La Comisión Europea estudia la situación de Junqueras pero avisa que la sentencia del TJUE ha de cumplirse. La Comisión Europea (CE) señaló este viernes que está estudiado la situación jurídica del líder de ERC Oriol Junqueras, que plantea "nuevos y complejos asuntos legales", y recordó que las decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) deben ser respetadas por los países de la UE.
#14:
#8 No es cuestion de impunidad, sino de protocolo..El TJUE ya ha dicho que hace falta un suplicatorio al parlamento europeo.. que lo pidan, y punto. y despues, se juzga o re-juzga, condena y lo que haga falta (de hecho, esto estaba condenado antes del juicio).
Pero la "justicia" española se está pasando por el forro el procedimiento y eso significa expediente por incumplir la sentencia del TJUE (que es superior).
#7:
A ver si alguno de los aquí presentes que critica al TS es capaz de señalar en qué parte no se cumple con la sentencia del TJUE.
La gente sigue sin entender que la inmunidad depende de la legislación nacional de cada país, y por eso el TJUE dijo que debía ser el TS el que dictara los efectos de la inmunidad.
El suplicatorio era imposible de pedir porque el parlamento europeo y el Tribunal General de la UE no les reconocía como eurodiputados. Y no era necesario para juzgarle sino para la prisión provisional, en la que ya no se encuentra.
Repetimos: La inmunidad no impide al TS juzgarles.
"the scope of the immunity under Article 9 varies depending on whether the MEP concerned finds himself in the territory of his own Member State, or in that of another Member State. In the first case, the scope of the personal immunity depends entirely on that of the immunity granted by national law to national parliamentarians thus, some MEPs enjoy no immunity at all, whereas others are granted very broad protection from prosecution ,arrest and detention."
#3:
El TS de camino al abismo al son de un paso doble ...y todo porque Marchena, y su banda de mariachis peperos, a decidido no dar marcha atrás porque el va el puesto en ello.
En ningún punto de la sentencia se dice tal cosa, lo que se dice es esto:
"Por otro lado, es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza el Sr. Junqueras Vies en otros posibles procedimientos, como los mencionados en el apartado 30 de la presente sentencia, con observancia del Derecho de la Unión y, en particular, del principio de cooperación leal consagrado en el artículo 4 TUE, apartado 3, párrafo primero (véase, en este sentido, la sentencia de 21 de octubre de 2008, Marra, C‑200/07 y C‑201/07, EU:C:2008:579, apartado 41). En este contexto, ha de tener en cuenta, en particular, lo declarado en los apartados 64, 65, 76 y 82 a 86 de la presente sentencia."
No ha dicho nada realmente y la propia resolución del Tribunal europeo le daba a España muchisima margen de maniobra y en ningun caso discutia la condena a Junqueras.
Otra cosa es que algunos solo quieran ver la parte en la que el tribunal dice que junqueras era eurodiputado desde que se votó. Pero los efectos prácticos de eso son minimos. Porque ahora hay una condena en firme y su causa se tramitó y quedó vista para sentencia antes de ser eurodiputado.
El mayor efecto realmente es tener que tramitar un suplicatorio para el caso de Puigdemont.
Lo malo para los indep es que tarde o temprano la UE ( que es lenta y bucrocratica) avalara todo eso y muchos que alaban su Justicia quedarán preso de sus palabras.
Tiempo al tiempo.
#44:
#40 "tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio."
Solo para la prisión provisional, puntos 91 y 92 de la sentencia. Para el resto se aplica el 93: "es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
La inmunidad en España no impide que te juzgue el TS.
La inmunidad depende de la legislación del país miembro.
Te emperras en no enterarte de cosas explicadas(y documentadas) en el primer comentario.
#38:
#8 Impune va a ser gracias al Supremo que por sus actuaciones ha invalidado todo el procés ahora solo falta que los tribunales europeos pongan a España en su sitio, y lo harán.
#12:
#7 En la parte en la que se indica que Oriol Junqueras tenía inmunidad antes de la sentencia y el TS no pidió el correspondiente suplicatorio para que la inmunidad quedase sin efecto.
El resultado es que ahora hay en prisión a un eurodiputado con inmunidad. No se han llevado a cabo los pasos legales necesarios para que esa inmunidad quedase sin efecto.
"the scope of the immunity under Article 9 varies depending on whether the MEP concerned finds himself in the territory of his own Member State, or in that of another Member State. In the first case, the scope of the personal immunity depends entirely on that of the immunity granted by national law to national parliamentarians thus, some MEPs enjoy no immunity at all, whereas others are granted very broad protection from prosecution ,arrest and detention."
Unos están sometidos a la ley nacional, y otros no.
Viene absolutamente todo explicado en los enlaces que pongo y en los autos judiciales.
Que dictaminan que no tiene efecto en la causa: "es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
Y con la condena anulan el mandato de eurodiputado.
#120:
#76Porque ahora hay una condena en firme y su causa se tramitó y quedó vista para sentencia antes de ser eurodiputado.
Sin entrar en que a nivel legal la fecha relevante es cuando se dicta sentencia firme, no cuando el juicio queda visto para sentencia, las elecciones fueron el 26 de Mayo, y el juicio no quedó visto para sentencia hasta el 12 de Junio.
#49:
"pero avisa que la sentencia del TJUE ha de cumplirse"
En realidad ese pero avisa sobra. Le preguntan primero por la situación de Junqueras y dice que habrá que estudiarlo. Una preguntas después le preguntan si las decisión del TJUE son vinculantes y obviamente dice que si. Coges las dos respuestas, las unes, y te sale este titular con una advertencia que no ha existido.
