Hace 10 meses | Por yo_claudio a youtube.com
Publicado hace 10 meses por yo_claudio a youtube.com

Denuncian a pintora cristiana por no decorar la casa de una pareja gay.

Comentarios

Battlestar

Vaya por delante que creo que si ofreces tus servicios públicamente tienes que adherirte a ciertas obligaciones, entre ellas el no discriminar a tus clientes por las razones que sean. Puedes denegar un servicio por agenda, por cuestiones logísticas o por lo que quieras pero no por su condición personal.
Que alguno dirá "trabajo para quien me da la gana solamente" y tendrá razón mientras se dirija a clientes concretos, si tu vas a personas concretas con tu tarjeta ofreciéndoles tus servicios ningún problema, atiende a quien te de la gana solamente, pero desde el momento que te publicitas públicamente y ofreces tus servicios de forma abierta ahí la exclusividad se acaba te comprometes a seguir las normas del juego.

Dicho esto, no creo que sea muy buena idea querer "forzar" que te sirva a alguien que te odia. Es como tratar de exigirle al dueño de un bar que está encabronado contigo que te sirva un café. Puede que la ley de consumo te respalde y ya hemos hablado de como funciona el derecho de admisión muchas veces, pero igual no es la mejor de las ideas, porque tu café probablemente acabe con una cantidad considerable de escupitajo de ese que lleva moco y todo.

v

#1 no creo que sea tanto como que te atienda quien te odia, si no que no haya homófobos/aso si los hay, que se jodan un poquito

a

#1 no discriminar a tus clientes por las razones que sean

¿Si una puta puede rechazar a un cliente, por qué no una pintora?

Battlestar

#9 Puede, lo siento si me he explicado mal, puede hacerlo por causas objetivas. No por circunstancias personales o sexuales, más que nada porque lo dice la constitución y las leyes entre otras las de consumo.
Las empresas y esto incluye a los autónomos que ofrecen servicios están sujetos a las leyes de consumo, y al resto de la legislación, como cualquier otra persona.

andando

#10 esto es en Bristol, habría que revisar las leyes britanicas... pero aquí nada tienen que ver ni la constitución ni nuestras leyes de consumo nacionales

a

#10 Aunque yo no sé de leyes, creo que la obligación está solamente para los servicios públicos, como por ejemplo los taxistas. Lo cierto es que los taxistas rechazan clientes.

y

#1 se puede abrir un debate bastante amplio al respecto. Obviemos que el tema es un UK, que pueda tener una legislación particular y apliquémoslo en España, ya que también hay situaciones de este tipo.

En primer lugar me gustaría saber qué ley obliga específicamente a aceptar todo cliente o a no poder rechazarlo, si lo prefieres. Porque en estos temas siempre nos referimos a la Constitución, básicamente, la cual habla de forma totalmente genérica.

He buscado un poco y lo único que he encontrado es la "Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación".

"El artículo 14 de la Constitución de 1978 proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación, citando como motivos especialmente rechazables el nacimiento, la raza, el sexo, la religión u opinión, y prohibiendo la discriminación por cualquier otra circunstancia personal o social. Además, el apartado segundo del artículo 9 establece la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones y remover los obstáculos para que la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sea real y efectiva. Así, la no discriminación se constituye como un complemento del derecho a la igualdad y como garantía del disfrute de todos los derechos fundamentales y libertades públicas. Su vinculación inmediata con la dignidad de la persona, uno de los fundamentos, según el artículo 10 de la Constitución, del orden político y de la paz social, expresa además el carácter necesario de la igualdad como elemento esencial para la construcción de una sociedad cada día más justa."

Si analizamos en qué términos describe la discriminación, y además lo hace en base a la propia Constitución, la define como aquello que impide el acceso a los derechos fundamentales y libertades públicas.

Entonces, con lo que he podido averiguar y falta de que efectivamente exista alguna ley específica que acote el tema más, cuando un profesional no acepta un servicio, ¿está impidiendo un derecho fundamental o una libertad pública? La respuesta es no. Claro que tú tienes la libertad (que no derecho) de contratar servicios o comprar productos, distinto es que un profesional tenga la obligación de aceptar servirte a ti.

Hay que andarse con cuidado con cómo interpretamos las leyes, porque si interpretamos este mismo texto literalmente: "prohibiendo la discriminación por cualquier otra circunstancia personal o social" , podría dar la impresión, por ejemplo, que estamos obligados a aceptar por ley la amistad de cualquiera, o darle el mismo trato a un desconocido que a alguien con quien tenemos un vínculo, o en definitiva a no tener derecho a un criterio personal de preferencias.

