El Tribunal Supremo español ha puesto en entredicho la línea argumental que llevó a la Policía española, en colaboración con la francesa, a detener a 116 personas en siete redadas calificadas como «preventivas». El fallo sobre el primer juicio, conocido ayer, afirma que para condenar por colaboración «no sirve la mera predisposición», sino que «la aportación sea objetivamente relevante». Tres imputados son absueltos ahora, después de más de tres años en prisión.
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