Hace 6 años | Por mmlv a lainformacion.com
Publicado hace 6 años por mmlv a lainformacion.com

Las tres grandes asociaciones de jueces coinciden con la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, en que “no hay imputación formal” de sus delegados Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer, y restan importancia al hecho de que la jueza haya admitido a trámite la querella del Grupo Popular

Comentarios

sadcruel

#8 Debería obligarse a justificar los votos negativos con un comentario (que se pueda votar como otro cualquiera).

Y un enlace al perfil donde haya una lista de esos votos negativos cada uno con su comentario asociado. Así serían (más) evidentes ciertas cosas.

D

#5 Y no hay que olvidar acubamancubaman, sucesor legítimo del imperio del empalado Manolo_Tenaza I, alias El Espumarajos, señor de la manada.

D

#10 Chaval, búscate un jabón y una vida, por ese orden

D

#11 lol lol lol

D

#11 que malos recuerdos tienes de la carcel del morro. Esas duchas templadas....

carademalo

#41 #42 No me parece mal, pero lo veo innecesario y contaminante, y ni siquiera estoy seguro de que cumpla realmente con los ToS de Menéame.

Insisto en que la gente no es tonta. Muchos votan positivo a comentarios erróneos aún sabiendo que son erróneos sólo porque refuerzan su propia ideología. Por mucho que denuncies a ese usuario, seguirá recibiendo votos positivos cada vez que haga un comentario atacando a cierto colectivo, por mucho que la información sea falsa o sesgada. Si vuestra intención es hacer que alguien reflexione, raramente lo vais a conseguir, y sin embargo, podéis conseguir que los 20 o 30 primeros comentarios de una noticia sean todos de luchas personales que a nadie interesan. Por aquí anda un tal Manuel con unas tenazas que si cada vez que hace un comentario tendencioso hubiera que desmontarle, habría que crear una pestaña aparte en cada sección de comentarios sobre noticias de política.

La contrainformación se consigue enlazando a fuentes críticas, bien estructuradas y fundamentadas, no mediante ataques personales.

D

#90 De la noticia: lo tienes en primera linea:
"Las asociaciones de jueces dan la razón" a Carmena: no hay imputación formal de Sánchez Mato y Mayer"
“(...)formalmente no se podría decir que es una auténtica imputación”, cosa que ocurriría cuando “un juez considera a una persona como posiblemente autora de un delito” y “se transforman las diligencias previas en un procedimiento abreviado”. Por tanto, “en puridad no se ha producido la imputación”.Sobre qué significa que la jueza, Teresa Abad Aranz, haya admtido a trámite la querella, el presidente de la APM dijo que revela que “cuanto se atribuye al querellado puede ser un delito”, pero puntualizó que la inadmisión de plano de una querella sólo se produce cuando “en su relato de hechos se pone de manifiesto una conducta que bajo ningún concepto puede ser un delito”.
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Ya vemos como te tomas "tener razón" rabiando y que tienes que cortar lo que en si mismo dice la noticia.
Y lo dice alguien que sin imputación pidió que era mejor que dimitieran...tu mismo te retratas...


#88 ¿ves a que nos estamos refiriendo.? .en fin... Claro que la gente a veces vota en ola ¿eso es excusa para limitar la critica a ciertas posturas y grupos de "activistas" con comportamientos inmorales y contra el sitio?:
NO. Son cosas distintas.
Y si, coincido que UNA DE LAS MEJORES (rnc) mediadas para La contra información es mostrar la realidad, fuente críticas, bien estructuradas y fundamentadas, pero eso no quiere decir que sea LA ÚNICA, y que debamos olvidar que en una democracia al menos el prestigio mediante la denuncia de la invalidez de ciertas fuentes -por ejemplo periodistas que ya todos conocemos-. Sin ad hominem, fundamentando y documentando sus apreciaciones manipuladoras, pero conociéndolo cuando lo hacen por inercia. No, no son opuestas ni únicas.

