El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra el agente Pedro Antonio B.P. al considerar que no cabe castigarle por actividad incompatible con su puesto. Anuló, por tanto, la sanción de tres meses sin empleo y sueldo que le habían impuesto sus superiores por considerar esta actividad una "afición personal". Lo único claro, según la sentencia, es que se divierte poniendo música en dos locales...
Os lo tomáis a cachondeo, pero no es más que otra muestra de acoso laboral e intolerancia de unos jefes contra uno de los uardias.
Seguramente lo considerarían impropio de un guardia. O quizá le tenían envidia.
Comentarios
¡Arriba las manos! ¡Perdón, la costumbre! ¡Esas manos ARRIBAAAAAAA!
#6 Manos arriba, arriba, arriba, arriba, manos arriba, ¡síguelo!
#6
#6
ecste si, ecste no
este lo multo yo.
Chiquitan chiquititan tan tan
Que tun pan pan que tun pan que tepe tepe
Pan pan pan que tun pan que pin
DJ Picolo
#2 Picoleto Mix 2016...
¿Pinchadiscos? Cadena perpetua se habría quedado corto.
#1 El guardia le vendía un chupachú a los dueños, digamos por 50 € diarios, y le hacía el trabajo.
Benemerit music
¿Qué será lo siguiente?... ¿Permitir que los guardias civiles bailen?... ¡Intolerable!
¿Tan mal lo hace que hubo hasta que enjuiciarlo? Que no vaya la gente al local y ya,con eso llega bien creo yo.
Además, seguro que era de Venezuela.
Os lo tomáis a cachondeo, pero no es más que otra muestra de acoso laboral e intolerancia de unos jefes contra uno de los uardias.
Seguramente lo considerarían impropio de un guardia. O quizá le tenían envidia.