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Tu envidia es mi fortaleza

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Sainete judicial a tres voces [141]

  1. #140 Repetir las mismas gilipolleces una u otra vez no cambia los hechos.

    Resulta que la normativa de uso de equipos informáticos incluye –sorpresa– criterios de seguridad y protección de datos, no un blindaje mágico contra la transparencia donde cada uno es libre de usar un correo personal y borrar datos a conveniencia.

    Que lo reduzcas todo a “la norma dice esto y ya está” demuestra que no tienes un solo argumento y que no entiendes cómo funciona una institución pública.

    Que no te enteras: nada en esa normativa obliga al FGE a usar un correo personal, ni a borrar justo cuando lo investigan, ni a dejar la imagen de su cargo hecha polvo.
  1. #138 Habla de la normativa de protección de datos, que es solo una parte de lo que debe cumplir un alto cargo, no la totalidad.
    Que tú reduzcas toda la responsabilidad institucional del FGE a “que no se filtren datos” demuestra que sigues sin entender nada.

    La protección de datos impide exponer información sensible.
    La transparencia obliga a que las actuaciones públicas sean auditables.
    Son obligaciones distintas y complementarias, no excluyentes, que no te enteras.

    Que el responsable de protección de datos hable de… protección de datos, no significa que la transparencia desaparezca por arte de magia.
    La administración no funciona con títulos de departamentos, sino con principios democráticos. Y el fiscal, en este caso, falló justo en el que tú convenientemente olvidas: la transparencia.

La principal invención de las élites: los pobres de derecha [137]

  1. Pues vaya pieza... Otro panfleto de salón que pretende ir de profundo mientras recicla cuatro tópicos rancios sobre “élites malas” y “pobres engañados”, como si fuese el descubrimiento del siglo. Cuando partes de la premisa de que la gente vota mal porque no piensa como tú, ya estás confesando que tu análisis es pura fantasía paternalista. Y encima lo adereza con ese dramatismo de culebrón sobre conspiraciones omnipotentes que controlan conciencias, como si las sociedades fuesen rebaños sin criterio.

    Llamar “mecanismo de dominación” al hecho de que individuos racionales prefieran instituciones estables, reglas claras y disciplina fiscal antes que las promesas inflacionarias de los cuatro iluminados de siempre, es simplemente no querer aceptar la realidad.

Sainete judicial a tres voces [141]

  1. #136 Pero vamos a ver, criatura, ¿de verdad tu “argumento” es que como existe un cargo que se llama "de protección de datos", entonces la transparencia ya no existe? Jajaja, ni el al más limitado se le ocurre eso...

    El responsable de protección de datos habla de… sorpresa: protección de datos.
    No es el “responsable de todo lo que debe hacer un alto cargo”. Que tú te agarres al nombre del puesto como si fuera una revelación mística solo demuestra que no tienes ni un argumento válido.

    Y sí, dijo que no es recomendable usar correo personal.
    Y sí, dijo que borrar regularmente es una opción.
    Lo que no dijo en ningún momento es que usar tu correo personal y borrar justo cuando te abren una causa sea sensato, prudente o ejemplar. Eso es una conclusión tuya que te has montado a base de falsedades y razonamientos falaces a ver si cuela.

    La transparencia institucional no la dicta el nombre de un funcionario, campeón. La exige la democracia. Y ahí el fiscal hizo aguas por todos lados, por mucho que intentes vestirlo de protocolo.
  1. #134 Pero vamos a ver, figura, que no te empanas: El responsable de protección de datos dijo literalmente que NO es recomendable usar un correo personal para asuntos de Fiscalía. Eso es justo lo contrario de lo que intentas colar.

    Y ahora vienes con otra ocurrencia, que lo que importa es la confidencialidad, no la transparencia. Pues mira, no: en una institución pública importan las dos cosas, y son obligaciones distintas. Proteger datos confidenciales no te autoriza a dejar tus actuaciones sin posibilidad de auditoría, y menos cuando eres el jefe del Ministerio Fiscal.

