Hace 7 años | Por incre77 a youtube.com
Publicado hace 7 años por incre77 a youtube.com

Video estabilizado y a cámara lenta de la supuesta agresión por la que Andrés Bódalo está en la cárcel.

Comentarios

incre77

#8 La imparcialidad en el programa de Susana griso es innegable

D

#9 Dice Bódalo al final del video "La razón me la dará el pueblo, algún día"

Me quedo con eso por así será.

incre77

#12 Me parto cuando dice la Griso que a ella no le ha convencido. ahí, a lo influencer.

D

#15 Supongo que sabría que dijera lo que dijera Bódalo lo iban a crujir.

No les interesaba la verdad, ni la justicia, sino vender que los de PODEMOS son agresivos y usaron a Bódalo de cabeza turco, como usaron también de forma bochornosa a los titiriteros incomunicándolos por supuestos terroristas.

Usan la justicia para lo que les da la gana.

incre77

#16 Creo que la cosa no va solo de demonizar a Podemos, si no de dar castigo ejemplar a todos aquellos luchadores por el pueblo, ya sean sindicalistas, cantantes, titiriteros o cualquier persona que quiera expresarse en contra de las evidentes injusticias.

V

#18 Vaya forma de hacer el ridículo. Siento que te haya salido el tiro por la culata lol

Casanotra

#12 Eso viene del juicio contra Fidel "la hostia me absolverá".

dudo

#8 el indulto es para los culpables arrepentidos, este es inocente, no procede el indulto

D

#6 O sea que todo es una conspiración conspirantosa de... la procuradora que libremente contrató el propio Bódalo tinfoil

En serio que sois el descojone padre lol

m

#28 ¿Sabes lo que significa conspiración?

valoj

#3 Amén. Refuerzo tu comentario:

1. No es evidente? Dado como las gastan últimamente, este hombre tiene de criminal lo que yo de ornitorrinco.

2. Díselo a los robaperas, a los que nuestras majestades, con real diligencia, han procedido a echar una real y monárquica meada sobre sus cabezas.

3. A esto solo se me ocurre una cosa: verguenza de país que ha perdido la dignidad más básica.

D

#3 Justicia a la carta.

D

#3

Te falta el punto 4.

4. Al pesar sobre él 4 condenas anteriores por agresiones violentas el tribunal ha aplicado la pena máxima posible por reincidencia.

D

#1 y la voz de pablo Iglesias tb se oye

BillyTheKid

#1 #38 En el texto de la sentencia:
- 18 acusados
- todos ellos acusados de delito de atentado a la autoridad y de delito de delito de desorden público
- a dos mas, de falta de amenazas
- hechos probados:
"... cuando Juan Ibarra Marín, teniente-alcalde de dicha localidad, se disponía a entrar en las dependencias consistoriales, tras haber salido momentos antes a tomar un café, escuchó cómo Blasa López López gritaba: “Ahí viene el Ibarra, vamos a por él”; en dicho momento varios de los participantes en “la sentada” se avalanzaron sobre el concejal, arrinconándole contra la pared, a escasos metros de la entrada del Ayuntamiento, siendo golpeado con los puños por Andrés Bódalo Pastrana y Francisco Javier Angulo Montávez; y recibiendo varias patadas por parte de Blasa López López y Catalina Parras Morillas [...] La Policía Local al ver los anteriores hechos formó rápidamente un cordón de seguridad para proteger al concejal [...] Al realizar el cordón policial resultaron igualmente lesionados, con diversas contusiones, dos Policías Locales y 2 manifestantes [...]

