Publicado hace 3 años por unomasdelmonton a laboro-spain.blogspot.com

Todos los laboreros sabréis que desde mayo de 2019 es obligatorio el registro de jornada. Mejor dicho, según art.34.9 ET “la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo”. Parece que es lo mismo registrar la jornada que garantizar el registro de la jornada, pero no es lo mismo ni de lejos y se acaba de demostrar con una sentencia.

Comentarios

F

#5 Muy bien

T

#5 Pues la mira será rara, LAB desaparecida, ELA bajando y el resto de CCOO. De todo tiene que haber.

Peka
T

#39 de imaginación nada, por lo menos en mi empresa, 9 delegados en total, 7 CCOO y 2 ELA. En las anteriores 4 CCOO, 3 ELA y 2 LAB. Algo se habrá hecho bien esos 4 años digo yo.

Peka

#74 Claro, los resultados de tu empresa representan a todos.

En la mía desde hace 10 años 9 de ELA, pero no representa al sector. Como ya te he dicho ELA 41%, con la mitad de representación LAB y el resto por detras.

T

#75 joder, no he dicho que represente al sector, he dicho en mi primero comentario que en la mía no es así.

Peka

#80 Pero lo que pase en una sola empresa es anecdótico, las cifras globales son las que mandan.

T

#81 siiiiii, por eso decía que en la mía será que somos raros. Pero también es cierto que desde CCOO se han hecho muy bien las cosas, las cosas como son.

k

#82 si en tu empresa ccoo lo hace bien, lo lógico es que les sigáis eligiendo. No votar por siglas

T

#91 efectivamente

D

#2 Son los sindicatos verticales del franquismo. Sus herederos.
Recuerda: todo atado y bien atado.

u

#8 entiendo a dónde quieres llegar.
El tema de las horas extras escritas o verbales lo tengo claro y veo el problema.
Lo único que veo aquí es que el acuerdo debería decir que las horas extra deben exigirse por escrito para poder demostrar que se está autorizados a hacerlas. Habrá quien las sigua pidiendo verbalmente por interés, pero al menos será "ilegal" hacerlo y podrán denunciar a los que lo hagan.

Pero en el artículo, también dice que lo que ponga en el registro es irrelevante legalmente porque la empresa puede decir que te lo has inventado porque es el trabajador el que pone las horas y no la empresa. Y es esta parte, la que no entiendo.

j

#15 Si te vas a la hora te miran mal y tienes que acabar las tareas, si no lo haces te pueden despedir o no renovarte el contrato y tienes que quedarte metiendo horas, y cuando las reclamas ellos no te dijeron que te quedaras, que lo hiciste porque te apetecía, eres un masoca o un inútil que no es capaz de acabar las tareas en una jornada normal.

Jack.Griffin

#15 Yo no he entendido que el articulo diga que lo que ponga en el registro es irrelevante legalmente porque la empresa puede decir que te lo has inventado sino que si pones horas por encima de tu jornada normal por defecto son horas de descanso, no extra. Y si realmente pruebas que son extra (que has estado currando de verdad) seguirán sin considerarse "extra" porque no has pedido autorización.
El matiz es sutil pero en ningún lado veo que se diga que la empresa pueda decir que te lo has inventado...

u

#35
yo lo he entendido en este párrafo:

Laboro dice que:

si la jornada te la apuntas tú, la empresa puede decir que tú eres un sociocomunista malvado que quiere hundir la empresa apuntándose horas extras falsas. Pero es que además CC.OO. y UGT están de acuerdo en que, aunque te apuntaras las horas extras ilegales, serían mentira siempre sin necesidad de prueba

Jack.Griffin

#55 Cierto... se refiere a q por defecto esas horas extra se consideran de descanso, no de trabajo.
Gracias por la aclaracion, positivo pa ti

u

#26 con mis ojos he visto yo gente ir a fichar fin de jornada y seguir trabajando después de fichar...
algunos obligados y otros por vicio

B

Las horas extras ilegales son puestos de trabajo.

obmultimedia

#17 que me hiciesen un despido disciplinario te parece pocas represalias?

u

#18 y no demandaste?