    Una no anula la otra, y solo a ti se te ocurre plantearlo como si fueran incompatibles.
    Ese es precisamente el problema: quieres que la confidencialidad sea la excusa perfecta para que no quede rastro de nada.

    Entérate, que así no funciona una institución pública en democracia, por mucho que te empeñes en justificarlo, figurín. Que no cuela.

    Y ahora vuelves con la próxima ocurrencia.

El verdadero escándalo de las filtraciones judiciales: no es el fiscal general, es el sistema [52]

  1. #1 Precisamente porque las filtraciones han sido “pan de cada día” es por lo que hay que empezar a señalarlas sin miedo, y cuanto más arriba, mejor. Lo contrario —mirar hacia otro lado solo porque “siempre se ha hecho así”— es exactamente lo que nos ha traído hasta aquí.

    Y no, no va de “rojos”, ni de “fachas”, ni de etiquetas mágicas para evitar hablar de lo obvio:
    va de que si la cúpula no es ejemplar, el resto del sistema no tiene ninguna razón para serlo.

    Que haya jueces o fiscales que pasen de puntillas por estas cosas no significa que haya que tragar.
    Al revés: si algo debería ser incómodo es que un sistema que presume de Estado de Derecho tolere filtraciones como quien abre una ventana.

    Así que sí, se puede y se debe hablar de ello.
    Y si a algunos les molesta que se señale lo evidente, peor para ellos.
  1. edit

Sainete judicial a tres voces [141]

  1. #131 Mira, lumbreras, ya vas tan justo de argumentos que directamente te inventas lo que dice la norma. No pone “lo puedes usar” en ninguna parte, dice que no es recomendable, que es algo opuesto a la bendición que intentas colar.
    Qué no te enteras, que el FGE no está para “no delinquir”: está para que no haya ni sombra de duda en cómo maneja información protegida. Y aquí la sombra es del tamaño de una catedral. Así que deja de repetir chorradas hacer gimnasia mental.

    Y lo de justificar que borre la cuenta justo antes de una investigación como si fuera una especie de “obligación de protección de datos”… vamos, hombre. Eso tendría sentido si estuviera usando los canales oficiales, que sí están pensados para garantizar seguridad y trazabilidad. Pero no cuela que el Fiscal General pase olímpicamente de las recomendaciones cuando usa un correo personal para asuntos institucionales, y de repente, qué casualidad, le entre un ataque de celo por la protección de datos exactamente cuando borrar información puede dejarlo sin rastro. Y más casual todavía que los arrebatos de “prudencia” le den justo cuando le abren la causa.

    Si a ti eso te parece ejemplar, perfecto.
    A cualquiera con dos dedos de frente, desde luego que no.
  1. #127 Madre mía… sigues dándole vueltas como si nadie te hubiera desmontado ya el argumento tres veces.

    La norma de protección de datos no dice “adelante, usa el correo personal”, dice que no es recomendable. Que no te enteras, que estás convirtiendo una mera tolerancia administrativa en lo referente a protección de datos en una aprobación plena porque no tienes nada mejor a lo que agarrarte.

    Y lo de que “eso da la razón al FGE” ya es para enmarcarlo: borrar una cuenta justo antes de una investigación no es protección de datos, es cargarse la trazabilidad. La necesidad democrática de transparencia no desaparece porque te venga mal para el argumento.

    Vamos, que estás intentando disfrazar una chapuza como si fuera cumplimiento exquisito. Y no cuela.
  1. #125 No, figura, es que ni siquiera sabes de lo que hablas. La norma no dice “puedes usar el correo personal”, dice que no es recomendable. Eso no es una autorización entusiasta. Que te agarres a un “no te prohíbo expresamente esto” para convertirlo en “lo avalo plenamente” es tu interpretación creativa, no la realidad.