Pero volviendo al tema profesional o comercial. Sabemos que sí existe legislación sobre el famoso "derecho de admisión" , donde como tú decías las causas tienen que ser "objetivas". Pero un profesional que ofrece un servicio es una problemática distinta, ya que no tiene que impedir acceso a ninguna instalación.

Luego está el hecho de que, en este caso, la profesional se negó en base a su religión, que es otro elemento protegido en la misma ley. Si se le obliga a esa persona a ofrecer el servicio y con ello se está faltando a su credo, ¿de qué forma estamos protegiendo su derecho? Y ese sí es un derecho, no como la "libertad" de contratar los servicios de alguien en concreto, que no es un derecho en sí mismo.

Una entidad pública, siendo un estado aconfesional, no podrá ceñirse a motivos religiosos, pero un particular sí.

Finalmente yo entiendo que un profesional tiene también la libertad (tampoco en este caso es un derecho) de escoger a sus clientes o no aceptar trabajos. Tenemos muchos ejemplos especialmente en el mundo del arte, donde existe un alto grado de elitismo. Un abogado no está obligado a aceptar a cualquier cliente. Y ejemplos tantos como quieras.

Y en última instancia la leyes puede cambiar, claro, y más en estos tiempos donde ya se están creando leyes discriminatorias por razón de sexo, en base a movimientos de moda. Pero a medida que el Estado injiera en las decisiones de particulares, menos democrático y más totalitario será el sistema.

Si un particular es obligado a servir a aquel que no desea, cuando es su negocio, creado con su dinero, nada impide que también se le obligue a escoger sus amistades o preferencias. Creo que hay que distinguir entre lo que es un servicio público y un negocio particular.

Aokromes

#1 pues, soy ateo, opino que la religion se tiene que quedar en casa, pero esta señora esta en su completo derecho en rechazar a los clientes por sea el motivo que sea, por que no cobra dinero publico por ello, si cobrase dinero publico pues se le despide y ya.

camvalf

Home siendo empresa privada podrá rechazar a los clientes o aceptarlos como le salga del chichi. Otra cosa es la publicidad que tenga y que otros potenciales clientes opten por no trabajar con esa empresa.
#1 no es una institución u organismos publico, es una "empresa privada" por tanto nos guste o no puede aceptar o rechazar a sus clientes, como los clientes podemos elegir a quien contratamos para hacer un determinado trabajo.

powernergia

No entiendo porque alguien que ofrece un servicio privado no puede elegir a sus clientes.

Y si eres de izquierdas y te llama un fan del enano con bigotito ? No se lo haces y te demanda ? Le pones la.hoz y el martillo por toda la casa y te demanda ?

gale

Ya lo decía Jesucristo: "Hay que odiar a los gays, y no perdonarlos".

Presi007

Relacionada https://cnnespanol.cnn.com/2023/06/30/corte-suprema-lgbtw-trax/amp/

En una decisión de 6-3 escrita por el juez Neil Gorsuch, a la que se unieron los otros cinco conservadores del tribunal, los magistrados dijeron que las protecciones a la libertad de expresión de la primera enmienda permitían a la diseñadora web, Lorie Smith, negarse a ampliar sus servicios para bodas del mismo sexo.

Caballero_Caballa

A mi mientras me paguen como si quieren ser dos Zeta Reticulanos.

D

No me voy a ver el vídeo pero…. Yo estoy bautizado. Si rechazo a un cliente también sería “Cristiano rechazando a…”?

CharlesBrowson

Pues lo veo normal, si fuera de construir la casa, repararle el coche pues no tiene mucho sentido, pero cosas de decoracion, le llega a poner por la casa cruces y carterles de haces llorara a baby yisus sodomita...o por ejemplo si es fotografo de bodas...alla cada cual

c

Personalmente me parece poco profesional negarse a hacer tu trabajo por motivos religiosos o lo que sea.
Yo cuando no quiero hacer un trabajo doy presupuesto que nunca aceptarían y si lo hacen vale la pena toda la zapatiesta que se pueda armar.
Ahora anteponer tus ideales a tu trabajo, te sobrará dinero, digo yo.

N

#4 Estoy de acuerdo pero nos falta saber por qué estas personas decidieron contratar a una cristiana para decorar su casa porque esa parte a mí no termina de cuadrarme.

Ahora bien, los fanáticos religiosos y los cristianos en concreto juegan según sus propias reglas, las cosas van más allá antipatías personales y sí, eso implica meterse de lleno en anteponer sus ideales a ganar dinero incluso para sobrevivir e incluso incumplir la ley.