Hace 1 año | Por pedrario a elmundo.es
Publicado hace 1 año por pedrario a elmundo.es

Según el acuerdo alcanzado por las dos formaciones el Código Penal se revisará a fin de dividir lo que hasta ahora se ha considerado malversación en tres tipos delictivos distintos. El que beneficiará a los condenados y encausados por los hechos del 1-O contempla penas de uno a cuatro años de prisión e inhabilitación especial de dos a seis años. En definitiva, un castigo sustancialmente menor que el incluido hasta ahora en la ley.

Comentarios

R

#4 la del rey y sus putas.

T

#7 el 'y tú más' te ha quedado un poco ridículo.

R

#16 ridiculo el los españolitos pagandole las putas al rey y aplaudiendo

T

#33 eso no quita que lo que está intentando hacer el Gobierno y ERC sea menos vomitivo.
Esta noticia no va del Rey. Que intentes desviar la atención es lamentable.

R

#41 mas lamentable es pagarle las putas al rey y que los españolitos le aplaudan.

CerdoJusticiero

#4 Llorad, llorad, y en cuanto podáis a volved a votar a los de Bárcenas.

CerdoJusticiero

#12 ¿Qué corruptos? Yo no he votado a ningún partido que tenga entre sus filas a condenados por corrupción.

Dime, ¿a quién has votado tú en las últimas generales? roll

pedrario

#15 seguro que sí campeón, haciéndole el juego a estos te van a creer muchos.

Yo me abstuve en las últimas elecciones del país donde tengo nacionalidad.

CerdoJusticiero

#17 Creo que tu comentario sonaba mucho mejor en tu cabeza.

m

#4 Te equivocas, ¿no has oído el argumentario? es equiparación con Europa. lol

pedrario

#21 en ridiculo y corrupción España lidera posiciones, con gobiernos como estos, dificil igualar.

Lamantua

#4 Esto es España.

makinavaja

La justicia a la carta...

R

#2 la del rey y sus putas

Xantinpa

#1 ¡El Mundo!. Credibilidad cero. Y la tuya, por leer estas mierdas, igual, cero.

Voto vomitivo

D

Pero no son todos iguales.

Aronero

Delitos íntegramente perpetrados por políticos y hacen leyes para reducirlo,al Rajoy lo echaron por qué el PP se lucro con malversación ahora el mismo que lo llamaba ladrón quiere reducir dicho delito. Nos mean encima y lo llaman gobierno de izquierdas.

i

Corrupción de la buena

m

Corrupción.

oceanon3d

Hasta donde se ha pactado que el nuevo Código Penal castigue con hasta tres o cuatro años de cárcel, frente a los ocho del actual ...no 12 como dice el panfleto.

El PP lo elevo en 2015 para equiparar penas tanto para los casos en que se sustraían fondos públicos para usos privados como los que el dinero se destinaba a un gasto público, pero prohibido o distinto al previsto. El Psoe lo baja ahora para volver a separarlos.

No tengo claro que pensar sobre esto... no llego a tanto en tema de leyes. No veo que la ley haya dado muchos resultados dado los excesos de todos los políticos y los pocos que hay condenados; parece ser que va según el juez que lo interprete : por eso Esperanza esta libre y Griñan esperando plaza en la cárcel.

D

#11 A ver ¿ha quien hace rabiar? pues entonces ahí tienes tu parecer.
Así puedes formarte una opinión.

Si la corrupción de izquierdas te parece bien, vota Izquierda

D

#11 Es que ni eso, el actual delito de malversacion va de 2 a 6 años en los casos más leves a de 4 a 8 años en los graves, el panfleto este no sé ni que inventa de 12 años lol

1. La autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.

3. Se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si en los hechos a que se refieren los dos números anteriores hubiere concurrido alguna de las circunstancias siguientes:

a) se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento al servicio público, o

b) el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 50.000 euros.

Si el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado.

https://www.conceptosjuridicos.com/malversacion/

D

#11 El panfleto parece ser tu por querer desprestigiar un medio

Esta modificación del Código Penal podría beneficiar tanto a los condenados por el 1-O como a los dirigentes independentistas que están siendo procesados. Estos últimos, entre los que se encontraría el expresidente catalán Carles Puigdemont, se enfrentaban a una pena máxima de 12 años, que ahora pasaría a ser de 4 años.
https://www.rtve.es/noticias/20221212/erc-psoe-unidas-podemos-reforma-malversacion/2411535.shtml

oceanon3d

#28 Penas de la malversación

Las penas previstas para los delitos de malversación son:

Prisión de 2 a 6 años.
Inhabilitación de 6 a 10 años para el ejercicio de un cargo o empleo público como para el derecho del sufragio pasivo.

Cuando se trata de un delito de malversación del tipo agravado, el Código Penal establece una pena de:

Prisión de 4 a 8 años.

