Los teléfonos de atención al cliente para incidencias y reclamaciones de las empresas de servicios básicos como suministros, transportes, sanitarios o seguros, tendrán que ser gratuitos, según el nuevo Código de Consumo de Cataluña, que entra en vigor el próximo lunes, día 23.
#5:
Con lo fácil que era ofrecer, además del 902, el número nacional correspondiente, que a la mayoría de la gente le sale gratis. Pero no, tenían que ser todos 902. Pues ahora, a joderse tocan. Números 900, y a pagar la empresa las llamadas de su propio bolsillo. Por gilipollas.
#1:
Ya era hora, debería haber sido así siempre, ya pagas por un servicio y no es justo que pagues también para reclamar una incidencia del mismo.
#31:
#19#23#28
Es para empresas como Easyjet que son extranjeras, y si quieres poner una reclamación, tienes que escribir una carta a Londres (en su página web no hay ni una sola dirección de correo electrónico donde formular una queja, y tampoco está la dirección postal de la oficina, te dicen que vayas a la oficina del aeropuerto a preguntar por la dirección a la que escribir, y allí te darán una dirección extranjera).
Por seguridad, habría que mandar cartas certificadas (si no, les llegan a la oficina, las tiran a la basura y tan anchos...) así que estar escribiendo cartas certificadas al extranjero es un buen modo de desmotivar una queja. Por eso exigen una dirección regional.
#20:
En la nueva normativa se dice igualmente que los tiques y comprobantes de compra no se tienen que poder borrar y tendrán que durar lo mismo que la vida útil del producto, porque son el elemento clave en caso de reclamación.
¡Ya era hora! Estoy hasta las mismísimas narices de los comprobantes de los tickets impresos en papel térmico de ese que lo guardas en un cajón y cuando lo vas a buscar se ha borrado.
Preveo una avalancha de compras de impresoras de tickets nuevas. O de multas.
Con lo fácil que era ofrecer, además del 902, el número nacional correspondiente, que a la mayoría de la gente le sale gratis. Pero no, tenían que ser todos 902. Pues ahora, a joderse tocan. Números 900, y a pagar la empresa las llamadas de su propio bolsillo. Por gilipollas.
#15 Hay empresas para las que esos números no funcionan, o donde saben que estas llamando al número normal y simplemente te remiten al 902 diciéndote que ellos no pueden atenderte (aunque luego te atienda la misma persona...)
Lo suyo es lo que dice #5, que en lugar de un número 900 que será un caos que te lo cojan, si no te lo cuelgan por sistema en cuanto les haces una pregunta más de la cuenta, les obliguen a facilitar el número fijo equivalente al 902 de forma pública y que obliguen a atender desde él.
#24#28 Vamos, a ver, un poquito de compresión lectora. Habla de servicios y no de bienes de consumo, con lo cual no tiene nada que ver una ley con la otra y son perfectamente compatibles.
Que todas las compañías tengan ese número no quiere decir que te atiendan a través de él. Yo me he encontrado algunos casos, aunque sí, la mayoría de esos números funcionan bien.
Algunos de los casos que comento son Cetelem, Seguros Mediterráneo (CAM) y algún que otro banco que ahora no recuerdo.
#36 #39 Pues yo al igual que otros menéantes, soy de la opinión de que ese 900 por algún motivo va a costar mucho que lo descuelguen, si no se cuelga "de repente" cuando la llamada pase de los dos minutos. Si ahora con los 902 ya pasa... Pero vamos, igual es que soy un malpensado
#5 no creo que se pudiera poner el número nacional basandose en que muchos tienen tarifa plana, si es gratis tiene que ser para todo el mundo y eso es un 900
#36 Muy cierto, pero coincidirás conmigo en que no les cuesta nada dar la opción para aquellos que sí disponene de tarifa plana. Si lo que querían es que la gente no les llamara, les ha salido el tiro por la culata, porque ahora va a poder llamar todo el mundo, y van a pagar ellos.
En la nueva normativa se dice igualmente que los tiques y comprobantes de compra no se tienen que poder borrar y tendrán que durar lo mismo que la vida útil del producto, porque son el elemento clave en caso de reclamación.
¡Ya era hora! Estoy hasta las mismísimas narices de los comprobantes de los tickets impresos en papel térmico de ese que lo guardas en un cajón y cuando lo vas a buscar se ha borrado.
Preveo una avalancha de compras de impresoras de tickets nuevas. O de multas.
Pero no serán gratis, de forma que ahorrarán mucho más dinero en no ponerlo que en las multas. Y si un usuario se cabrea tras gastarse 15 euros en burofaxes y llamadas para reclamar, sin contar las 2 o 4 horas de tiempo perdidas, pues la compañía le devolverá el euro que se ha gastado en el 902 y luego se reirán del usuario en su cara.