obmultimedia

#23 me pusieron "bajo rendimiento" y a su vez me pagaron indenminacion por despido improcedente para que no les pudiese denunciar, lo tenian todo bien atado.

u

#24 vale, te hicieron un despido improcedente, no disciplinario.
he estado leyendo un poco porque no soy experto en esto, pero si te pagaron como despido improcedente y con los 15 días de preaviso, el despido no lo puedes impugnar.
Lo que podrías exigir es el pago de las horas extra si las llegaste a hacer si las puedes demostrar, claro...

obmultimedia

#29 el despido fue de un dia para el otro, sin preaviso.

u

#31 he seguido leyendo un poco más y me estoy empezando a liar ya. lo que te hiciero creo que se llama despido objetivo en lugar de improcedente y creo que en todo caso podrías haber pedido que te pagaran esos 15 días de preaviso que no te dieron, pero poco más...

obmultimedia

#32 se que podria haber echo eso, pero me pillo desprevenido y me hizo entrar en una gran depresion que me nublo la mente.

D

#31 #32
Tiene toda la pinta de despido improcedente, los 15 dias de preaviso te los pagan y tan tranquilos.
En españa el despido es libre indemnizando.

Jack.Griffin

#32 Fue un despido disciplinario "inventao" (deberían haber justificado objetivamente la bajada de rendimiento)
La procedencia o improcedencia la determina un juez, no la empresa
Los 15 días no los tienen que pagar porque es disciplinario aunque sea "inventao"
Si firmó el acuerdo reconociendo la improcedencia esa fue la cagada ya que está admitiendo que las causas inventadas son ciertas y reconociendo que no le deben nada
Si no hubiese firmado ningun acuerdo (donde reconocen la improcedencia) se puede impugnar igualmente ya que podria haber pedido un despido NULO ya que la causa real fue una represalia por reclamar sus derechos (violación del derecho fundamental de indemnidad). Lo complicado es tener pruebas que se han reclamado esos derechos

E

#40 Lo de los 15 días de preaviso no lo sé, así que te lo voy a comprar de momento.

La procedencia o improcedencia, la determina un juez si no la reconoce directamente la empresa para evitarse el juicio (despido Zaplana se llama, desde el 2002 o por ahí), te pago directamente como si me lo declarasen improcedente y me olvido de ti.

Si firmas una carta de despido objetivo o disciplinario, en la que se reconoce que es improcedente, no se esta reconociendo causa cierta, se está reconociendo que se ha sido notificado (otra cosa sería si en la carta de despido no se reconociese la improcedencia)

Si se considera que hay razón de nulidad, se puede denunciar igual, habiendo firmado la carta de despido, aunque sería todo mucho mas fácil si se firma con un no conforme, también hay que decirlo.

Y lo de las pruebas, pues claro, de eso se valen para hacer estas cosas.

Jack.Griffin

#46 Cierto, la empresa puede reconocer la improcedencia de saque...
Por lo que me he encontrado yo (con lo cual lo que viene a continuación es pura experiencia personal, no digo que sea lo habitual) es que te presenten 2 documentos: la carta de despido como tal con los motivos y el acuerdo donde se reconoce la improcedencia y se indica que se está saldado.
Si es así lo mejor es firmar como "no conforme" la carta de despido (y añadir la fecha) y el acuerdo directamente no firmarlo.
Si es un solo documento poner "no conforme" y la fecha.
Firmarlo tal cual es muuuuy peligroso para posibles demandas ya que la empresa puede alegar que tu estabas conforme con la carta.
Desconozco si la nulidad se puede conseguir con una carta firmada sin ese "no conforme" (ni pruebas de coacción para no poner el "no conforme" claro). Lo veo jodido de ganar

E

#60 Posible es, lo que, como tu dices, posiblemente sea muy jodido de ganar

johel

#32 De cara a juicios esta correctamente despedido porque la empresa ha respetado las leyes de aquella manera, sin embargo el motivo del comentario es que fue despedido por ser un empleado que no tenia tragaderas suficientes y no se hacia el loco con lo que son delitos de los empresarios.

