Hace 17 años | Por js_ a elpais.es
Publicado hace 17 años por js_ a elpais.es

Excelentes noticias. Hay jursiprudencia. Podemos comer pipas, chatear, ver vídeos porno, en general montarla en el trabajo y si nos despiden demandarles.

Comentarios

Liamngls

#20; WOW! lol

DZPM

El pr0n no se ve, el pr0n se colecciona.

Si te parases a ver todo el pr0n que te bajas, estarías perdiendo la oportunidad de bajar más pr0n

D

¿Usa Porno? ¿cómo se usa el porno?

D

¿usa? ¿consume? ... El Pr0n se ve, y algunos guarris se tocan mientras lo ven.

D

#11 Si señoría. HEZTOI DACUERDO CON HUSTÉ.

D

#7 Tonterias, mientras yo veo pr0n mi PC está bajando pr0n, de hecho mientras trabajo, como, duermo, meneo, voy al water .... tengo un pc dedicado a bajar pr0n.

j

#11 muy acertado, el tribunal falla a favor del trabajador, no por darle la razon en estas actitudes, si no por un fallo de forma por parte de la empresa al ejecutar el despido, este despido bien gestionado hubiera sido pleno al 15

j

#24 correcto la retribución y eficacia deberia estar medida en criterios de productividad, pero no crees que si se hiciera así bajarian cientos o miles de sueldos? por desgracia en España hay todavia poca cultura de productividad tanto por parte del trabajador como de la empresa, ni las empresas saben todavia medir por esto, ni los trabajadores trabajar bajo un entorno de valoración/retribución por objetivos/resultados. Siempre con las excepciones de turno, tanto de empresas como de trabajadores.

j

Hace falta un poco de sentido común.

gskbyte

En pocas palabras: ese tío es el puto amo.

S

#2 hace falta que te lo expliquemos sapuple?? lol

heyhey

#11 Toda la razón.

Lógicamente, le debían haber llamado la atención, no grabarle durante una semana si sabían a qué se dedicaba.

js_

#2 Mejor consume porno?

js_

Eo que la noticia da para más...

"incurrió en faltas de asistencia y puntualidad, comió pipas durante 50 minutos"

"averiguó que chateaba, consultaba su correo web personal y visualizaba vídeos pornográficos en horario laboral y durante siete días prácticamente consecutivos"

"La empresa deberá readmitir al empleado o indemnizarle con 4.200 euros más 43 por cada día de salario no cobrado desde la fecha del despido."

RJNieto

los papeles deben estar firmados, ¿no usare el acceso de la empresa paraver mi correo?

S

hombre ya hay aparatejos pa q no solo se vea...

js_

Bravo #11

imarcos

#5 y tú...¿que haces? ¿analizar el argumento?

carcadiz

#11 Totalmente de acuerdo, hacia falta que alguien dijera las cosas claras. No es que alaben la conducta del trabajador, es que condenan a la empresa por no hacer las cosas correctamente, violando incluso sus derechos fundamentales.

ignatius

#7 lol lol lol

E

#20 No si te tocas con las gafas de sol puestas y crema... de proteccion solar... ;P

m

A ver, además de lo que ha dicho #11, muchas de las cosas que podemos leer, como comer pipas, llegar tarde, no se pueden hacer, lo que no significa que si las haces te puedan hechar, no puedes llegar un día tarde, pero eso no es razón para echarte. En el curro te pueden sancionar con faltas leves y graves, varias leves pueden significar una grave y varias graves son suficientes para echarte.

Por otro lado, esta sentencia es importante porque ya se de un caso en el que querían echar a alguien y el truco para conseguirlo es precisamente poner un "espía" en el ordenador, para tener una prueba de que hacía cosas como usar el msn, cuando lo lógico es que si sabes que usa el msn y no quieres que lo haga se lo digas.

olcadia

Este tío es un genio, bueno, perdón, su abogado, él de genio parece tener poco.

#5 ¿Es de guarris tocarse? ¿Te quedas ciega? ¿No habíamos quedao ya en que no?

bitebit

¿Soy yo el único que permite y hace todo eso cada día en el trabajo? (bueno, comer pipas no pero otras porquerias grasientas sí). A mí me parece ridícula la actitud que tenemos de calcular valor de trabajo en función del timepo en la oficina (y cuanto más putedo mejor) cuando las cosas deberían medirse en terminos de productividad. Ahora mismo yo estoy trabajando aunque sea viernes a las 4 de la mañana (en mi propia empresa) y simplemente me he tomado un break, dime lo que ha hecho cada uno a final de mes, a la hora que sea y desde su casa si quiere, y dios o quien sea me libre del empleado que no chatea pero tampoco hace nada o lo hace mal

olcadia

#22 jajajajajaja, pues si encima me pongo crema .................... anque sea del 30 (sentá en el sillón p'a dal'le a m'imaginación)
----------- ANIDADOS ---- YA plisssssss -------------------

B

Joder, ya es triste que sea el comentario número 11 el primero que deje claro que en realidad la sentencia se basa en tres fundamentos:

1º Se le autorizó el uso de internet para fines particulares.
2º No se le advirtió en ningún momento de que su conducta -con internet- no era correcta.
3º Lo más importante, las pruebas se obtuvieron VIOLANDO DERECHOS FUNDAMENTALES.

Poco tiene que ver aquí todas esas tonterias que comentais, os aseguro que con pruebas obtenidas debidamente y con una simple advertencia por parte del empresario ese tipo se hubiese ido a la calle.

Por cierto, jurisprudencia son -al menos- dos sentencias del supremo y no una.

l

lo del porno en mayor o menor medida todos lo habeis hecho, pero lo de las pipas es absolutamente transgresor...por cierto que es eso del sentido común?