#39:
#36 Se indica que:
"es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
Que es lo que han hecho, decir que tienen inmunidad, y que no evita ser juzgados, como ya dijeron en Mayo de 2019.
#2:
Parece que el trifiachito no ha contado con la presión de la comisión europea y del parlamento europeo, para que la resolución del TJUE se cumpla.
A la comisión europea y al parlamento europeo les va a parecer del todo inaceptable que los derechos más básicos de un representante europeo sean ninguneados, limitados o retirados por un tribunal que no ha otorgado las garantías básicas a los procesados. Es tanto así, que el TS se ha negado a pedir siquiera un suplicatorio, lo que desde Bruselas se interpreta como ' Junqueras se queda en el talego porque me sale los cojones'.
Parece que el trifiachito no ha contado con la presión de la comisión europea y del parlamento europeo, para que la resolución del TJUE se cumpla.
A la comisión europea y al parlamento europeo les va a parecer del todo inaceptable que los derechos más básicos de un representante europeo sean ninguneados, limitados o retirados por un tribunal que no ha otorgado las garantías básicas a los procesados. Es tanto así, que el TS se ha negado a pedir siquiera un suplicatorio, lo que desde Bruselas se interpreta como ' Junqueras se queda en el talego porque me sale los cojones'.
El TS de camino al abismo al son de un paso doble ...y todo porque Marchena, y su banda de mariachis peperos, a decidido no dar marcha atrás porque el va el puesto en ello.
Si se mantiene la postura española sobre este asunto dará fuerzas para que otros países la apliquen en algún momento. Y eso es la desaparición de la UE a medio plazo.
A ver si alguno de los aquí presentes que critica al TS es capaz de señalar en qué parte no se cumple con la sentencia del TJUE.
La gente sigue sin entender que la inmunidad depende de la legislación nacional de cada país, y por eso el TJUE dijo que debía ser el TS el que dictara los efectos de la inmunidad.
Estimados señores de Europa, no os enteráis de nada, a pesar de las elecciones y de la Constitución en suelo sagrado de ESPAÑA mandan los españoles de bien, es decir, buenos españoles de derechas, los cuales hemos puesto a varios de nuestros lacayos al frente de los tribunales para hacer cumplir nuestra sacrosanta voluntad. Si tenéis algún problema debéis pedir audiencia con algunos de los dirigentes de tercer nivel del pp, c's o v, pero teniendo en cuenta que siempre tenemos la razón ya que mandamos en estas tierras por mandato divino.
#7 En la parte en la que se indica que Oriol Junqueras tenía inmunidad antes de la sentencia y el TS no pidió el correspondiente suplicatorio para que la inmunidad quedase sin efecto.
El resultado es que ahora hay en prisión a un eurodiputado con inmunidad. No se han llevado a cabo los pasos legales necesarios para que esa inmunidad quedase sin efecto.
#8 No es cuestion de impunidad, sino de protocolo..El TJUE ya ha dicho que hace falta un suplicatorio al parlamento europeo.. que lo pidan, y punto. y despues, se juzga o re-juzga, condena y lo que haga falta (de hecho, esto estaba condenado antes del juicio).
Pero la "justicia" española se está pasando por el forro el procedimiento y eso significa expediente por incumplir la sentencia del TJUE (que es superior).
El suplicatorio era imposible de pedir porque el parlamento europeo y el Tribunal General de la UE no les reconocía como eurodiputados. Y no era necesario para juzgarle sino para la prisión provisional, en la que ya no se encuentra.
Repetimos: La inmunidad no impide al TS juzgarles.
"the scope of the immunity under Article 9 varies depending on whether the MEP concerned finds himself in the territory of his own Member State, or in that of another Member State. In the first case, the scope of the personal immunity depends entirely on that of the immunity granted by national law to national parliamentarians thus, some MEPs enjoy no immunity at all, whereas others are granted very broad protection from prosecution ,arrest and detention."
#21 Vosotros no teneis ni pajolera idea de lo que es un golpe de estado. Ni siquiera recordáis el 23M, mientras ensalzais a tarados mentales como Tejero...
#7 A pesar de como ha interpretado el TJUE, con anterioridad, el Art. 9 del Protocolo 7, la verdad es que nos encontramos en terreno que, creo, jamás se ha debatido en la justicia europea. El propio Art 9 dice, textualmente, que:
Mientras el Parlamento Europeo esté en período de sesiones, sus miembros gozarán:
en su propio territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su país;
en el territorio de cualquier otro Estado miembro, de inmunidad frente a toda medida de detención y a toda actuación judicial.
Gozarán igualmente de inmunidad cuando se dirijan al lugar de reunión del Parlamento Europeo o regresen de éste.
No podrá invocarse la inmunidad en caso de flagrante delito ni podrá ésta obstruir el ejercicio por el Parlamento Europeo de su derecho a suspender la inmunidad de uno de sus miembros.
Se puede entender, por ejemplo, con base en el párrafo penúltimo que, en cualquier caso, para movimientos hacía y desde el PE, no pueden tomarse medidas restrictivas de movimiento mientras no se suspenda dicha inmunidad por el Parlamento Europeo.
Ya veremos que dicen los servicios jurídicos de la cámara.
