Hace 4 años | Por a1984
Publicado hace 4 años por a1984

Comentarios

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#1 lol Hace un par de semanas no hubiera entendido tu referencia al salseo.

Se la pasa por el forro abiertamente. Me sorprende que se pueda estar haciendo esto durante años y que Consumo de tu CCAA no acabe por meterte mano. Supongo que tienes que dar varias veces con alguien informado que reclame bien, pero aún así...

Lo de la notificación vía YouTube sería digno de Valle Inclán y ya monetizarlo... Seguimos para bingo. 😂

PasaPollo

#5 No me fijé en eso, la verdad. Si es así, peor me lo pones: los teléfonos no son una de las excepciones válidas para que el desprecinto sea causa de no poder desistir devolviendo el producto; la devolución no puede tener coste (a menos, creo, que el cliente hubiese suscrito a mayores un envío urgente, en cuyo caso sería ese precio); y lo de los plazos...

En fin.

a

#6 Es que.. Fíjate que casos más apetecibles se dan con estas condiciones.

a

#8 Exacto, el problema que veo es que si quiero denunciar esto ante la administración, tengo que comprar algo, intentar devolverlo... y como intuyan que voy por ahí, me devolverán a mi el dinero y se acabó el recorrido. No entiendo cómo no se puede denunciar unas condiciones leoninas en sí. He leído que existe la modalidad de queja, pero no es vinculante y ni siquiera es anónima.

D

#8 el organismo ya existe, lo que faltan son los consumidores conocedores de sus derechos y dispuestos a ejercerlos.

Rancel

Deivid, cuando veas que todo lo has hecho está llegando a la portada de un medio de prensa...tienes razón, se pueden cambiar las cosas.

perreme

Deivid es un grande, ánimos!

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#33 caray, pelin maleducado no? creía sinceramente que tu lo tenías, al comentar con tanta superioridad moral sobre el tema

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#35 hazte un favor y vuelve a leer mi comentario antes de responder. Igual hasta entiendes algo. Aunque, sinceramente, lo dudo.

SubeElPan

El nuevo canal de Deivid

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...

Rubenix

Pues me decepcionó un poco Tolo con este asunto... Metió la pata totalmente con el directo y los vídeos posteriores. Parece mentira que no conozca el efecto Streissand.

Si callase pasaba todo inadvertido, pero fue él quien le hizo publicidad al asunto.

Además, la publicidad que el hace no tiene que ver con lo que analiza. El no analiza tiendas sino productos. Yo compré productos que el recomendaba pero nunca en las tiendas que él anunciaba.

m

Anda que voy a confiar en la opinión del Camionero Facha y demás fauna de vividores para nada...

D

Voy a copiar un comentario que puse en la noticia sobre el vídeo de Morganson:

vale ya he visto el vídeo donde comenta el tema de la cámara 3D.

Con él extraigo lo siguiente: las unidades que facilitaron/regalaron a los de Topes de canis tenían una versión de firmware superior a la que llevan las unidades en venta. Los que compres hoy en una tienda tiene, si mal no recuerdo, la 115 y la unidad de los topes de canis llevan la 124 que sí lleva la funcionalidad de la cámara 3D desbloqueada.

Así pues: ¿mintieron? Yo no lo creo, porque en ningún momento afirmaron que esa funcionalidad la ibas a tener de salida. Ellos hablan de que, una vez dispones de ella, se nota mucho.


OBVIAMENTE que los canales grandes hacen publicidad. No viven de las visitas porque YouTube paga una putísima mierda. Viven de lo que les paga las grandes marcas, porque si alguien lo duda, es un negocio. Si te crees ciegamente lo que te dice un tío en YouTube tienes un problema. Además, la gran mayoría de ellos suelen hablar de los puntos positivos y negativos de los productos analizados. Algunos hasta te recomienda no comprarlos.

D

#18 No lo tienen no.

D

#18 en realidad, en el caso del topes de canis siempre dicen aspectos positivos y aspectos negativos al final en las conclusiones. Si fuera solo publicidad no dirían nada malo o a mejorar. Así que el que solo hagan publicidad es algo a demostrar y hasta ahora es solo la opinión personal de Deivid Morganson. Respetable, pero una opinión al fin y al cabo.

BodyOfCrime

#25 Si esta pagada de cualquier forma es publicidad y debe ser marcada como tal

D

#27 que te paguen no es necesariamente publicidad.

BodyOfCrime

#34 Lo que hacen ellos si. Publicidad: Toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones.

