Hace 3 años | Por Chera a heraldo.es
Publicado hace 3 años por Chera a heraldo.es

La Audiencia revoca el fallo del Juzgado de lo Penal al entender que no queda acreditado que la ingesta de alcohol influyera en su conducción. La Audiencia de Teruel ha absuelto al teniente de la Guardia Civil del puesto de Albarracín que a finales del pasado año sufrió un accidente con su coche estando fuera de servicio y arrojó inicialmente una tasa de alcohol superior al límite penal, fijado en 0,6 miligramos por litro de aire espirado.

banyan

Vaya bola con la GC 😐

D

Espanistan

io1976

"El pipiribipipi es mi divisa"

Neeme

"no queda acreditado que la ingesta de alcohol influyera en su conducción"

D

Pues nada, ya hay jurisprudencia. Si os paran y dais positivo enseñais esta sentencia y listo.

D

#10 la sentencia no es del TS ni del TC, así que no genera jurisprudencia. Además de que tendría que existir más de una sentencia.

Y la guinda es que la jurisprudencia no es fuente de derecho realmente siquiera.

Pero se puede usar la sentencia en recursos sí, y ver si otros tribunales compran el argumento si las circunstancias son similares.

-Tasa de alcohol con un margen de error que podría situarte por debajo del límite delictivo.
-Testigos que no aprecien estado de embriaguez en el conductor.

YOYOMISMA

Vaya, no sabía yo que el "yo controlo" era un eximente.

Imag0

Pregunto desde la ignorancia: ¿Esto sienta precedente?

D

#16 para que genere jurisprudencia debe haber más de 1 sentencia en la misma línea emitida por el TS o el TC.

Esta sentencia es de otro tribunal, así que no, aunque a lo mejor se basa en sentencias del TS, no lo menciona.

Burrofleta

Por cierto, y dado que como demuestra #13 la absolución no es por ser guardia civil, echo de menos aquí a los que protestan porque el titular de la noticia es sensacionalista por introducir información no relevante (como cuando se informa de la raza de un delincuente)

D

#16 sólo si eres guardia civil.

M

#1 estaría bien que tráfico diera su opinión

Burrofleta

#3 Si os leyerais la noticia antera...

japeal

#11 Venía a indignarme pero, la verdad, es que lo has descrito muy bien.

Imag0

#18 Vamos que un juez de un tribunal provincial puede hacer estas mierdas y si la causa no se eleva a un tribunal superior aquí paz y después gloria, ¿no?

pedrobz

#25 Tarde

D

#1 para cagarse en los pantalones.

perrico

#26 Entonces dile al juez lo del rey. Aunque no creo que cuele.

HimiTsü

Hay que decir que el razonamiento.: " no influye en la conducción " o no queda acreditado.., es bueno.
Si, por ejemplo, te hacen unas pruebas de reflejos - test de habilidades, etc. - y las repites con una tasa de alcohol iguales, sin que se demuestre efecto ( raro, pero puede ser ) quedaría demostrado que con esa determinada tasa de alcohol, tus reflejos y tu juicio son igales que cuando estas sobrio. Ergo.. no conducirias bajo los efectos del alcohol.
Otra cosa es que esté castigado estar al volante con niveles de alcohol en sangre mayores de " × " o con trazas de haber consumido. En eso está en la sociedad elegir qué es lo más conveniente.

Vinividivicious

#22 Me la he leído entera ¿Que has visto en la noticia que justifique su absolución?

pedrobz

#28 No te preocupes, se lo diré... en cuanto me pillen

ElTioPaco

#17 creo recordar que era teniente, y llevaba en el puesto un par de semanas.

El no sale a apatrullar, es quien manda a los Minions a hacerlo.

Modelo de autoridad.

D

#32 Y ya algún GC que quiera "progresar" se apuntará para hacerle de chofeur.

ElTioPaco

#19 si es relevante, porque cuando he leído "el guardia civil de Albarracín", ya sabía a qué noticia previa referenciaba.