#19 Lo que indicas el Tribunal Supremo ya lo añadió como alegaciones a la consulta de TJUE, en su punto 21:
21. Mediante auto de 14 de mayo de 2019, el Tribunal Supremo estimó que no era necesario solicitar al Congreso de los Diputados la autorización previa a que se refiere el artículo 71, apartado 2, de la Constitución española, puesto que la elección como diputado del Sr. Junqueras Vies se había producido una vez abierto juicio oral en el proceso penal en su contra. En efecto, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la inmunidad derivada de ese precepto constitucional solo se reconoce a los diputados y senadores españoles respecto de los procesos penales en los que aún no se haya abierto juicio oral en la fecha en que hayan resultado electos o adquieran la condición de diputado o senador.
Esa alegación fue tenida en cuenta y desestimada al concluir el TJUE que Oriol Junqueras no solo sí tenía inmunidad si no que era necesario hacer el suplicatorio.
El Tribunal Supremo no hizo el suplicatorio. Por lo tanto la inmunidad no fue levantada en ningún momento.
Lo que tienes ahora es a un eurodiputado con inmunidad en la cárcel, privado de libertad y de ejercer su cargo. Debido a un Tribunal Supremo que no respeta la separación de poderes.
En ningún punto de la sentencia se dice tal cosa, lo que se dice es esto:
"Por otro lado, es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza el Sr. Junqueras Vies en otros posibles procedimientos, como los mencionados en el apartado 30 de la presente sentencia, con observancia del Derecho de la Unión y, en particular, del principio de cooperación leal consagrado en el artículo 4 TUE, apartado 3, párrafo primero (véase, en este sentido, la sentencia de 21 de octubre de 2008, Marra, C‑200/07 y C‑201/07, EU:C:2008:579, apartado 41). En este contexto, ha de tener en cuenta, en particular, lo declarado en los apartados 64, 65, 76 y 82 a 86 de la presente sentencia."
#2 Como se come que todo sea un plan del "trifachito" y que estos tengan que preocuparse por algo cuando todo el proceso ha pasado con el PSOE en el gobierno? En todo caso sería "Parece que el PSOE no ha contado con la presión de la comisión europea..."
#11 Gracias a ceder soberanía a esa asociación federalista supranacional se quitaron cláusulas abusivas como la cláusula suelo hechas por los bancos para joder al consumidor y que el Supremo aceptó como válidas.
Pero claro cuando tocan la banderita y el sentimiento patrio entonces nos jode que Europa ponga sentido común eh??
#31 Se indica que Oriol Junqueras tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio.
La alegación que consta del Tribunal Supremo no consigue que el TJUE haga suyo que no tiene inmunidad, que no aplique al caso judicial en cuestión ni que no haga falta suplicatorio. Desestima la alegación.
El Tribunal Supremo lo intentó y fracasó, y ahora reutiliza esa alegación para ignorar al TJUE.
#25 Ya lo sabe y le da igual. Es su trabajo mentir y luego hacer como si nunca se hubiera equivocado. Esperate que ahora te copia un enlace al Twitt del abogado PPero de cabecera que dentro de un par de semanas habra borrado el hilo cuando se demuestre que estaba equivocado.
Al fin y al cabo... el abogado es PPero pero no vive de ello (a diferencia de Anarion que si vive de servir a uno de los partidos del trifachito). Y no puede arriesgar su reputacion de abogado manteniendo hilos equivocados sin eliminar de Twitter.
#8 Impune va a ser gracias al Supremo que por sus actuaciones ha invalidado todo el procés ahora solo falta que los tribunales europeos pongan a España en su sitio, y lo harán.
#35 No creas, este asunto en concreto me importa un pepino. Me jode cuando me tocan la soberanía del país en el que vivo, así en general, con sus cosas buenas y malas. Si tuviera que destacar algo que veo problemático sería la gobernanza económica. Y también ya verás que risa cuando la PCSD termine en un ejército común y no podamos hacer nada al respecto.
#7en qué parte no se cumple con la sentencia del TJUE.
La parte que decia que tenían que permitirle recoger el acta, creo. Si no recuerdo mal No decian que lo liberasen ni nada parecido como muchos parecen creer, pero si decian que tenian que permitirle recoger su acta y no se lo han permitido.
#40 "tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio."
Solo para la prisión provisional, puntos 91 y 92 de la sentencia. Para el resto se aplica el 93: "es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
#44 No. Para retirar la inmunidad del eurodiputado se requiere de suplicatorio.
La pregunta era en la fase de prisión provisional, ese es el contexto.
Indica que debe apreciar los efectos teniendo en cuenta que Oriol Junqueras tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio para poderle retirar esa inmunidad.
No lo hizo. Sigue teniendo inmunidad, y está en prisión, como eurodiputado.
#19 Aclárate chico....El suplicatorio se pide para Puigdemont y Comín, pero Junqueras se queda sin suplicatorio, por bizco y gordo. O cómo va el asunto? Venga, un poco de demagogia!
"pero avisa que la sentencia del TJUE ha de cumplirse"
En realidad ese pero avisa sobra. Le preguntan primero por la situación de Junqueras y dice que habrá que estudiarlo. Una preguntas después le preguntan si las decisión del TJUE son vinculantes y obviamente dice que si. Coges las dos respuestas, las unes, y te sale este titular con una advertencia que no ha existido.
#1
«Bruselas señala que el fallo del Supremo "plantea nuevos y complejos asuntos legales"»
Tan complejos como que el TS de Expaña pretende pasar por encima del TJUE.