D

Las clases privilegiadas: partidos políticos, sindicatos como CCOO y UGT, altos funcionarios y algunas grandes empresas, tienen por objeto maximizar el expolio generalizado a la clase media-baja, mientras que se desprecia y se subestima el propio sistema productivo
Se desprecia al empresario de éxito, se entorpece la innovación y se impone un esquema de valores en el que el enriquecimiento honrado es moralmente criticable

g

A mi que las horas extras deban estar autorizadas expresamente por la empresa no me parece mal. Si tú te vas a tu hora estás mucho más cubierto, y si te obligan a quedarte han de decírtelo expresamente y entonces han de pagarlas. No me parece mal sobre el papel. Otro caso son las coacciones o las trampitas, pero eso ya es denunciable.

Por otro lado están los abusos de la empresa pero también de los trabajadores, cuando mi mujer trabajaba en un ayuntamiento en donde pagaban las horas extras en dinero o vacaciones había peña que se tocaba los huevos durante la jornada y luego cada día metía una o dos horas por el morro.

Jack.Griffin

#12 En ese caso la empresa es quien tiene el deber de recopilar las pruebas de esas tocadas de huevo e iniciar las sanciones por ello (verbal, por escrito, suspension de empleo y sueldo y finalmente despido).
Pero eso es "mu complicao" y a veces prefieren despido a las bravas y reconocer improcedencia.

E

#12 Es que es el deber de la empresa, asegurarse de que los empleados cumplen con sus tareas.

Si la gente se escaquea y no tiene consecuencias, se seguirá escaqueando.

Si la gente mete horas extra falsas o innecesarias, porque quien tiene que supervisar a los trabadores se la sopla, se seguirán metiendo horas extra.

El trabajador tiene unos derechos y unas obligaciones, pero la empresa tiene unos derechos y unas obligaciones también, lo que no se puede pretender es culpabilización del empleado mientras estoy en una clara dejación de funciones.

Y eso pasa en administraciones púbicas y en empresas privadas también.

u

#51 voy a explicarme mejor.

En el artículo pone que además de las horas de entrada y salida, hay que apuntar el tiempo de trabajo efectivo total.
Ejemplo:
entrada a las 8:00
salida a las 18:00
horas trabajadas: 9
horas de descanso:1
si la jornada habitual es de 8 horas, queda documentado que hay una hora extra y lo que falta hasta el final de la jornada (otra hora) es lo que se considera como descanso

Laboro dice que:

si la jornada te la apuntas tú, la empresa puede decir que tú eres un sociocomunista malvado que quiere hundir la empresa apuntándose horas extras falsas. Pero es que además CC.OO. y UGT están de acuerdo en que, aunque te apuntaras las horas extras ilegales, serían mentira siempre sin necesidad de prueba

u

#53 echa un vistazo al #54 que me he explicado mejor

E

#56 No es lo que yo interpreto del artículo, pero aceptamos barco.

A efectos de pago de horas extra da exactamente igual por el punto siguiente mi comentario ya digo que, incluso acreditando el exceso de jornada, solo se considerará hora extra si han sido autorizadas previamente por parte de la empresa.

O sea, que independientemente que se interprete ese punto del artículo como tu lo interpretas o como lo interpreto yo, salvo en muy rarísimas ocasiones en este nuestro querido españistan, no se va a cobrar una hora extra en la puta vida, si a la empresa no le sale de las pelotas (que va a ser siempre), y en el mejor de los casos, no tomaran represalias contra ti si te niegas a regalárselas.

u

#57 No se darán por escrito hasta que la gente reclame y si se dan por escrito no se pagarán hasta que la gente reclame...

eso está más claro que el agua

E

#59 Claro porque hasta ahora no se pagaban porque somos unos flojos, y nos da pereza pedirlas.

No tiene nada que ver que hasta hace nada era bastante complicado demostrarlas en muchos casos (y si no las demuestras, no existen), ni tampoco, que el que las pedía se exponía a que le dejasen de renovar, le hicieran mobbing cambiando tareas o turnos, o incluso que le despidan.

