Hace 4 años | Por tiopio a elconfidencial.com
Publicado hace 4 años por tiopio a elconfidencial.com

En su auto apunta que la observancia de las normas generales "no puede dar lugar más que a cumplimientos o incumplimientos" de las mismas y no a delitos de desobediencia. "Solo se desobedece un mandato concreto. La norma general, aunque introduzca prohibiciones, no es susceptible por sí misma de ser desobedecida en este sentido penal", pone de manifiesto. Así, apoya que ante el estado de alarma las conductas de incumplimiento, incluso cuando se produzcan tras no obedecer una instrucción de un agente, deriven en sanciones por infracción...

Comentarios

JackNorte

"Que una persona sea denunciada varias veces no supone que necesariamente debamos entender que comete delito", afirma el titular de un juzgado de instrucción de Pontevedra.

De donde es m. Rajoy?

tiopio

El auto completo con la argumentación jurídica

https://www.filemail.com/d/qzmpxumccnqwabz

D

#11 como si ser juez te hiciera valedor de la verdad o fuera extensible a nada. Algunos vivís en una realidad alternativa.

¿Si mañana sale otro juez a decir lo contrario cuál de las dos te valdrá?

D

La derecha protegiendo a Rajoy y alentando saltarse el confinamiento. Nos ponen a todos en peligro para que ellos puedan hacer sus mierdas egoístas. Nada nuevo, el pueblo les importamos un pepino.

i

#6 vaya gilipollez que acabas de soltar. El artículo se hace eco de una sentencia que ha dictado un juez. Es aplicable a toda España y a todos sus habitantes.

D

#7 eres un maleducado. Eso primero.

Segundo, esto ha salido justo cuando Rajoy ha hecho el parapa y en Pontevedra. Nada más que decir. Si crees que es casualidad tú mismo.

Tercero, está muriendo gente, los egoísmos clásicos de la derecha sobran.

i

#8 o sea, que tu crees que el juez estaba esperando para emitir la sentencia a que Rajoy saliera de casa. Y el que denunció que la estaba esperando, también. La justicia y los juicios de España esperando a ver si Rajoy metía la pata. Claaaro. Muy creíble.

D

#9 yo no soy el iluso aquí.

Leyendo otros mensajes tuyos veo que quieres salir ya a la calle, lo primero la economía. Está claro de qué pie cojeas y lo que te importa la gente.

i

#10 pero te has enterado de que hablamos de una sentencia que ha dictado un juez, verdad? O estás de coña?

M

#7 Si me permites un apunte, un auto no tiene la misma trascendencia juridica que una sentencia, y aún así, debe haber varias sentencias coincidentes para crear doctrina jurídica, salvo las del TS ( sobre todo por casación).

Quiero decir que a dia de hoy y hasta que se pronuncie en su caso la sala de lo penal del Supremo, para unificacion de doctrina, cada juez de instrucción puede hacer lo que considere ajustado a Derecho.

Por otra parte, el auto se refiere al proceso penal (es un juzgado de instrucción), por lo que no excluye que sea sancionable via administrativa, que a base de recursos (muchos) llegaría al contencioso (juzgado).

D

Duplicada por error.

S

...

D

Esto es un bulo peligroso. Censúrese.