Hace 13 años | Por mariorm a elconfidencial.com
Publicado hace 13 años por mariorm a elconfidencial.com

El decretazo de la reforma laboral aprobada por el Gobierno, que fue convalidado ayer en el Congreso con más abstenciones 173 que votos a favor 168, todos del PSOE, salvo el de su diputado Antonio Gutiérrez, que rompió la disciplina de voto y se abstuvo , ya se ha cobrado sus primeras víctimas: la agencia de noticias Efe, una empresa pública, se ha escudado en su situación económica

Soriano77

A crear empleo!

swappen

Ay PSOE, en qué momento dejaste de ser social y obrero...

ronko

#7 Joer, te había leido Congreso de Supernes

D

Mira que la reforma es mala, pero no es la inventora de los despidos por causas económicas. Es más, los sigue dejando en el mismo limbo legal con la misma indemnización por despido.

#3

Aquí no hay retroactividad alguna.

#9

Quien hace ese comentario lo explica con claridad meridiana.

D

#10 Entonces es errónea ¿no?

D

#13

Es amarillista. Usan la reforma para despedir por causas económicas (que ya existía además con la misma indemnización), pero con los nuevos requisitos que introduce la Ley. Básicamente con la ambigua expresión "mínimamente" que deberán aclarar los Jueces.

No hay retroactividad. Tampoco hacen nada descabellado. Pero aun así lleva 38 meneos.

PS Yo ni la voto porque no merece la pena.

fast_edi

Madre mía, acabo de ver que en #21 he puesto "hecha" del verbo echar, con dos cojones... siempre acabo viendo faltas de ortografía en mis comentarios, por mucho que intento ser cuidadoso, pero no hay manera...

m

#9 Lo del carácter retroactivo no tiene nada que ver con el despido por causas objetivas. Cierto es que ahora Efe tendrá que demostrar una situación económica negativa si se lleva el asunto a los tribunales, que se llevara.

Pero la indemnización a sido de 20 días , te o aseguro que han despedido a mi tío con 50.000 € después de estar 20 años currando ahí.

axati

#3 La prohibición de la irretroactividad es para los delitos de caracter penal.
En derecho civil habrá retroactividad en las leyes o no segun lo disponga el legislador.

D

Dudo sobre la veracidad de la noticia, ya que la ley no es retroactiva. La fuente es elconfidencial ... déjenme de que no deje de dudar.

lebrin

Comienza el baile de despidos. Miedo me da.
Rezo todas las noches para que no me echen, y eso que no soy creyente.

D

No seamos demagógicos así de primeras, como borregos, quizás estas medidas también animen hoy a varias empresas a contratar a 30 trabajadores... (???)

m

No os confundais, el despido objetivo por situación "negativa" de la empresa, es para todo hijo de vecino.

b

Es fácil, para todo hay que ser pionero y si cuela, independientemente del carácter retroactivo, es lo que se ahorran.

Lo primordial es marcar tendencia ..., se empieza ver por donde van los tiros.

elricki

Mucho comentar que no es posible la retroactividad, pero nadie vota 'sensacionalista' a una notícia que evidentemente lo es, de un periódico que todos sabemos la línea que sigue. Yo ya pongo mi voto: sensacionalista.

hellodolly

sensacionalista

D

¿Alquien pensaba que las bonitas palabras del FMI, del FT o del Banco Mundial eran gratis? Bievenidos al un nuevo estado del neoliberalismo más rancio.

¡PPSOE traidores!

b

Por cierto, no se si estaré en lo cierto, me pareció ver, en las votaciones de ayer, lo siguiente:

168 votos a favor
173 abstenciones
sólo 8 votaciones en contra

Mucho defender que la reforma laboral es un retroceso para los derechos de los trabajadores y luego mi partido se abstiene .... me parece que a partir de hoy les van a dar por culo debido a su indigna actuación.

Tendré que mirar algún partido minoritario...

D

"No, hombre!, ya verás, si la reforma es para crear empleo!"

¿Desde cuando se vienen haciendo reformas del mercado laboral solo en el factor despidos? ¿Cuando una de estas reformas ha servido para crear empleo? ¿No hay otros apartados del mercado que retocar?

Y luego hay gente que se rie de Anguita y otros como él.

D

#22

lol lol lol lol

No tienes ni idea de si la información es cierta o no y acudes al voto preventivo.

D

#22 A favoritos de cabeza.

De todas formas, yo simplificaría tu lista diciendo "El dominio de la fuente contiene digital".

gallir

#27 No hace falta favoritos: http://www.meneame.net/search.php?q="Medios+Informativos+Expertos+en+Repugnantes+Deposiciones+de+Artículos"&w=comments

E

A mi me despidieron con 20 días por causas organizativas mediante un ERE.
Siempre se ha podido despedir con 20 días cuando concurran causas objetivas, pero lo tenía que autorizar la autoridad laboral mediante un ERE.
Ahora con la nueva reforma no hará falta ir a un ERE, simplemente te podrán despedir alegando causas económicas sin que tenga que intervenir la autoridad laboral.

D

#25

envía un comentario porque alguien en Internet está equivocado

Atendiendo a esa máxima he de decir claramente que no. A ti te despidieron mediante ERE porque la Ley obligada a la empresa a utilizar ese mecanismo, pero el despido objetivo por causas económicas se podía usar independientemente del ERE.

Es más, en las pequeñas empresas, si no alcanzas número suficiente de trabajadores, no puedes usar la figura del ERE para el despido, sí para la reducción de jornada, pero no para el despido.

Tú trabajarías para una empresa mediana y tuvieron que recurrir a esa figura. La ventaja es que es la Autoridad Laboral quien los autoriza, que no es poco, evidentemente.

E

#30 gracias por la aclaración
¿Entonces por qué tanto jaleo con el decretazo?
Si se podía despedir antes con 20 días entonces ¿qué han modificado?

D

#31

¿Entonces por qué tanto jaleo con el decretazo?

Porque a partir de ahora todo el mundo usará el contrato que permite que la indemnización sea de 33 días, en lugar de 45 días como estaba previsto antes. De esos 33 pagará FOGASA 8 días.

En cuanto al despido objetivo nada o poco se puede decir. La gente está revuelta pero yo, personalmente, prefiero esperar a ver cómo interpretan los Jueces ese artículo porque el decreto, en ese punto en particular (aunque en todo en general), es bastante ambiguo y mal redactado.

Los Jueces acabarán fijando los requisitos que nos irán orientando porque el legislador y el gobernante han demostrado ser unos ineptos.

D

Lo lógico es que si la empresa diera beneficios después de despedir a alguien, se la obligue a pagar los otros 24 días a los trabajadores que haya despedido antes.