Tienes razón, todos locos estamos.

u

#61 sigue siendo complicado de demostrar si hay coacción. Te pueden exigir que fiches a tu hora pero sigas trabajando...

con esto sólo ha cambiado el tipo de coacción, antes no se apuntaban en ningún sitio y ahora es un apuntas lo que te digo o a la puta calle.

si hay coacción en la empresa nunca, nunca se pagarán horas extra

E

#64 Es que lo grave, de lo que habla el articulo, no es de las pretensiones de la CEOE, es de que un puto sindicato ha puesto negro sobre blanco que eso es lo correcto, y que por si fuera poco unos jueces han dicho que era perfectamente legal.

editado:
pervirtiendo completamente el sentido de la ley, para que en vez de proteger al trabajador de los abusos de los empresarios, proteja, aun mas a los empresarios en caso de abuso.

D

#50 Ok

o

son unos vendidos y traidores

l

Joder, tanta tecnología y cuando en las fábricas se fichaba la gente salía a su hora. Pero claro, vamos para atrás desde hace mucho

D

¿Problemas con la absurda ley de registro de la jornada laboral? ¡Quién podría haberlo previsto!

u

Traigo este artículo porque yo no termino de ver el problema del acuerdo.
Puedo entender que sea un problema lo de que sea el trabajador el que pone las horas y luego aleguen que se lo ha inventado. Aunque no me creo del todo que eso sea válido en un juicio para una empresa, si lo dicen ellos, les daré el voto de confianza.

Pero el hecho de que el trabajador no apunte las horas reales o que haga las horas extra sin que queden plasmadas en el registro, tú me dirás cómo lo evitas....

si el trabajador no lo pone por coacciones, mal. Pero si hay coacciones es seguro que si fuera la empresa la que registrara la jornada, no iba a poner tampoco las horas extra...

u

#3 En el artículo pone que además de las horas de entrada y salida, hay que apuntar el tiempo de trabajo efectivo total.
Ejemplo:
entrada a las 8:00
salida a las 18:00
horas trabajadas: 9
horas de descanso:1
si la jornada habitual es de 8 horas, queda documentado que hay una hora extra.
Con este registro laboro dice que la empresa puede alegar que te lo has inventado y que no tiene validez legal

Ahora bien, lo de que las horas extra se deban exigir por escrito y no verbalmente lo veo independiente de la validez legal del sistema de fichaje.
Es decir podrán alegar que has hecho las horas extra porque has querido y no porque te las han exigido, pero que las has hecho, no veo cómo pueden rebatirlo

#3 los acuerdos verbales tienen la misma validez legal que un contrato escrito. La única diferencia es que cuando se escribe se puede probar con mayor facilidad el acuerdo. Pero legalmente es lo mismo, siempre que se pueda demostrar el acuerdo.

heffeque

#7 Pues no hagáis más horas de las que tocan. Si luego algo "explota" y tú marchas sin mirar atrás, pues dices que no tienes permiso por escrito de la empresa para realizar las horas. Win!

SubeElPan

#1 ¿Hay alguien que de verdad crea que poner las horas en un papel (sea el trabajador o la empresa) va a evitar algo?

obmultimedia

#1 yo por experiencia propia, en varias DSP de Amazon ( subcontratas de reparto) , se ficha por una app especifica y a una hora determinada aun estando trabajando te finalizan la jornada en remoto cuando eres tu el que debe de finalizarla manualmente para asi no pagarte las horas extras, entre esto y que me quitaban dias de fiesta fue uno de los motivos de mi "despido disciplinario", a la que intentas valer tus derechos te despiden.

u

#13 entiendo entonces que cuando te finalicen el fichaje, tu puedes dejar de trabajar sin represalias, ¿no?
al menos sobre el papel...

p

#1 y las maquinitas para fichar!!?

Niltsiar

#1 Estoy de acuerdo contigo, y así lo he comentado en la propia web de Laboro.
En este artículo veo mucha inquina sectaria entre sindicatos y pocos argumentos reales...

E

#42 #1 Hombre yo lo que he entendido del articulo es :

- el trabajador tiene la obligación de registrar su jornada, bajo amenaza de sanción.
- si registra de menos, le debe a la empresa.
- si registra la jornada teórica, la empresa está blindada
- si registra la jornada real, por encima de la teórica
+ inicialmente se considerara el exceso como descanso no registrado
+ si se puede demostrar que ese exceso fue realmente trabajado, no será considerado como hora extra salvo que haya autorización por escrito de la empresa

Todo esto propuesto por la patronal y abalado por los sindicatos mayoritarios del sector, y bendecido con una sentencia de la Audiencia Nacional , de que todo está en orden.