Pero mejor todavía es que estas compañías convencerán al Ministro de Industria de que hay que incrementar un 10% la factura para poder dar este servicio telefónico.
"En la nueva normativa se dice igualmente que los tiques y comprobantes de compra no se tienen que poder borrar y tendrán que durar lo mismo que la vida útil del producto, porque son el elemento clave en caso de reclamación."
Si esto afecta a cualquier tamaño de comercio obligará a cambiar la mayoría de las máquinas registradoras. :-?
Vaya pedazo de noticia, yo personalmente estoy hasta los huevos de llamar a 902 para cualquier chorrada que necesite con una compañía y que me den vueltas y vueltas y vueltas y vueltas para sacar unos centimillos.
Todas las compañías tienen un número no 900 para atención al cliente, otra cosa es que lo den a conocer. Para saberlos: No más números 900 ( http://www.nmn900.com/ )
No consigo entender la obligatoriedad de tener DIRECCIÓN POSTAL en Cataluña.
Lo del teléfono me parece muy bien (aunque creo que con un número que no fuese de tarificación adicional sería suficiente), pero lo de la dirección no consigo entenderlo.
#19 Lo explica en la noticia: La nueva normativa establece además que las empresas que prestan servicios de suministros, transportes, comunicaciones y otros servicios básicos tendrán que tener una dirección en Cataluña donde los consumidores puedan formular sus quejas o reclamaciones.
Si yo me quiero quejar y no tienen sede donde pueda ir...
#23 Lo he leído, pero sigo sin entenderlo. Normalmente, este tipo de reclamaciones no se hacen de modo presencial. Y además, dice que tienen que tener UNA DIRECCIÓN, pero ello no significa una oficina de atención al público.
Y aunque fuese para eso (que ya digo que no parece ser lo que dicen)... ¿Realmente crees que a alguien de Reus le es muy útil una dirección de Figueres?
#19#23#28
Es para empresas como Easyjet que son extranjeras, y si quieres poner una reclamación, tienes que escribir una carta a Londres (en su página web no hay ni una sola dirección de correo electrónico donde formular una queja, y tampoco está la dirección postal de la oficina, te dicen que vayas a la oficina del aeropuerto a preguntar por la dirección a la que escribir, y allí te darán una dirección extranjera).
Por seguridad, habría que mandar cartas certificadas (si no, les llegan a la oficina, las tiran a la basura y tan anchos...) así que estar escribiendo cartas certificadas al extranjero es un buen modo de desmotivar una queja. Por eso exigen una dirección regional.
Ahora en lugar de dejarte a la espera con la dichosa musiquita, dejarán la linea ocupada y estaremos horas dándole al redial hasta que pillemos a un operador libre.
Se recuerda además que todos los servicios que se presten tendrán una garantía mínima de seis meses, y que cuando un consumidor contrate con un intermediario, como pueden ser tiendas de telefonía, o de compraventa de segunda mano, es como si lo hiciera directamente con el prestador del servicio.
Esto... La Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, publicada en el BOE núm 165 de 11 de julio de 2003:
en su artículo 9 indica una garantía mínima de dos años, o de uno si son bienes de segunda mano. ¿Patinazo, o se refiere a algún tipo de servicios no incluídos en dicha ley?
1) Esa ley NO ESTÁ VIGENTE --> Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
2) Actualmente el artículo asimilable al que dices, establece que
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.
No obstante, en Cataluña se está dando bastante un fenómeno que en el mundo jurídico resulta bastante incomprensible: obviar las leyes estatales para regular esas mismas materias autonómicamente (y no hablo de las competencias del Estatut, esto va bastante más allá).
#29 ... en el caso que comentas de Cataluña, puede legislar al margen de la ley estatal todo lo que quiera, pero no la puede contradecir (ni a una de la UE). A fin de cuentas, si no puede legislar en contra, lo que está haciendo es complicar la vida de los catalanes que para saber la norma tienen que leer dos textos que repiten muchas cosas y dichas de diferente forma.
#12 Esas llamadas pueden ser denunciadas. Otras compañías pueden tener problemas en llegar a saber a quien denunciar y lo dejan, pero ellos saben perfectamente quien les llama.
Saben que esto redundará en un peor servicio, ¿no? Si un número es gratis, será troleado. Y encima, la mayor ocupación de las líneas redundará en aún más tiempo de llamada.
Comentarios
¿Para cuando en el resto de España?
#3 Es que os llevamos años de ventaja...
#17 mierda! te adelantes por segundos!!
