#1 Los 1.500 euros son en concepto de reparación de daños morales. A eso súmale los salarios de tramitación de todo el tiempo que haya pasado entre que dejó de trabajar y lo readmitan.
#2 Mas allá de lo que le corresponda al interesado,mientras no se apliquen sanciones aleccionadoras por vulnerar la legislación ,les seguirá rentando ese comportamiento. Por cada uno que denuncia hay cientos que no lo hacen.
#3 Ocurre como con los errores de facturación, siempre a su favor, de las eléctricas y las telecos, que como mucho, si te das cuenta y reclamas una y otra y otra vez, te devuelven lo cobrado de más varios meses después.
Llevan décadas haciéndolo porque lo peor que les puede ocurrir es que tengan un préstamo gratis durante varios meses y, si no te das cuenta o dejas de insistir, simplemente se lo quedan.
#3 ¿Tener que pagarle el sueldo (y cotizaciones) de los meses o años a alguien mientras se ha podido estar rascando las bolas en casa esperando la sentencia te parece poca sanción? El problema fundamental son esos cientos que no lo hacen teniendo a su disposición las herramientas para hacerlo. Poner una papeleta en el SMAC es gratis. Demandar un despido en el juzgado es gratis (pagas, si quieres, el abogado o te lo llevas del sindicato). Tenemos que empezar a superar esa infantilización de la clase trabajadora y hacernos también responsables de nuestra suerte. Lo que es justo no va a llegar mientras descansamos en el sofá, hay que pelear por ello.
#7 Eso no es una sanción,es darle al perjudicado lo que nunca se le debió quitar.
Una sanción es que,después de eso, le emplumen a la empresa una multa de 200.000 por vulnerar la legislación.
#8 A nivel técnico, efectivamente, no es una sanción. Pero creía que hablabas de "salir a cuenta". Aunque nunca se le debiera quitar, no es lo mismo que una empresa remunere un trabajo pudiendo quedarse con la plusvalía a que tenga que pagar a alguien que no ha producido nada. Y eso no sale a cuenta. Sí sale a cuenta lo que acertadamente señalaste de que denuncie sólo uno entre cientos. Pero eso, querido, no es responsabilidad de la empresa a la que sí han denunciado, sino de los cientos que no lo hacen. Pongamos el foco ahí, porque si casi todos demandaran no haría falta cambiar ninguna ley.
#1 Es una basura relativa, porque eso solo es la punta del iceberg. Esa nulidad implica:
1) Pagar los salarios de tramitación. Le tendrán que pagar todos los sueldos desde que la despidieron hasta que la readmitan. Y eso son muchos meses o mas tiempo que van a pagar como si hubiera trabajado, pero sin trabajar.
2) Si posteriormente hacen un despido improcedente (o procedente) en condiciones tendrán que pagarle una indemnización en la que van a contar esos meses con salarios de tramitación como trabajador.
No se lo que cobraba, pero esto son decenas de miles de €, por ahorrarse unos cientos, a lo sumo, lo mismo que la indemnización (Sin 1 o 2)
Llevan décadas haciéndolo porque lo peor que les puede ocurrir es que tengan un préstamo gratis durante varios meses y, si no te das cuenta o dejas de insistir, simplemente se lo quedan.
Una sanción es que,después de eso, le emplumen a la empresa una multa de 200.000 por vulnerar la legislación.
Pero mientras corregimos eso,que se denuncie de oficio a todo infractor.
Al fin y al cabo un delito es un delito y siempre debería de denunciarse,por quien sea.
1) Pagar los salarios de tramitación. Le tendrán que pagar todos los sueldos desde que la despidieron hasta que la readmitan. Y eso son muchos meses o mas tiempo que van a pagar como si hubiera trabajado, pero sin trabajar.
2) Si posteriormente hacen un despido improcedente (o procedente) en condiciones tendrán que pagarle una indemnización en la que van a contar esos meses con salarios de tramitación como trabajador.
No se lo que cobraba, pero esto son decenas de miles de €, por ahorrarse unos cientos, a lo sumo, lo mismo que la indemnización (Sin 1 o 2)