    Y tu falso dilema de “o es correcto o el protocolo es incorrecto” es simplemente eso: falso. Las normas administrativas no funcionan en modo binario; hay mil cosas que no se prohíben expresamente porque se deja un margen operativo, pero eso no las convierte en adecuadas, prudentes ni ejemplares.

    Si a ti te cuesta entender que algo pueda ser legal pero mala práctica, ese es tu problema. Pero no vengas a inventarte que la norma lo aplaude cuando lo que hace es desaconsejarlo. Aquí la incoherencia no está en mis argumentos, sino en tu interpretación interesada.

Juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en directo: La Abogacía muestra a la sala mensajes recortados por la UCO [172]

  1. #171 Claro que la falta de evidencia no prueba nada por sí misma; eso ya lo sabemos todos.
    Pero aquí te estás haciendo el lío tú solo: no estamos hablando de prueba penal, estamos hablando de transparencia institucional.

    En una democracia, la carga de demostrar limpieza, trazabilidad y buena praxis recae siempre en la propia administración, no en el ciudadano que señala las sombras.
    Eso se llama transparencia y es la base del control democrático.

    Un alto cargo no solo tiene que estar libre de condena: tiene que estar libre de sospecha.
    Esa es la diferencia entre “no delinquir” y “ser ejemplar”, y es justo lo que el fiscal no ha cumplido cuando aparece con un móvil con un vacío temporal en pleno momento crítico y usa una cuenta de correo electrónico que después borra, al margen d ellos cauces institucionales.

    Que la instrucción sea mejor o peor podrá discutirse, pero eso no limpia ni justifica que el propio interesado deje su cargo a la altura del betún. Los defectos del proceso no convierten automáticamente en intachable la conducta previa del investigado.

    Si queremos una democracia que funcione, exigimos las dos cosas: un proceso justo y administraciones sin zonas oscuras.
    Lo demás es resignarse a que la opacidad sea norma.

Sainete judicial a tres voces [141]

  1. #123 Mira, figura, el que no se entera eres tú. Que algo esté permitido no significa que esté recomendado, correcto ni mucho menos prudente para un cargo público. La norma no dice “hazlo así, es estupendo”; dice “no te voy a sancionar si lo haces”, que es muy distinto. Y en el caso del correo personal, precisamente lo desaconseja, así que tu “aquí y en la China Popular” te lo puedes ahorrar.

    Tu mantra de “si es incorrecto, se debe prohibir” solo demuestra que no has entendido nada. En la administración hay un océano entero entre lo legalmente permitido y lo institucionalmente responsable. Por eso muchas cosas no se prohíben, pero se consideran chapuceras, opacas o impropias del cargo.

    Y lo de la incoherencia… en fin. Criticar una conducta por poco transparente aunque no esté prohibida es la base de cualquier estándar ético mínimamente serio. Lo incoherente es lo tuyo: confundir “no está prohibido” con “está bien” y pretender que los cargos públicos funcionen como adolescentes bordeando el límite del castigo.

Juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en directo: La Abogacía muestra a la sala mensajes recortados por la UCO [172]

  1. #169 Hombre, es que ya empezamos mal: nadie está hablando de probar un delito de destrucción de pruebas, ni falta que hace para señalar lo obvio. Estás intentando colar un estándar penal donde aquí se discute algo mucho más simple: la trazabilidad de un servidor público en un cargo máximo.

    Y no, la ausencia de evidencias no exonera cuando lo que se analiza es la opacidad generada por su propia conducta.
    Un móvil con un agujero temporal justo hasta la fecha en que le abren causa no es una teoría: lo dice la pericial. Usar un correo personal para manejar datos sensibles propios de su cargo institucional, y posteriormente borrar la cuenta, no es un invento. Son hechos reconocidos.
    Que no sea delito no lo convierte en ejemplar, ni en normal, ni en limpio.