- Fundamentos jurídicos
[...] En el caso de autos no consideramos que pueda hablarse en la descripción de hechos probados de un delito de desórdenes públicos [...] Se trataba de un acto reivindicativo de carácter sindical [...] El propio concejal agredido reconoce en su declaración que “la sentada” de protesta se desarrollaba de forma pacífica [...] Fue posteriormente cuando [...] fue arrinconado y agredido por varias personas, identificando claramente a cuatro de los acusados como autores de la agresión [...] procede absolver libremente a todos los acusados del delito de desórdenes públicos.
- Fundamento jurídrico 2
[...] el delito de atentado cometido contra un miembro de una Corporación Local aparece penado [...] una penalidad más beneficiosa (prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses) que en su redacción anterior (prisión de 4 a 6 años y multa de 6 a 12 meses) [...] “La figura del atentado, contemplada en el artículo 550 del Código Penal, abarca tanto el acometimiento o la fuerza como la resistencia activa, también grave, contra la autoridad o sus agentes en el ejercicio de las funciones de su cargo o con ocasión de ellas...[...] de forma que aunque no se llegue a golpear o agredir materialmente al sujeto pasivo, tal delito se consuma con el ataque o acometimiento [...] con independencia de que tal acometimiento se parifica con la grave intimidación, que puede consistir en un mero acto formal de iniciación del ataque o en un movimiento revelador del propósito agresivo [...] estos actos de acometimiento nos encontramos básicamente con la declaración de la víctima, el cual identifica plenamente a Andrés Bódalo Pastrana, Francisco Javier Angulo Montávez, Blasa López López y Catalina Parras Morillas, como los autores de la agresión sufrida; a los dos primeros los acusa de haberle dado puñetazos y a las dos segundas patadas.[...]
para desvirtuar el principio de presunción de inocencia es necesario que reúna una serie de requisitos: 1o.- Ausencia de la incredibilidad subjetiva[...]
2o.- Verosimilitud [...] concurre en el relato de la víctima tanto la coherencia interna como externa que hacen el mismo verosímil. Con respecto a la coherencia interna nos encontramos con un relato fluido, preciso, coherente y creíble [...] Con respecto a la coherencia externa, nos encontramos con datos objetivos de carácter periférico que confirman la realidad del testimonio [...] el informe del IML [...] la declaración de todos los agentes policiales [...] sí constataron el ataque y vieron “in situ” el moratón que presentaba la víctima una vez que fue introducido en las dependencias municipales [...] la declaración del Policía local 6090 [...] mediante la lectura de la misma el cual sí identifica plenamente a Andrés Bódalo Pastrana como uno de los autores de la agresión al concejal dándole un puñetazo en la barriga. [...]
3o.- Persistencia y firmeza del testimonio incriminatorio [...] el relato de los hechos realizado por la víctima tanto en fase de instrucción como en el juicio oral no presenta ambigüedades o reticencias y son plenamente coincidentes.
Por lo anteriormente expuesto debemos de considerar a Andrés Bódalo Pastrana, Francisco Javier Angulo Montávez, Blasa López López y Catalina Parras Morillas responsables del delito de atentado ya descrito. Dicha responsabilidad se extenderá igualmente al resultado lesivo derivado de tal acometimiento, el cual dada su escasa entidad (lesiones que precisaron exclusivamente una 1a asistencia para su sanidad) debe de ser calificado como una falta del antigüo art 617.1 del CP, vigente en el momento de producción de los hechos, al ser más favorable en cuanto a su penalidad que el actual art 147.2 del CP.
Procede absolver al resto de los acusados [...]
Igualmente procede absolver libremente a los acusados del delito de atentado a los agentes de la Policía Local ya que, tal y como se constató en el acto del juicio, los actos de acometimiento no fueron dirigidos contra dichos agentes, sino contra el concejal [...]
Por último procede absolver a los acusados de la falta de amenazas igualmente objeto de acusación, supuestamente dirigidas a miembros de la Policía local, ya que no se ha acreditado la efectiva producción de las mismas.
En la comisión del delito de atentado descrito en el Fundamento Jurídico Segundo de esta resolución, concurre en el acusado Andrés Bódalo Pastrana la agravante de reincidencia del art 22.8o del CP ya que el mismo había sido ejecutoriamente condenado el 30 de Junio de 2010 (firme el 6/9/2011) por la AP de Sevilla por un delito de atentado. [...]
1o.- En cuanto al delito de atentado a un miembro de la Corporación Local resulta de aplicación la penalidad prevista en el actual art 550.3 del CP, en su redacción dada por la LO 1/2015, prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses, procediendo imponer a Andrés Bódalo Pastrana la pena en su mitad superior al concurrir la agravante de reincidencia, por lo que se le impone la pena de 3 años y 6 meses de prisión.
En cuanto a los otros 3 acusados especificados en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, al no concurrir circunstancias modificativas de responsabilidad y teniendo en cuenta la escasa entidad de las lesiones producidas, procede imponerles la pena en su mínimo legal de 1 año de prisión.

bódalo

#1 Y no te olvides de Venezuela lol lol lol

Ajusticiator

Por fin veo algo objetivo con respecto al asunto y la gente votando negativo

D

#4 Ya sabemos de la zurraspa casposa que hace estas cosas. Cobran por ello.

