Hace 13 años | Por --210763-- a laarena.com.ar
Publicado hace 13 años por --210763-- a laarena.com.ar

La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo en la cual limitó la vigencia de las medidas cautelares al solicitarle a un magistrado que establezca el tiempo que demorará en pronunciarse sobre el artículo 161 de la ley de comunicación audiovisual y ratificó la plena vigencia de la ley de medios. En un fallo, dividido por cinco a dos votos. Esta es errónea: Por unanimidad, la Corte Suprema argentina confirmó la suspensión del artículo principal de la ley de medios
Hace 13 años | Por corbacho a lanacion.com.ar
Publicado hace 13 años por corbacho
a lanacion.com.ar

Seguirá sin comenzar a correr el año de plazo para que los medios se desprendan de licencias, cuesti [...]

Comentarios

niqueco

Sí, yo leí el fallo y esta nota es correcta. El fallo exige que se fije un plazo para la medida cautelar. Eso no se esperaba y es bueno para el gobierno.

m

#4 Ahh que bien, yo intente leer el fallo y no consegui bajarlo de la CSJN, por otra parte, me pierdo en el lexico de los abogados...

p

Esta también es errónea. El fallo no limitó la vigencia de las medidas cautelares!

D

#2 Esta está más actualizada que la de clarín y la nación (al menos al momento de enviar la noticia, no sé ahora)

m

No es erronea esta! La erronea es la otra.