#14 La condena fue fraguada en el acto delictivo, no en el juicio. Tiene mal el negar algo que fue retransmitido por la TV y que todo el mundo pudo ver.
"the scope of the immunity under Article 9 varies depending on whether the MEP concerned finds himself in the territory of his own Member State, or in that of another Member State. In the first case, the scope of the personal immunity depends entirely on that of the immunity granted by national law to national parliamentarians thus, some MEPs enjoy no immunity at all, whereas others are granted very broad protection from prosecution ,arrest and detention."
Unos están sometidos a la ley nacional, y otros no.
Viene absolutamente todo explicado en los enlaces que pongo y en los autos judiciales.
#41 Te importa un pepino porque no estás afectado, ahí demostrando el egoismo patrio...
Por cierto la entrada a la Unión Europea también se votó como la Constitución y forma parte de la soberanía del país al ser votado por los españoles tanto los tratados europeos como la Constitución europea... Así que no, no se toca la soberanía del país, porque la soberanía del país reside en el pueblo no en las decisiones de un Supremo politizado.
Sobre lo del ejército común: ojalá... menos gasto para una institución absolutamente innecesaria.
#59 Pues que el trifachito es el que ha convertido un problema político, en un enredo monumental jurídico, en el que van a salir claramente perdiendo. Y con la reputación de mi paisano sectario Marchena por los suelos.
#22 El 23M yo estaba en la uni haciendo un examen. Me encontré todo el embolado al salir del examen, y era en Valencia, con los tanques en la calle. Fui al super, a hacer la compra de la semana, y me encontré con que la gente llenaba los carros como si no hubiese un mañana.
#61 Eso es lo que alegó el Tribunal Supremo en su punto 21. Y el TJUE desestimó esa alegación e indicó que no solo sí tenía inmunidad si no que además era necesario el suplicatorio.
Algo que el TS no hizo. La conclusión es que tenemos a un eurodiputado con inmunidad, no se le ha retirado, en prisión.
Un TS que no ha respetado la separación de poderes ni ha respetado la jerarquía jurídica, siendo el TJUE un tribunal de rango superior.
#33 Es un deber constitucional del ejercito el mantener la unidad de España. Así que, si llega el momento en que corra peligro, no sería golpe sino actuación de acuerdo con la constitución.
#56 ¿Te parece egoísmo preocuparme por lo que de verdad me afecta en la vida? Pues me temo que eso no tiene nada de "patrio". Aunque la actitud creo que es llamarme "Muy Español" diga lo que diga.
Sobre lo de la UE, nadie ha podido votar de forma directa el Tratado de Lisboa, que no es nada más que la versión masticada de la Constitución de la UE a la que se le dijo claramente que NO. Y de ahí vienen todos los problemas que tengo, personalmente, con la cesión de soberanía a un ente supranacional. Por que sí, se ha cedido soberanía, la democracia participativa y representativa de la UE es un chiste.
Creo que no entiendes lo que representa un ejército común europeo...
No ha dicho nada realmente y la propia resolución del Tribunal europeo le daba a España muchisima margen de maniobra y en ningun caso discutia la condena a Junqueras.
Otra cosa es que algunos solo quieran ver la parte en la que el tribunal dice que junqueras era eurodiputado desde que se votó. Pero los efectos prácticos de eso son minimos. Porque ahora hay una condena en firme y su causa se tramitó y quedó vista para sentencia antes de ser eurodiputado.
El mayor efecto realmente es tener que tramitar un suplicatorio para el caso de Puigdemont.
Lo malo para los indep es que tarde o temprano la UE ( que es lenta y bucrocratica) avalara todo eso y muchos que alaban su Justicia quedarán preso de sus palabras.
#73 Ruiz Mateos no había sido procesado por el TS.
Estaba siendo juzgado por un tribunal menor, al ser electo, su condición de aforado elevó la causa al TS, para la fase de instrucción, es decir, anterior al procesamiento.
La inmunidad protege antes del procesamiento del TS.
#77 Tras la alegación el TJUE concluyó que la inmunidad sí es vigente también para el caso ya iniciado, desestimando así el argumento, y que sí es necesario el suplicatorio, desestimando de nuevo el argumento.
Sí han sido desestimadas las alegaciones del TS que ahora quiere reutilizar para ignorar el dictamen del TJUE.
Los efectos aparejados incluyendo las conclusiones del dictamen, las cuales ha ignorado.
Los jueces españoles desobedecen la ley por un fin ideológico, que es la base del juicio a los presos políticos. Y esto se percibe más claro cuando más avanza esta telenovela
#84 En qué se distingue el suplicatorio de Junqueras, del que pide el juez Llarena para Puigdemont y Comín? Pues en eso, de hacer una lectura partidista de la sentencia.
#92 A Junqueras se le aplica la legislación del país miembro donde fue electo, se encuentra dentro de ese territorio. Se aplica las normas de inmunidad nacional
Fuera de ese territorio, la inmunidad previene arresto o procesamiento.
Comentarios
Expediente a Hispañistan al canto!
Parece que el trifiachito no ha contado con la presión de la comisión europea y del parlamento europeo, para que la resolución del TJUE se cumpla.
A la comisión europea y al parlamento europeo les va a parecer del todo inaceptable que los derechos más básicos de un representante europeo sean ninguneados, limitados o retirados por un tribunal que no ha otorgado las garantías básicas a los procesados. Es tanto así, que el TS se ha negado a pedir siquiera un suplicatorio, lo que desde Bruselas se interpreta como ' Junqueras se queda en el talego porque me sale los cojones'.
