Hace 12 años | Por amaia77 a eitb.com
Publicado hace 12 años por amaia77 a eitb.com

Te aclaramos todas las dudas sobre la huelga general: ¿quién puede hacerla? ¿tengo que comunicar por adelantado que la secundaré? ¿me pueden cambiar el horario? ¿cuánto me descontarán de la nomina?...

Comentarios

R

#1 yo también me he quedado a cuadros

natrix

#5 Puede entrar en conflicto si dos trabajadores dependen el uno del otro para un puesto.
Ej que se me ocurre ahora: si prevaleciera el derecho al trabajo, en un avión, que requiere piloto y copiloto para volar se podría obligar al que desea hacer huelga a ir a trabajar; pero ocurre al revés, el que hace huelga puede obligar al otro a no trabajar (con su ausencia).

w

#6 No entra en conflicto, porque no obliga a nadie a hacer huelga. ¿No somos "recursos humanos"? Pues si los que quedan no pueden trabajar es por una falta de recursos como otra cualquiera, como si no hay combustible.

e

#7 #8 Pero el que acude a su puesto de trabajo y está disponible para realizar su trabajo está en cierto modo trabajando y supongo que percibirá su salario (quizá no las dietas).
Esto salvo en el caso de que en el centro de trabajo no se pueda trabajar. Si por ejemplo a unos grandes almacenes apenas acuden trabajadores el centro no se podrá abrir al público. Si ningún empleado puede realizar su trabajo se puede decretar el cierre patronal por lo que según creo ningún empleado trabajaría ni cobraría esa jornada. Esto sería un conflicto como el mencionado por #1, ¿cierto?
La verdad es que visto así no sé qué sucedería con el ejemplo de un avión. ¿Es un centro de trabajo?

w

#12 ¿El cierre patronal lo decreta la empresa o los huelguistas?

e

#26 Que yo sepa lo hace la empresa, pero sólo puede hacerlo en el supuesto mencionado

davidrgh

#6 Visto así sí tiene sentido

D

#5
El derecho a la huelga es un derecho colectivo.
Tú no puedes ponerte en huelga tu solo, la huelga ha de ser convocada y aprobada por una mayoría de los trabajadores.

Si vas a trabajar estás vulnerando el derecho a huelga, el tuyo y el de los demás.

Por otro lado, trabajar no es un derecho es un deber.
El derecho es a tener un trabajo digno y con una remuneración suficiente para satisfacer tus necesidades y las de tu familia.

Si no tienes un trabajo digno con una remuneración suficiente para satisfacer tus necesidades y las de tu familia no son los piquetes los que están vulnerando tu derecho sino tu empleador.

davidrgh

#23 Anda... ¿y en qué impide a la gente ejercer su derecho a huelga si una persona concreta decide ir a trabajar?

D

#25
Te lo repito:
La huelga no es que una persona no valla a trabajar, la huelga es que no valla nadie.

Por eso es un derecho colectivo, que se ejerce colectivamente, y que se decide ejercer democráticamente.

La huelga es una medida de presión que consiste en paralizar la producción.
Los que siguen acudiendo a sus puestos de trabajo, impiden la paralización de la producción y por lo tanto vulneran el derecho a la huelga del resto.

Y répito lo último, por si no lo leíste.

Quien vulnera tu derecho al trabajo digno por una remuneración suficiente para satisfacer tus necesidades y las de tu familia no son los huelguistas ni los piquetes, es el mercado laboral, la legislación laboral, los empleadores, y los curritos que creyendo que van a heredar la empresa o participar del reparto de dividendos se prostituyen y aceptan condiciones laborales propias de esclavos.

ogrydc

Esta mañana lo explicaban por la radio. El derecho al trabajo es la expresión de un objetivo social y político, como el derecho a la vivienda. El derecho de huelga es una derecho básico, el único arma que tiene el trabajador para defenderse de la explotación laboral. Por eso lo quieren regular.

Las empresas no tienen facultad de establecer servicios mínimos.

Ni siquiera los autónomos, esta claro. Ni urgencias, ni guardias ni 'es que si no, pierdo un cliente'. Si no vais a la huelga, vale, vosotros sabréis lo que les contáis a vuestros hijos, pero no pongáis excusas...

Wir0s

#10 ¿Ni urgencias?

Espero haberte entendido mal, pero... ¿Estas diciendo que es legitimo dejar sin asistencia medica a la gente?

Entonces con lo que entra en conflicto es con el código deontologico:

1. La profesión médica está al servicio del hombre y de la sociedad. En consecuencia, respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud del individuo y de la comunidad, son los deberes primordiales del médico.

ogrydc

#19 He debido explicarlo mejor.

Me refiero a cuando en medio de una huelga te llama el jefe de la empresa que te ha contratado como autónomo para evitarse incrementar la plantilla con una urgencia: se ha caído twitter lol lol lol

Wir0s

#20 Vale, me habías asustado

D

Hola

Salvo que la cosa ha cambiado desde que yo me dedicaba a los programas de nóminas en los años 90 (cosa que dudo) el cálculo del descuento está mal.

Ese de descontar un día de los 30 era válido hasta que Felipe González, tras una huelga general lo cambió (no sé si ha vuelto a cambiar, pero lo dudo) Tras eso el cómputo de la huelga se hace dividiendo entre los días laborables del mes, no entre el total. En este caso y en CyL son 21 (el 19 fue fiesta) con lo que te descuenta 1/21 parte de tu sueldo mensual, que es como un 50% que si te descuentan el 1/30 de tu sueldo.

Lo demás supongo que esté bien (tiene esa pinta)

inconnito

#11 1/21 > 1/30, no al revés.

D

#13

Lo he escrito mal. Es un 50 % más que si te quitan 1/30.

Perdón por el errror, me expresé fatal, quería decir lo que pones tú y me salió todo lo contrario.

D

#18

Pues lo habrán cambiado, pero te aseguro que en el año 91 tuvimos que modificar programas de nóminas para el Insalud (ahora está todo transferido) para hacer ese cambio. Antes hacían lo de quitar un día (y de hecho, algunos, por no complicarse la vida, seguían con lo de de quitar uno de los 30)

eboke

edit

a

#2 No es dupe, por que en esta noticia, aparte de lo del salario, que es lo del titular se aclaran otras muchas cuestiones igual de importantes

libres

Daos una vuelta por la calle y observad las empresas y tiendas que están abiertas, apoyando el terrorismo laboral de rajoy.

D

edito

jainkone

si entro a trabajar a las 18:00 y salgo más tarde que las 00:00, cuando comienzo la huelga??

considerando que si abandono mi puesto, está estipulado en el convenio como falta grave sancionable con mínimo 15 días de sueldo.

es pregunta, no es la primera vez que me encuentro en la tesitura, no es el caso hoy..menos mal