Aquí mismo, en esta lista solo tienes que subir unas lineas para tratar con alguien que no le importa mentir en otros temas: es agotador pasarte toda una mañana razonando con una persona y sus mil planteamientos absurdos, racistas, xenofobicos, cuñados, etc y especialmente relativistas e interesados, en secuencia, para , como yo he visto, para que después de demostrarle con los datos empíricos, oficiales que las 5 afirmaciones cuñadas que habían hecho no tenían base, ver que dos lineas mas abajo vuelve a usar el dato del hacienda "erróneamente " a su favor que no existen- y que él te ha reconocido que no existen después de horas- con otra persona, con toda la intención de empezar el ciclo.
Es bueno que sepamos que existen, quienes son, que la gente este preparada y que por lo menos les obliguemos de vez en cuando a que tengan que cambiar ellos y sus mil cuentas clon.
No solo es bueno: es un derecho, dentro de la libertad e de expresion, la replica y la contra-replica.

RobertNeville

#41 Extraído de la noticia:

Finalmente, Prado explicitó que "cuando hay una querella, la admisión a trámite significa que al querellado se le otorga derecho a prestar declaración". Coincidió en parte con el PP en que, cuando se llama a declarar a un querellado, "no puede ir en calidad de otra cosa que la de investigado", que es el término que ahora ha sustituido al de imputado.

Me encanta tener razón.

Saludos.

D

#90 pues el día que la tengas vas a gozarlo

MJDeLarra

#38 Ese 'comentario erróneo' aparecía como el más valorado del hilo hasta ahora gracias a los votos positivos de los que ahora ven sus vergüenzas al aire.

¿Te parece mal que meneame corrija sus propios errores? ¿Te parece mal que el seguidísmo sea desvelado? ¿Crees que deberíamos taparlo?

RobertNeville

#38 Fabuloso. No solo no rectifico, sino que me ratifico en todos mis comentarios.

Vosotros aportáis la opinión, nada sesgada, de la asociación de jueces para la democracia.

Yo aporto una sentencia del Tribunal Constitucional. Deja bien claro que la imputación se produce con la admisión a trámite de la querella. Adjunto al final del comentario la misma:

http://hj.tribunalconstitucional.es/en/Resolucion/Show/1341

cc:MJDeLarraMJDeLarra,HarkonHarkon,@tyrrelco,@torneros,@floriverde

MJDeLarra

#46 No es solo la AJD, tío listo.

Son TRES asociaciones diferentes las que dicen que no hay imputación formal.

usr

#52 Los meneantes a los que respondes no están diciendo que la opinión de los jueces vale más que la del Tribunal Constitucional. Están diciendo que la opinión de los jueces vale más que la tuya.

D

#46 ya te conocemos comepollas, toma nivel

RobertNeville

#61 Fabuloso comentario.

D

#64 No mereces ni eso pero hoy estoy generoso

jaipur

#61 Enlazo a titulo informativo de la Wikipedia tomando la CE como referencia fundamental respecto de las fuentes del derecho:
"Según el artículo 1.1 del Código Civil, las fuentes del ordenamiento jurídico son «la ley, la costumbre y los principios generales del derecho».

La jurisprudencia (dos sentencias del Tribunal Supremo con el mismo pronunciamiento sobre una materia) no es considerada una fuente del derecho, ya que no está enumerada dentro del artículo mencionado anteriormente. El artículo 1.6 del Código Civil establece que «la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.»

En la actualidad, en España, se encuentra abierta una intensa polémica entre civilistas y constitucionalistas al respecto de la inclusión de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) en la categoría de las fuentes del derecho. A favor de dicha inclusión se aduce que sus resoluciones crean verdaderas normas, aún en defecto de regulación estatal (p.ej. lo sucedido con el Servicio Militar Obligatorio y la objeción de conciencia), o incluso llega a constituirse como una fuente del derecho negativa, excluyendo leyes y reglamentos del ordenamiento jurídico tras un juicio sobre su constitucionalidad. En contra de estos argumentos, se plantea el hecho de que sus resoluciones son, a pesar de no tener carácter jurisdiccional (al no pertenecer el TC como tal al Poder Judicial ordinario. Importantísimo matiz), sentencias, esto es, actos de conocimiento del derecho, siendo por tanto inviable que el TC innove normativamente, pues de sus sentencias no emanan leyes ni reglamentos de ningún tipo, sino que tan sól son un tipo especial de fallos que vinculan a todos en cuanto a su condición de supremo intérprete de la Constitución.
Saludos

jaipur

#70 Pero las opiniones doctrinales son eso, opiniones doctrinales no norma fundamental escrita.