D

#38 depende de lo que entiendas tú por promover. Porque si yo hablo de un producto y luego doy sus pros y sus contras para que el público decida, yo no lo considero publicidad, porque tampoco estoy maquillando nada.

a

#44 Para empezar están hablando de un producto y no de los demás.

"Promover de forma directa o indirecta" es una expresión que me parece que resume bien lo delicado del asunto, lo complejo que es separar correctamente lo que es información de lo que es propaganda. Y por eso se han descrito unos supuestos que marcarían lo que entra dentro de la categoría correspondiente... Y lo que hacen estos youtubers, entra en la misma que el de la teletienda, por muy objetivo que pretenda ser, objetivamente hay una relación que podría modificar el mensaje final.

D

#45 no estoy de acuerdo. Repito que no gano nada defendiendo a esta gente, pero en la tele tienda ni en los anuncios dicen nunca nada negativo del producto. El formato es muy distinto.

A ver, que no estoy totalmente en desacuerdo contigo. Que comparto mucho de lo que dices, pero hay otros puntos que los veo demasiado difusos para establecer una aseveración de que lo que hacen es pura y simple publicidad.

Markinos

#44 cc #45 Por abundar en el ejemplo de qué es publicidad y qué no, creo recordar que a determinadas series de ficción se les multó por hacer publicidad encubierta usando la técnica de emplazamiento de producto. Por ejemplo, mostrar la marca de un producto lácteo en una escena en la que el protagonista se estaba haciendo el desayuno.

http://vertele.eldiario.es/noticias/Publicidad-encubierta-TV-primer-anuncio_0_1878412183.html
https://www.lavanguardia.com/television/20170103/413069610784/masterchef-multa-cnmc-publicidad-bodega.html
https://www.reanimarketing.com/facebook-guia-basica-legalidad-publicidad/

Las personas no solemos ser conscientes cuán presente está en nuestro día a día la publicidad, hasta que la normalizamos y asumimos.

Y respecto a este caso en concreto, en el que YouTube se considera una red social (desde el momento en que tiene suscriptores), las multas son bastante cuantiosas.
https://www.vozpopuli.com/memesis/publicidad-encubierta-influencers-multa-LSSI_0_1154884699.html
https://influencerhub.es/como-ser-influencer/la-regulacion-de-la-publicidad-llega-al-mundo-de-los-influencers/

D

#52 entonces por qué no se multa y clausura Instagram? Porque, sin lugar a dudas, es el lugar donde más publicidad encubierta (con más o menos disimulo, o incluso sin ninguno) de toda internet.

Repito otra vez: estos canales son un negocio porque no viven de la mierda que les da YouTube por las visitas. Si te dan puntos positivos y negativos al final del vídeo no podemos hablar de burda publicidad. Tú valoras lo que te interesa más. Porque yo en campañas electorales ni en los anuncios de la tele veo que se hable de lo negativo o lo no tan bueno del producto en cuestión.

Por cierto: ¿te has mirado el vídeo?

a

#55 Que la Admnistración no actúe no es un argumento de nada. Y menos que no cierre un servicio con millones de usuarios, que es técnicamente imposible para un Estado.

Está muy bien, que sean el negocio que quieran, si no hay problema. Pero que lo digan, que digan quién les paga, qué porcentaje de sus ingresos depende de qué patrocinadores. Y si no quieren dar esos datos, que digan directamente que es publicidad. Es sencillo.

D

#56 pero no todos los vídeos son publicad. Solo algunos como bien apunta #57

Considero que es necesario que vídeos como los que aporta merezcan un strike en el canal, porque YouTube es muy valiente con unos y muy laxo con otros.

a

#61 Pero la influencia de la relación comercial bien puede extenderse a lo que publiques más allá de un vídeo concreto. Ninguna empresa mantendrá una relación contigo si haces el vídeo acordado de promoción y, acto seguido, uno en contra de los intereses de la empresa.

Por eso lo ideal es la transparencia, porque sabes quién puede influir en cada canal y de qué forma: Si sé que cobran de una marca, andaré con cuidado con los dispositivos, pero estaré más dispuesto a confiar en lo que digan de las tiendas, por ejemplo, y viceversa.