El TS de camino al abismo al son de un paso doble ...y todo porque Marchena, y su banda de mariachis peperos, a decidido no dar marcha atrás porque el va el puesto en ello.
Otra hostia que nos vamos a llevar, como si lo viera
Que nos echen de la UE!
Si se mantiene la postura española sobre este asunto dará fuerzas para que otros países la apliquen en algún momento. Y eso es la desaparición de la UE a medio plazo.
A ver si alguno de los aquí presentes que critica al TS es capaz de señalar en qué parte no se cumple con la sentencia del TJUE.
La gente sigue sin entender que la inmunidad depende de la legislación nacional de cada país, y por eso el TJUE dijo que debía ser el TS el que dictara los efectos de la inmunidad.
#1 El Junqueras si que tiene un buen expediente. Se pensaba impune.
Estimados señores de Europa, no os enteráis de nada, a pesar de las elecciones y de la Constitución en suelo sagrado de ESPAÑA mandan los españoles de bien, es decir, buenos españoles de derechas, los cuales hemos puesto a varios de nuestros lacayos al frente de los tribunales para hacer cumplir nuestra sacrosanta voluntad. Si tenéis algún problema debéis pedir audiencia con algunos de los dirigentes de tercer nivel del pp, c's o v, pero teniendo en cuenta que siempre tenemos la razón ya que mandamos en estas tierras por mandato divino.
#7 Nadie se para a estudiar el caso, solo vocean eslóganes que les ha dicho el panfleto de turno.
Ceder soberanía a una asociación federalista supranacional ¿qué podría salir mal?
#7 En la parte en la que se indica que Oriol Junqueras tenía inmunidad antes de la sentencia y el TS no pidió el correspondiente suplicatorio para que la inmunidad quedase sin efecto.
El resultado es que ahora hay en prisión a un eurodiputado con inmunidad. No se han llevado a cabo los pasos legales necesarios para que esa inmunidad quedase sin efecto.
#3 y las risas que nos vamos a echar?
#8 No es cuestion de impunidad, sino de protocolo..El TJUE ya ha dicho que hace falta un suplicatorio al parlamento europeo.. que lo pidan, y punto. y despues, se juzga o re-juzga, condena y lo que haga falta (de hecho, esto estaba condenado antes del juicio).
Pero la "justicia" española se está pasando por el forro el procedimiento y eso significa expediente por incumplir la sentencia del TJUE (que es superior).
Otro varapalo judicial desde Europa
#11 el problema es ir de democracia y luego ser una dictadura.
#2 Al trifachito se la sopla. Y si expedientan a España culparán al Gobierno del Psoe+Podemos.
Pagamos todos.
Al final acaba Junqueras con una indemnización millonaria por parte del estado. Y sino al tiempo
#12 la inmunidad la reconoce el TS, y aclara que según legislación nacional, no impide ser juzgado: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-rechaza-que-deba-pedir-suplicatorio-a-las-Cortes-para-proseguir-la-vista-oral-de-la-causa-especial-20907-2017
El suplicatorio era imposible de pedir porque el parlamento europeo y el Tribunal General de la UE no les reconocía como eurodiputados. Y no era necesario para juzgarle sino para la prisión provisional, en la que ya no se encuentra.
Repetimos: La inmunidad no impide al TS juzgarles.
"the scope of the immunity under Article 9 varies depending on whether the MEP concerned finds himself in the territory of his own Member State, or in that of another Member State. In the first case, the scope of the personal immunity depends entirely on that of the immunity granted by national law to national parliamentarians thus, some MEPs enjoy no immunity at all, whereas others are granted very broad protection from prosecution ,arrest and detention."
https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/IDAN/2014/509981/IPOL_IDA(2014)509981_EN.pdf
Sacado del punto 106 de esta sentencia del TJUE http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=84259&pageIndex=0&doclang=en&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=5411893
#16 El problema es que nuestra derecha y sus votantes son muy anticonstitucionalistas.
#2 Ninguneado que pegues un golpe de estado y te vayas de risitas? Eso es ser un fascista de cojones.
#21 Vosotros no teneis ni pajolera idea de lo que es un golpe de estado. Ni siquiera recordáis el 23M, mientras ensalzais a tarados mentales como Tejero...
#2 Esto con Tajani y Juncker no pasaba.
#7 A pesar de como ha interpretado el TJUE, con anterioridad, el Art. 9 del Protocolo 7, la verdad es que nos encontramos en terreno que, creo, jamás se ha debatido en la justicia europea. El propio Art 9 dice, textualmente, que:
Mientras el Parlamento Europeo esté en período de sesiones, sus miembros gozarán:
en su propio territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su país;
en el territorio de cualquier otro Estado miembro, de inmunidad frente a toda medida de detención y a toda actuación judicial.
Gozarán igualmente de inmunidad cuando se dirijan al lugar de reunión del Parlamento Europeo o regresen de éste.
No podrá invocarse la inmunidad en caso de flagrante delito ni podrá ésta obstruir el ejercicio por el Parlamento Europeo de su derecho a suspender la inmunidad de uno de sus miembros.
Se puede entender, por ejemplo, con base en el párrafo penúltimo que, en cualquier caso, para movimientos hacía y desde el PE, no pueden tomarse medidas restrictivas de movimiento mientras no se suspenda dicha inmunidad por el Parlamento Europeo.
Ya veremos que dicen los servicios jurídicos de la cámara.