Puede que yo lo haya entendido mal, pero si lo he entendido bien es , que no te van a pagar la horas extra en tu puta vida, y además la coartada para no pagártelas la vas a firmar tu, y si no la firmas te pueden incluso sancionar.

Pero si os parece todo en orden y todo lógico, no hay nada mas que decir.

u

#47 + inicialmente se considerara el exceso como descanso no registrado

esto no lo pone en ningún lado, es lo que interpreta laboro

E

#51 Seré yo que estoy muy loco, pero es que estoy comentando un artículo, en este caso, de laboro.

Pero es que en ese artículo, hay un extracto del acuerdo del convenio, en el que dice exactamente eso, y por si te pierdes está subrayado y en rojo.

Pero que sabré yo , de lo que yo interpreto o dejo de interpretar.

Niltsiar

#51 De hecho, dice lo contrario: si registra defecto, consta como descanso.

Y eso de que no se considera trabajado sin autorización por la empresa, también es falso. Una cosa es que no debieras haberlo hecho, otra es que lo has hecho y registrado, y por lo tanto, lo cobras.

Yo más bien entiendo que el acuerdo trata de desincentivar que nadie haga horas extras, lo cual me parece muy bien. Y empodera al trabajador para que registre la PUTA REALIDAD de las horas que echa. Pero como a algunos el padefismo les puede, pues registrarán lo que les manden. Y ahi está el quid de la cuestión: si somos adultos o gilipollas.

#1 el artículo empieza con una premisa equivocada. Dicen que el truco de la negociación colectiva hace que se puedan hacer horas ilegales. No puede ser un truco el derecho sindical (aparte de ser un gran logro y no un truco), ya que no pueden negociar por debajo de lo mínimo exigido por ley. A partir de ahí, si basan su teoria en una premisa falsa, ya sabemos todos lo que pasa.

D

#1 Por eso el registro debería hacerlo el trabajador directamente en la Seguridad Social, sin que el empresario pueda modificarlo. Luego la SS notifica a la empresa el número de horas a pagar a cada trabajador y en caso de fraude es el empresario el que tiene que denunciar y demostrarlo.
Otro tema es crear una bolsa de gestores empresariales. Se formaría a parados que se interesen en gestión empresarial. En caso de prácticas empresariales deshonestas, se expropia la empresa y se pone al mando a una de estas personas.

Así superaríamos el mayor error que tiene hoy en día nuestra legislación laboral: si denuncias a la empresa y la condenan, la multa se traga el caprital empresarial, quiebra y todos a la calle. Cuando en realidad la empresa no debería ser tocada, y es el gestor delincuente el que debería asumir la responsabilidad y ser apartado para que no reincida.

u

#68 Unas reflexiones muy interesantes

raistlinM

Atención que CGT está aprendiendo rápido y ya se ha vendido en alguna empresa.

D

#25 algún enlace?

raistlinM

#37 De primera mano.

p

Conclusión, lo de registrar la jornada que se vendió como la panacea y solución a todos los malos es una chapuza sin validez legal según interese o no.
Y sobre los sindicatos... bueno nada que sorprenderse. Les doy gracias por hacerme jubilar a los 67 porque a ellos que no me presentan les parecio de puta madre (los sobre que se llevarian por aplaudir esa medida)

D

#83 Sí, algo suma. Pero bueno, no es la solución a todos nuestros problemas limitar más esas horas. Cuando en determinadas empresas, pequeñas o trabajos especialidados esas 80 horas pueden dar margen en momentos puntuales.

D

#87 Yo pienso que debería ser al revés. Hasta no tener una cifra de paro razonable, que en España, desgraciademente podría ser un 10%, no creo razonable subirlo, sino bajarlo.

D

Me suele parece muy interesante y didáctico Laboro, pero esta vez no estoy de acuerdo con que lo firmado sea el apocalipsis.