Markinos

#55 Instagram, al igual que YouTube, Facebook, etc, son plataformas que suelen tener sus domicilios en Irlanda (

, por lo que la Ley a la que se debe someter es la irlandesa y la europea (donde ahora se tendrán que adaptar al famoso Artículo 13), pero si los 'anunciantes' tienen su domicilio y actividades en España, se tienen que ajustar a la ley española (y europea)

En cuanto al vídeo (supongo que te refieres al de #50) lo he visto y la verdad es que está muy bien producido, tiene emplazamiento de marca (abajo a la izquierda) y no solo del producto, sino también del fabricante (Google), describe sus especificaciones (y opina sobre ellas, lo cual es 100% legítimo) y termina dando el precio y recomendándolo a un nicho de público objetivo muy claro. Para mi está cumpliendo bastantes requisitos de cualquier checklist de "como hacer buena publicidad", como estas:
https://www.crecenegocios.com/10-requisitos-para-una-publicidad-efectiva/
https://www.lafactoriacreativa.com/blog/agencia-de-publicidad/la-publicidad-efectiva-requisitos/

Se nota que es de publicidad, tal y como informan ellos mismos en su web -> https://topesdegama.com/publicidad

a

#51 No digo que sea lo mismo. Precisamente, que no sea descarado es algo que le añade gravedad a una comunicación sobre un producto, en mi opinión. Aunque no sea teletienda, entra dentro de la misma categoría en base a unos criterios objetivos: cobran de interesados comercialmente en el asunto.

D

#54 a ver, que esta gente no convence a nadie para que compre x producto. Me atrevería a decir que todos lo que acuden a sus canales son gente que ya está convencida de que se va a comprar este o aquel móvil y los mira para auto justificar su compra.

Yo desde luego no me voy a comprar el último iPhone ni el último galaxy porque Carlos Santagracia me diga que mola mazo.

Reconoce que ante esa línea tan difusa debería llevarse a juicio para determinar si es o no publicad. Y dudo que nadie tenga las ganas ni el tiempo de emprender esas acciones.

En el otro extremo está el caso del camionero geek. Este sí que es un sin vergüenza. Porque promueve la compra en una tienda que vulnera la legalidad y encima hasta hace vídeos defendiendo estas prácticas e incluso miente de forma repugnante haciendo entender a sus seguidores que no están amparados en la ley europea y que no tienen derecho a reclamar. En este caso sí me alegraría que le metieran un puro. Solo por hijo de perra.

a

#58 No creo que sea una cuestión que se deba dirimir en un juicio si hay un afán de honestidad por parte de los youtubers. En el momento en el que haya relación comercial, transparencia, y que cada cual decida que grado de credibilidad les otorga.

Y esto mismo me vale para, por poner un ejemplo, El País, ¿eh?. Creo que deberían ser mucho más transparentes. Pero como poco, ya puedes saber quién forma parte del consejo de administración, las cuentas están auditadas, los accionistas mayoritarios son públicos, las empresas que se anuncian en él también, etiquetan 'publicidad' sin miramientos en cuanto hay el más mínimo intercambio comercial... En este otro sector no hay nada similar a esto.

V.V.V.

#51 Perdona por meterme pero parece ser que la compañía tenía que aprobar los guiones de los youtubers antes de que ellos los rodaran y los publicaran. Además regalaba terminales y viajes a todos esos youtubers.
No es el típico caso de persona que recibe los terminales gratuitamente de varias empresas y los valora así sin más. Hay un proceso de censura por medio en el contenido del vídeo.

Creo que esa es la gran diferencia entre los que los compran y les hacen una reseña así sin más.

BodyOfCrime

#44 No es lo que yo entienda, es lo que entiende la ley.

D

#47 lo que diga la ley de acuerdo. Pero es que no es totalmente cierta la descripción que haces del canal de Topes de Canis. Si hablan de puntos negativos es un análisis. Puede que más bondadoso porque les interesa no tener mal rollo con las marcas, pero un análisis después de todo.

Echa un vistazo al canal de Víctor abarca y luego miras el de los canis. A ver si encuentras diferencias.

BodyOfCrime

#48 Pásame el canal de Topes de Canis que al buscar no aparece nada y claro me has dejado con la duda

D

#50 mírate este vídeo, especialmente a partir del minuto 8:30



Dime si está ensalzando la compra sin reparos de este terminal analizado.

BodyOfCrime

#53 En ese tengo mis dudas pero por ejemplo, aqui tienes unos publirreportajes sin marcar como tal







Y estos son los que son más cantosos, pero el día que empiecen a caer las multas no van a ser baratas.

D

#57 sinceramente, estos son vídeos que considero que deberían ganarse un strike para el canal. Claramente son publicad y encima cantosa.

Si les cae un par de multitas empezarán a dejar de hacerlos.

MarkQ

#15 ¿que estas diciendo? ¿ que la burbuja de YouTube ha explotado para los YouTubers?

m

lol Monetizando hasta las notificaciones judiciales. lol Muy #pwned, si señor. lol

D

Depende. Puedes decir que es la repera pero que tiene "algún fallito menor" y ya estarías diciendo que pones aspectos positivos y negativos. Pero sería como si dijeras "parte mala: tengo un cáncer con metástasis; parte buena: si fumo no va a ir a peor".