#19 Lo que indicas el Tribunal Supremo ya lo añadió como alegaciones a la consulta de TJUE, en su punto 21:
21. Mediante auto de 14 de mayo de 2019, el Tribunal Supremo estimó que no era necesario solicitar al Congreso de los Diputados la autorización previa a que se refiere el artículo 71, apartado 2, de la Constitución española, puesto que la elección como diputado del Sr. Junqueras Vies se había producido una vez abierto juicio oral en el proceso penal en su contra. En efecto, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la inmunidad derivada de ese precepto constitucional solo se reconoce a los diputados y senadores españoles respecto de los procesos penales en los que aún no se haya abierto juicio oral en la fecha en que hayan resultado electos o adquieran la condición de diputado o senador.
Fuente: http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=A7E3FBEFEB25EC38981E285212BB8338?text=&docid=221795&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=9028689
Esa alegación fue tenida en cuenta y desestimada al concluir el TJUE que Oriol Junqueras no solo sí tenía inmunidad si no que era necesario hacer el suplicatorio.
El Tribunal Supremo no hizo el suplicatorio. Por lo tanto la inmunidad no fue levantada en ningún momento.
Lo que tienes ahora es a un eurodiputado con inmunidad en la cárcel, privado de libertad y de ejercer su cargo. Debido a un Tribunal Supremo que no respeta la separación de poderes.
#6 Y que alguien quiera romper la UE y lo aplique también rompe la UE
Hay alguien...?
#22 El 23M conocí yo a una madurita imposible de olvidar. Qué lentejas más ricas hacía
#5 Espexit!
#22 Vosotros, nosotros? Españoles todos? Dividir es de fachas
#25 sigues inventando que fue desestimada.
En ningún punto de la sentencia se dice tal cosa, lo que se dice es esto:
"Por otro lado, es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza el Sr. Junqueras Vies en otros posibles procedimientos, como los mencionados en el apartado 30 de la presente sentencia, con observancia del Derecho de la Unión y, en particular, del principio de cooperación leal consagrado en el artículo 4 TUE, apartado 3, párrafo primero (véase, en este sentido, la sentencia de 21 de octubre de 2008, Marra, C‑200/07 y C‑201/07, EU:C:2008:579, apartado 41). En este contexto, ha de tener en cuenta, en particular, lo declarado en los apartados 64, 65, 76 y 82 a 86 de la presente sentencia."
Estas engañando.
#2 Como se come que todo sea un plan del "trifachito" y que estos tengan que preocuparse por algo cuando todo el proceso ha pasado con el PSOE en el gobierno? En todo caso sería "Parece que el PSOE no ha contado con la presión de la comisión europea..."
#21 joder que pesados sois con lo del golpe de estado. Golpe de estado es lo que pedía Vox que hiciese el ejército para “salvar a España” de si misma.
#24 por eso dice que se tiene que pedir suplicatorio para la prisión provisional, pero no impide ser juzgado.
#11 Gracias a ceder soberanía a esa asociación federalista supranacional se quitaron cláusulas abusivas como la cláusula suelo hechas por los bancos para joder al consumidor y que el Supremo aceptó como válidas.
Pero claro cuando tocan la banderita y el sentimiento patrio entonces nos jode que Europa ponga sentido común eh??
#31 Se indica que Oriol Junqueras tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio.
La alegación que consta del Tribunal Supremo no consigue que el TJUE haga suyo que no tiene inmunidad, que no aplique al caso judicial en cuestión ni que no haga falta suplicatorio. Desestima la alegación.
El Tribunal Supremo lo intentó y fracasó, y ahora reutiliza esa alegación para ignorar al TJUE.
#25 Ya lo sabe y le da igual. Es su trabajo mentir y luego hacer como si nunca se hubiera equivocado. Esperate que ahora te copia un enlace al Twitt del abogado PPero de cabecera que dentro de un par de semanas habra borrado el hilo cuando se demuestre que estaba equivocado.
Al fin y al cabo... el abogado es PPero pero no vive de ello (a diferencia de Anarion que si vive de servir a uno de los partidos del trifachito). Y no puede arriesgar su reputacion de abogado manteniendo hilos equivocados sin eliminar de Twitter.
#8 Impune va a ser gracias al Supremo que por sus actuaciones ha invalidado todo el procés ahora solo falta que los tribunales europeos pongan a España en su sitio, y lo harán.
#36 Se indica que:
"es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
Que es lo que han hecho, decir que tienen inmunidad, y que no evita ser juzgados, como ya dijeron en Mayo de 2019.
#39 Claro, teniendo en cuenta que Oriol Junqueras sí tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio.
Lo que ha hecho el TS es ignorar la resolución del TJUE y reutilizar sus alegaciones como excusa.
El resultado es que hay un eurodiputado con inmunidad en prisión.
#35 No creas, este asunto en concreto me importa un pepino. Me jode cuando me tocan la soberanía del país en el que vivo, así en general, con sus cosas buenas y malas. Si tuviera que destacar algo que veo problemático sería la gobernanza económica. Y también ya verás que risa cuando la PCSD termine en un ejército común y no podamos hacer nada al respecto.
#7 en qué parte no se cumple con la sentencia del TJUE.
La parte que decia que tenían que permitirle recoger el acta, creo. Si no recuerdo mal No decian que lo liberasen ni nada parecido como muchos parecen creer, pero si decian que tenian que permitirle recoger su acta y no se lo han permitido.
#28 Y menudos vicios con sus hijos al crash bandicoot 2
#40 "tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio."
