La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha determinado que los profesores de Religión no necesitan una acreditación eclesiástica específica, diferente de la que le habilita para la enseñanza, para ser jefes de Departamento, al corresponder su designación exclusivamente al director del centro. Desestima un recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid (la Espe) que consideraba que no, que eso era cosa de los Obispos, que coño.
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