Hace 4 años | Por Find a elnacional.cat
Publicado hace 4 años por Find a elnacional.cat

La misma información explica que el objetivo de los abogados de Rosell es reclamar una compensación económica y que también se acabe modificando la regulación de la prisión preventiva en España. La demanda será por funcionamiento anormal de la administración de justicia y que se dé una explicación del porqué fue encarcelado si después las pruebas no se acreditaron.

Comentarios

D

Me parece dpm, y normal.

a

#1 #2 #23 #26 #32 #52

Estimados.
La medida de privación de libertad que se aplica al acusado de un delito en espera de la celebración del juicio y mientras dura el mismo tiene dos objetos.
1.-Evitar que entorpezca, en la medida de lo legalmente posible, la investigación de la causa.
2.- Evitar la fuga, si se sospecha que por la pena en expectativa y/o el poderío económico, del encausado.

Dalo1989_1

#83 2.- Evitar la fuga, si se sospecha que por la pena en expectativa y/o el poderío económico, del encausado.

Vaya, no sabía yo que a Messi y a Cristiano Ronaldo les daban permisos en la cárcel mientras eran investigados para jugar los partidos.

a

#86 #85 Comprensible sus reparos.
Resumiendo.
La prisión preventiva no se pide porque si. Por dos motivos. Es cara en dinero y habitación para el poder judicial y eventualmente puede terminar en una acusación de prevaricato.
En una investigación formal usted tiene tres categorías.
Los indicios. Las sospechas. Las pruebas.
Cuando se llega a que usted puede probar algo se da el caso de semi certeza de un delito que será juzgado por un juez.
Ante la semi certeza de delito si se estima necesario pueden solicitarse medidas de coerción.
Originalmente se pedían 11 años de condena.
La defensa no podía ir contra los hechos probados entonces atacan instrumentalmente y logran que el fallo establece dudas en la “ilegalidad de las comisiones” no discute si existieron o no.
Es interesantísima la construcción de la defensa. Recomiendo leer el fallo que se puede rastrear de la página de la noticia.
Entonces los jueces fallan que en caso de duda se benéfica al reo.

Analizando el asunto ya no desde la perspectiva judicial, sino política se ve un extraordinariamente hábil uso de mano izquierda de la política española. No olvidemos que este asunto es producto del enfrentamiento del gobierno de EE.UU. y la FIFA.

D

#86 pues es lo que tiene la VIOGEN, si la parienta te acusa de haberle agredido, aunque sea ella la que se haya dado golpes contra una pared, estás igual de jodido que este hombre.

Dalo1989_1

#1 el problema es que unos hacen lo que quieren en nuestro nombre, y luego tu y yo pagamos.

A

#1 #2 No tiene recorrido... La ley establece el limite en 2 años para la prisión preventiva. Para entonces habrán sido juzgados.

m

#94 Me estás diciendo que el estado puede putearte durante 2 años seguidos sin sufrir consecuencias

D

#94 con la ley actual pueden estar en preventiva hasta que se aburra el juez de hacer pajaritas y decida mirarselo.

jer_esc

#26 es relativamente común que pasen en prisión preventiva y al final no salgan condenados, sin que sean compensados después, así que no sería raro que no se lo acepten en este caso, basta con que los indicios de delito fueran suficientemente sólidos para que se la rechacen, de hecho ha habido casos en que han cumplido condena y después se demostró la inocencia y pese a todo se quedaron sin indemnización, por ejemplo el de rocío waninkof
#3 es bastante probable que no se lo acepten

jer_esc

#32 no estoy diciendo que sea normal o que no lo sea, si de verdad es inocente claro que se merece la compensación y de hecho la ley así lo reconoce, ocurre que en la práctica luego no resulta tan fácil obtenerla y tampoco resulta en la millonada que algunos se creen que es
Hay montones de casos de gente que ha estado en situaciones similares y han sufrido peores consecuencias personales, laborales, morales... Y que nunca fueron indemnizados.

D

#32 Un estado de derecho es aquel en el que el estado dispone y actúa según una serie de normas codificadas que rigen distintos aspectos de la sociedad. Los romanos tenían derecho, que todavía se estudia en las facultades. Que parezca justo o no es otra cosa... bueno, en realidad es el problema:

Confundimos legalidad con moralidad. Pensamos que si nos damos una serie de normas estas por si mismas van a ser justas.

jacktorrance

#28 no hubieron indicios sólidos, hay que ser un poco serios cuando se juega con la libertad de la gente. Me parece genial que el estado pague lo que toque, sabiendo que jamás le podrán devolver esos casi dos años en prisión, que se dice rápido.

