Hace 3 años | Por IN5UM1S10N a publico.es
Publicado hace 3 años por IN5UM1S10N a publico.es

La Audiencia Nacional ratifica las sanciones de la Inspección de Hacienda por eludir el pago de impuestos colando como improcedentes los ceses acordados entre trabajadores y empleadores, a menudo con el modelo de las bajas incentivadas al que muchas firmas se plantean recurrir de nuevo mientras ERTEs y rescisiones de contratos se llevan por delante casi dos millones de empleos en apenas cinco meses

Comentarios

Raziel_2

#1 ¿Sólo aplica a prejubilaciones, o también a falsas prejubilaciones?

Es decir, un empleado tiene 65 años, y un par de meses, y un paro con derecho a prestación acumulado de 24 meses, la empresa lo despide de forma improcedente, pactando la indemnización, de forma que una vez el empleado agota su prestación, entra directamente a la jubilación.

Este ejemplo es el que yo conozco, pero no se si es al que se refiere la noticia.

j

#2 Afecta precisamente al caso que indicas, a esas negociaciones individuales que podrán seguir haciendo igualmente pero:
- Podría no tener derecho a paro.
- Tendrá que tributar por la indemnización como rendimientos de trabajo.
Donde no afecta, todavía, es a las bajas voluntarias que forman parte de un ERE, cosa que suelen hacer las grandes empresas de forma regular.

Y ojo, que el caso que conoces, de ser reciente todavía le puede caer la reclamación, pudiendo tener que devolver el dinero del paro que hubiese percibido además de pagar a hacienda. Yo de él no tocaría esa indemnización durante unos años.

Raziel_2

#4 No es un caso concreto, es una forma de actuar, me explico: El régimen especial del mar te da 10 años de anticipo en la jubilacion, si a lo largo de tu vida laboral has tenido coeficiente reductor suficiente.
Se puede dar el caso de que con 53 años o incluso menos, ya hayas reunido esos 10 años. En Mariña mercante puedes tener fácilmente un 0,40 con lo que en 25 años de trabajo, ya tendrías todo el coeficiente.

Así que al cumplir los 53, muchos marineros se van al paro porque ya no necesitan coeficiente y se pueden ir del paro directos a la jubilación.
La mayoría sin indemnizaciones, pero bueno, el sistema es el mismo.

mefistófeles

#1 Errr...que yo sepa el impuesto lo ha de pagar el trabajador, no la empresa.

Esta frase: "trampa fiscal por la que las empresas abaratan los costes de sus recortes de empleo y eluden pagar a Hacienda una parte de los impuestos que les corresponderían al declarar como despidos improcedentes" juega con las palabras, porque el impuesto que corresponde declarar es el mismo IRPF que se aplica en las nóminas (el porcentaje puede variar, me refiero al concepto), y ese impuesto lo pagamos los trabajadores, no la empresa, así que tu premisa respecto a que deben pagarlo las empresas, siento comunicarte, es errónea.

Ejemplo: tienes que cobrar un despido pactado por importe de 100.000 €. Haciendo cobre un 25% de IRPF, la empresa te abona 75.000 € y los otros 25.000€ los paga en el modelo 111 de retenciones a cuenta del IRPF, que tú declararás al año siguiente en la declaración de hacienda.

Lo que hacen empresa y trabajador es camuflar ese despido pactado para que el trabjador perciba íntegramente los 100.000, a la empresa le interesa porque así te vas más contento, y a ti porque te lelvas más dinero. Pero quien está defraudando eres tú (en el supuesto que digo, claro), no la empresa.

j

#3 La empresa estaría cometiendo también una infracción muy grave (sanción entre 6k y 180k € aprox)

mefistófeles

#6 Sí...pero no estábamos hablado de eso.

Penetrator

#3 #8 Las indemnizaciones por despido tienen una parte exenta, y es bastante grande: 180.000 €. Así que, en realidad, al 99% de los mortales hacienda no les va a quitar nada de nada.

https://loentiendo.com/tributacion-indemnizacion-por-despido-irpf/

mefistófeles

#9 Sí, cierto, pero a lo que yo iba, con la respuesta de mi anterior mensaje, es que en todo caso no es la empresa quien se está ahorrando dinero, si no el trabajador, combatiendo lo que decían en el primer comentario de la noticia.

D

#1 No solo se aplica en prejubilaciones. Es más, me atrevería a decir que en prejubilaciones es donde MENOS se aplica.

Donde más se aplica el pacto es en los despidos reales. La empresa tiene que reducir plantilla y cuando te despide, vas a tener que tributar por la cantidad que te toque como indemnización por despido. Es decir, que te quedas sin trabajo, y además viene Hacienda a robarte el dinero que tienes hasta que encuentres otro trabajo (si lo encuentras). Lo típico que se hacía era que la empresa preparaba el despido con un defecto de forma y el empleado (ahora ex-empleado) reclamaba al SMAC y así se libraba del rejonazo de Hacienda.

Esta maravilla que estáis aplaudiendo significa que cuando os despidan, Hacienda os va a quitar parte de la indemnización. Justo cuando os quedáis sin trabajo. Qué maravilla. Qué jolgorio.

¿O de verdad os creíais que esto era bueno para vosotros?

crysys

#8 No. Cuando la empresa tiene que realizar despidos le da igual cuanto te vas a ahorrar tú. Le interesa lo que va a pagar ella. Así que se hace un Excel muy chulo diciendo que la cosa está muy mal y te intenta echar por dos perras. Ni pactando ni leches.

Y hasta prueban con un disciplinario inventado para no pagar absolutamente nada. Esto lo he visto de primera mano en la empresa donde trabajaba. Y de ocho en ocho, oiga. Y no metían más en el saco porque tenían que ir a ERE por el volumen.

D

Esto indica claramente que necesitamos una actualización bien consensuada y definida de la reforma laboral que el PP ya creó antaño.

(no una derogación al turuntuntún y sin consenso en el propio gobierno)

Y no, no consistirá en mantener tan caro como está ahora el despido de trabajadores de larga duración.

Todo lo contrario, sobre todo viendo los artificios que las empresas se ven forzadas a ejecutar (con el beneplácito de los mismos despedidos, por cierto ).