Hace 13 años | Por navarroeduard a cadenaser.com
Publicado hace 13 años por navarroeduard a cadenaser.com

Contraer matrimonio cuesta de media 14.390 euros este año, casi un 13% menos que en 2010. El gasto previsto cae por cuarto año consecutivo: los establecimientos ajustan sus precios, y los novios buscan y comparan más que nunca

Comentarios

t

¿Para qué sirve casarse? en serio, no lo pregunto de broma.

alextopo

#3 Pues a mi no me preguntes porque yo tampoco lo entiendo

s

#3 principalmente para obtener beneficios fiscales(1) si todo va bien. Si todo va mal pues para hacer que la mitad mas un cuarto pase a ser de tu mujer. El combobreaker es casarse + tener hijos + que todo salga mal.


1. En la declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), se puede optar por realizar la declaración de forma individual o conjunta. Es mejor conjunta cuando uno de los cónyuges carezca de ingresos, pues se podrá deducir de la base de cotización un total de 3.400 euros. Si ambos trabajan o tienen ingresos, los beneficios de tributar de forma conjunta o individual dependen de cada caso.

2. En el impuesto de sucesiones las ventajas varían dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se tribute.

3. En los impuestos derivados de la venta de la primera vivienda. Si un matrimonio decide vender su casa antes de los tres años no tendría que devolver lo que se ha deducido cada año. Y si se compra otra vivienda de mayor cuantía tampoco el 18% sobre los beneficios de la operación.

4. En la deducción de los impuestos por los hijos a cargo, que pueden ser de 1.800 euros por el primer hijo, 2.000 por el segundo, 3.600 por el tercero y 4.100 por el cuarto y sucesivos. Podrá sumarse a los 3.400 euros de deducción si se opta por declaración conjunta

5. Deducciones de cuenta ahorro-vivienda: en caso de que una persona que es titular de una cuenta ahorro vivienda se case, y el cónyuge haya adquirido una vivienda habitual anteriormente, se podría aplicar las bonificaciones fiscales a partir del matrimonio, por pasar a ser el bien ganancial en la proporción correspondiente de conformidad con los artículos 1354 y 1357 del Código Civil.

Respuesta de Teo en http://www.formatolegal.com/foro2/derecho-tributario/ventajas-fiscales-matrimonio-t1321.html

a

#5 También para tener un permiso por boda en el trabajo y en algunos casos la empresa te da un dinero por matrimonio.

Si no te casas pero tienes niños, o aunque no los tengas, si formas una unidad familiar y ella tiene niños de soltera o viuda y cohabitas mas de seis meses pues ya esta el problema como decidas separarte. Casi lo mismo que si te divorcias: se queda con la casa y tú a pasar pensión durante....(eones) hasta que ella diga o tu demuestres que trabajan.

m

A lo mejor cuando hacen la reserva no dicen que es para una boda, y así no les clavan el doble por la cara.

alextopo

Os olvidais de las pensiones de viudedaz, que si el cónyuge casca pronto... vamos que igual no hace falta separarse para obtener todas las ventajas lol

D

En Menéame la gente casi no folla, así que menos aún se casa... Irrelevante.