Si no hay horas extras previamente autorizadas, no se hacen horas extra, y punto. Se cae el boli o el ratón y fuera y si hay móvil de empresa se apaga. Fácil, ¿no?.

Si no se llegan a los vencimientos o el jefe intermedio es un pasa bolas de última hora se le dice que, o aprueba las horas extra necesarias o no se hace nada.

O

#16 Eso sería verdad si el trabajador pudiera negociar. Hay que firmar acuerdos que impidan que el trabajador pueda renunciar a sus derechos, como por ejemplo su derecho a vacaciones.

Jack.Griffin

#20 Los derechos recogidos en un convenio o en el ET son irrenunciables, por mucho que se firme un acuerdo entre las 2 partes. Es similar a los contratos de arrendamiento. No puedes poner las clausulas que te venga en gana.
Por ejemplo el caso que tu pones. Las vacaciones son irrenunciables, ni compensandolas economicamente...
Que se hace habitualmente? No te lo niego, pero por padefismo

O

#43 No todos, de hecho el de regulación demarcaje de horas pone expresamente que se hará conforme al convenio colectivo (como indica el artículo), es decir, tienes el derecho de negociarlo pero no tienes el derecho de que ese marcaje sea efectivo porque así es como se ha redactado la ley.

Jack.Griffin

#45 Totalmente de acuerdo. Estamos diciendo lo mismo con diferentes palabras...
pone expresamente que se hará conforme al convenio He ahi el quid de la cuestión
Si un derecho viene recogido en el convenio colectivo y el convenio no da la opción de renunciar a ese derecho, cualquier acuerdo que limite o elimine ese derecho será nulo

D

#20 ¿Qué impide negociar? Ah, sí, el paro brutal que hay en este país, gracias a, entre otras cosas a brillantes, el SMI de 1.108 euros al mes.

Molari

#78 Son 950, no?

D

#84 950 en 14 pagas. 1.108 en 12 pagas. Por lo que son 1.108/mes.

Molari

#85 La Comisión Europea recomienda que el SMI sea el 60% del salario mediano, o el 50% del salario medio. Ahora estamos ligeramente por debajo de esa cifra.

D

#16 y dale.... Si necesitan más horas que contraten más gente. Las horas extras son una putada para nuestros compañeros en paro.

D

#22 En cualquier caso, salvo por siniestros graves y urgentes, el máximo legal de horas extras son 80 anuales.

D

#77 dos semanas de trabajo de otra persona ...

GatoCuantico

En mi empresa el sistema es así de facto. Tienes que indicar en algún momento tu jornada teórica (porque el horario de apertura y cierre varía según los meses) y luego diariamente reflejar las horas reales de entrada y salida. No es obligatorio reflejar la hora real, si no lo tocas se da por hecho que has hecho la jornada teórica.
La cosa es que si metes horas reales y salen horas de más la llamada es inmediata: no hagas más de las 40 horas semanales. El problema son los mensajes subliminales o directos sobre el cumplimiento de tareas y la consecución de objetivos. Obviamente es incompatible cumplir jornada real y hacer el trabajo que nos toca.
Nota: tenemos jornada partida pero eso no hay donde indicarlo. La hora teórica si viene con la hora partida pero en la hora real solo puedes indicar hora de entrada por la mañana y la hora de salida por la tarde
Nota 2: el registro puedes hacerlo cuando sea, he registrado horas dos meses antes o después de la fecha real (con lo cual en caso de inspección pueden ver meses sin horarios reales)

D

Seria la primera vez en la historia de la humanidad que se pide a un trabajador hacer horas extras por escrito. lol lol lol lol lol wall

b

Mi empresa nos dijo, de boquilla, que las horas que se tenían que imputar eran 8. El aplicativo no deja añadir más de 8 horas.
Ya está. No hay más que discutir

Niltsiar

#28 Pues demándales, joder.

E

#28 Si se denuncia a la inspección de trabajo que el sistema de fichaje no permite fichar la jornada efectivamente trabajada te encuentras que (ya con muchas sanciones a las acuestas) se sanciona a la empresa por tener un sistema de fichaje ilegal. Pero claro, hay que denunciar y todo eso es mucho lio y tal y cual...