Solo para la prisión provisional, puntos 91 y 92 de la sentencia. Para el resto se aplica el 93: "es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
Deja de engañar.
#44 No. Para retirar la inmunidad del eurodiputado se requiere de suplicatorio.
La pregunta era en la fase de prisión provisional, ese es el contexto.
Indica que debe apreciar los efectos teniendo en cuenta que Oriol Junqueras tiene inmunidad y es necesario pedir el suplicatorio para poderle retirar esa inmunidad.
No lo hizo. Sigue teniendo inmunidad, y está en prisión, como eurodiputado.
#19 Aclárate chico....El suplicatorio se pide para Puigdemont y Comín, pero Junqueras se queda sin suplicatorio, por bizco y gordo. O cómo va el asunto? Venga, un poco de demagogia!
#42 eso es para prisión provisional, y dicen que si se quiere mantener la prisión provisional, pueden, con un suplicatorio, puntos 91 y 92.
A este paso España se va a quedar sin su amenaza favorita: “si Catalunya se va de España se queda fuera de Europa”.
"pero avisa que la sentencia del TJUE ha de cumplirse"
En realidad ese pero avisa sobra. Le preguntan primero por la situación de Junqueras y dice que habrá que estudiarlo. Una preguntas después le preguntan si las decisión del TJUE son vinculantes y obviamente dice que si. Coges las dos respuestas, las unes, y te sale este titular con una advertencia que no ha existido.
#45 Que no retiran la inmunidad PESADO.
Que dictaminan que no tiene efecto en la causa: "es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
Y con la condena anulan el mandato de eurodiputado.
#1
«Bruselas señala que el fallo del Supremo "plantea nuevos y complejos asuntos legales"»
Tan complejos como que el TS de Expaña pretende pasar por encima del TJUE.
#21 Te refieres a franco y sus herederos?? que ni han pagado ni devuelto lo robado desde el 36?
#50 Si no le han retirado la inmunidad lo que tenemos es a un eurodiputado con inmunidad en prisión.
Lo cual es una vulneración de la inmunidad de la víctima.
Y con la condena anulan el mandato de eurodiputado.
Le retiran la inmunidad, lo hacen sin suplicatorio. Están vulnerando la inmunidad de la víctima.
Se ha incumplido la resolución del TJUE y no se ha respetado la separación de poderes.
#14 La condena fue fraguada en el acto delictivo, no en el juicio. Tiene mal el negar algo que fue retransmitido por la TV y que todo el mundo pudo ver.
#46 Lee chico
"the scope of the immunity under Article 9 varies depending on whether the MEP concerned finds himself in the territory of his own Member State, or in that of another Member State. In the first case, the scope of the personal immunity depends entirely on that of the immunity granted by national law to national parliamentarians thus, some MEPs enjoy no immunity at all, whereas others are granted very broad protection from prosecution ,arrest and detention."
Unos están sometidos a la ley nacional, y otros no.
Viene absolutamente todo explicado en los enlaces que pongo y en los autos judiciales.
Pero os emperrais en no informaros.
#41 Te importa un pepino porque no estás afectado, ahí demostrando el egoismo patrio...
Por cierto la entrada a la Unión Europea también se votó como la Constitución y forma parte de la soberanía del país al ser votado por los españoles tanto los tratados europeos como la Constitución europea... Así que no, no se toca la soberanía del país, porque la soberanía del país reside en el pueblo no en las decisiones de un Supremo politizado.
Sobre lo del ejército común: ojalá... menos gasto para una institución absolutamente innecesaria.
Esa frase es una perogrullada. Que digan si ordenan que lo tienen que soltar libre o no a pesar de haberse saltado la ley, que es lo que interesa.
#5 ese es el plan, que nos echen para que esa banda pueda prevaricar a gusto, sin que les saquen los colores los guiris
#2 Que tiene que ver el trifachito?. Hace más de un año que no gobierna ninguno de esos partidos.
#6 Hay otros países que ya hacen lo mismo, como Turquía.
#53 está explicado en #19
La inmunidad en España no impide que te juzgue el TS.
La inmunidad depende de la legislación del país miembro.
Te emperras en no enterarte de cosas explicadas(y documentadas) en el primer comentario.
#7 Ya llegó Lesmes, hay que ver qué poco curro tenéis en el CGPJ.
#59 Pues que el trifachito es el que ha convertido un problema político, en un enredo monumental jurídico, en el que van a salir claramente perdiendo. Y con la reputación de mi paisano sectario Marchena por los suelos.
#54 ¿Confundes hechos delictivos con condenas judiciales a sabiendas o por ignorancia?
Por más que mataras a tu madre en 2012, si te juzgan en 2013, tu condena no es de 2012. ¿Lo entiendes mejor con pegatinitas y esquemas?
#62 que putada eso de que venga alguien con documentación a tumbar vuestras conspiraciones basadas en aire.
#22 El 23M yo estaba en la uni haciendo un examen. Me encontré todo el embolado al salir del examen, y era en Valencia, con los tanques en la calle. Fui al super, a hacer la compra de la semana, y me encontré con que la gente llenaba los carros como si no hubiese un mañana.
#61 Eso es lo que alegó el Tribunal Supremo en su punto 21. Y el TJUE desestimó esa alegación e indicó que no solo sí tenía inmunidad si no que además era necesario el suplicatorio.
Algo que el TS no hizo. La conclusión es que tenemos a un eurodiputado con inmunidad, no se le ha retirado, en prisión.
