Hace 5 años | Por rataxuelle a vozpopuli.com
Publicado hace 5 años por rataxuelle a vozpopuli.com

La Agencia Española de Protección de Datos ha multado por primera vez a un particular por difundir imágenes a través de WhatsApp. La sanción se ha fijado en 2.000 euros. Los incidentes se produjeron en mayo del año pasado cuando la persona multada grabó desde la ventana de una vivienda a un policía local de la Font de la Figuera mientras realizaba una actuación en un caso de violencia de género. "Lo importante es que en ellas se ha grabado a un policía", explica Eduard Blasi, abogado de Marimon Abogados.

Comentarios

D

#2 Yo entiendo que si hubiese pixelado las caras de los afectados, no habría habido multa.

D

#10 Lo paradójico del asunto es que aquellos a los que usualmente se etiqueta de fascistas, también etiquetados como machirulos, pollaheridas, nazis, supremacistas, racistas, hasbara, xenófobos y otras lindezas que les son dedicadas con cariño... están en contra de este tipo de actuaciones, vayan contra quien vaya, y sin discriminar el caso.

Mientras tanto, el PP féliz como una perdiz porque le conviene, y la izquierda feliz y dando palmadas porque según el día también le conviene (cough, doble rasero en fotos de la manada vs foto de la chica, cough). Resulta que aquellos a los que etiquetan como fascistas son los únicos que están en contra de estas actuaciones sin excepción.

Varlak

#17 he leido tres veces tu comentario y aun no entiendo qué quieres decir...

D

#33 Pues si para pasar de los tweets a los comentarios de dos parrafos ya encuentras dificultades, ni te quiero contar el día que pruebes con un libro

Lekuar

#38 Pues yo tampoco he entendido un carajo.

D

#1 Un injiniero informático no está expuesto a represalias como puede estarlo un policia por sus actuaciones. Entiendo que si se hubiese difuminado su cara de forma que no pudiese reconocérsele, nada pasaría y la denuncia hubiera sido igual de efectiva.

g

#13 puedes grabar todos los vídeos de actuaciones policiales que quieras. Lo que no puedes hacer es distribuirlos sin antes ocultar cualquier detalle que permita la identificación del agente.

#19 muchos policías dejan el arma en comisaria cuando terminan su turno.

j

#42 hay cientos de agresiones a policías fuera de su horario laboral desarmados de las que no nos enteramos y por eso hay que protegerlos? O simplemente mola saber que no te pueden grabar en la vía pública mientras haces cosas públicas como servidor público?

restevezes

#19 que represalias son esas? Amenazas por instalar actualizaciones ??

Dramaba

#50 Igual es el que dice "sólo" Linux y, bueno, ya sabemos que pasa con algunos si te olvidas el GNU...

anv

#15 Cualquiera puede estar expuesto a represalias. A mi me gustaría darles una buena paliza a los que inventaron asp.net por ejemplo.

ahoraquelodices

#21 ¿Podemos sumar a la paliza a los impulsores del css-in-js y demás paridas?

D

#15 Para represalias la de hostias que se llevaron en la Linea, y al contrario de Altsasua, no es terrorismo sino "riña tumultuosa".

Lo que no dicen de La Linea, es que quienes viven del narcotráfico es la Guardia Civil, por estar mal pagada. Es la zona mas industrializada de Andalucía, que tiene poca industria y está ahí.

Tener policía mal pagada es pudrir todo el tonel. Con condiciones dignas, los corruptos son lo que nunca tienen suficiente, como Escobar, que llegó a ser uno de los hombres mas ricos del mundo y seguía sin ser suficiente, no paró hasta acabar muerto.

susa

#23 ¿cuánto cobra un policía mal pagado de esos?

D

#63 Menos que un Mosso.

D

#25 En ese caso, me retiro y vuelvo a mi cueva, haced como que no he dicho nada

r

#15 Un policía está expuesto a represalias??? dícelo a la famila de Cabacas...

Y deberían filmarlos más a los policías y demás, que estás para defender y cuidar al ciudadano, no para montarse circos o asesinarlos a quemarropa...

m

#1: Llámalo Ley Mordaza, sobretodo orientada a que no grabemos a los antidisturbios y difundamos las imágenes para reconocerles la cara y ponerles nombre, apellidos y domicilio.

Pinchuski

#16 correcto, aunque sigue tratándose de un ataque a la libertad de expresión en toda regla.

D

#27 Mmmm... No lo tengo tan claro... A ver, no olvidemos que la libertad de expresión lo que representa, realmente, es que "el estado no te meterá en la cárcel por expresar tus opiniones". Si grabas a un policía haciendo su trabajo y lo publicas, y nada más (como parece haber sido el caso) ¿donde está la expresión de una opinión? ¿Qué opinión quieres expresar sólo con eso? Además, sospecho que hubo denuncia por parte del policía, no creo que la APD actúe de oficio (que alguien me corrija si me equivoco).

Creo que a veces extendemos el "derecho a la libertad de expresión" más allá de lo que realmente es.