    Lo de las “cloacas” te sirve para explicarlo todo menos lo que tienes delante de los ojos:
    si la UCO manipula, que se les investigue. Perfecto.
    Pero eso no convierte automáticamente en víctima impecable al fiscal ni borra la chapuza institucional que él solito se ha construido.

    Que unos sean unos sinvergüenzas no santifica a los otros.
    Y reducirlo todo a conspiración cómoda es la forma más fácil de no afrontar los hechos que te incomodan.

Sainete judicial a tres voces [141]

  1. #121 El que confunde cosas eres tú: aquí no hablamos de actuaciones que la norma declare “lícitas”, sino de cosas que simplemente no están prohibidas explícitamente, que es otra historia. Y encima alguna se desaconseja. Pretender convertir “no está prohibido” en “está bien” es un triple salto lógico que no cuela.

    Así que no, no hay ninguna incompatibilidad: puedo decir perfectamente que algo es legal porque no se sanciona, y aun así es incorrecto porque vulnera principios básicos de transparencia y buen hacer institucional. Ánimo, que incluso tú lo puedes entender.

Juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en directo: La Abogacía muestra a la sala mensajes recortados por la UCO [172]

  1. #167 que no te enteras, que el hecho de que existan cloacas, que haya habido informes falsos y chapuzas políticas antes no convierte mágicamente en intachable lo que ha hecho el FGE ahora.
    Una cosa no borra la otra. Esto no va de elegir “mi malo” contra “tu malo”, sino de que cada cual responda por lo suyo.

    Si la UCO manipula: a por ellos.
    Si un juez actúa de forma sectaria: a por él.
    Si el fiscal general aparece con un móvil con un agujero temporal justo cuando le abren causa: eso también se señala.

    Lo que no cuela es esta lógica de trinchera donde, como hubo basura antes, ahora todo debe interpretarse como conspiración automática y el fiscal queda absuelto por decreto ideológico.
    No funciona así (bueno... igual en la comida del domingo con tu cuñao sí).

Sainete judicial a tres voces [141]

  1. #119 Mira, fenómeno, el problema de tu "argumento" es que el símil de los 120 km/h no pega ni con cola con lo que estamos discutiendo, y lo entiende hasta el más limitado. Conducir a 120 no borra rastro de nada, no interfiere en una investigación y no pone en aprietos la trazabilidad de información sensible. En cambio, que el Fiscal General use un correo personal para asuntos oficiales y luego borre la cuenta antes de que se investigue es otra liga completamente distinta: afecta a transparencia, a custodia de información y, sobre todo, a la imagen de una institución que no solo tiene que estar limpia, sino demostrarlo constantemente. A ver si te enteras de que en un sistema democrático la carga de la prueba en lo referente a la limpieza de las actuaciones públicas, recae sobre las instituciones. Y usar canales privados y eliminarlos después no va precisamente en esa dirección.

    Luego está tu confusión entre legalidad y corrección. Que algo no esté prohibido no quiere decir que no sea reprochable. Qué mira que es fácil de entender esto y sigues mareando con la cantinela. Rajoy diciéndole “Luis, sé fuerte” a Bárcenas no era delito, pero fue un comportamiento absolutamente indecente y criticable. Lo mismo aquí: la ausencia de prohibición explícita no convierte una chapuza opaca en algo defendible. La ética pública exige mucho más que “no romper la ley”, a ver si te enteras de una vez.

    Y eso de que si la norma lo permite no se puede criticar, es justo lo contrario de lo que llamas coherencia. Nadie dice que se prohíba usar un correo personal, lo que se dice es que aunque sea legal, está mal, porque compromete la confianza en la institución. El Fiscal General no es un chaval improvisando, su obligación es garantizar la máxima transparencia y dejar huella clara de sus actuaciones. Si opta por canales privados y encima los borra, no solo genera sospecha: él mismo está debilitando la legitimidad de la institución que representa.