Y cuando la noticia previa ocurrió si que era relevante, no era de Albarracín sino que este era su destino, al que acababa de llegar hacía unas semanas por ser guardia civil, y casi nada más llegar la lío así.

Así que justo o injusto, la referencia es correcta... Al menos para los que recordamos la noticia de cuando sucedió esto.

kucho

"La velocidad excesiva no implica un comportamiento consecuencia de la desinhibición al volante y falta de reflejos característica de la ebriedad"

personalmente me la suda. ha tenido suerte de no haberse cruzado con nadie. si se marca un ortega ya tenemos un muerto.

AlZarqui

Si estuviera De los Cobos... otro gallo cantaria La culpa de todo la tiene Yoko O... que diga Marlaska!!

Bacillus

#4 que trato de favor tiene este hombre?
Se presentan otros compañeros y le hacen los test de alcoholemia. Cómo te harían a ti o a mi.
Al dar positivo y supera el límite a partir del cual se considera delito, le hacen juicio y le condenan. En dicho juicio dos compañeros declaran que el acusado olía a alcohol y a tabaco. Pero obviamente también explican que no estuvo violento y que permaneció de pie aunque con algún signo de estar desorientado.
El acusado usa su derecho y "se defiende" de esa sentencia, aduciendo que si se considera el margen de error del aparato, estaria por debajo del límite que marca el "delito". El juez reconoce este hecho y valora otros hechos y entiende, como muchas otras sentencias, que alguien puede dar positivo en un control pero no estar "borracho" en el sentido de que este estado sea determinante para que se produzca o se pudiera producir un accidente.
En qué parte la ley no es igual para todos? La única ventaja que podría tener es que al trabajar de guardia civil conoce los límites de los aparatos de medición así como protocolos de validación... Pero el conocimiento de algo que está disponible o publicado no causa una diferencia ante la ley.

s

#11 Lo que pasa es que a cualquier otro, la G.C casi pone por defecto ojos rojos, andar deambulante, habla inconexa... Y aquí, casualmente, el compañero no tenía nada de eso. Que oye, será casualidad y ya está.

Dikastis

#11 Aparte del olor a alcohol y de algún babeo ocasional, algunas veces dices cosas muy interesantes...

elpayito

#22 Me la he leído entera un me sigue pareciendo la misma cacicada.

kaysenescal

#32 Buen dato. Pues si era Teniente, como indicaba en mi comentario, dentro de la GC debe haber ciertas sanciones por conducta reprobable, o deshonor al cuerpo o como lo indique su reglamento con su consecuente castigo interno (sin servicio y sueldo, tareas menores, degradación, privación de méritos y beneficios, etc.) y espero que se le apliquen.

https://publicaciones.defensa.gob.es/media/downloadable/files/links/m/a/manual_basico_regimen_disciplinario_guardia_civil.pdf


Pero por lo civil, creo que se le ha juzgado correctamente.

D

#38 no puedo hablar de otros casos, sólo de este, y en este parece que había testigos imparciales que no declararon signos de embriaguez.

Además de que en #_13 tienes ejemplos de otros casos similares sin que sea GC.

D

#39 ¡difamación! Lo del babeo lo acepto, pero lo de alcohol no, soy abstemio, salvo que haya oportunidad de ligoteo, y llevamos meses de confinamiento cry

D

#19 Perdona pero el hecho de ser Guardia civil es absolutamente relevante, otra cosa es que no lo quieras ver

DangiAll

#1 Ya me estoy viendo el argumento de la defensa

Que soy compañero coño !!!

D

#22 Me la he leido, por favor, ilumínanos

D

#37 No entiendo una cosa:
Si el margen de error del aparato deja el valor por debajo de la marca de delito, qué cojones hace en un juício? No entiendo eso.

cc #11

D

#24 define "estas mierdas"

Por norma general un tribunal es independiente y tiene potestad para sentenciar lo que le venga en gana.

Y en todos los tribunales existe la figura del recurso, en múltiples formas, durante el juicio y después del mismo, para garantizar que el proceso es adecuado, cuanta más gente lo revise, mayor seguridad de que se ajusta a la ley.