Un TS que no ha respetado la separación de poderes ni ha respetado la jerarquía jurídica, siendo el TJUE un tribunal de rango superior.
#39 "Señores del TJUE, he hecho trampas procesando a este señor, si están de acuerdo cojonudo, y si no pues me la suda".
#68 todo lo que ha hecho el TS viene en el recurso al TJUE, y este no ha objetado nada.
Si lo leyeras, lo descubrirías.
Pero claro....
#55 Ah vale que el TS ha hecho una interpretación ventajista y política de la sentencia, para no pedir el suplicatorio de Junqueras. Esto se pone
#63 Si tú lo dices...
#33 Es un deber constitucional del ejercito el mantener la unidad de España. Así que, si llega el momento en que corra peligro, no sería golpe sino actuación de acuerdo con la constitución.
#34 qué raro oye, esto no fue así con Ruiz Mateos creo recordar
#70 Ah vale, que no sabes leer.
#56 ¿Te parece egoísmo preocuparme por lo que de verdad me afecta en la vida? Pues me temo que eso no tiene nada de "patrio". Aunque la actitud creo que es llamarme "Muy Español" diga lo que diga.
Sobre lo de la UE, nadie ha podido votar de forma directa el Tratado de Lisboa, que no es nada más que la versión masticada de la Constitución de la UE a la que se le dijo claramente que NO. Y de ahí vienen todos los problemas que tengo, personalmente, con la cesión de soberanía a un ente supranacional. Por que sí, se ha cedido soberanía, la democracia participativa y representativa de la UE es un chiste.
Creo que no entiendes lo que representa un ejército común europeo...
#1 obviedades al canto.
No ha dicho nada realmente y la propia resolución del Tribunal europeo le daba a España muchisima margen de maniobra y en ningun caso discutia la condena a Junqueras.
Otra cosa es que algunos solo quieran ver la parte en la que el tribunal dice que junqueras era eurodiputado desde que se votó. Pero los efectos prácticos de eso son minimos. Porque ahora hay una condena en firme y su causa se tramitó y quedó vista para sentencia antes de ser eurodiputado.
El mayor efecto realmente es tener que tramitar un suplicatorio para el caso de Puigdemont.
Lo malo para los indep es que tarde o temprano la UE ( que es lenta y bucrocratica) avalara todo eso y muchos que alaban su Justicia quedarán preso de sus palabras.
Tiempo al tiempo.
#67 respondido en #31
Eres incapaz de probar tal desestimación porque no existe.
"es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades "
#69 El TJUE no puede objetar de oficio, el TJUE ya ha hecho su dictamen y debe ser respetado. Algo que no ha ocurrido.
#65 qué pena que el TJUE éste no te tenga a ti
#74 Uh, ya empezamos con las falacias, ad-hominems y ataques personales.
#12 No pierdas el tiempo con este usuario. Es un bot del PP. Tienes todas las respuestas programadas. Revisa su historial.
#73 Ruiz Mateos no había sido procesado por el TS.
Estaba siendo juzgado por un tribunal menor, al ser electo, su condición de aforado elevó la causa al TS, para la fase de instrucción, es decir, anterior al procesamiento.
La inmunidad protege antes del procesamiento del TS.
#77 Tras la alegación el TJUE concluyó que la inmunidad sí es vigente también para el caso ya iniciado, desestimando así el argumento, y que sí es necesario el suplicatorio, desestimando de nuevo el argumento.
Sí han sido desestimadas las alegaciones del TS que ahora quiere reutilizar para ignorar el dictamen del TJUE.
Los efectos aparejados incluyendo las conclusiones del dictamen, las cuales ha ignorado.
#80 eres tú el que se pone a inventar, yo te he puesto un texto muy fácil de entender que distingue 2 casos distintos.
#83 respondido en #77
#65 Por favor habla con tu programador y que revise el nivel de educación de tu algoritmo. Parece que estás al límite de tu resistencia.
#8 Curiosa impunidad, 2 años en la cárcel
#50 ¿si tiene anulado el mandato como es que sale como eurodiputado en la web del parlamento europeo?
https://www.europarl.europa.eu/meps/en/96708/ORIOL_JUNQUERAS+I+VIES/home#mep-card-content
Que el TS se ha saltado el proceso porque le ha salido de los huevos y estan acostumbrados a salirse con la suya.
#1 si, ya. Que.te crees tu eso
13 de Enero... tic, tac, tic, tac....
Los jueces españoles desobedecen la ley por un fin ideológico, que es la base del juicio a los presos políticos. Y esto se percibe más claro cuando más avanza esta telenovela
#84 En qué se distingue el suplicatorio de Junqueras, del que pide el juez Llarena para Puigdemont y Comín? Pues en eso, de hacer una lectura partidista de la sentencia.
#60 No lo acabo de entender.
#60 Turquía no pertenece a la UE.
#92 A Junqueras se le aplica la legislación del país miembro donde fue electo, se encuentra dentro de ese territorio. Se aplica las normas de inmunidad nacional
Fuera de ese territorio, la inmunidad previene arresto o procesamiento.
Menuda mierda de noticia. El titular no se corresponde en absoluto con lo que dice luego el texto de la misma. Voto sensacionalista.
#26 No te pillo.
#88 porque aún tienen que ratificarlo en el PE y hacer todas las gestiones administrativas.
La sentencia se cumple, Junqueras no está en prisión provisional.
#1 Eso. Y si hay una multa que la pague Cataluña.