D

#4 osea, alguien coge 3 minutos, justito los que a él le interesan, de un suceso que duró 2 horas y eso es algo "objetivo". Y además editandolos a su voluntad.

Y de ahí podemos concluir que no pasó nada lol

Lo vuestro es de chiste. Y de los malos.

Pacomeco

#23 Tienes razón, el vídeo es como las fotocopias de las fotocopias de los papeles de Bárcenas. Solo hay que ver el parte de lesiones del pobre guardia, no había Voltarén suficiente para ese cuello.

B

#4 Los demás no se... Pero yo por más que veo el video no veo en ningún momento ninguna agresión por parte de NADIE. Lo que si veo es gente muy juntita. Y ya...

bódalo

#4 La derecha en menéame esta orgullosa de poder callar a diestro y siniestro con sus bots. Te animo a difundirlo por todas las redes sociales que puedas para derribar mentiras ignorantes sobre este preso político.

D

Hay que dar ejemplo condenando a un sindicalista aun que sea injusto. Otros siguen en la calle y sin fianza. La ley es igual para todos.

D

#2 aunque

D

#2 No es injusta, solo que las leyes la hacen las clases privilegiadas para contener a la masa, y sus delitos están muy penados mientras que los suyos nunca entran en la ley o tienen suficientes eximentes para escabullirse.

CacaSonriente

#29 En mi vida he escuchado muchas gilipolleces, pero el usar como insulto el haber tenido hijos a temprana edad es la repanocha. ¿Qué pretendes decir con eso? Mi madre me tuvo con 23 y, aunque ahora está jubilada, es arquitecta (en aquella época, lo cual tiene mucho más mérito).

La única diferencia con tener hijos siendo más mayor es que ella esta pudiendo disfrutar de sus nietos.

Maelstrom

#41 Yo no me he posicionado sobre si me parece bien o mal. Simplemente lo someto a los requisitos de bondad, formación, ejemplaridad y altura política que exigís a otros políticos de otras formaciones (y a ciertas etnias si no consideramos el aspecto político de esos criterios).

Allá cada cual con sus varas de medir.

TetraFreak

#29 Como no es culpable de esto echemos mierda a ver si asi justificamos que esté en el talego.

En serio. Haztelo mirar.

ValeRonCola

#29 Tus padres son hermanos y nadie te ha juzgado por eso.

D

El colectivo de policías locales de ejpaña puede sentirse orgulloso de la honorabilidad de estos colegas del video.

D

#13 Deberíamos ver vídeos de tu grejjmio, para ver si como tal mereces algún tipo de honorabilidad, puestos a generalizar.

D

#46 el ataque al aire no suena a buena defensa... Llamame loco

D

Si uno de los municipales hasta le pone la mano en el hombro como agradecimiento por calmar los ánimos. No sé cómo tienen huevos de denunciarlo.

D

Los podemitas creyendo que engañan a alguien.

Si este señor está en la cárcel no es sólo por ese asunto en concreto, sino que la pena se agrava por reincidencia, pero supongo que en los otros casos la poli también estaba contra él, como en la famosa agresión a una mujer embarazada. O estaría calmando los ánimos como segun ellos pasa en este video editado a cámara lenta.