jer_esc

#52 no estoy calificado para decir si lo fueron o no, probablemente tu tampoco, eso le corresponde a otros con mayor formación y sobre todo mayor información sobre el caso y los hechos que un par de notas de prensa, en su momento a los que tomaron la decisión de decretar la prisión y ahora a los que les toque decidir sobre si fue o no una medida procedente.
Yo puedo emitir mi opinión personal y es que aunque en un primer momento estuviera justificada por los motivos que tasa la ley, riesgo fuga, destrucción pruebas, obstrucción de la investigación, etc... nunca debió prolongarse tanto tiempo, y ahí sí que es cuando se actuó mal y se cometió un abuso contra la persona, incluso en el hipotético caso de que se hubiera llegado a juicio y se le hubiera condenado culpable, tanto tiempo en preventiva es excesivo

a

#52 Lea la causa y el fallo.
Se puede ver desde la nota original.

bubiba

#28 Dolores Vázquez sí fue indemnizada pero con 120.000 euros frente a los 4 millones que pedía por un tecnicismo.

D

#26 ¿Y si hay riesgo de fuga que haces? ¿Dejas que se escapen del país?

Hay veces que hay que optar por el mal menor

D

#62, muy sencillo, imaginan que es tu caso, te tienen 2 años en prisión por algo que no has hecho. Y si hay riesgo de fuga pues haz otra cosa, vigílalo, ponle la pulsera/tobillera que tanto se ve en las películas, etc.

D

#65 No es tan sencillo, es el último recurso.

Por otro lado, las posibilidades de que yo pase dos años en prisión preventiva es cero. Es un hecho excepcional para casos excepcionales no para pringaos que viven apretando el culo para pagar impuestos.

D

#66, no es 0, puede que por ejemplo por alguna combinación seas el primer sospechoso de un asesinato.

D

#69 Y no habrá riesgo de fuga porque simplemente no existe.

Roldán estaba bien vigilado y mira la de vueltas que dio.

StuartMcNight

#69 O que te pelees en un bar en Navarra.

m

#66 A lo mejor, eso mismo, pensaba también Rosell

D

#62 Pues que se escape. Preferible siempre que un ladrón se pire, a que alguien "inocente" pase 21 meses en la cárcel. El Ladrón seguirá siendo perseguido, pero al inocente no le devuelves los 21 meses de ninguna forma.

bandarakot

#91 sobre todo cuando ofrecia una fianza de 30 millones...

l

#26 A no ser que vivas en una dictadura... claro claro... ejem!... circulen... roll

ccguy

#4 Una multa que pagamos entre todos no sirve para nada.

x

#10 El ridículo internacional y dar la razón a los que dudan de la democracia ejpañola.

ccguy

#12 Eso se la suda a los responsables.

x

#17 A mi no. Es el consuelo que nos queda.

Uge1966

#10 Yo veo bien que si alguien ha estado en prisión (aunque sea preventiva) y posteriormente se demuestra que no debería haberlo estado, el Estado le compense económicamente. Hay que intentar escapar del caso particular y verlo desde una perspectiva amplia y general.

D

#19 Y porqué hemos de pagar TODOS los errores de ciertos jueces corruptos?

Uge1966

#97 Si estamos generalizando, no todos los presos preventivos lo están por jueces corruptos. Pueden ser errores o impericias. Y en todo caso, según tu, ¿quién pagaría, entonces?. Si le haces pagar al juez, ningún juez enviará nunca a nadie a prisión preventiva, con el riesgo de que vuelva a delinquir el presunto y entonces diríamos que el juez debería pagar por el delito que no ayudó a evitar dejando en la calle a un "presunto" delincuente.

Derfel_Cadarn

#4 Os veo muy seguros... No culpable no significa inocente.

Goshi

#49 no culpable significa eso inocente. Sobre todo si hablamos de leyes que se refieren al delito juzgado. Eres inocente hasta que se demuestra que eres culpable y a este señor lo absolvieron pq no sé pudo demostrar su pulpabilidad ergo inocente de los delitos juzgados.

Uge1966

#98 Existe una confusión en la acepción de inocente: en el lenguaje vulgar, inocente es quien no ha cometido un delito. En el lenguaje jurídico, inocente es quien "no se ha podido demostrar jurídicamente su culpabilidad", lo que no es lo mismo que asegurar que no lo hubiera cometido, a no ser que la sentencia específicamente lo haga notar así. Por eso, cuando a alguien no se le condena por un delito debido a: falta de pruebas suficientes, prescripción, etc, esa "inocencia" que muchos dicen que la ley les ha exculpado no deja de ser una vaga interpretación de "he conseguido que nadie pueda demostrar en el juicio que yo lo hice". Y no es lo mismo.

Goshi

#100 No estoy de acuerdo, que no haya pruebas para acusarlo de nada es significado que es inocente del delito que se le imputa, se le juzgaba por varias cosas y de todas ha sido absuelto . Y la ley es absoluta, si eres culpable aunque sea parcialmente el auto lo reflejara.