Pinchuski

#47 En caso de multa no hay juez que interprete la ley. El ciudadano está desprotegido ante cualquier intervención de la agencia porque prima la presunción de culpabilidad con la que actúa la Administración. Tú tienes que demostrar tu inocencia, no al revés. Esto crea efecto disuasorio a que la gente grabe y disponga de imágenes de intervenciones policiales. Y de hacerlo, no habrá ningún individuo que haya comunicado en forma y plazo la intención de tratar esos datos personales a la Agencia, por lo que serán todos culpables.
El ciudadano tiene derecho a comunicar y tratar datos ajenos siempre que no se haga con ánimo de lucro (aquí sí que entraría la Agencia) o que no se quebranten otros derechos, como la protección de un policía en acto de servicio, pero aquí ya hay que ir por lo penal; con juez y sin intervención de la Administración.
Pensándolo bien, quizás tengas razón y aunque la consecuencia directa es que se quebranta la libertad de expresión, quizás es la separación de poderes lo que ha sido atacado en este caso.

D

#51 Ops, tienes razón: en caso de multa no hay juez. Fallo mío. Sólo si presentas un contencioso-administrativo, donde sí habrá un juez ¿no?

Pinchuski

#54 Sí, pero ya entras en un proceso en el que tienes que demostrar tú que eres inocente, y no al revés. Presunción de inocencia al carajo.

D

#61 No lo discuto.

z

#16 Pero imagínate que se lo pasas a UNA persona, y esa persona lo difunde. Probablemente sigas siendo tú el responsable...

D

#37 Hombre, desde el momento en el que tú eres quien se lo pasó a otra persona, ya has sido tú quien ha empezado la difusión... por definición. La otra persona también será responsable, supongo, pero tú no puedes pretender librarte de tu parte de responsabilidad.

D

y si no eres policía estás desprotegido?

rataxuelle

#8 El negro del whatsapp ha presentado una queja por discriminación. La AEPD ha alegado que sólo es multa si las porras son de plástico.

Cubillina

#8 pues claro, te pueden grabar cagando y mandarlo por whasap, no pasa nada

Varlak

#8 No. Pero el que ha denunciado es policia.

swapdisk

La noticia me huele a errónea... porque el ámbito de aplicación de la LOPD no aplica a particulares y no hay ningún fichero de datos... así que será una demanda por difundir imágenes de un policía, por otra ley, no por esa.

1. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

Se regirá por la presente Ley Orgánica todo tratamiento de datos de carácter personal:

a) Cuando el tratamiento sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento.
b) Cuando al responsable del tratamiento no establecido en territorio español, le sea de aplicación la legislación española en aplicación de normas de Derecho Internacional público.
c) Cuando el responsable del tratamiento no esté establecido en territorio de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, salvo que tales medios se utilicen únicamente con fines de tránsito.

2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:

a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
b) A los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.
c) A los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada. No obstante, en estos supuestos el responsable del fichero comunicará previamente la existencia del mismo, sus características generales y su finalidad a la Agencia de Protección de Datos.

D

#14 Te equivocas. La actividad de la persona denunciada no era "exclusivamente personal o doméstica" desde el momento en que lo difundió.

Pinchuski

#14 si lees la noticia igual te ahorras comentarios tochos. La agencia ha resuelto que al haber imágenes del policía en ejercicio de sus funciones trasciende al ámbito doméstico, y le casca la multa porque asume la competencia para hacerlo.

swapdisk

#24 #14 A ver....

"Si la Agencia hubiese considerado que la grabación excede del ámbito doméstico la LOPD no aplicaría, pero la considera fuera de esa órbita. La AEPD muestra un punto a tener en cuenta en la resolución. Viene a decir que lo importante no es la captación de las imágenes de las personas que aparecen en el vídeo, lo importante es que en ellas se ha grabado a un policía. La Agencia se refiere a un informe de 2013 elaborado por ella misma en la que dice que grabar a empleados públicos excede de la órbita doméstica. Basándose en esto ha aplica de lleno la LOPD", concluye Blasi.

Primera frase con una negación perdida, supongo error de redacción. Última parte del párrafo indicando que es la propia agencia la que autovalora que lo que grabas hace trascender el ámbito, lo que es muy discutible, dado que no son jueces, no interpretan leyes, se está saliendo de sus atribuciones. Más que probablemente recurrirá y ganará, claro que igual no sube a portada luego.

Si no hay actividad profesional o comercial con las imágenes, el ámbito es doméstico. Recalificar el ámbito en base a lo que grabas es una atribución que se ha colgado la AEPD por su cuenta y que, como digo, me parece más que discutible.

La LOPD te pone requisitos en el momento que tienes datos, no porque los difundas o no. Sacar en la calle una foto de un policía es legal, tenerla es legal y donde la empiezas a liar es cuando la publicas. Pero hay no hay una infracción de custodia de datos sino que estás publicando algo que no debes, y eso va por otras vías.