Sir_Rai

#46 Rectifique! Usted se ha equivocado. Sabemos que sería lo ideal para los del PP que por el simple hecho de que pasaran a trámite sus querellas fueran suficiente excusa para que sus rivales políticos dimitan, juego sucio intentar confundir al personal acerca de como funciona la justicia. Ni tan siquiera están imputados como se entiende imputan a otros corruptos por presuntos delitos de corrupción, es la dichosa querella de un rival político que sólo busca desprestigiar. Sabéis que quedará en nada.

RobertNeville

#82 Lea y aprenda:
@neyla

D

#38 Los domingos en Mnm son siempre mortales tio.

D

#38 Ya sabes que a la izquierda le gusta perseguir a quienes difieren de la línea oficial.

D

#38 Te votaria negativo solo por el alarde de ignorancia que ha hecho.

Cartman

#5 Si, es SPAM, no has visto quien la manda, pues eso

RobertNeville

#4 Tranquilo. Aquí estoy. Ya te he respondido antes y vuelvo a responderte ahora.

Vosotros aportáis la opinión, nada sesgada, de un sindicato de jueces.

En el otro comentario aporté una sentencia del Tribunal Constitucional que deja bien claro que la imputación se produce con la admisión a trámite de una querella:

http://hj.tribunalconstitucional.es/en/Resolucion/Show/1341

Ahora aporto el artículo 118.5 de la Ley de Enjuiciamiento criminal. Dicho artículo deja bien claro que la admisión a trámite de una querella produce la imputación. Adjunto al final del comentario la misma.

cc:MJDeLarraMJDeLarra,HarkonHarkon,@tyrrelco,@torneros,@floriverde

MJDeLarra

#49 #48 Joder que cansino eres...

No es un sindicato de Jueces, son TRES asociaciones de jueces. Ninguno de lo cuáles sabe más que tú, eso sí, de derecho procesal.

Deja de hacer el ridículo y rectifica.

RobertNeville

#51 Es que yo me limito a leer una sentencia del Tribunal Constitucional. Es la única fuente que importa. Lonque digan los sindicatos o asociaciones no tiene valor jurídico alguno. Como tampoco tiene valor lo que diga el sindicato GESTHA.

¿Puedes aportarme los artículos que hablan de "imputación formal"?

Te espero y te vuelvo a adjuntar la sentencia.

MJDeLarra

#59 #57 #51 #2 El auto del juez (que tiene validez legal) no implica la imputación (en el peor sentido del término) del querellado, sobre todo si en el auto se le denomina querellado, y no imputado ni investigado.

Van como querellados, con asistencia letrada para su propia protección legal (y de eso trata la sentencia del T.C., que enlazas sin entender), pero no hay ninguna imputación formal (que la hace formalmente el estado, y no una panda de mafiosos) más allá de la efectuada por los querellantes, que se quedará en nada.

Te pondría el auto para que lo comentases, pero ahora no lo encuentro y no quiero perder mucho tiempo con ésto...

RobertNeville

#69 Es que no importa cómo califique el autor en el auto a Mayer y a Mato.

¿Ha admitido a trámite la querella o la rechazado?

La ha admitido a trámite. Por tanto, pasan a estar imputados. La sentencia del Tribunal Constitucional es clara como el agua.

PD: ¿Qué dices de que la imputación la hace el Estado? Imputa el juez. Manda narices que luego me acuses de no entender el derecho.

MJDeLarra

#71 También imputa el ministerio fiscal, listo.

RobertNeville

#51 Extraído de la noticia:

Finalmente, Prado explicitó que "cuando hay una querella, la admisión a trámite significa que al querellado se le otorga derecho a prestar declaración". Coincidió en parte con el PP en que, cuando se llama a declarar a un querellado, "no puede ir en calidad de otra cosa que la de investigado", que es el término que ahora ha sustituido al de imputado

Como dije siempre, Mato y Mayer están imputados. Un placer desmontarte.

RobertNeville

#4 Para que veas que no me escondo vuelvo a colgar la sentencia del Tribunal Constitucional:

http://hj.tribunalconstitucional.es/en/Resolucion/Show/1341

Todo esto me recuerda a cuando citabáis al sindicato Gestha de técnicos de hacienda para defender a Monedero.