Y no es una vaga interpretación, es la interpretación del juez que no aprecia delito o que las pruebas no lo prueban.

Derfel_Cadarn

#98 La diferencia entre declararlo inocente o no culpable es que en el primero de los dos se ha podido comprobar la inocencia del acusado y por lo tanto queda libre de todo cargo.

Por el contrario el segundo supuesto se aplica cuando, aun existiendo evidencias que apuntan que el acusado podría ser culpable del delito, no existen suficientes pruebas que lo demuestren, éstas se han conseguido de un modo ilegal o que cometió el delito bajo cualquier atenuante (por ejemplo, un cuadro psicótico), por lo que hay que declararlo como no culpable.

¿Le declararon inocente?

Desde luego tú definición es inexacta.

Uge1966

#15 ... y en el juicio de mi vecina por poner toldos... ¿qué tendrá que ver una cosa con otra?

PauMarí

#22 un apellido, Lamela...

D

#44 Venga ese ZASCA monumental a #22 y sus lacayos!!

Conde_Lito

#44 Me la pela...

D

#27 correcto, pero como no sé en qué se fundamento, no opino.

Solo digo que aquí se está mezclando la instrucción con el juicio. Y si no hay indicios suficientes en instrucción no vas a juicio y no hay preventiva que valga.

Res_cogitans

#40 Creo que lo que se critica es que los jueces tienen demasiado campo de discrecionalidad en este asunto y usan la medida con bastante ligereza. Deberían autodisciplinarse para aplicarla solo excepcionalmente como indica la ley o bien el legislador debería limitar su aplicación más claramente en la ley.

D

#46 eso es otra cosa, pero riesgo de fuga y destrucción de pruebas habiendo blanqueado presuntamente 15 millones de euros no es descabellado.

a

#27 Puede mirar esto para comenzar. http://www.oas.org/juridico/spanish/chi_res8.pdf
No me queda clara la fuente que cuestiona la ilegalidad del instituto. ¿Podría enunciarla?
En particular: Frecuencia y duración del uso del instituto.Las fuentes oficiales dicen lo contrario.

Res_cogitans

#92 Ese documento es de la República de Chile.

a

#115
Estimado. En #27 lo que usted decia. Copio y pego
"La prisión preventiva es, según la ley, una medida excepcional que solo debe tomarse en caso de riesgo de fuga o posible reincidencia en el delito. Por tanto, es ilegal su uso tan frecuente y con tan poco fundamento, así como su excesiva duración."

Probablemente usted este alejado de los tribunales penales, porque una de las principales medidas instrumentales de la defensa es la dilación, ofuscación y confusión en /para las medidas de prueba de el instituto publico.Eso explica porque las causas se extienden en el tiempo y a veces concluyen sin condena por el paso del tiempo.

b

Me parece logico

D

#2 la instrucción tenía pruebas suficientes para encausarle. Si luego ya no se resolvió en culpabilidad pues oye... como mucho tendrá que ver cómo se llevó a cabo la instrucción.

D

#18 claro, claro, claro. No nos cuentes milongas que ni tu te crees.

D

#23 tu argumento es reflejo de tu capacidad de razonamiento.

Instrucción -- indicios suficientes
Juicio -- no culpable

Lo único en tela de juicio es la preventiva, sabes lo que se alegó? No, y yo tampoco.

A pastar

D

#38 pastando esta tú. Beeeeeeeé!!!!

Priorat

#18 La instrucción no puede tener pruebas suficientes cuando resulta que nones culpable. Es obvio que las posibles pruebas han sido insuficientes.

D

#30 pues entonces pides un habeas corpus y fuera.

d

#18 aja, que te pase a ti y a ver si te parece todo tan neutro

D

#37 y vuelta la mula al trigo. Ponme un ejemplo de cómo puede pasarme.

d

#41 estando en el lugar equivocado en el momento equivocado

D

#42 y con los indicios en contra.

Por cierto, acabo de leer una noticia al azar. De absuelto a quedan dudas con lo cual fallamos a favor del acusado hay un trecho LARGO.

Curioso que de la aplicación de in dubio pro reo aquí no digáis nada.

Lekuar

#18 Pero una cosa es encausarte, y otra tenerte encerrado mientras te encausan.

D

#51 mientras te juzgan*

Pepepaco

#18 La instrucción no tenías pruebas suficientes ni para imputarle desde el mismo momento que la absolución en el juicio se produjo por falta de pruebas.
Si al juicio no llegaron pruebas es que en la instrucción no había.

p

#18 ¿Y qué tiene eso que ver con los años de cárcel preventiva?

curaca

#7 Menos millones, las indemnizaciones en España no son como en EEUU, https://www.elmundo.es/sociedad/2016/05/26/5745ef6be2704ed0538b459e.html

Uge1966

#7 Quien acusó, no. Hay un juez instructor que debe analizar si los indicios presentados por la acusación son lo bastante "presuntamente verídicos" como para determinar la prisión preventiva. Igualmente, a esos indicios tiene conocimiento la fiscalía, que también solicita dicha medida preventiva.

