Hace 10 años | Por sam2001 a sevillaactualidad.com
Publicado hace 10 años por sam2001 a sevillaactualidad.com

Una normativa no puede impedir grabar a un ciudadano una sesión plenaria amparándose en una posible vulneración de derechos fundamentales. Es la conclusión a la que llegan dos profesores de derecho constitucional consultados por Sevilla Actualidad en relación a la prohibición de grabar los plenos decretada por el Ayuntamiento de Sevilla o el de Espartinas.

Comentarios

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YA !! y van a saber más los Juristas que los alcaldes y concejales...país...

Victor_Martinez

el policia de turno que haya en el pleno se habrá leido las leyes, o sólo acata lo que le dicen desde el consistorio?

Seguramente lo segundo. La policía es uno de los pilares fundamentales que si empezara a tomarse un poquito de responsabilidad sobre su trabajo podría conseguir grandes cambios sociales. Y ni siquiera tiene que hacer NADA, simplemente NO obedecer cosas que van contra la ley

Fede_Ico

El caso es imponer su autoritarismo, aunque este por encima de la ley. eso es lo de menos para ellos incluso refuerza su sensacion de poder.

ogrydc

¿Y qué más dá lo que diga la ley, si a quién hace caso la policía municipal, o la guardia civil, es al alcalde?

derethor

vulnera el derecho a la alcaldada de turno, y rompe el principio sagrado de "aquí mando yo por mis cojones", que es en lo que se resume el reglamento de nuestras instituciones.

D

Con gusto ayudaría a financiar algo como esto http://www.verkami.com/projects/6427-la-uni-en-la-calle-el-libro-de-texto pero en plan "la ley en la calle: el libro de texto", donde jueces y abogados decentes nos contaran en plan divulgativo unos cuantas cosas para que no nos líen los de siempre. Hace mucha falta, porque sin conocer bien nuestros derechos es más difícil evitar atropellos.

D

¿Pero hacía falta que lo dijeran unos juristas? Es de sentido común!

p

pero seguro que vulnera el derecho al caciquismo