En fin, ahí tienes la sentencia del Tribunal Conatitucional. ¿Me vas a decir que la opinió del sindicato de jueces vale más que la del Tribunal Constitucional? ¿Qué es eso de "imputación formal"? ¿Podrías adjuntarme los artículos de la Leybde Enjuiciamiento Criminal que distingue entre imputación formal y no formal?

Gracias. Me habéis hecho reír bastante.

cc:MJDeLarraMJDeLarra,HarkonHarkon,@tyrrelco,@torneros,@floriverde

Charles_Dexter_Ward

#2 Ya lo mencionabaiescolariescolar en el NTM @iescolar
ccRobertNevilleRobertNeville

RobertNeville

#6 Ya la he colgado muchas veces. Aquí va otra vez esta sentencia del TC:

Charles_Dexter_Ward

#67 Eso no tiene nada que ver con este hecho en particular. Si se procede a su investigación imputación será o no a partir de la próxima vista ante la jueza.

RobertNeville

#80 Esta usuaria lo explica a la perfección:

@neyla

Yo ya lo he dicho demasiadas veces. No voy a volver a repetirlo.

Cartman

#2 ¿Vas a hacer una lista?

Venga, di que si, venga... coñe, quiero una lista de los que votan negativo a lo que a ti no te gusta... joder, porfi...




... ya??

¿aún no?

MJDeLarra

#16 #19 La lista ya estaba hecha ayer...

Allí, en azul, y para tu eterna vergüenza, tu nick.

Cartman

#20 Ayer yo no podia comentar, a mi se me levanto el ban esta mañana

Aprende algo, por cierto, estas reportado

¿¿¿vergüenza mi nick?? Joder, estas fatal, sino he suicidado la cuenta ha sido por el nick (para que no me lo roben).

Quizas te refieras al avatar

MJDeLarra

#21 Ban, se escribe Ban, como BANDAY

Cartman

#22 Cobarde, ponla, ya la has borrado

MJDeLarra

#24 roll

lol lol lol

Cartman

#26 Te doy #50ctms?

???

Por cierto, de que noticia de esa lista, por lo que vi, había 4 y 4, en positivo estaba yo... y eso me resulta muuy raro

MJDeLarra

#27 Es la lista de votos del comentario que enlazo, aprende al menos una puta cosa.

Cartman

#28 ¿De esta noticia? ¿Te molesta que vote SPAM lo que es SPAM?

Vale, que según tu, no es SPAM, ¿¿te parece incorrecto que yo señale que me parece SPAM??

Por cierto, ya no hay tal enlace

* ya he entendido de donde venia la captura (movil) :)

D

#28 ACartmanCartman es mejor darle una bolsa de chuches, para que se entretenga...

Cartman

#32 No enmierdes los comentarios con cosas personales, por favor

Cartman

#32 https://ci.memecdn.com/10412667.jpg Pues eso, que me gano nuevo strike hoy cry

D

#16 Hombre, no hace falta..quizás en algún lado alguno apunte a quien da los sobresueldos...antes que rompan el ordenador...

Cartman

#43 A mi me ha puesto en una lista (ya borrada), ¿a ti te gusta que anoten que votas o no?

D

#44 Yo en eso no entro...eso si, si alguien por sistema miente -que existen aquí - o manipulan datos sistemáticamente - -que existen aquí - o son troles especializados en confundir -que existen aquí - o aquellos que hacen ataques personales cuando les demuestras con datos que no tienen razón -que existen aquí -antes de perder mi tiempo hablando con ellos no me importa que me adviertan con pruebas.

Cartman

#58 Moza, yo con pruebas tengo que los admines no les interesa que comente, a día de hoy tengo 2 strikes (si, esos tan famosos) y un mes de baneo de parte del guacho.

BIen, ¿Que soy yo? ¿Que he dicho y/o he hecho para ganarme tales castigos?

He puesto mi cuenta en juego: @Cartman

Si gana el si, tendre que tomar medidas, tendré que suicidar la cuenta

D

#62 yo he sido muy claro e n mi comentario: es fácil de entender.
Eso si " fue por poner datos de otro usuario " yo solo por eso te hubiera baneado ya...