    Así que no, artista, tu ejemplo de 120 km/h no se lo cuelas ni a tu cuñao. Aquí no se discute si “puede”, sino si debe, y en eso tu analogía no pinta nada más que intentar marear con la enésima chorrada.
  1. #117 A ver, lumbreras, nadie ha dicho que “cumplir normas” sea reprochable. Lo que se ha señalado (y tú llevas veinte mensajes esquivando) es que el FGE no se limitó a "cumplir normas", sino que tomó decisiones opcionales, no obligatorias, que generan sospechas lógicas y se cargan la posibilidad de auditar su actuación: usar correo personal y presentarse con un móvil con un agujero temporal justo hasta la fecha en que se le abre causa. Eso no lo exige ninguna norma sino la lógica del funcionamiento democrático de las instituciones.

    Que no te enteras, que no hace falta “animadversión” ni “intereses ocultos” para constatar un hecho tan simple como que la conducta fue impropia del cargo. Solo hace falta conocer la parte de los hechos que está clara y nadie ha objetado.

    Lo demás son excusas que no se sostienen.
  1. #115 A ver si ya lo entiendes, porque llevas varios mensajes repitiendo lo mismo sin mirar los hechos:

    Los WhatsApp que dices que están “fuera del periodo de autos” sí estaban dentro del intervalo autorizado por el juez. El mandato iba del 8 de marzo al 30 de octubre, y el mensaje más antiguo recuperado es del 16 de octubre, plenamente dentro del rango, que no te enteras.

    No hay ningún salto de normas ni ningún “cotilleo”. Y aun así, no se cita contenido alguno, solo fecha y hora, porque es lo mínimo imprescindible para acreditar un borrado masivo. Todo lo demás te lo has inventado tú.

    Luego insistes en que el FGE “ha seguido las normas”, pero sigues sin entender la diferencia entre no incumplir una norma y actuar conforme a lo que se espera del máximo responsable de la Fiscalía General del Estado.
    Las normas no le obligan a usar correo personal.
    Las normas no le obligan a borrar mensajes justo cuando sabe que va a ser investigado.
    Las normas no le obligan a dejar sin trazas un periodo entero de comunicaciones relevantes.
    Eso no es “seguir normas”, es actuar sin criterio y sin prudencia.

    Y tu pregunta sobre “echar al que hizo las normas” no deja de ser otra distracción. Las normas fijan un mínimo; el cargo exige mucho más. Pretender que basta con “no infringir” para ser intachable es de una simpleza impresionante.

    Y lo de la UCO, otro desvío: aunque la UCO cometiera errores, eso no convierte en ejemplar lo que hizo el fiscal, ni borra el agujero temporal que acredita la pericial.

    Que no te enteras.
  1. #113 Pero vamos a ver, campeón, que ya ni te esfuerzas en disimular. Te lo he dicho clarinete varias veces: una cosa es lo que está permitido mínimamente, y otra es el comportamiento esperable del que dirige una institución de la importancia de la Fiscalía General del Estado.

    Las normas no obligan a usar correo personal y no obligan a borrar justo cuando te van a investigar. Lo que se le exige al FGE es criterio, prudencia y transparencia, no “cumplir el mínimo para no delinquir”. Esa diferencia tan básica eres incapaz de asumirla... y eso que no es difícil de entender.

    Lo de la UCO es tu enésima salida por la tangente. Sus errores o aciertos no convierten en ejemplar la actuación del Fiscal General que se ha señalado, solo sirve para que tú sigas intentando hablar de cualquier cosa menos del objeto de lo que he argumentado.

    Así que no vengas con el “no has contestado”, porque contestado está desde hace rato, y en repetidas ocasiones. Otra cosa es que tú prefieras ignorarlo y seguir mareando con chorradas, que a estás alturas ya has dejado claro que es lo que sabes hacer.
  1. #111 Pero vamos a ver, criatura, que sigues repitiendo las mismas tontadas como si al decirlas cinco veces fueran a dejar de serlo. No hay ningún “dato fuera del periodo de autos”, que no te enteras. Que el periodo sobre el que los peritos tenían el mandato de recabar datos iba del 8 de marzo al 30 de octubre, y el mensaje más antiguo recuperado es del 16 de octubre, que está dentro del rango. Que claro... te inventas las cosas sobre la marcha sin tener ni puta idea, y así quedas como quedas: enésimo renuncio, enésima vez que te lo explican, enésima vez que haces oídos sordos. Saldrás por peteneras con la primera chorrada que se te pase por la cabeza. Marca de la casa.

