores al primer indicio no estaríamos como estamos. Desgraciadamente no es así hay muchos factores, económicos, autoestima, problemas mentales, dependencia...esta gentuza pega y humilla a sus parejas y aun logra convencerlas de que de algún modo la culpa es suya, no creo que explicar el dni.
Por descontado, en algún caso puede servir de "alerta" pero de nuevo desgraciadamente muchas siguen encadenadas a sus maltratadores aun después de que este maltrato se consume y mayor "alerta" que te den una paliza dudo que haya, así que el impacto del sexo en el dni para advertir poca, pero diferencia en la pena supondría una considerable.

Y ojo, que yo creo que lo de tener penas distintas dependiendo de lo que te cuelgue entre las piernas es una aberración, pero tener eso en tu ordenamiento porque crees que es lo mejor y al mismo tiempo generar un modo de circunvalarlo además de aberración es de genero tonto.

n

#7 O al de la inmobiliaria, al del banco, al de hacienda...a cualquier persona que vea un DNI de mujer que se lo entrega un tio. Que lo expliquen "es para que no me apliquen la agravante de género".

jobar

#33 Esa explicación seguro que le hacen quedar mucho mejor jajaja

parrita710

#5 Como no tenéis ni puta idea de que habláis quedáis como el puto culo siempre. Porque en el registro al empezar el proceso te dan un papel con la ley en la que avisan que precisamente lo que dices es una parida.
CC: #7

K

#7 Que no sea violencia de género no significa que no sea delito.
Será violencia doméstica lo mismo que ya pasa entre parejas del mismo sexo.

jobar

#39 Efectivamente.

D

#5. De hecho si todos nos cambiamos desaparecerá la polémica y todas nos podremos acoger a las ventajas de la ley y podremos maltratar a nuestra pareja sin consecuencias, con las ventajas que ahora disfrutan las mujeres... ¿es así?

c

#5 No es ningún tema, no es automático, es más, se puede considerar fraude de ley y que te añadan cargos.

Los jueces interpretan, esto es algo que no tienen en cuenta los típicos idiotas del "te vendo un boli bic por cien euros y de regalo una entrada de la final de la copa" cualquier juez interpretará que estás vendiendo una entrada. Pues lo mismo con el cambio de sexo, verá tus antecedentes e interpretará que estás tratando de esquivar la ley.

g

#13 el problema de ese argumento de fraude de ley.. una cosa es interpretar los hechos respecto a la ley y otra interpretar un testimonio o una declaración.

si un acusado se reafirma en que se siente mujer, sin contradicciones... Sin otras pruebas que demuestren que es un fraude sería una valoración subjetiva decir que no se siente así en verdad.

STS de 10 de junio de 2020:
“En la imputación jurisdiccional de un hecho criminal no valen, desde luego, las intuiciones valorativas ni en la proclamación de presentimientos percibidos como reales. Lo contrario supondría alejar al proceso penal y, de modo especial, las técnicas de valoración probatoria, de su verdadero fundamento racional. En definitiva, la afirmación del juicio de autoría no puede hacerse depender de una persuasión interior, de una convicción marcadamente subjetiva y, como tal, ajena al contenido objetivo de las pruebas. Esta Sala, en fin, solo puede avalar un modelo racional de conocimiento y valoración probatoria en el que no tienen cabida las proclamaciones puramente intuitivas y, como tales, basadas en percepciones íntimas no enlazadas con el resultado objetivo de la actividad probatoria desplegada por las partes”.

c

#15 Es exactamente lo mismo no has entendido absolutamente nada. Si el juez interpreta que tus intenciones reales no son cambiarte de sexo, sino conseguir un beneficio que no te corresponde, actuará en consecuencia.

El testimonio formaría parte de una entelequia, una simulación, un velo, un abogado te dirá las palabras correctas, las mías son que ya puedes decir misa, chaval.

g

#19 no, lo que dice el Supremo es que la partes deben aportar pruebas objetivas de que el testimonio es falso , la fiscalía o quien sea.. por ejemplo llevar al testimonio a contradicciones (que eso sí puede ser probatorio), un whastapp , etc... . un juez no puede interpretar por su foro interno que estás mintiendo y que no te sientes mujer si como he dicho explícitamente 'lo afirmas sin contradicciones'.
Lo que dices sería afirmar que debes demostrar tú tu inocencia. Osea que fiscalía dice esto es un fraude de ley , vas a un juicio.. el juez te escucha decir que me siento mujer.. y según cómo se ha levantado... tiene pinta que mientas... sentencio. Entenderás que no funciona así. La fiscalía tendrá que buscar indicios y pruebas que lo que dices es mentira.

c

#22 Lo que has encontrado googleando no tiene ninguna relación con lo que estoy diciendo, si tú para ahorrarte los impuestos de la herencia decides venderlo todo a tus hijos por un euro, ya puedes ser todo lo coherente que quieras en tu testimonio, que será un delito fiscal como una catedral, da igual el rollo que le cuentes al juez, lo entiendes o no?