Cartman

#72 Strike2 que me aplicarón, en siguiente enlace te invito a contribuir: @Cartman


Por cierto, no se si lo sabías, esto fue lo que puse: Ahora Madrid explica que fueron a asesoría externa porque la municipal no tiene competencias en consultas sobre el Open/c68#c-68

Sobre el usuario que comente, me dijo esto: Algo sobre portaaviones nazis/c16#c-16

Le pregunte que si me había reportado por los "datos" que había dicho, me ha dicho que NO. En la encuesta que he pueto he puesto la parte oficial de página sobre motivos de ban/reporte, ... ahora,

¿Creés que soy baneable?

D

#74 Si. Cuando te dedicas ha hablar personalmente haciendo off topic, dando datos personales, y encima lo haces varias veces.
Un saludo.

Cartman

#2 Oye, has preparado ya la lista de gente que no vota lo que tu quieres???

¿Auú no?

¿Ya?

...


. ¿ya?

D

#2 No podría estar más de acuerdo con usted, caballero.

MJDeLarra

#34 Gracias, tocayo.

RobertNeville

#2 Perdonad por no acudir antes.

Bien. Vosotros aportáis la opinión de unas asociaciones de jueces.

Yo aporto una sentencia del Tribunal Constitucional que deja bien claro que la imputació se produce con la admisión a trámite de la querella:

http://hj.tribunalconstitucional.es/en/Resolucion/Show/1341

Dejadme decir una cosa. Lo que dice el Tribunal Consritucional es fuente del derecho. Lo que dice una asociación o sindicato de jueces NO es fuente del derecho.

Adjunto la sentencia al final del comentario. Por cierto, ¿te importaría mostrarme los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que distinguen entre imputación formal y no formal?

RobertNeville

#2 También pido que comentéis el artículo 118.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que adjunto al final del comentario.

Como comentario final diré una cosa. Cuando queráis consultar algún tema jurídico, no os fiéis demasiado de lo que digan los sindicatos. En temas tributarios yo jamás me fío de GESTHA, el sindicato de técnicos de hacienda.

D

#7 ¡Se-pu-kku! ¡Se-pu-kku! lol

PD: aunque ahora que lo pienso... mucho honor para unos deshonrados, ¿no?

Ainur

#15 con el wakizashi de madera, a, ver que hacen lol

Capitan_Centollo

#15 Los miembros de esa organización criminal no son dignos ni de ser degollados.

Ze7eN

#1 No puede ser, hay cientos de especialistas que ya han dicho aquí en Menéame que si que la hay!

s

#65 Las "asociaciones de jueces" es la trampa legal para tener sindicatos de jueces, que están prohibidos en España. Es decir, que la noticia es que los sindicatos de jueces salen a echarle un cable a un político de izquierdas.

Irrelevante.

BillyTheKid

Siempre he dicho que las dimisiones tienen que venir cuando el juez mantiene la investigación después de que los investigados hayan declarado ante él y podido iniciar la defensa.
Hacerlo antes es conculcar completamente la presunción de inocencia puesto que el investigado aun no ha podido dar su versión al juez instructor.

perrico

#9 Hombre. En casos en los que se oye a un corrupto en una grabación diciendo cosas que le inculpan claramente yo creo que no hay que esperar a la "verdad judicial".
Este no es el caso.

fetiukovich

No he podido leer el artículo meneado porque parece que está caído. En cambio, he leído este http://www.eleconomista.es/politica-eleconomista/noticias/8453724/06/17/Las-asociaciones-de-jueces-dan-la-razon-a-Carmena-y-dicen-que-no-hay-imputacion-formal-de-Sanchez-Mato-y-Mayer-.html , que parece ser similar, y es sobre el que opinaré.

Como ya dije en un comentario anterior, que no se haya dictado Auto de Procedimiento Abreviado contra los investigados (Auto que se dicta al final de la instrucción) no significa que no estén imputados. Están todo lo imputados que se puede estar, a veces durante años, durante la instrucción de un Procedimiento Abreviado.