"El concejal de Jaén en Común y dirigente del Sindicato Andaluz de Trabajadores, Andrés Bódalo, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Jaén a tres años y medio de prisión por un delito de atentado con la agravante de reincidencia al exteniente de alcalde y concejal del PSOE en la localidad de Jódar Juan Ibarra".

http://politica.elpais.com/politica/2015/10/29/actualidad/1446111044_316419.html

Por lo que leo , un delito de atentado no tiene que incluir agresión, sino que basta con intimidación:

"son reos de atentado, los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”.

http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/9293-los-delitos-de-atentado-contra-la-autoridad-segun-la-jurisprudencia-del-tribunal-supremo/

Una cosa que pierde a los de Podemos es su corporativismo, y se creen que nadie se da cuenta, como con la purga de Errejón (un señor que puede caerte bien o mal pero al menos tenía labia para un cargo de portavoz) para meter a la novia de Iglesias.

wondering

#32 Sacando la Ley de Godwin a pasear: Es el equivalente a sacar cualquier foto o video de Hitler en la que no aparezca matando judíos, y presentar eso como prueba de que no hubo holocausto. Completamente absurdo! A no ser que estemos hablando de alguien que sea defendido por El Lider (TM), que en ese caso, se convierte en la prueba irrefutable.

D

#35 Nomerogosmerogos, Andrés Bodalo NO tiene un amplio historial de agresiones, eso es completamente falso y te digo por qué.

Andrés Bodalo lleva activamente de sindicalista más de 20 años, es decir, posiblemente hablamos de más de un centenar de manifestaciones y como responsable. No es lo mismo que estar en el sofá de casa.

CONDENA 1: una de hace 15 años por daños en una heladería de Ubeda, en una huelga general, a instancia de la Fiscalia porque los de la heladería ni lo denunciaron en su momento, ni hubo lesiones ni nada por el estilo. Sobre esto se ha dicho desde la derecha que la heladera, que estaba embarazada, estuvo a punto de abortar del supuesto palizón que le dieron.

CONDENA 2: Hace casi tres años, en una conferencia de Sabino Cuadra en Jaen, diputado de Amaiur, gente de extrema derecha fue a por Sabino y Bodalo, siendo agredidos. Todos, los de extrema derecha también, resultaron condenados a 150 euros, incluido Bodalo. Hay videos donde se puede ver la agresión que sufrió Bodalo y Sabino Cuadra.

CONDENA 3: Bodalo, junto a otros sindicalistas, son condenados a instancia de la Fiscalia por el Robo de unos carros de comida en Sevilla en un acto simbólico de protesta sindicalista de los grandes almacenes que tiran comida habiendo pobreza. Mercadona no denunció lo hechos. Hay video de los hechos, donde se ve que reparten la comida a los pobres.

CONDENA 4: Una supuesta agresión a un concejal socialista en Jodar, en medio de una manifestación por el paro de olivareros en una de las provincias más pobres y con paro de España. Hay video de los hechos donde se observa que tal agresión es falsa. Sobre esto, la derecha ha dicho que al concejal le dieron un palizón que casi lo matan, siendo falso.

ESOS SON LOS CRIMENES DE BODALO.

D

#62 Lo dicho, Bódalo es un excelente chaval al que todos los profesores le tienen manía.

Pobrecito.

PD: al menos has dicho una verdad: este comemierda pegaembarazadas lleva 20 años viviendo del cuento. Y ahora sigue viviendo a pensión completa de mis impuestos. ¿No lo podríamos cambiar por algún inmigrante subsahariano con ganas de currar y levantar el país?

D

#63 Eso de: "pobrecito, que todos los profesores le tienen manía" lo dices tú, yo no.

Y por lo demás, NO, no te voy a llevar a ninguna conferencia Podemita para ver si te reformas un poco porque NO tienes arreglo..., smeagol (gollum, gollum)

D

Pepe es un jugador que jamás ha dado una patada en su vida. Y aquí tengo un vídeo de 3 minutos que lo prueba.

lol lol lol lol

Pero que cachondos los adolescentes podemitas. Hay que quererlos por estos ratos de hilaridad que nos proporcionan a diario.

jorso

La sentencia es esta: http://cdn27.hiberus.com/uploads/documentos/2016/03/27/documentos_sentencia_3958c40d.pdf

El apartado "hechos probados" de la misma no coincide con lo que se ve en el video, con lo cual hay dos opciones:
.- El juez se ha tragado todas las pruebas.
.- El video del enlace no recoge precisamente los hechos que se dan como probados en el juicio,

Que cada cual escoja la opción que prefiera.