El testimonio que des no es determinante de absolutamente nada, es más, puedes mentir.

g

#24 es la otra parte la que debe demostrar que mientes . tú dices que el juez 'interpreta' que mientes y sentencia.

otro ejemlo igual... herencia -venta un euro.... la fiscalía, hacienda o la unidad de delistos económicos si procede darán informes objetivos de la valoración fuera de mercado, de dónde ha ido el dinero, que tus hijos te pagan cosas que antes tú pagabas, etc... porque como bien dices tú puedes mentir.. y te insisto: el juez no puede interpretar que le parece que mientes para acusarte lo hará en función p.ej de un informe pericial siquiátrico forense y cuando hablamos de "cómo te sientes"... pues veremos cuántos casos de fraude de ley en sentencia firme existirán. Lo que va interpretar el juez es lo que dice la ley con 'libre determinación'... "vivencia interna y personal" "autodefinición".. etc.. y luego la fiscalía demuestra salvo que seas tonto que tiene evidencias de que está viciado

g

#24 y añado de la propia ley:
5.3 "La autodeterminación de la identidad sexual no podrá ser puesta bajo cuestionamiento de manera que en ningún momento, proceso o trámite se exigirá la aportación de medios probatorios de aquella. En todo momento será considerada e interpretada de acuerdo a la manifestación de voluntad personal."

veremos qué interpreta un juez en un delito de fraude de ley con ese artículo.

asurancetorix

#29 ¿Qué ley estás citando?

g

#44 error mío, porque es literal de la proposición de ley, no de la ley aprobada.
https://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-220-1.PDF

asurancetorix

#48 Acabáramos, ya decía yo. En la ley publicada no aparece nada parecido, pero no sabía si algo así salía en alguna otra. La ley trans es ésta, por si alguien quiere echarle un ojo:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-5366

Pero en todo caso, te hago notar que ese artículo no significaría lo que tú crees. Se refiere únicamente al derecho a la autodeterminación, como puedes ver en el título del Capítulo. Es decir, lo que no se puede cuestionar es tu derecho y tu voluntad de decidir si quieres cambiar tu sexo. No se te pueden pedir requisitos ni pruebas para el trámite que te permite ejercer ese derecho.

Pero eso es todo. Aunque fuese la versión publicada no impediría que se pudiese determinar si ese cambio de sexo (para cuyo trámite no se puso ningún cuestionamiento) sea ilegítimo y tenga como objeto facilitar la comisión de un delito, por lo que lo que comenta #24 seguiría siendo totalmente válido.

Por ejemplo, en caso de delito un juez podría aceptar una pericial con un sicólogo que verifique si el cambio de sexo se corresponde realmente con la identidad sexual del sujeto, para determinar si el cambio ha sido legítimo o espurio. Y no veo nada en la ley que lo impida, ni en el proyecto ni en la definitiva.

g

#49 si sigues la conversación... en lo que me centro que es tiene que existir una pericial como dices etc.. cualquier hecho probatorio por parte de la fiscalía ... no lo que sustenta el otro usuario de si el juez piensa que mientes.. que es lo que refutaba hasta apuntar al artículo... .. y apuntaba en una STS.

luego lo que incido es que si la ley permite la libre autodeterminación ... no sé hasta qué punto pueda considerar se un fraude de ley cuando es tu libre voluntad el solicitar el cambio registral... si corresponde a tu identidad sexual.. porque eso no es ningún requisito de la ley para cambiarlo. También sé hasta qué punto científicamente la identidad sexual la puede objetivizar nadie..

asurancetorix

#50 Lo que sustenta #24 es correcto, lo que yo decía era sólo un ejemplo. El juez se va a basar en lo que tenga disponible y en lo que le parezca. Si hay pruebas, en las pruebas, y si no, pues sólo en las declaraciones. Y si no son coherentes con los hechos, pues allá que va. Exactamente igual que en cualquier juicio no relacionado con la ley trans.

g

#51 claro pero vengo diciendo que declara sentirse mujer "sin contradicciones" como premisa.
Sin otro hecho probatorio un juez no puede valorar subjetivamente la autoría tal como cito en la.STS.

jobar

#8 El delito es el mismo, lo cometa un hombre, una mujer o un elfo silvano, la única diferencia es que se aplica una agravante específica.