D

Nota: jaLearle.

Jadearle sería echarle el aliento.

a

#30 En todo caso, es cierto que jadearle desde la distancia es como no hacer nada.

RoyBatty66

Vale la pena comerse toda la mierda de meneos y comentarios ideologizados de este saco para acabar leyendo estos artículos y comentarios tan útiles

BodyOfCrime

#43 Pues mira, eso no lo sabía, sobre lo de las dos semanas

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.l2t1.html

Artículo 76 bis Efectos del ejercicio del derecho de desistimiento en los contratos complementarios

2. Ejercido el derecho de desistimiento sobre el contrato principal, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones recibidas en virtud del contrato complementario, sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que el consumidor y usuario haya informado al empresario de su decisión de desistir del contrato principal.

En el supuesto de que el empresario no reintegre todas las cantidades abonadas en virtud del contrato complementario en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad. Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.

El consumidor y usuario tendrá derecho al reembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.


Mucha atención a lo de días naturales, si le pilla en fiestas o domingos da igual, tiene 14 días desde que decidiste ejercer tu derecho de desistimiento.

Más cosas sobre el derecho de desistimiento:

Puedes devolver lo que hayas comprado aunque esté hecho añicos, ahora bien si lo haces con dolo pues te jodes y te lo comes, pero eso lo tendrá que argumentar la otra parte.

El derecho de desistimiento no es que puedas devolver algo, va más lejos, es que el contrato comercial nunca ha tenido lugar y como nunca ha tenido lugar cada recibe lo que dio a la otra parte (salvando el caso anterior de devolver una vajilla de porcelana que usarse como martillo, ahí lo puedes hacer aunque ahora sea un puzzle de 15000 piezas)

Sobre lo que dices de los 12 meses, solo es si el empresario no ha avisado antes de que acaben los doce meses. pongo ejemplos:

1) Empresario avisa de tu derecho de desistimiento -> 14 días desde que RECIBES el bien
2) Empresario no avisa -> 12 meses
3) Empresario no avisa, pero a los 3 meses SÍ que avisa de ello-> 14 días desde que aviso

BodyOfCrime

#40 Me refiero a que un profesional no puede usar el derecho de desestimiento. Yo llamo factura a una factura completa y no a una simplificada (o ticket), lo estoy diciendo mal?

a

#42 Por lo que leo aquí, las ventas a distancia requieren factura completa.

¿Y esa penalización del doble de la cuantía por demora en el pago dónde está? He encontrado que si no se avisa al consumidor de sus derechos de desistimiento, el plazo es de 12 meses, pero ninguna referencia a lo que comentabas.

sofazen

#0 Muchas gracias por currarte la información y exponerla.

GIWELL

Muy bonito todo... Pero si queréis que se diga la verdad... es tan fácil como que un canal de YouTube es tan importante como seguidores tiene. Es decir, la fuerza está en los usuarios. Dejad de seguir a los canales que están untados y seguid a los montones de canales que hay que si hacen las cosas bien. Yo tengo uno que hemos luchado incluso contra algunas marcas por decir la verdad tal como las vemos... Para que veáis que no lo hago por publicidad, ni diré cual és. Pero recordad... el poder es de los usuarios.

David_VG

#65 No creo que llegue con eso. Si los chicles de menta molan más que los de fresa se venderán más chicles de menta, hasta ahí bien, pero si vas al kiosko y al kioskero le regalaron un argamento de chicles de fresa y te expone "por algún motivo" que los chicles de fresa son lo mejor del mundo mundial hay algo más que hacer que comprar un chicle de menta.

GIWELL

#66 Habrá que usar la fuerza de Internet para viralizar los buenos contenidos y dejar abajo los "malos"

David_VG

#69 El problema está, como te acabo de escribir, en que no es una contienda entre iguales. Uno de los dos bandos hace trampas y dispone de dinero y recursos con los que "gana" a los que no los tienen.

a

#65 Para que no sea spam, te lo pido yo: ¿Cuál es?

Tienes toda la razón en que la causa del problema y la solución está en los usuarios. Pero precísamente para que los usuarios se den cuenta de lo que hay, hay que difundir el caso. Y tan bueno es que se haga en YouTube como fuera de él, véase #39

GIWELL

#67 Para no poner directamente el canal, dejo un título de un vídeo nuestro en YT que ha tenido poca repercusión y que es una muestra representativa de lo que hacemos detrás de cada vídeo (ojo, eso no quiere decir que a veces no equivoquemos e!)