    Y claro que se puede decir que hay un agujero. No lo digo yo, lo dice la pericial: el mensaje más antiguo es del mismo día en que lo encausan. ¿Que no sabemos qué había antes? Obvio: porque lo borra. Ese es el agujero, artista. Piensa un poco, que no es tan difícil.

    Tu otra chorrada de “¿hay que echar al que hizo las normas?” es otra salida por la tangente de manual. Nadie está hablando de echar a nadie más que al propio fiscal si su comportamiento genera sombras. La diferencia entre “lo que está permitido” y lo que es esperable de quien dirige la Fiscalía General del Estado (criterio, prudencia, transparencia...) te la he explicado ya por activa y pasiva, pero tú sigues emperrado en mezclarlo todo como si no dieras para más. Entérate:
    -La norma "permite" (más bien "no prohíbe") usar correo personal. Esto no lo hace recomendable, y menos obliga a hacerlo
    -Nada prohíbe que borres tu propia cuenta de correo personal, pero si la has usado para asuntos institucionales, en contra de "lo recomendable", entenderás que eso deja tu credibilidad como cargo público por los suelos.
    -La norma permite borrar mensajes. No avala hacerlo justo el día que sabes que te van a investigar.

    Pero nada, lumbreras, tú sigue intentando cambiar el tema, forzar preguntas ad hoc y fingir que la realidad es la película que te has montado en la cabeza. Los hechos siguen ahí, y tú sigues chocando con ellos de cabeza.
  1. #108 Pero vamos a ver, hombre, que sigues construyendo castillos en el aire. No sabes si han “cotilleado” nada. El hecho que en la pericial no hay contenido, ni conversaciones, ni datos sensibles. Lo único que han hecho (porque es lo mínimo imprescindible cuando un móvil aparece vacío en las fechas necesarias) es comprobar hasta qué fecha existen mensajes recuperables. Mirar fecha y hora, no contenido. Eso no solo no viola nada, sino que si no lo hicieran sería imposible determinar si ha habido un borrado masivo. Pedir que no se mire ni siquiera la fecha de los mensajes es pedir una “investigación” que no podría investigar nada.

    Que tú inventes que han estado leyendo cosas fuera de fecha no lo convierte en real. Nada de eso aparece en el informe pericial. Lo de “cotillear” te lo has sacado tú para ver si cuela.

    Y dejar caer que yo “considero normal saltarse las normas” es otra salida por peteneras. Si la UCO hubiera cometido errores, se analiza aparte. Pero eso no cambia ni una coma del asunto del que hablamos: el fiscal entregó un móvil con un agujero temporal enorme justo coincidiendo con la apertura de la causa. Eso es lo que se está señalando (y que tú negabas), por eso hablo de esa fecha. No es mover porterías, es relacionar hechos básicos. Lo de la filtración es otra pantalla: yo no estoy discutiendo quién filtró, sino el comportamiento institucional del fiscal.

    Y sobre lo de WhatsApp y correos personales, no me vendas como “norma perfecta” lo que son prácticas permitidas, no obligatorias, y que además no eliminan la responsabilidad personal del cargo. Lo que tú haces es intentar confundir “permitido” con “intachable”. Y no: la ejemplaridad del FGE no depende de que la normativa no lo prohíba, sino de que su conducta no genere sombras. Aquí las generó.

    Tu empeño en la chorrada de “echar a todos” es la típica trampa infantil de blanco o negro. Nadie ha dicho eso. Pero claro, si no tienes argumento, siempre puedes inventarte uno para rebatirlo.

