El juicio al fiscal general, Álvaro García Ortiz, ha quedado visto para sentencia esta semana y ahora siete magistrados del Tribunal Supremo deberán establecer si procede su absolución o si hay elementos suficientes para condenarle. En caso de que sí, tendrán que determinar si la actuación encaja en el delito de revelación de secretos, el de violación de secretos, el de prevaricación o el de infidelidad en la custodia de documentos; y fijar la pena: cárcel, inhabilitación o multa.
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Disuelvanse y entreguen las togas.
Vamos, que menuda puta mierda de bola de cristal....
A ver, que no me queda claro, esto significa que se le ha juzgado sin acusarle aún de un delito concreto?
Se llaman peticiones subsidiarias. Si tú matas al hermano de mi cliente en una pelea, voy a pedir que se te condene por asesinato, y subsidiariamente por homicidio doloso. Y tu defensa pedirá la absolución y subsidiariamente que se te condene por concurso de delitos entre homicidio imprudente y lesiones.
Así que el tribunal tiene cuatro delitos: asesinato, homicidio doloso, homicidio imprudente y lesiones. No es sólo condenar, es decir por qué se te condena.
www.elmundo.es/espana/2024/05/29/6656f909e4d4d8601f8b45e7.html
Mismo caso, dos justicias.