Tom__Bombadil

#17 Pero si le han absuelto de todo eso, la sentencia del juzgado de lo penal ha quedado revocada.

Quiero decir, que basta con leerse el titular, ehh.

baraja

#30 Lee en #42 la explicación.

Resumen: sí, iba bebido. No, no es delito porque no supera el 0,60 de alcohol en sangre tomando en cuenta el margen de error del medidor.

La noticia es sensacionalista de manual. Que iba bebido nadie lo discute, lo que se discute es que sea delito lo que hizo.

Cehona

Yo me iría a tomarme 4 copazos para celebrar la sentencia con el coche a un garito.

abnog

#3 Perdón por el negativo. Móvil de mierda y dedazo.

D

#11 el margen de error es hacia abajo... O hacia arriba.

CC #23 #38 #39 #48

(Edit)
Además:

Los agentes motoristas del Subsector de Tráfico que acudieron al lugar del accidente apreciaran en el acusado olor a alcohol

si bien los dos agentes motoristas que vieron en primer lugar al accidentado dijeron en el juicio haber apreciado en él olor a alcohol y a tabaco así como haberlo hallado un poco desorientado, también describieron que en todo momento el acusado "estuvo educado y en pie"

Imag0

#49 Un tipo va pedo deja el coche así y le absuelven porque es GC, estas son las mierdas. Si no fuera GC lo habían empapelado fijo, y eso lo sabe hasta la señal de tráfico que se ha llevado por delante.

Si el máximo legal es 0,6 es así para todos, no solo para los compañeros, coño.

Caresth

#1 Sin ánimo de defenderlo, cuando yo saqué el carnet el máximo era 0,7 y con 0,6 te habrían felicitado por tu responsabilidad. Tal vez llamarlo borracho es un poco exagerado. Y tal vez el juez haya apreciado que la merma en sus condiciones por ese alcohol en sangre no haya sido lo que provocó el accidente.

D

#54 y? Si al tomar la medida, el margen de error coge por debajo del límite, eres inocente. Punto. No veo que haya nada más donde rascar.

D

#48 el juicio está para revisar ese tipo de cosas. El aparato dice que su tasa es mayor a 0,6, y eso significa, a priori, que ha cometido delito.

Pero en un tribunal se puede analizar en mayor detalle y con garantías si es así o no.

Además, posiblemente si los testigos hubieran dicho que el conductor parecía borracho y caminaba dando eses, no se habría salvado. Por ponerte un ejemplo de más cosas a analizar que esa del cacharro, podrían haber argumentado que aunque la medición tiene ese margend e error, era fiable dadas el resto de pruebas que acreditan su embriaguez.

D

“Teniente” todo dicho, también me gustaría saber que hubiese ocurrido si hubiese sido un guardia raso.

D

#59 Sigo sin entenderlo. Si el radar te pilla a 121km/h, no te marca multa porque no tiene capacidad de discernir si estabas a 121 o a 119.
Con ésto es lo mismo. Si el aparato da 0.64, pero el margen de error alcanza el 0.59, no hay nada que ir a juício. Es multa y listo.


O es que con ésto funciona diferente? No entiendo.

Bacillus

#48 pues porque no le aplicaron el margen de error. Desconozco el porqué, pero es algo que pasa también en muchas multas de velocidad. Si introduces en un buscador multas, radar, margen de error, juzgado verás que hay bastantes casos.
El porqué no se aplica? Ni idea. Puede que fuera un juicio rápido y no miren los casos pormenorizadamente?

swapdisk

La noticia busca ser un poco ambigua a propósito, que así tiene más morbo.

Como bien explica #42 se escapa del delito por el margen, pero seguirá llevando la multa por conducir con alcohol en sangre con lo que toque para el valor sin margen de error, aunque ya no sea delito. Es como si te pillan a 1 km/h por encima de la velocidad a la que es delito contra la seguridad del tráfico, invocas el margen de error y no lo han aplicado, bajas ese km/h y ya no es delito, sobreseído. Eso si, la multa por el importe correspondiente hasta el nuevo valor, te la comes.