Harkon

#1 #2 Eso ya pasaba desde 2006, la nueva ley no modifica ni toca siquiera esa normativa

2006: Los transexuales presos podrán ingresar en módulos de mujeres

https://elpais.com/diario/2006/03/05/sociedad/1141513203_850215.html

cc #11

n

#17 Es flipante toda la gente preocupadisima porque entren trans es cárceles de mujeres que ni se han preocupado de enterarse que eso lleva pasando décadas (desde 2006 esta regulado pero ya hubo casos anteriores)

DarthAcan

#32 Ya, pero es que ahora es mucho más fácil registrarse como mujer roll

loboatomico2

#32 La gente no esta preocupada por eso, lleva pasando desde 2006.

La gente esta preocupada por que gente que no es transgenero , se haga pasar por transgenero.

asurancetorix

#32 No es sólo eso, también hace mucho que existen protocolos para clasificar a los presos y darles tratamiento diferenciado según el riesgo que representen para otros reclusos. Si un violador se cambia de sexo para que le ingresen en una cárcel de mujeres, es más que posible que la jugada le salga al revés y termine siendo tratado como peligroso, sin apenas contacto con otras reclusas, en algún módulo de aislamiento o hasta con traslados frecuentes.

Como es lógico, la normativa también se adapta a los cambios sociales, y donde aún no lo esté terminará haciéndose. Los que ya tenemos añitos nos acordamos de cómo muchos pensaban que esto sería un caos por aprobar el divorcio, por los hijos, los repartos, las herencias, los impuestos... Había excusas de todo tipo, y realmente hubo problemas, claro. Pero simplemente se adapta lo necesario y ahora divorciarse es algo socialmente normal.

cc #17

Pablosky

#18 ¿Pero un delito de violencia doméstica se juzgaría en un juzgado normal, no? Es decir, nada de medidas preventivas o de alejamiento y el juicio 2 años más tarde.

PasaPollo

#45 ¿De dónde sacas que no habría medidas de protección o alejamiento y que el juicio sería dos años más tarde?

Pablosky

#46 ¿De que los juicios normalmente salen 2 años más tarde? No he ido a un juzgado a comprobarlo, me fío de lo que leo por Internet y tal. Aunque ahora que lo pienso cuando leí eso de los dos años creo que no mencionaban si era jucio oral o "el otro" cuyo nombre no recuerdo.

Las medidas de alejamiento (hasta donde yo sé) son casi automáticas en el caso de la violencia de género y se tienen que estudiar en los demás casos.
Pero hablo de oídas, claro. Tampoco lo he visto con mis propios ojos.

makinavaja

#11 EL delito de violencia de género solo lo puede cometer, y ser condenado por ello, un hombre, nunca una mujer...

jobar

#25 No existe ningún delito de violencia de género como tal, lo que existen son una serie de delitos (como pueden ser las lesiones o las coacciones de toda la vida) a las se aplica una agravante específica: la de violencia contra la mujer.

tdgwho

#2 Si la consideran mujer, es lo que toca.

De la condena no se libra (por viogen) porque la cometió siendo hombre, pero lo de a que cárcel va...

a

#4 es curioso porque a una mujer que esta condenada por violencia de genero, que lo hizo siendo hombre, y la carcel esta para reinsertar, pues como es mujer ya nunca la podran juzgar por violencia de genero, es decir, ya esta reinsertada esa persona, no volvera a delinquir en ese delito. entonces para que esta en la carcel?

tdgwho

#8 Está condenada por un delito, que luego se cambie de género, no afecta a ese delito.

Afectará si lo comete de nuevo otra vez (agredir a una mujer) que ya no se le aplicaría.

Pero para los actos pasados, da igual si luego se cambia de género.

oso_69

Otro artículo para explicar lo que ya se ha dicho mil veces: si cometes un delito de violencia de género siendo hombre se te juzga como hombre. Punto.

makinavaja

#6 Es que siendo mujer no puedes cometer delito de violencia de género... es imposible.... será otro delito, pero violencia de género no, porque está orientado y encajado en el hombre....

Djalminha

Lo que sí ocurre es que te cambien de prisión después del cambio de sexo aunque hayas sido condenado con el anterior

s

#1 si no lo entiendo mal dices que un violador que cambie de género lo envían a una cárcel de mujeres?

n

#1 Eso lleva pasando desde 2006, no es de ahora

s

igual ahora cambia a quien se considera trans