Inhabilitación absoluta de 10 a 20 años.
La pena en su mitad superior cuando el perjuicio ocasionado supere los 250.000 euros.

https://www.conceptosjuridicos.com/malversacion/

No se Rick ...lo mismo El Confidencial es también un panfleto 😘

D

#29 El otro enlace era de RTVE
También Publico o elDiario.es son panfletos roll

en 2015, el PP reformó la malversación en el Código Penal, con dos cambios sustanciales. El primero: eliminó la diferencia entre robar dinero público y despilfarrarlo en cuestiones ajenas a la función pública. El segundo: elevó en un 50% la pena máxima. Desde esa reforma, diseñada para los políticos independentistas, ambos comportamientos –con ánimo de lucro o sin él– tienen la misma condena: desde dos y hasta doce años de cárcel.
https://www.eldiario.es/escolar/verdades-mentiras-reforma-delito-malversacion_132_9783751.html

Xantinpa

#32 c/c #28
BOE. No veo tus 12 años. ¿Es posible que estés mintiendo una vez más?
Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal


Se modifica el artículo 432, que queda redactado como sigue:

«1. La autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.

2. Se impondrá la misma pena a la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 253 sobre el patrimonio público.

3. Se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si en los hechos a que se refieren los dos números anteriores hubiere concurrido alguna de las circunstancias siguientes:

a) se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento al servicio público, o

b) el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 50.000 euros.

Si el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado.»

Doscientos veinte. Se modifica el artículo 433, que queda redactado como sigue:

«Los hechos a que se refiere el artículo anterior serán castigados con una pena de prisión de uno a dos años y multa de tres meses y un día a doce meses, y en todo caso inhabilitación especial para cargo o empleo público y derecho de sufragio pasivo por tiempo de uno a cinco años, cuando el perjuicio causado o el valor de los bienes o valores apropiados sea inferior a 4.000 euros.»

D

#36 Si, te miente RTVE Púbico, el diario, Ignacio Escolar, la Vanguardia, todo el mundo te miente roll

Xantinpa

#37 Yo no me creo lo que leo en ningún medio, ni hago gala de ello, a diferencia de ti

D

#36 Copiado del BOE
"se incluye un supuesto agravado que es aplicable en todos los casos de causación de un perjuicio al patrimonio público superior a 50.000 euros, y se prevé una agravación mayor de la pena (que permite alcanzar penas de hasta doce años de prisión), en los casos de especial gravedad."
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-3439


La reforma introduce una nueva tipificación de la malversación como un supuesto de administración desleal de fondos públicos. De este modo se incluyen dentro del ámbito de la norma, junto con las conductas de desviación y sustracción de los fondos públicos, otros supuestos de gestión desleal con perjuicio para el patrimonio público. Al igual que en el caso de los particulares, la apropiación indebida de bienes por parte del funcionario es sancionada con una pena equivalente a la de la gestión desleal.

Xantinpa

#38 Eso es el preámbulo XV ( P R E A M B U L O ),en la Sección de Administración Desleal. Refiere al art. 252 y en sus modificaciones, con las penas punibles indicadas en los art. 249 y 250. Nada sobre 12 años. Nada de nada. Joder!! que no es tan difícil utilizar el buscador del navegador...

D

#39 El BOE hay que leerlo, el buscador sólo no basta:
Se modifica el artículo 432, que queda redactado como sigue:

«1. La autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.

2. Se impondrá la misma pena a la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 253 sobre el patrimonio público.

3. Se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años
si en los hechos a que se refieren los dos números anteriores hubiere concurrido alguna de las circunstancias siguientes:

a) se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento al servicio público, o

b) el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 50.000 euros.

Si el valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado.»

Por eso se llama delito agravado, y tiene una pena 50% superior a cuando no concurren esas circunstancias

D

aprovechando el rio de borrasca...pero no es lluvia, aunque mucho aun sabiendo siguen haciendo gargaras

N

Esto debe ser penalmente perseguido por el próximo gobierno por cohecho legislativo en favor de los socios parlamentarios sediciosos por sentencia del Tribunal Supremo. Espero ver entre rejas a Sánchez.

oceanon3d

#22 Esta ley es de Rajoy del 2015 como lavado de cara cuando cada día sacaban 10 portadas por su corrupción y es una mierda ¿Esperanza esta en la cárcel? ...no ha sido nada efectiva.

Siempre estáis hiperventilado... tomaos la vida con mas calma.

P

Qué contrapartida ha exigido Sánchez al independentismo? Aceptar un marco de convivencia, una Constitución común?

Sofa_Knight

A mí me parece estupendo que se rebajen este tipo de penas, si sólo se reducen en cuanto el condenado devuelve el 100% del dinero. Imagino que ese no es el objetivo.