Título:
La cámara RYYB del Huawei P30 Pro al descubierto

a

#68 Os conozco. Ya lo pongo yo:

WWWhatsnew

a

#68 #70 Entrar a la web y ver en la columna derecha los patrocinios abiertamente, así sí.

GIWELL

#71 Los post por los que nos paga la marca, siempre obligamos a publicarlo indicando que es un publipost. Las marcas pueden anunciarse, pero si es pagado, lo indicamos sin problema con un "usuario" llamado "Publipost"

a

#73 Artículo patrocinado, escrito por nuestro equipo usando las informaciones enviadas por nuestros anunciantes.
Me parece chapeau, con un filtro de los anunciantes que aceptéis, creo que es, hoy por hoy, de las mejores formas de funcionar.

Por cierto, el vídeo que dices que tuvo poca repercusión me parece que está muy bien hecho. Felicidades.

GIWELL

#74 Mil gracias por tu apoyo!

a

#75 No se merecen.

Me surge una duda, en este otro vídeo... ¿cómo habéis tenido acceso a ella? ¿qué hacéis cuando os prestan cosas?

GIWELL

#76 Hay marcas que nos contactan para hablar sobre ellas. Si no nos ponen condiciones y nos parecen interesantes... hacemos publicación con nuestra opinión. Sin ir muy lejos... decimos cosas malas sobre el sensor del P30 y fuimos de los que hemos recibido el smartphone y nos invitaron al evento. También hay otras marcas que nos dejaron en su momento de dejar productos, ya que no les gustaba lo que decíamos. Creemos que lo importante es el usuario y no la marca. Si vosotros confiais en nosotros... al final por "obligación" las marcas tendrán que confiar en nosotros. Y si sacan algo bueno, lo diremos, pero si es malo.... ahí estaremos.

GIWELL

#70 🙈

D

Mira, lo siento #0 y todos los que te dan la razón . Pero me parece muy cómodo y de rebelde de salón. Sé que en tu caso tu intención es buena, pero le das pábulo a los listos de siempre que dicen defender la postura de Morganson, pero el que se la está jugando es ÉL. Los enemigos se los gana ÉL. Con dar un like a sus vídeos y venir a MNM a cargar contra canales grandes aprovechando que esto es anónimo, es cojonudo para ellos porque sueltan su discurso de superioridad moral pero sin jugarse nada.

Si realmente queréis luchar contra estas “mafias” de youtubers, os creáis un canal cada uno de vosotros y respaldáis lo que Morganson dice con argumentos como hace él. Jadearle desde la distancia es no hacer nada.

En serio, es exactamente igual a las que decían aquello de “Juana está en mi casa” y luego, cuando Juana se va al trullo, si te he visto no me acuerdo.

Ah, ya sé que me vais a coser a negativos. Pero es que las verdades incomodas es lo que tienen.

D

#28 pásame el enlace a tu canal por favor. Gracias!

D

#31 a que tú no sabes leer o no tienes comprensión lectora?

BodyOfCrime

#32 Precisamente tu le has ayudado haciendo que yo, que no uso apenas youtube, sepa de que palo van algunos.

Afortunadamente se cuales son mis derechos y obligaciones y se que voy a poder devolver lo qie compre en dicha tienda en 14 días y que como no me devuelvan el dinero en dos semanas me deberán abonar el doble.

Gracias por mostrarnos el cotarro.

Pd: si uno es profesional es decir pide factura el derecho de desistimiento no se le aplica pues no es consumidor final. Ojito con estas cosas si es que compráis algo online

a

#39 ¿Ein? ¿Un consumidor final no tiene derecho a factura? ¿O te refieres a que la emita?

bewog

el tema de reviews, opiniones etc en internet da mucho asco, hay que ir mirando con lupa cada negocio / producto que compras. Lo de los productos chinos con miles de reviews positivas en amazon ya es un disparate.

Tapanez

Algo así me pasó la semana pasada buscando un robot de limpieza, prácticamente todas las reviews españolas hablaban de las bondades de la Conga 3090, ganaba por goleada a todas las demás. Raro. Luego, husmeando un poco por los foros, empiezas a leer acerca de los problemas que tiene no poca gente con ese modelo, problemas que ninguna review comenta.

Hay que bucear mucho, muchísimo, para poder fiarte de algo que ves por internet.

troindx

Poco a poco cambian las cosas.
aqui cada uno intenta buscarse la vida como puede, que bastante jodido es.

a

#12 Como puede.. no. De lo que puede, lo que elige.