Trigonometrico

#7 La culpa es de Rosell por no ser del R. Madrid. A los del R. Madrid se las pasan todas por alto, aunque roben millones, y a los del Barça los denuncian aunque no roben nada. En el fondo hacen estas cosas para fomentar el independentismo.

D

#31 Y luego estás tú, al nivel de la justicia.

Trigonometrico

#39

l

#59 Un colectivo de juristas pide anular el ascenso de Lamela al Supremo
Tras la sentencia de absolución del ex presidente del Barça, denuncian que la instructora del caso Rosell “no cumple con los requisitos necesarios”


A ver si lo consiguen.

D

Es bastante probable que gane

Derfel_Cadarn

#3 ¿Por qué?

ColaKO

#48 Porque desde el principio del proceso no estaba claro que acabaría en condena y porque el perjuicio personal de la prisión preventiva era mayor que el riesgo y el daño a la sociedad si Rossell hubiera estado libre todo ese tiempo hasta el juicio. Además, el juicio se celebró muy muy tarde.

m

#48 porque hasta el más tonto veía que las evidencias eran papel mojado, y soy generoso

D

Lamela cloaca !

nemesisreptante

21 meses, apuesto a que ha pasado más tiempo en prisión de los que están pasando de media los políticos que están diezmando España.

Derko_89

A ver si después de un buen coscorrón la justicia española empieza a actuar con más sentido común a la hora de aplicar la prisión preventiva.

D

Esto y los de Alsasua. Es una puta vergüenza.

p

#35 Y se puede seguir un rato, caso Egunkaria (para que digan que no hay presos políticos a pesar de haber sido condenado por tenerlos), etc.

D

Normal, joder. Le han ROBADO literalmente un porcentaje importante de su vida. Me parece asqueroso y lamentable... Ojalá gane y le den tanto dinero como pida. Es una puta vergüenza.

curaca

Pues viendo las indemnizaciones que paga España por errores judiciales, casi no le arriendo las ganancias.

soytumismo

Me parece correcto.
Si hubo un error, a compensar.

p

#29 No hubo un error, más bien prevaricación, o como en en España se le llama "Justicia".

D

Se dice "demandará al Estado", no " demandará al estado español"

n

Los delitos económicos con ramificaciones en diferentes países son muy difíciles de investigar, hoy mismo han descubierto otra Dundación de lo Pujol en otro país lejano.

Amigo Sandro has tenido suerte esta vez pero ten cuidado cuando muevas el dinero que igual suena una campana en algún lado y tienes que acabar devolviendo la indemnización que vas a pedir.

D

#80 ¿qué tiene que ver eso con lo que yo he escrito? si vienes a vender tu moto no te molestes en contestarme.

S

Tiene todo el derecho a hacerlo...y en este caso el deber.

D

¿Qué se supone que ha hecho Rosell para que se quieran vengar?¿Fichar a Neymar?

p

#56 ¿Qué hicieron los de Egunkaria? No ser lo bastante "buen ejjpañol"

bandarakot

#56 posicionó al Barça claramente a favor de la independencia, vas atando hilos?

D

#96 pero, ¿de qué estás hablando? Si a Rosell lo que le echaban en cara los indepes era su tibieza con ese asunto, no le podían ni ver, al contrario que Laporta que era totalmente indepe.

Siento55

Pues debería recibir compensación.

Pero él y todos los que hayan sufrido prisión provisional y sean declarados inocentes, aunque no sean ricos y famosos como Sandro Rosell.

p

No pagan casi nada. En el caso Egunkaria (lo periodistas secuestrados, torturados, acusados de terrorismo por escribir en vasco a los que casi se les matan en prisión, mientras los medios decían esas mentiras de siempre de que ETA decía a todos sus miembros que dijeran que hay torturas aunque no las hubiera para proteger a los policias y funcionarios que les torturaban) cuando se descubrió el pastel y españa fue condenada por el tribunal de derechos humanos (por tener presos políticos, para que luego digan) al director del periódico le dieron 24000€...

A los chavales de Alsasua suerte si no los suicidan en la cárcel.

D

Por mucho menos emplumaron a Elpidio Silva... que se piensen una querella por prevaricación judicial...

D

#8 ¿Por menos que nada?

S

Nos va a salir por un riñon. O en este caso un higado.

P

Si fueran como Urdargarin podrian hacer trabajos sociales

D

Leña al mono, que es de goma.

boodix

Qué injusticia

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