Hace 8 años | Por cagabandurrias a adslzone.net
Publicado hace 8 años por cagabandurrias a adslzone.net

Una nueva resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) vuelve a sentar un polémico precedente en material laboral. Los mensajes privados recibidos por un trabajador en apps de chat como WhatsApp, WeChat o Yahoo Messenger podrán ser leídos por los empresarios si han sido consultados durante el horario laboral, según ha reconocido el tribunal de Estrasburgo. Los empleados tendrán que aceptar de este modo que esta clase de mensajes puedan ser leídos por el jefe en el trabajo.

Comentarios

D

#6 mi empresa me dio un nokia de los que traían politonos, así que ni de coña me van a leer los whatsapp.

Waskachu

Esta noticia debe ser sensacionalista.

Véase #11 y #20.

r

#22 No lo es, en la medida que no lo es la sentencia.

#11 No hace falta que mencione WhatsApp. Es aplicable a cualquier uso de internet, incluidos todos los medios de comunicación digital (email, mensajería instantánea, etc.) Así que sí, aplica a WhatsApp.

#7 No, es en todo. La sentencia habla del uso del internet de la empresa, y de la actividad en horas de trabajo. Así que si usas tu móvil personal en horas de trabajo para hablar con tu amante, estás jodido (como es lógico).

Todo esto se sostiene en que el empleado aceptó la normativa interna de la empresa que prohíbe expresamente la utilización de recursos de la empresa para fines privados. Sin esta cláusula la sentencia probablemente (IANA) no sería aplicable.

Waskachu

#39 estaba usando una cuenta corporativa para fines profesionales (lógico) pero también personales.

No es que por usar el WiFi de tu empresa ya tu jefe tenga derecho a leerte el whatsapp de tu movil privado... Es sensacionalista.

r

#40 No es que por usar el WiFi de tu empresa ya tu jefe tenga derecho a leerte el whatsapp de tu movil privado...

Sí, es exactamente eso.

The case concerned Mr Bărbulescu’s dismissal by his employer, a private company, for having used the company’s Internet for personal purposes during working hours in breach of internal regulations.

r

#20 Sensacionalismo el tuyo.

La sentencia avala la interceptación y lectura por parte de la empresas de las comunicaciones personales de un empleado cuando está haciendo uso de los recursos de ésta. Es aplicable a Yahoo y cualquier otro medio. WhatsApp incluido.

La sentencia se basa en el uso del internet de la empresa (no de la cuenta de Yahoo) para fines privados durante horas de trabajo.

D

#41 Todo lo que estás diciendo es pura invención tuya. La fuente original deja bien claro que el matiz que ha llevado al TEDH a avalar la sentencia es que se trataba de una cuenta de la empresa.

En otras palabras, el contenido de tus cuentas es tuyo, pero las cuentas de la empresa son de la empresa. Si te dedicas a ligar con la tuya nadie puede husmear en ella, pero si te dedicas a ligar con la de la empresa te joden. Y ya sólo por cuestión de imagen empresarial hasta me parece lógico.

Frippertronic

#20 En base a ello no la voy a votar SENSACIONALISTA, si no que es que directamente el voto es de ERRÓNEA.

Gracias. Aquí no ha pasado nada, circulen.

D

Yo por eso sigo reenviando powerpoints por el Outlook, no hay forma de comunicación posible más segura.

D

#3 así que eres tú

SAMIPO

La noticia no dice nada, pero será el Whatsapp del móvil corporativo, ¿no?
Mi móvil personal no lo ven ni mis amantes.

belfasus

La resolución llega debido a un caso ocurrido en Rumanía, donde un empleado fue despedido de su trabajo porque su jefe leyó los mensajes recibidos en Yahoo Messenger constatando que no hacía un uso exclusivamente profesional de la aplicación y sí que la usaba para contactos privados.

Tal y como dice la noticia es de la red corporativa, lo cual me parece correcto, si en horas de trabajo no estas trabajando y usas los recursos de la empresa para actividades personales pues a la calle. Sentencias como estas se aplicaron ya para el uso de emails con anterioridad ahora simplemente se adapta a las tecnologías actuales. Nada nuevo

Waskachu

#12 no va de eso.

Yo puedo estar con la red del trabajo y mirando mi email (de gmail) por ejemplo, y en teoría NADIE tiene derecho a ver mis emails => si mi empresa me queire despedir porque me toco los cojones, que lo haga, pero no tiene derecho a ver mis cosas privadas.

Lo que yo entiendo por la noticia (original) es que el chico rumano estaba usando su cuenta corporativa no sólo para temas profesionales sino también personales:

His employer had discovered that he was using Yahoo Messenger for personal contacts, as well as professional ones.

Because it believed it was accessing a work account, the judges said, the firm had not erred.


Ahora, lo que dice esta noticia del whatsapp, no le veo sentido ninguno. Que venga mi jefe a leerme mi whatsapp de MI MOVIL PRIVADO, que lo intente. Así haya usado el puto ancho de banda para descargarme negros pollones...

belfasus

#16 Creo que entiendo lo que dices. Tambien en la noticia lo comentan, que nadie tiene derecho a ver tus emails. Aqui lo que ocurre es que el jefe tenia sospechas de que el trabajador no estaba rindiendo, y para confirmarlo miró los mensajes comprobando que eran privados y que no tenían nada que ver con el trabajo y los usó como prueba para despido.

