El Estatuto de los Trabajadores (ET) prevé, en su artículo 42, el cauce a seguir cuando la compañía quiere minorar las condiciones laborales fijadas en los contratos de la plantilla. Este precepto permite renegociar la jornada de trabajo, el horario, el salario o las funciones asociadas a un puesto, entre otros aspectos. No obstante, la ley concreta una serie de potestades y derechos laborales a las que el trabajador no puede renunciar
Una empresa en la que estuve hizo una propuesta de reducción de salario del 5% a toda la plantilla salvo a los que estaban en mínimos de convenio porque no podían hacerlo.
Luego los trabajadores pueden aceptarlo o no aceptarlo. En este caso no la aceptó nadie de mi oficina y al parecer muy pocos en alguna otra, y al final lo dejaron sin efecto.
Aunque ahora que leo el artículo, fue antes del 2012, igual ni podían hacerlo.
Comentarios
Puede, puede.
Una empresa en la que estuve hizo una propuesta de reducción de salario del 5% a toda la plantilla salvo a los que estaban en mínimos de convenio porque no podían hacerlo.
Luego los trabajadores pueden aceptarlo o no aceptarlo. En este caso no la aceptó nadie de mi oficina y al parecer muy pocos en alguna otra, y al final lo dejaron sin efecto.
Aunque ahora que leo el artículo, fue antes del 2012, igual ni podían hacerlo.
Y los trabajadores pueden pedir que les regalen la empresa.
Todo es negociarlo.
¿En España? pueden hacer lo quieran, y lo peor es que tendrán la aprobación de la mayoría de la plantilla