Con lo fácil que era ofrecer, además del 902, el número nacional correspondiente, que a la mayoría de la gente le sale gratis. Pero no, tenían que ser todos 902. Pues ahora, a joderse tocan. Números 900, y a pagar la empresa las llamadas de su propio bolsillo. Por gilipollas.
#15 Hay empresas para las que esos números no funcionan, o donde saben que estas llamando al número normal y simplemente te remiten al 902 diciéndote que ellos no pueden atenderte (aunque luego te atienda la misma persona...)
Lo suyo es lo que dice #5, que en lugar de un número 900 que será un caos que te lo cojan, si no te lo cuelgan por sistema en cuanto les haces una pregunta más de la cuenta, les obliguen a facilitar el número fijo equivalente al 902 de forma pública y que obliguen a atender desde él.
#24 #28 Vamos, a ver, un poquito de compresión lectora. Habla de servicios y no de bienes de consumo, con lo cual no tiene nada que ver una ley con la otra y son perfectamente compatibles.
De #32, que ya no puedo editar.
No quería hacer referencia a #28, sino a #29.
Y lógicamente, quería poner comprensión y no compresión.
#39 ve a #32.
Que todas las compañías tengan ese número no quiere decir que te atiendan a través de él. Yo me he encontrado algunos casos, aunque sí, la mayoría de esos números funcionan bien.
Algunos de los casos que comento son Cetelem, Seguros Mediterráneo (CAM) y algún que otro banco que ahora no recuerdo.
#36 #39 Pues yo al igual que otros menéantes, soy de la opinión de que ese 900 por algún motivo va a costar mucho que lo descuelguen, si no se cuelga "de repente" cuando la llamada pase de los dos minutos. Si ahora con los 902 ya pasa... Pero vamos, igual es que soy un malpensado
#5 no creo que se pudiera poner el número nacional basandose en que muchos tienen tarifa plana, si es gratis tiene que ser para todo el mundo y eso es un 900
#36 Muy cierto, pero coincidirás conmigo en que no les cuesta nada dar la opción para aquellos que sí disponene de tarifa plana. Si lo que querían es que la gente no les llamara, les ha salido el tiro por la culata, porque ahora va a poder llamar todo el mundo, y van a pagar ellos.
Ya era hora, debería haber sido así siempre, ya pagas por un servicio y no es justo que pagues también para reclamar una incidencia del mismo.
El titular es erróneo, da a pensar que es gratuito en toda España, y es solo para Cataluña
Sueño con un mundo donde el servicio técnico, de reclamaciones o bajas sea igual de eficiente y atento que el departamento de altas...
En la nueva normativa se dice igualmente que los tiques y comprobantes de compra no se tienen que poder borrar y tendrán que durar lo mismo que la vida útil del producto, porque son el elemento clave en caso de reclamación.
¡Ya era hora! Estoy hasta las mismísimas narices de los comprobantes de los tickets impresos en papel térmico de ese que lo guardas en un cajón y cuando lo vas a buscar se ha borrado.
Preveo una avalancha de compras de impresoras de tickets nuevas. O de multas.
Para eso ya está www.nomasnumeros900.com , que te dan el "traducido" correspondiente a los 902 de atención al cliente de muchas empresas.
Sé que esto no va a sonar popular, pero...Nos llevan años de ventaja.
Pero no serán gratis, de forma que ahorrarán mucho más dinero en no ponerlo que en las multas. Y si un usuario se cabrea tras gastarse 15 euros en burofaxes y llamadas para reclamar, sin contar las 2 o 4 horas de tiempo perdidas, pues la compañía le devolverá el euro que se ha gastado en el 902 y luego se reirán del usuario en su cara.
Pero mejor todavía es que estas compañías convencerán al Ministro de Industria de que hay que incrementar un 10% la factura para poder dar este servicio telefónico.
Vaya ahora tendran que subir la factura para compensar las perdidas.. pobres grandes empresas.
Ya sería la hostia que además pusieran operadores que contestaran.
Relacionada: La consejera de Salud descarta que los teléfonos de emergencia de la Generalidad sean gratuitos
La consejera de Salud descarta que los teléfonos d...
20minutos.es"En la nueva normativa se dice igualmente que los tiques y comprobantes de compra no se tienen que poder borrar y tendrán que durar lo mismo que la vida útil del producto, porque son el elemento clave en caso de reclamación."
Si esto afecta a cualquier tamaño de comercio obligará a cambiar la mayoría de las máquinas registradoras. :-?
Espero que se aplique en compañias aereas, porque anda que no hay que son 807, te sale mas barato pasar del tema que llamar para solucionarlo.