De hecho, está claro que este llamamiento para declarar en calidad de querellados dirige el procedimiento contra los mismos, con el efecto - por ejemplo- de interrumpir la prescripción ex art. 132 CP. Por este motivo, las palabras de Padrón que cita Eleconomista no se corresponden con la realidad. Me refiero a su referencia a que el llamamiento a declarar en calidad de querellados no es una "auténtica imputación":

Rodríguez Padrón dictaminó que "la imputación en el proceso penal es el acto de dirección del proceso contra una persona", por lo que el que la jueza del Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid haya citado a declarar como querellados a Sánchez Mato y Mayer "formalmente no se podría decir que es una auténtica imputación", cosa que ocurriría cuando "un juez considera a una persona como posiblemente autora de un delito" y "se transforman las diligencias previas en un procedimiento abreviado". Por tanto, "en puridad no se ha producido la imputación


Para que se entiendan, estos señores de Podemos (hayan cometido o no algún delito) están tan imputados como Jordi Pujol en las DP 141/2012 del Central 5, donde, s.e.u.o., tampoco hay PROA todavía. ¿Tampoco está Pujol imputado? Pues apaga y vámonos...

D

#23 ¿El presidente de Murcia no estaba en la misma fase cuando dimitió?.

TonyStark

#30 no

jaipur

#23 quizá esto aclare un poco las cosas:
"Investigado antes denominado imputado: Se identifica así a la persona sometida a investigación por su relación con un delito. Es, por tanto, la persona a la que se atribuye la comisión del hecho delictivo, bien sea por la admisión a trámite de una denuncia, bien por la remisión al Juzgado del atestado policial. Una vez se haya iniciado el proceso, éste se dirigirá contra el “investigado”, se dará comienzo a la fase instructora, debiendo haberse puesto antes de cerrar ésta en conocimiento del investigado el hecho punible objeto de las diligencias, y comunicársele así mismo sus derechos en la primera comparecencia del investigado.
Encausado: Se identifica así a la persona a la que la autoridad judicial, una vez concluida la instrucción de la causa, imputa formalmente el haber participado en la comisión de un hecho delictivo concreto, porque los elementos recogidos durante la investigación previa le relacionan decididamente con el delito perseguido
Procesado: es la persona contra la que se dirige un procedimiento sumario ordinario desde el momento en que recae sobre ella un auto o declaración formal de procesamiento (que no existe en el procedimiento abreviado).
Acusado: cuando tras el auto de apertura de juicio oral se formulan las conclusiones provisionales o en caso de procedimiento abreviado se presentan los escritos de acusación.
Condenado: se dicta sentencia de condena contra el acusado.
Reo: cuando el condenado cumple condena de prisión."

Saludos.

jaipur

#56 al final puede suceder y sucede a menudo que un investigado o un encausado deja de serlo sin llegar a ver el inicio de la fase del juicio oral.

d

#56 en este caso lo mismo no hay ni delito.
Simplemente les han denunciado y el juez, como es normal, ha iniciado una investigación a ver si hay o no hay tal delito .

h

Están igual de imputados que todos los imputados a los que han pedido dimitir desde Podemos. Aunque si esto sirve para que se acabe la gilipollez de pedir que dimitan los imputados en cuanto son imputados bienvenido sea.

fetiukovich

#92 Voy a repetirlo una vez más, pero mucho me temo que esto sea clamar en el desierto.

En la instrucción de un Procedimiento Abreviado (Diligencias Previas) no hay necesidad de dictar ningún Auto de imputación formal hasta el final de la investigación, con el Auto de Procedimiento Abreviado. Eso significa que la instrucción puede estar abierta años y que la única atribución de hechos presumiblemente delictivos aparezca concretada en la denuncia, querella o Atestado rector de la causa.

Y esta condición, la de investigado/imputado, es la que algunos políticos han referido hasta la saciedad que exige una dimisión. Yo no estoy de acuerdo con eso. Un político no debería dimitir solo por estar imputado. Y digo más, ni siquiera creo que deba hacerlo porque le hayan abierto juicio oral contra él. Sé que esto puede tener poco predicamento en los tiempos que corren, y que muchos dirán que en política la mujer del César no solo debe serlo, sino parecerlo. Pero yo soy abogado y para mí prima más la presución de inocencia que la estética y, sobre todo, conociendo por mi profesión cómo funciona la Justicia de este país...

Entiendo a lo que te refieres cuando dices "en la gurtel ya se sabe que hay delito", pero no es técnicamente correcto. En la gurtel lo que sucede es que la intrucción está muy avanzada (amén de sus distintas piezas), se han practicado muchas diligencias, e incluso se han dictado Autos acordando medicas cautelares, cuya necesidad de motivación ha exigido una mayor concreción de indicios atribuibles a personas concretas. Pero, técnicamente, no hay imputación formal hasta el Auto de Procedimiento Abreviado.