La noticia quiere hacer sangre con que es GC. Que otra cosa es que se merezca una buena suspensión de empleo y sueldo por aquello de que mañana tienes las santas narices de sancionar a gente por lo mismo que tu hacías, pero las multas morales no existen, solo legales. Si no estaba de servicio, es una persona más.

Dikastis

#44 Encantado, yo soy Luis lol

D

#62 Ok, entonces es simplemente un error administrativo y la cosa no tiene más miga.

La frase esa de que no se pueda probar que el alcohol le hizo tener el accidente es secundaria. No se tendría que haber llegado a ese punto.

D

#55 ya ha venido el difamador, cuyo argumento es:

" Todos sabemos que no se puede estar borracho y estar de pie siendo educado."


clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap clap

Y la brillantez de que, como eran policías, pues no vale su testimonio

Si los agentes eran amigos suyos o algo no habrían testificado nada que pudiera ir en su contra, como que olía a alcohol.

Pero difama, que algo queda.

editado:


Espera, que ha añadido que iba a mayor velocidad de la normal, porque claro, todo el mundo sabe que si no vas borracho, no puedes conducir por encima de la velocidad normal lol lol lol lol

Te lo explico fácil: Aquí se habla de responsabilidades penales, cuando te encarcelen por conducir por encima de la velocidad, me avisas.

El pavo este se comerá las sanciones que le correspondan, de eso no se libra, aquí se habla de su responsabilidad delictiva, no adminisrativa.

D

Vamos a ver, hay algunos aquí que estáis inventando la rueda, supongo que picoletos o policias. En ningún sitio de la ley que regula la alcoholemia en la circulación pone que, para ser sancionado, se tiene que ver claramente que no te tienes depies. Pone que,si en el aparato homologado en el que soplan das más de x%, te corresponde la sanción y. Y punto. Que lo de que la GC te haga pruebas para ver tus facultades es de las películas de Hollywood.
Otra cosa es que 0,64x0,925=0,592 que es menos de 0,6 y no es delito, o lo que sea pasar de 0,6.
Y dejad de darle vueltas. La sentencia es un zurullo cojonudo. Espero que la DGT lo lleve al supremo, lo gane y al tipo en cuestión la broma le cueste un pastizal.Y
Y lo dice uno que ha hecho morder el polvo 2 veces a la DGT por no aplicar los errores de los cinemometros en las sanciones.

Vinividivicious

#51 ok, pasa de juicio a simple multa ¿No?

D

#25 Usted para postear pandemias fake es el nùmero uno de la falta de cultura.
Para empezar hace comparaciones de un retrasado mental,porque.no se ajusta en nada a la noticìa.
No nombra que un menor de edad jugara con un arma de fuego con su hermano.Tampoco que ese suceso ocurriera viviendo en el exilio..El responsable es del adulto que dejó ese arma al alcance de unos niños y la ley de Portugal en lo referente a ese accidente.

japeal

#54 me uno a #58. Tampoco entiendo muy bien lo que aporta tu comentario. Si la horquilla da entre 0,688 y 0,592 existe la posibilidad de que estés por debajo, así que presunción de inocencia.

F

Esto parece un feudalismo con urnas. Están los que tienen la pasta y el poder, que pueden comprar su inmunidad. Luego están los que protegen a estos, que reciben palmaditas en la espalda para que sepan a quien tienen que servir (como se puede apreciar en este caso. Otro ejemplo ilustrativo sería el del barco que llevaba unos pocos kilos de droga).

Y finalmente estamos los pringados de abajo que somos los únicos que tenemos que cumplir con las leyes y las normas establecidas, además de mantener al resto con nuestros impuestos y nuestro trabajo.

bitman

#22 ¿qué dice la noticia pues? Un GC se sale de la carretera por conducción a excesiva velocidad y los agentes que se acercan (también GC) constatan que había bebido y que la tasa de alcohol en aire expirado era de 0,6 pero él alegó que se le cruzó un ciervo.