#4 Y en teléfonos, gas, luz, seguros, etc.
Vaya pedazo de noticia, yo personalmente estoy hasta los huevos de llamar a 902 para cualquier chorrada que necesite con una compañía y que me den vueltas y vueltas y vueltas y vueltas para sacar unos centimillos.
Todas las compañías tienen un número no 900 para atención al cliente, otra cosa es que lo den a conocer. Para saberlos: No más números 900 ( http://www.nmn900.com/ )
editado
No consigo entender la obligatoriedad de tener DIRECCIÓN POSTAL en Cataluña.
Lo del teléfono me parece muy bien (aunque creo que con un número que no fuese de tarificación adicional sería suficiente), pero lo de la dirección no consigo entenderlo.
#19 Lo explica en la noticia:
La nueva normativa establece además que las empresas que prestan servicios de suministros, transportes, comunicaciones y otros servicios básicos tendrán que tener una dirección en Cataluña donde los consumidores puedan formular sus quejas o reclamaciones.
Si yo me quiero quejar y no tienen sede donde pueda ir...
#23 Lo he leído, pero sigo sin entenderlo. Normalmente, este tipo de reclamaciones no se hacen de modo presencial. Y además, dice que tienen que tener UNA DIRECCIÓN, pero ello no significa una oficina de atención al público.
Y aunque fuese para eso (que ya digo que no parece ser lo que dicen)... ¿Realmente crees que a alguien de Reus le es muy útil una dirección de Figueres?
#19 #23 #28
Es para empresas como Easyjet que son extranjeras, y si quieres poner una reclamación, tienes que escribir una carta a Londres (en su página web no hay ni una sola dirección de correo electrónico donde formular una queja, y tampoco está la dirección postal de la oficina, te dicen que vayas a la oficina del aeropuerto a preguntar por la dirección a la que escribir, y allí te darán una dirección extranjera).
Por seguridad, habría que mandar cartas certificadas (si no, les llegan a la oficina, las tiran a la basura y tan anchos...) así que estar escribiendo cartas certificadas al extranjero es un buen modo de desmotivar una queja. Por eso exigen una dirección regional.
Ahora en lugar de dejarte a la espera con la dichosa musiquita, dejarán la linea ocupada y estaremos horas dándole al redial hasta que pillemos a un operador libre.
Si acaban siendo gratis,será una odisea conseguir que te descuelguen el teléfono para atenderte,de hecho,ahora mismo lo es a menudo.
Se recuerda además que todos los servicios que se presten tendrán una garantía mínima de seis meses, y que cuando un consumidor contrate con un intermediario, como pueden ser tiendas de telefonía, o de compraventa de segunda mano, es como si lo hiciera directamente con el prestador del servicio.
Esto... La Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, publicada en el BOE núm 165 de 11 de julio de 2003:
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L23-03.htm
en su artículo 9 indica una garantía mínima de dos años, o de uno si son bienes de segunda mano. ¿Patinazo, o se refiere a algún tipo de servicios no incluídos en dicha ley?
#24 Dos cosas:
1) Esa ley NO ESTÁ VIGENTE --> Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
2) Actualmente el artículo asimilable al que dices, establece que
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.
No obstante, en Cataluña se está dando bastante un fenómeno que en el mundo jurídico resulta bastante incomprensible: obviar las leyes estatales para regular esas mismas materias autonómicamente (y no hablo de las competencias del Estatut, esto va bastante más allá).
#29: De todas formas, un texto refundido no cambia nada, sólo coge varias leyes y las "compacta" en una sola.
me gustaría que un abogado me confirmara esto:
#29 ... en el caso que comentas de Cataluña, puede legislar al margen de la ley estatal todo lo que quiera, pero no la puede contradecir (ni a una de la UE). A fin de cuentas, si no puede legislar en contra, lo que está haciendo es complicar la vida de los catalanes que para saber la norma tienen que leer dos textos que repiten muchas cosas y dichas de diferente forma.
¿Gratis? Si lo acabaremos pagando en los productos en cuestion...
El problema es que las llamadas de broma a un número gratuito son el 30%. Hubiera sido mejor poner un límite de precio o algo parecido.
#12 Esas llamadas pueden ser denunciadas. Otras compañías pueden tener problemas en llegar a saber a quien denunciar y lo dejan, pero ellos saben perfectamente quien les llama.
¡Aleluya!
Saben que esto redundará en un peor servicio, ¿no? Si un número es gratis, será troleado. Y encima, la mayor ocupación de las líneas redundará en aún más tiempo de llamada.
Para cuando en el resto de Autonomías?
increible...literamente increible, vamos,que no me lo creo, jeje