Pacomeco

#38 En la sentencia se le mete en la cárcel por el delito de atentado a la autoridad, es decir, que en los hechos probados aparecen otro delitos cometidos por Bódalo que se sancionan con una multa (lesiones al concejal).

Va a la cárcel por lo que vemos en el vídeo. Además en las lesiones a los agentes, cuando realizaron el cordón policial, no se nombra a ningún acusado de forma explícita.

La sentencia es kafkiana, tratando de justificar las enormes penas que van a poner. Me recuerda al auto del juez Moreno encarcelando a los titiriteros, con la diferencia de que esto es una sentencia firme.

D

#51 Efectivamente, la sentencia es una cagada de primer orden pues no es que se coja con pinzas, es que se desvirtúa así misma. La he leído completamente y es una cagada de tres pares de narices por varios motivos razonables que son inadmisibles.

Se cita mucha jurisprudencia y doctrina del TS pero hay poca o nula chicha del caso en concreto, es decir, relleno para justificar lo injustificable.

Uno de esos elementos de cagada, y que se cae por su propio peso, es que afirma la sentencia que el concejal fue acometido en la puerta del ayuntamiento, como así parece ser, y es precisamente en la puerta del ayuntamiento donde está grabado todo, es decir, el video que estamos viendo en éste post, y donde se puede apreciar que Andrés Bódalo está junto a la policía local, con un megáfono en la mano izquierda, él es zurdo, y donde en ningún momento se aprecia agresión alguna a dicho concejal, más bien al contrario, es el propio Bódalo el que calma los ánimos.

Si es cierto que otros participantes agarran por el cuello a uno de los policías locales, pero no es Bódalo quien lo hace y ese participante está plenamente identificado, pues son todos del pueblo y se conocen perfectamente.

Otro de esos elementos de cagada bestial, es decir que todos los agentes de la autoridad afirmaron observar la agresión cuando en realidad tan solo hace referencia a dos policías locales, casualmente uno de ellos es cuñado del propio alcalde (como ya se ha dicho en prensa y resulta ser cierto) y otro de los que se supone que lo afirma falleció por causas ajenas a éstos hechos (cosa esto que también es cierto), es decir, es falso que todos los agentes corroboraran la agresión, pues había más policías allí mismo, también guardia civil y no se cita a más en una condena muy grave por una lesiones leves que, por el hecho mismo, requería de más testimonios.

Hay más cagadas de libro y de primer orden para justificar lo injustificable.

Y, sobre todo, el video desmiente completamente todo, es decir, el video no fue estimado.

Si ese juicio se repite, que debiera, con recusación del juez ponente también por varios motivos que no voy a citar por discreción, creo que puede haber responsabilidades de peso.

g

#64 Efectivamente, la sentencia es una cagada de primer orden pues no es que se coja con pinzas, es que se desvirtúa así misma. La he leído completamente y es una cagada de tres pares de narices por varios motivos razonables que son inadmisibles.

Pues anda que tú como juez tampoco tendrías precio, vamos... lol

Uno de esos elementos de cagada, y que se cae por su propio peso, es que afirma la sentencia que el concejal fue acometido en la puerta del ayuntamiento, como así parece ser, y es precisamente en la puerta del ayuntamiento donde está grabado todo, es decir, el video que estamos viendo en éste post, y donde se puede apreciar que Andrés Bódalo está junto a la policía local, con un megáfono en la mano izquierda, él es zurdo, y donde en ningún momento se aprecia agresión alguna a dicho concejal, más bien al contrario, es el propio Bódalo el que calma los ánimos.

Pero vamos a ver, el vídeo empieza y acaba en la puerta del ayuntamiento y no filma el momento de la agresión, el vídeo es totalmente irrelevante

casualmente uno de ellos es cuñado del propio alcalde (como ya se ha dicho en prensa y resulta ser cierto)

Por mucho que un policía local sea cuñado del alcalde, ¿por qué iban los testigos y la propia víctima a identificar y acusar a Bódalo, en vez de al verdadero agresor? O es que ni siquiera te crees que haya habido agresión?

es falso que todos los agentes corroboraran la agresión, pues había más policías allí mismo,

En la sentencia no dice que todos los agentes que estaban allí corroboraran la agresión, sino todos los agentes que declararon en la vista

Y, sobre todo, el video desmiente completamente todo, es decir, el video no fue estimado.