También podía haber dicho que se le cruzó un jabalí o una carava de Amish, pero conducía con una tasa de alcohol más del doble de la permitida y a velocidad excesiva, delitos por los que fue sancionado.

La gracia es que a partir de ahora todo el que tenga un accidente borracho y a más velocidad de la permitida puede alegar que es que se le cruzó un ciervo en la carretera. Aunque me temo que esto no aplica a todos los ciudadanos...

D

#56 " le absuelven porque es GC"

Eso no es lo que dice la noticia.

D

#58 #70 mas exceso de velocidad y accidente.

Que esto no es que le han pillado en un control.

Y #70 qué aportas tú si tu opinión ya la dice 54? Espero sentado. Gracias.

baraja

#68 Efectivamente, de ser delito (tasa superior a 0,60) a multa de 1000 euros y retirada de 6 puntos del carnet (tasa de 0,51 a 0,60).

El_pofesional

#66 Conozco tu técnica. Eliges el único "argumento" (que no lo es) que puedes atacar e ignoras el resto. Es patético y no vas a desviar mi atención.

Los hechos son estos: Un borracho hijo de puta saltándose los límites de velocidad se estrella. Llega la guardia civil y el pestazo a alcohol y tabaco es insoportable. Le hacen la identificación, ven que es de los suyos, les pide compasión y el resto lo tienes aquí: Dos testigos dando importancia a que el hijo de puta estaba de pie y era educado en vez de hablar sobre su embriaguez y el riesgo en el que había puesto al resto de ciudadanos. Porque todavía hemos tenido suerte y tenemos que estar agradecidos porque el hijo de puta se ha estrellado él solo.

A la mierda. A reírse de otros.

rodrigc

Una duda técnica, ¿Alguien sabe si los etilometros guardan registro inalterable de las mediciones recogidas?.

baraja

#40 #47 #72 Lee la explicación en #42 porque la noticia de Heraldo lo explica mal.

Bacillus

#65 no sé si error administrativo...desconozco los protocolos legales. Lo de que no se puede probar que el alcohol le hizo tener el accidente no se yo si es tan secundario. Si los agentes hubieran dicho que se tambaleaba, no mostraba coordinación alguna y se mostró violento como síntomas de embriaguez lo mismo las consecuencias hubieran sido distintas....porque aunque con el margen pidiera estar por debajo de lo que se considera delito, sí que conducía por encima del límite....y si se demuestra que el accidente fue causado por esta circunstancia, las consecuencias podrían ser distintas.
Seguro que algun abogad nos aclara este punto

porcorosso

#37 Se presentan otros compañeros subordinados y le hacen los test de alcoholemia.

Casualidad

"La defensa argumentó en cambio que el etilómetro estaba caducado porque se les pasó un certificado y que por tanto no era fiable a los efectos de precisión"
https://www.diariodeteruel.es/noticia.asp?notid=1019723&secid=1&clas=1

El_pofesional

#59 Tienes razón. Que los testigos dijesen que "apestaba a alcohol y tabaco" no debe ser suficiente para parecer borracho. Sobre todo si lo contrarrestas con el mortal "era educado y se mantenía en pie". Es tan difícil llegar a aventurar si el tío iba borracho o no... Qué dura es la labor de investigación.

Gracias a Dios sabemos que los borrachos no pueden ser educados ni mantenerse en pie. Y también sabemos que el hecho de que alguien apeste a alcohol puede significar simplemente que le han tirado alcohol encima para gastarle una broma. Y luego, joder, dar 0.62 en un test de alcoholemia tampoco es que diga mucho sobre si estaba borracho o no. Qué difícil, de verdad.

D

#76 bonita película que te has montado.

De nuevo, si los policías eran amigotes, no habrían declarado NADA que pudiera ir en su contra, como el olor a alcohol.

Tu argumento, fuera de la conspiración, no se sostiene.