La medida tomada por Estrasburgo está argumentada en que el empresario actúo en aquel caso amparado en la autoridad disciplinaria, justificando el acceso del empresario al chat del trabajador por pensar que era debido a motivos laborales. No obstante, el tribunal cierra contradictoriamente la polémica resolución enfatizando que el espionaje no autorizado debe ser perseguido por la legislación.


Es decir que nadie puede espiar tus mensajes, pero si ves que las conversaciones son en horario laboral con gente que no tiene que ver con la empresa, pues despido.
Pero si te pones a espiar las conversaciones privadas de tus empleados entonces delito por tu parte.

Waskachu

#19 eso tiene más sentido. Eso sí, aún me choca un poco que el empresario haya podido espiar sus conversaciones y irse de rositas, sin previa orden judicial.

belfasus

#21 Ni soy jurista ni se lo que pasó, solo puedo imaginarlo basándome en la noticia.
En base a eso creo que en este caso el jefe no espió las conversaciones, simplemente con ver a qué hora estaba escribiendo y con quien pudo deducir que no estaba rindiendo. Entonces imagino que lo despide alegando que chateaba en horas de trabajo y ya en el juicio el juez o quien sea ratifica que esas conversaciones son de fuera del trabajo y le da el despido procedente.
En cuyo caso me parece todo correcto.

D

Y una polla como una olla.

borteixo

Anodadado me encuentro.

soundnessia

telegram

mierdeame

#23 Con autodestrucción de mensajes, van a leer una puta mierda

dphi0pn

#0 Voto errónea porque va contra toda lógica.

D

Si no usan la wifi del curro difícil lo tienen .

Stash

#4 Depende.
Puedes tener acceso por uso privado de la red corporativa (Wifi) aunque no recuerdo si los mensajes iban cifrados, que creo que ya si, o puede ocurrir que el número del Whatsapp sea una línea del trabajo. En el primer caso es discutible aunque suele ser que es legal.
En el otro lo es de cabo a rabo.

La regla de oro: Nunca uses herramientas analógicas o digitales de la empresa para uso particular.

Trimax

#10 Exacto, sólo se puede tratar del material de la empresa. El Whatsapp va vinculado exclusivamente al número de línea telefónica, y si esa línea la paga la empresa, el Whatsapp es de la empresa, aunque tú lo utilices para enviar mensajes privados. Entonces si has usado indebidamente el material que la empresa pone a tu disposición es una infracción laboral.

Otra cosa es si se trata de tu móvil y tu línea, eso es tuyo, y ningún jefe puede mirar tus comunicaciones. Si no quieren que utilices el móvil mientras trabajas pueden establecer alguna norma que así lo indique.

D

Imagino que además de usar la red wifi corporativoa, o el móvil de empresa, usas el whastup de escritorio en un pc de empresa.

Aún así, menuda clase de empresa aburrida la que espía tan a fondo a sus empleados.

Que derroche de recursos.

Mister_Lala

Se van a hartar de verme la polla

c

Pues sinceramente, entre los que salen a fumar cada 30 minutos y los que están con el movil en la mano a todas horas, hay empresas que no sé como se mantienen...

The_Tramp

Edit: Sensacionalismo al máximo

Waskachu

#27 otro que salta por peteneras roll

The_Tramp

#28 Me he adelantado y he rectificado rápido. No problem, asumo mi error

Waskachu

#29 aún así no entiendo muy bien cómo relacionas que mi empresa pueda leer mi whatsapp con que whatsapp sea gratuito.

En fin no entiendo qué es lo que ha pasado por tu cabeza. kiss

The_Tramp

#30 Pues que cuando algo te lo venden como gratuito es que hay gato encerrado. Al igual que Facebook y esas cosas. ¿Te has leído lo que aceptas al tener una cuenta Facebook?. La información es poder y si alguien tiene mucha información sobre ti tiene mucho poder sobre ti. Puede que un día algún gobierno o quién sea la solicite.

Waskachu

#34 vale. Y toda esa parrafada en qué momento entra en juego cuando el titular dice algo así como que mi jefe puede leerme el whatsapp?

Por cierto Telegram también es gratuito.

The_Tramp

#35 Te lo acabo de explicar. Puede que no me explique bien o que tu no me entiendas. En cualquier caso no tengo tiempo ni ganas de seguir con esto. Saludos kiss

Waskachu

#37 sigo sin entenderte. Un besito

Libertual

Europa si, pero yo no.

D

Erronea, sensacionalista, en fin... periodistas

abnog

En la noticia original no lo menciona, pero creo que se infiere en todo caso que se refiere al uso del PC y la red de la empresa. Dudo mucho que todo esto se pueda aplicar al móvil personal, incluso conectándose a través de la WiFi empresarial. Aunque ésto último lo matizaría un poco, ya que aunque sí que podría entrar en el caso, es muy dudoso que una empresa permita conectar a la red corporativa a equipos que no lo sean, salvo que disponga una red separada explícitamente para éste propósito.
¿Qué opináis?

editado:
¿Algún enlace al texto con la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos? Yo creo que sin conocer el texto no se puede opinar con todo el fundamento deseable.

b

Será al profesional. ¿Si tu chica ayer te mando una foto suya en pelotas?

r

Evidentemente, usar herramientas de trabajo propiedad de la empresa para fines personales de discutible prioridad o importancia puede ser motivo de problemas con la empresa y con razón además.

Gayumbos

deberíamos pensar en hacer plugins de encriptado punto a punto de datos, para correos electronicos, chats, etc... en plan como fué en su día PGP. Ya está bien de mandar en abierto conversaciones, que si ven algo, sea un destinatario encriptado y un texto encriptado.