    El problema es que nada de lo que dices desmonta lo básico: el móvil tenía un vacío de mensajes justo hasta la fecha en que se abre la causa, y mirar la fecha del mensaje más antiguo no es "cotillear" nada, es la actuación mínima necesaria para practicar una prueba pericial en este contexto. Todo lo demás es marear la perdiz.
  1. #101 Pero vamos a ver, artista, que ya llevas tantos red herrings que esto parece una pescadería. Como se te ha desmontado la falsedad que sostenías de manera vehemente (que nadie había constatado la existencia de mensajes posteriores a la fecha de apertura de la causa), ahora vienes con “¿con qué derecho han leído esos mensajes?” como si los peritos hubieran estado cotilleando. Otro desvío más, otro intento de fabricar un problema donde no lo hay para tapar que has quedado en evidencia.

    Nadie ha comentado sobre contenido alguno. Nadie ha dicho que se hayan repasado conversaciones privadas. Lo único que se ha hecho (y es lo mínimo imprescindible al no encontrar ningún mensaje" es verificar la inexistencia de mensajes en un rango temporal que apunte a un borrado. Los peritos señalan la fecha del mensaje más antiguo recuperable, no lo que pone dentro ni a quién va dirigido. Eso es exactamente lo que permite constatar que faltan bloques enteros de mensajes antes de la fecha X. Pretender que eso es “violar la privacidad” es una caricatura tuya para intentar que cuadren tus fantasías, y que en la práctica anularía cualquier posibilidad de investigación. Que no te enteras.

    Y sí, aunque te pongas teatral, eso tampoco borra ni justifica la actuación del fiscal. Al revés: la confirma. Porque la opacidad no depende de que alguien mire contenido, sino de que él entregue un terminal con un agujero temporal del tamaño de Cuenca. Y eso, te guste o no, es lo que queda acreditado.

    Tu otra salida por peteneras (insinuar sobre mi falta de interés "en otros casos”) ya es no cuela. Eso no es transparencia: eso es un intento torpe de descalificar al interlocutor para no afrontar lo obvio. Aquí se está hablando de este fiscal, no de Mazón o Ayuso.

    Y mira, para cualquiera con comprensión lectora funcional la "fecha clave" depende del contexto. Si hablamos de que el FGE pudo borrar mensajes al verse señalado, la fecha relevante es la fecha de apertura de la causa. No es tan difícil. Que tú necesites reinventar el diccionario para que te salga la cuenta ya es problema tuyo.

    Pero nada, sigue intentando cambiar el tema, redefinir a tu antojo lo que dicen los demás y montar conspiraciones espaciales. Los hechos siguen donde estaban: móvil barrido hasta una fecha concreta, y uso de correo personal en asuntos sobre los que no se debería permitir ni sombra de duda. Todo lo demás, figurín, es ruido para no afrontar la realidad.
  1. #94 Pero vamos a ver, artista, ¿tú te crees que vas a colar esa sarta de falacias y ocurrencias como si aquí nadie supiera leer? Que no te enteras: no hay ningún “testimonio que diga lo contrario”, ni nadie ha refutado lo que llevamos medio hilo señalándote. El informe pericial dice exactamente lo que has intentado negar una y otra vez: los mensajes más antiguos que aparecen en el móvil son del mismo día en que encausan al fiscal. Punto. Ni antes, ni detrás, ni en versión imaginaria. Ese es el hecho, por mucho que patalees y te inventes otro red herring cada tres comentarios.

    Que “pudo borrarlos meses antes”. Claro, y también pudo borrarlos mientras veía la tele o fregaba los platos. Lo relevante no es lo que pudo pasar, sino lo que ha quedado acreditado: la frontera temporal del contenido coincide con la fecha de imputación. Y eso, por sí solo, ya deja al fiscal retratado. Un tipo en ese cargo no puede plantarse ante los peritos con un teléfono que, "casualmente", solo tiene mensajes a partir del día que lo señalan.