El_pofesional

#61 ¿No lo entiendes? Anarion tiene que defender a ciertos estamentos. Nada más. Es patético y en mi comentario 81 puedes ver lo ridículo de su argumentación.

baraja

#16 Esta sentencia se pone todos los días en todos los juzgados de España. Todos los recursos por exceso de velocidad o por alcoholemia piden que se tenga en cuenta el margen de error del aparato medidor. Lee en #42 la explicación más detallada.

perrico

#69 Era mayor de edad y estaba en la academia militar, luego tenía que saber manejar un arma. Infórmate majete.

D

IMPUNIDAD.

El_pofesional

#82 Si sigues poniendo en mi boca palabras que no he dicho te voy a empezar a considerar no digno de mi tiempo. Te refutaré para que la gente vea lo ignorante que eres y después no te contestaré.

He dicho que son compañeros, no amigos. Déjate de hombres de paja que se ven a kilómetros.

japeal

#74 si lo que no entiendo es lo de "el margen de error es hacia abajo... O hacia arriba."

De todas maneras, lo que diga un informe sobre olor a alcohol de poco sirve después una prueba de alcoholemia.
En cuanto a lo de desorientado, no sé, me parece lo normal después de un accidente, vayas o no borracho.
En cuanto a lo de estuvo educado y en pie, no sé que ves de raro en eso.

D

#87 has dicho lo de compañeros para inferir que ha habido algún trato de favor, como si se tratara de amigos cubriendose las espaldas, que es lo que refuto.

Gracias por no decir nada sobre que, efectivamente, que declaren cosas PERJUDICIALES para el acusado denota que no le estan cubriendo sino que, a lo mejor, su testimonio es simplemente imparcial.

B

#14 Como el "yo controlo" sea eximente, en las pruebas de paternidad se va a armar la marimorena.

Bacillus

#72 la parte de que no aplicaron el margen de error del aparato te la has saltado por error o porque es un "hilillo de plastelina" que rompe tu argumentación?

D

Entonces, cualquiera puede conducir borracho, mientras no se pueda acreditar que afecte a la conduccion

Voy a celebrarlo

bitman

#42 ¡Gracias! "Nunca te acostarás sin saber una cosa más"

Me quedo con este detalle en la interpretación de la sentencia: "La velocidad excesiva no implica un comportamiento consecuencia de la desinhibición al volante y falta de reflejos característica de la ebriedad", resalta el fallo. que seguramente sea lo que de verdad le libra; imagino que queda a discreción del juez determinar si es o no constitutivo de delito aun no llegando a la tasa una vez aplicada la corrección, pero no sé, viendo cómo ha quedado el coche, la torta tuvo que ser de campeonato. Que digan que ir bebido no afectó a las capacidades del conductor me parece una burla. ¿Aquellos que tengan un accidente habiendo bebido y con un nivel de hasta 0,64 pueden recurrir a esta excusa para librarse de ser imputados penalmente?

Lo que no me queda claro es si la absolución de delito penal implica que ya no le puedan sancionar por otras vías (está claro que sí dió positivo (>0,50 1.000 € y 6 puntos)

P

#57 creo que confundes alcohol en sangre (g/l) y alcohol en aire espirado (ml/l), los 0,7 eran de los primeros. No ha cambiado tanto.

D

#57 no es una interpretación, es una norma en la cual si >0,25 es falta y >0,6 delito

Herrerii

#69 Eso te han contado en tu colegio monárquico del opus?

BM75

#56 Lo absuelven porque el margen de error es del 7,5% y no se aplicó correctamente. Eso hace que pudiese estar por debajo de 0,6. No seré yo famoso por defender a la GC, pero en este caso no veo trato de favor. Lee a #42 que lo explica muy bien.

D

#51 falta administrativa>0,25 y penal >0,6

El_pofesional

#89 ¿De verdad tengo que explicarte cómo los cuerpos de seguridad del estado se cubren entre ellos constantemente? ¿En qué mundo vives? Ya está. Esta conversación ha terminado. Que la gente juzgue por los argumentos.

bitman

#91 No, no. Desconocía que el detalle de que el margen de error del 7,5% lo situaba por debajo del límite para considerarlo delito penal (#93)

Una pregunta off-topic, ¿por qué dices plastelina y no plastilina?

1 2