Personalmente, me parece inadmisible que el mensaje sea "no van a dimitir porque no están imputados", porque es una vulgar mentira. En su caso, el argumento debería ser "no van a dimitir porque la acusación carece de base". El problema es que se han pasado años exigiendo la dimisión de políticos imputados, sin hacer honestamente ninguna valoración de la solidez de estas imputaciones, y ahora no pueden cambiar el discurso...

El que se quiera tragar una mentira, adelante. Algunos tienen el estómago a prueba de bombas.

NoEresTuSoyYo

Peperos cretinos , me encanta veros echando espuma por la boca : )

B

“no hay imputación formal” ... “formalmente no se podría decir que es una auténtica imputación” ... “en puridad no se ha producido la imputación” ... “habrá que esperar a la imputación oficial, que es con el auto de procesamiento” ... Coincidió en parte con el PP en que, cuando se llama a declarar a un querellado, “no puede ir en calidad de otra cosa que la de investigado”, que es el término que ahora ha sustituido al de imputado ... por eso cree que “no hay una imputación”

Cogiendosela con papel de fumar.

D

#12 ¿Qué sabrán estos jueces? Que consulten al meneante medio, coño!

kumo

La noticia juega con los terminos para suavizar la situación de cara Al público y que se monte un debate esteril sobre la palabra y no Los hechos.

Sin embargo, Los llames como lo llames aun pueden ser culpables de lo que se les acusa, ojo.

d

#39 y aún pueden ser incluso inocentes. Es más , aún puede que no haya ni siquiera hecho delictivo alguno.

El juez ha recibido una denuncia y debe investigar.
No es lo mismo a cuando ya hay una investigación de meses o años y luego va el juez y te imputa.

n

Que alguien le explique al que ha redactado la noticia la importancia de formatear un texto para que se pueda leer. Un solo párrafo es brutal.

c

Mejor el enlace original en Servimedia:
http://www.servimedia.es/Noticias/Detalle.aspx?n=702102

D

Según Begoña Villacís exige la dimisión porque rompe la estructura de confianza con los electores.

¿Cómo va a romper la estructura de confianza conmigo como elector que se investigue por tierra. mar y aire los chanchullos, corruptelas o lo que ellos llaman negocios de la casta privilegiada? Desde luego no rompe conmigo, justamente los quiero ahí para que hagan eso.

Rompería la estructura de confianza con un elector de la derecha que los elige para que no cambien nada y puedan seguir con sus "negocios".

g

Imputados o no, lo cierto es que, en casos similares del PP, los de Podemos pedían la cabeza sin ningún tipo de miramiento... Ahora toca apechugar

jaipur

#54 a mi juicio lo lógico y técnicamente correcto sería pedir la dimisión tras el procesamiento o la apertura de juicio oral. Pero es una opinión personal.
Aunque éticamente y en puridad, cualquier sombra de duda expresada a través de una "imputación" (empleando el término antiguo), esto es denuncia, querella o atestado policial, debería bastar para solicitar la dimisión y en su caso si se demostrase y fuera posible, su posterior rehabilitación, rechazada su imputación (investigado o encausado - depende-); para lo que habría que modificar en su caso la norma y variar el criterio político oportuno.

jaipur

#63 claro que en tal caso y desde la ética, de ser ese el rasero no quedaría un político indemne ocupando cargo alguno..pero entonces que loable, sana moral y eticamente seria en tal caso la política: lo que debe ser y desgraciadamente no es.

thingoldedoriath

#63 cualquier sombra de duda expresada a través de una "imputación" (empleando el término antiguo), esto es dy en su caso si se demostrase y fuera posible, su posterior rehabilitación, rechazada su imputación denuncia, querella o atestado policial, debería bastar para solicitar la dimisión.

Para solicitar la dimisión (si te refieres a que el parido político del "imputado/da"), en mi opinión, no debería bastar con denuncia o querella... y se se bastase estarían querellándose todas las semanas!! (los unos y los otros).

y en su caso si se demostrase y fuera posible, su posterior rehabilitación, rechazada su imputación .

