Hace 13 años | Por --148619-- a sgae.es
Publicado hace 13 años por --148619-- a sgae.es

Tras conocer el fallo del Tribunal Europeo sobre el caso Padawan, hecho público en el día de hoy (hace unos días), las agrupaciones de entidades de titulares de derechos de propiedad intelectual IBAU (Egeda, Dama y Aisge) y COPYESPAÑA (Agedi, Aie, Cedro y Sgae) valoran positivamente el respaldo que supone esta sentencia a la legalidad del canon digital, tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea en los que se aplica esta compensación.

Comentarios

D

#2 si eso ya lo sé pero no el que se aplica a empresas, no?

D

#3 No, porque el canon es una compensación para los autores por el derecho a la copia privada, derecho que no tienen las empresas. La sentencia es muy lógica.

D

#4 Para mí no es nada lógica. El derecho a copia privada se debería cobrar con la compra de los originales, no con la compra de soportes que pueden ser usados para cualquier cosa.

D

#5 Para mí tampoco tiene nada de lógica. El canon se debería cobrar a los artistas, no a la compra de originales que pueden ser usados como frisbies.

Para tener la mísma "lógica" que tú, digo.

D

#6 No conozco a nadie que pague 20 euros por un CD frisbie, sin embargo sí que conozco a gente que paga por soportes digitales y no compra productos de la SGAE. Uno de ellos soy yo, para estar en esta web he necesitado un portátil, para mis copias de seguridad uso DVD, para jugar a juegos online no puedo dejar que mi ordenador se quede anticuado... y sin embargo tengo que pagar copia privada. Por qué?

Si quieres otro enfoque, un CD original es un producto que se está vendiendo por los canales de la SGAE, por lo que el artista puede imponer sus condiciones. Un soporte virgen no tiene nada que ver con ellos, así que es un robo que te cobren sus canones allí.

L

#5, #4

Siendo lógicos los autores deberían cobrar un canon a la SGAE, por enriquecerse a su costa.

p

#2: A empresas es ilegal. Y a particulares, sólo es legal si los soportes van a usarse efectivamente para copias privadas. Por tanto, si no se puede saber qué uso se les va a dar, no puede cobrarse canon.

D

O yo no me entero de nada o esta gente (SGAE) vive en otro planeta.

D

Gran noticia: es de justicia votarla, frente a la desinformación vertida por agentes interesados.

Nova6K0

Si nos tenemos que creer cada gilipollez o mentira que suelta la SGAE, vamos dados.

Además lo que dice la sentencia es que canon indiscriminado es ilegal, sin importar si es a empresas o a particulares. Lo que ocurre es que se centra más en las empresas, por la sencilla razón de que es una empresa quien denunció PADAWAN S.L.

Y además esto lo debe refrendar la Audiencia de Barcelona.

Además la realidad del canon es que miles de autores que no comulgan con las ideas de SGAE, además de los ciudadanos, están pagando a una minoría de socios de esta, consiguiendo ganar más con este impuesto, tasa o como se le quiera llamar, en todo caso regalando dinero, que por su propio trabajo. Algo totalmente lamentable.

Salu2

saó

#10, ¿qué es eso de canon indiscriminado? ¿no te referirás a los requisitos del justo equilibrio?

Por supuesto que el canon es legal y queda respaldado con la sentencia[*] del Tribunal Europeo. Lo que nos dice el último párrafo de la noticia se corresponde con este de la sentencia :

«Se ajusta a los requisitos
del "justo equilibrio" la previsión de que las personas que
disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital y que,
a este título, de derecho o de hecho, ponen esos equipos a disposición
de usuarios privados o les prestan un servicio de reproducción sean los
deudores de la financiación de la compensación equitativa, en la medida
en que dichas personas tienen la posibilidad de repercutir la carga real
de tal financiación sobre los usuarios privados.»

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[*] http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/201010/21/cultura/20101021elpepucul_4_Pes_PDF.pdf