¿Los comentarios no están para discutir y cuestionar las noticias? Igual son sólo para meter calzadores y me he despistado.

Pinchuski

#32 Tu comentario es interesante y por eso entablo conversación. Pero es laaargo
Creo que esta persona podría estar cometiendo alguna infracción al compartir los datos tan alegremente, pero que no es la agencia la que tiene que determinarlo. Ataca a la libertad de expresión de una manera muy peligrosa.

swapdisk

#40 Seré más breve la próxima vez. Eso es más o menos lo que quería expresar, que se está usando la LOPD para lo que no es con una interpretación un tanto amplia.

D

#14 Personales o domesticas significa que los datos no salen de tu casa y que no son difundidos a terceras personas.

J

las "nuevas" tecnologías en contra de la inmunidad policial... quién iba a sospecharlo.

Luego diremos que la policía en EEUU es tal o cual (que lo es), pero cada vehículo con una cámara, y muchos policías, lo mismo. Será que les preocupa que no haya impunidad por llevar una placa....

Varlak

#7 no tiene que ver con la inmunidad policial, sino con la protección de datos. Si hubieran pixelado la cara no les habrían multado

D

Y con esto, están llamando la atención a navegantes para que cuando se filtre el video de la manada, no se expanda mucho.

D

#5 Exacto, que ese video salga de los juzgados ya es algo muy gordo, y ahí no va a haber pixelado de caras que valga.

D

#6 Ya, pero en ese caso no sería algo muy gordo porque se pudiese identificar a los participantes, sino porque parece que va contra toda la narrativa que han vendido los medios y a la que se a apuntado el propio gobierno.

Después de toda la historia que han montado con que si era una violación, no pueden permitir que salga un video donde se vea a la tipa disfrutando como una enana mientras se los folla.

D

#43 Ahí también tienes razón, si nos atenemos a todo lo que justifica el juez en su voto particular. Yo no voy a decir si la tía disfruta o no, porque no he visto los videos ni fotos ni nada, pero el juez ve indicios suficientes para dar lugar a una duda más que razonable de que haya habido ni siquiera un abuso sexual.

El problema de todo esto es que, de todos los que opinan y critican, muy pocos se han leído la sentencia.

D

#44 Yo sospecho que se debe ver a la tia disfrutarlo bastante precisamente por la que están montando para evitar que se filtren, y si se filtran para que haya miedo de publicarlos.

Si se viera como se aprovechan de una tia casi inconsciente, esos videos ya los habrían filtrado hace mucho. Con la cara de la tia pixelada, pero filtrados y en todos los medios.

Pero lo que más me aterra es que realmente han logrado crear un estado de miedo en este tema. Y han visto que funciona y que no ha habido oposición. La próxima vez que lo pongan en práctica puede que sea para tapar abusos policiales o corrupción política.

D

#5 #3 creo que por ahí no van los tiros, el tema es por difundir a un policía en acto de servicio. El de la manada no estaba en acto de servicio

D

Si todos pudiéramos grabar las actuaciones de la policia, su sagrada presunción de veracidad quedaría comprometida.
Mucho mejor castigar a quienes se creen que viven en democracia y hay separación de poderes

Endor_Fino

¿Marimón Abogados? Que llamen rápido al Sevilla, que les hace una canción

capitan__nemo

Vaya chapuza de noticia, no dicen ni los artículos que se aplican de la ley de protección de datos.

D

Estado Policial, Mafia, a seguir votanto igual que os está saliendo de pm

D

Eso es para que no se vea la chulería que muchos suelen demostrar...

D

Entonces, ¿cómo puedo grabar a un policía haciendo algo feo con la porra y luego difundirlo sin que me pillen?

¿Algún programa especial y anónimo para difundir inmundicias de los agentes de la autoridad? Y vaya por delante que su faena suelen hacerla bien. Pero cuando la cagan, hacen mucho daño.

marioquartz

#41 Llevándolo al juzgado y realizando una denuncia. Lo demás NO es denunciar una mierda. Es aprovecharte de que tienes una prueba de un delito. Es ser tonto.
No necesitas ningún programa, solo pensar.

NapalMe

#56 Y que luego el y sus compañeros tengan tus datos es pura coincidencia.

marioquartz

#59 ¿Quienes? ¿De que hablas?

Pues claro que tienes que decir tu nombre. Pero en muchos delitos tu nombre no aparece. Simplemente actuas como aviso. Nada mas.

D

#56 Demasiado riesgo para un desgraciado como yo. Luego los malos, que se las saben todas, van a por ti. Lo mejor es publicarlo y que la gente saque conclusiones con todos los datos a la vista (a favor o en contra).

NapalMe

¿A este juego podemos jugar todos? ¿O es solo para "compañeros"?
¿Y al revés? Si estando obligados a llevar identificaciones y no la tienen ¿Se les multa?

Joaquinvu

España y sus desmadres en multaer todo, pero menos en a venta de droga

D

ACABáramos!

marioquartz

#45 ¿Que cojones tendra que ver que sea poli?