¿Pero qué cojones desmiente el vídeo, si la agresión no se produjo en ese momento?

provotector

Pues yo no veo que sea inocente. Le veo como coje por el cuello a un policía local que en ningún momento le ha atacado. A un policía no se le puede nunca poner la mano encima y es normal que si lo haces, sea delito.

Pacomeco

#31 ¿Pero meterlo en la cárcel? A los profesores de insituto, que también somos autoridad, nos hacen cosas peores y lo más una multa. ¿Qué tiene un simple guarda urbano que no tengan los profesores?, ¿un arma?

wata

#31 No te enteras. Boda lo no es el que está junto al policia. Es el que lleva la boina y el megáfono.

mmlv

Pues eso

g

Como si ponéis un vídeo de este tío tomando el sol en la playa... No veo en la sentencia ninguna referencia a este vídeo, la condena a Bódalo se basa en las declaraciones de la víctima y los testigos, y los tres años y pico que le cayeron fueron por reincidencia

wata

#45 En la sentencia no aparece lo del video porque la procuradora no lo aportó al Supremo.

g

#55 Pero es que el vídeo no aporta nada, no muestra el momento de la agresión, se le condenó por las declaraciones de la víctima y los testigos

wata

#68 Precisamente no aparece porque alegan que no hubo tal agresión. Por aquí algunos dicen que fue antes o después, pero parece ser que se comentó que fue en ese momento.

g

#69 No entiendo a dónde quieres llegar. Este vídeo no aporta ninguna prueba ni a favor ni en contra de que se haya producido la agresión o no se haya producido. La condena se basa en las declaraciones de la víctima y los testigos, lo cual siempre se considera probatorio en los casos de agresión, y más teniendo en cuenta los antecedentes de este sujeto. Vamos, para mí la culpabilidad es clarísima.

wata

#70 El testigo, el agredido. Otro testigo, familiar del agredido. El video, no hay agresión. Ahí quiero llegar.

g

#71 Pues haber empezado por ahí, hombre

Yo en ningún sitio he leído que el testigo sea un familiar, pero aunque así fuera, y no tengo motivos para no creerte, ¿por qué iba la víctima a acusar a Bódalo en vez de a su verdadero agresor? En la sentencia se aclara que no se da ninguna de las circunstancias que pongan en duda la credibilidad de la declaración de la víctima...

wata

#72 Ni idea. Es que el testigo familiar es policia local con lo cual tiene más fuerza. De todas formas es muy significativa que el pleno del ayuntamiento haya pedido el indulto para Bódalo.

k

Este país cada día mas es una monarquía bananera, los corruptos no van a prisión, existen varias varas de medir, la justicia esta politizada y lo que es pero no somos todos iguales delante de la ley.

De tanto brindar con champan por las resoluciones judiciales a los del PP les cogerá una cirrosis.

D

me he cagao con el audio del video... 😱

dudo

#11 es balleno

D

Desde mi desconocimiento ¿no debe tener este video consecuencias penales para los agentes de la autoridad que "maquillaron" la realidad sobre lo sucedido? Entendiendo claro, que la supuesta agresión fue en ese momento y no en otro.

amanecequenoespoco

¡ Libertad para Bódalo !

D

#53. ¡Y un sándwich de jamón y una litrona!

D

Pues como no le diera con el megáfono sin querer a alguno de los que iban con él al intentar calmar los ánimos... Mucha agresión no se ve.

D

#10 Ya lo sé. Pero no de ahora.

D

Me da una pena tremenda el neanderthal este. Pobre mamporrero, no hay derecho.

Un mito del revolucionario nihilista con cerebro a media cocción; este perdura más que el del Ché, al tiempo. Ya hacen camisetas con su jeta butifarrón y todo.
Mítico. u.u

D

El acusado debería haber dicho que él no sabía nada, y que lo de las agresiones lo llevaba su mujer.

c

Tiene cojones que los que defienden que Bódalo debe estar en la cárcel, se echan las manos a la cabeza por los "presos políticos" de Venezuela...