    Tu chorrada de que "la UCO miró mensajes fuera de los días de investigación" es otra huida hacia delante. El informe no habla del contenido de los mensajes, que no te enteras. Simplemente, es lógico que para saber hasta dónde llegan los mensajes es necesario mirar la fecha de los más antiguos, no abrirlos ni airearlos. Justo lo que hicieron. Si hubiera uno solo anterior, aparecería su fecha. No hay ninguno. Fin del misterio, fin de tu teoría, que pretendes hacer pasar la intervención mínima lógica y necesaria para un informe pericial como si fuese un atropello... No cuela.

    Y lo de “la filtración fue meses antes” es la cortina de humo número catorce. Aquí no estamos hablando de si filtró o no filtró, que eso lo determinarán los jueces. Estamos hablando de su conducta institucional: correo personal para asuntos sensibles y un móvil barrido en el momento más delicado. Y tú defendiendo que eso es “normal” porque “podría haberse borrado antes”. De traca, de verdad, pero en tu línea.

    Que se filtraran correos sin anonimizar… ¿y? ¿En qué universo alternativo eso explica que el FGE entregue un móvil limpio como una patena justo el día clave? En ninguno. Pero como te ha tocado hacer de cortafuegos oficial, te agarras a cualquier piedra aunque no tenga nada que ver con lo que se discute.

    Total, que vas dando lecciones de “hechos” mientras te fabricas la mitad y te saltas la otra mitad. La realidad ha dejado tu relato tan vacío como el móvil del fiscal.
  1. #87 A ver, que ya cansa tanta chorrada tuya, ya lo que te falta por decir es que el móvil se borró por ósmosis..

    Sí mientes, enterao, y lo pone el informe pericial de la Guardia Civil, que está en la causa. Ya se público en su día, y lo repite hoy mismo la prensa:
    www.infobae.com/espana/2025/11/12/los-peritos-confirman-que-el-fiscal-

    "El teniente Balas y sus dos acompañantes han declarado juntos y han explicado que el mensaje más antiguo que se encontraba en el móvil del acusado coincidía con esa día [la fecha de apertura de la causa] a las 15:04.“

    Anda, a ver qué chorrada traes ahora para salir por la tangente... Que llevas 30 mensajes defendiendo que aquí no pasa nada, que todo es normalísimo, que todo el mundo hace lo mismo, que la UCO, que Mazón, que Ayuso, que el espíritu santo, y resulta que ni puta idea tienes de los hechos. Entérate un poco antes de hablar con tanta vehemencia.
  1. #78 Nadie ha dicho que haya que “echar a todos los fiscales”. Esa cantinela ya te la he desmontado varias veces. Que una norma permita algo no convierte ese algo en aceptable para el máximo responsable de la institución. La diferencia entre “cumplir lo mínimo” y “estar a la altura del cargo” es básica, pero veo que no te da para distinguirlo.

    Las fechas de los mensajes borrados constan en el informe pericial de la Guardia Civil, que está en la causa. No te inventes dudas que no existen. El vacío de mensajes coincide con justo en fechas anteriores a la apertura del proceso. Que no te enteras.

    Lo de “la normativa dice que hay que borrar el terminal” es una manipulación. La normativa habla de borrados en ciertos casos, no de vaciar sistemáticamente el móvil justo cuando se presume que va a ser auditado. Convertir una medida de protección en una excusa para eliminar trazas es precisamente la opacidad de la que hablo.

    Y por último, no vengas otra vez con que “yo aplico mis estándares solo a unos”. Lo único que haces con eso es confesar que tú los cambias según la simpatía política del implicado. Yo prefiero exigir transparencia siempre, no cuando conviene. Si a ti te vale con que “cumpla la norma mínima y arreando”, perfecto, pero no pretendas vender eso como ejemplaridad democrática. Es falta de exigencia y agachar la cabeza, nada más.
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