Matar es fácil, resucitar, imposible.
Destrozar la imagen pública de una persona es algo que a los medios y quienes les ayudan en esos asuntos (casi siempre turbios), les resulta demasiado fácil.

Rehabilitar la imagen pública de alguien que resultó ser "un cabeza de turco", es mucho más complicado. Tanto que casi siempre resulta imposible (y además los medios que participan en el linchamiento, no quieren reconocer que se equivocaron o actuaron de mala fe, nunca.
Nunca he olvidado el caso de Demetrio Madrid...

Y hasta donde yo puedo recordad, en España, el primer caso de político que se vio obligado a dimitir de todos sus cargos (incluida un acta de diputado nacional)... y luego tuvo que ser rehabilitado en el mismo puesto que tenía (por la fuerza y el mandato de las bases, expresada en las urnas), ha sido Pedro Sánchez.
Eso si que fue una patada en la bocaza de unos cuantos mandamases del PSOE que aún después de la dimisión, seguían haciendo leña del árbol caído

jaipur

#86 la cuestión es dónde debe situarse el nivel de exigencia, dónde la línea roja que suponga que el político deba dimitir o exigírsele su dimisión.
Técnicamente ya he comentado que a mi juicio con el procesamiento o apertura de juicio oral pero éticamente es otra cuestión distinta dada la dimensión social y de servicio público que representa el político.
De suyo en otros países hay una mayor proximidad entre el nivel ético y políticamente correcto (y técnico-jurídico si se prefiere) para la exigencia de dimisión o de responsabilidad en virtud de su actuación pública; una simple multa de tráfico por ejemplo. ¿Dónde por tanto está la línea roja, dónde el nivel de control desde el punto de vista ético y político de su responsabilidad?...desde luego es un tema aún mal e insuficientemente resuelto política, ética, jurídica y socialmente, que pone en duda como un elemento añadido a otros, la legitimidad, la naturaleza , el control de responsabilidad de la clase política, la calidad democrática de un país y el ejercicio de soberanía de la sociedad sobre sus mandatarios.

t

#63 Yo añadiría el matiz, como le pasa a policías y otros funcionarios, de que dimitan, si pueden ejercer presión de algún tipo para defenderse de forma ilícita, debido a la autoridad que obstentan.

d

#54 de similares tienen poco.

No es lo mismo ser imputado por una denuncia de unos rivales políticos y que el juez inicie una investigación para ver si hay o no hay delito, a que el juez lleve investigando meses y años un delito y luego vaya y ese juez te impute.

El orden de los hechos marca la diferencia.

Si tras las investigaciones actuales el juez mantiene la imputación, entonces sí sería algo similar a los casos del PP.

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#94 No es lo mismo ser imputado por una denuncia de unos rivales políticos y que el juez inicie una investigación para ver si hay o no hay delito, a que el juez lleve investigando meses y años un delito y luego vaya y ese juez te impute.

Pero es que a eso me refiero, hubo varios casos del PP que partieron de la denuncia de rivales políticos

t

#54 ¿En que casos?

D

¿Qué sería de la derecha si conociera la vergüenza?

r

Pues aclarado, seguro que ya aparece en rodos los medios que se hiciero eco de la notocia... oh wait

D

Pues en casos aislados aparecen.

ladycygna

Y nadie mencionando como esto es parte de la política judicial habitual del PP, en cuanto hay algo contra ellos pasar al ataque en todos los frentes a ver si logran la nulidad de la prueba por cualquier defecto de forma...

s

Yo lo que entiendo es que cualquier particular ha denunciado a esos señores con una querella que les imputa delitos (o sea se los imputan los querellantes) pero el juez aún no les ha imputado dichos delitos

O traducido: están imputados por parte del PP pero aún no por parte de la justicia

para que se los impute la justicia, estos delitos tienen que tener acción dolosa (o sea dolo) y no lo parece haber por ninguna parte de momento. A diferencia de todos los casos de imputación al PP donde el dolo está presente e incluso en el informe de 3 equipos de la UCO a Cifuentes que no llegó a nada también lo estaría

McCoy

¿Se ha quedado usted a gusto, señor presidente del CGPJ?, pues ala, un carajillo y a dormir.

z

Venga ya! En serio? Buuuuuhhhh

Son imputaciones sanas!!

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