Hace 3 años | Por --651134-- a portal.mineco.gob.es
Publicado hace 3 años por --651134-- a portal.mineco.gob.es

Este reglamento tiene cuatro objetivos principales. En primer lugar, mejorar la eficiencia de la Administración electrónica. Para ello, se facilita el derecho de los ciudadanos a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas; la obligatoriedad de relación electrónica de las personas jurídicas y de algunas categorías de personas físicas; y la tramitación electrónica de los procedimientos como actuación habitual de las Administraciones Públicas.

Comentarios

dudo

#6 si hiciesen una plataforma sólida y sencilla
como hacer login con la cuenta de facebook o google,

pero si es complicado de usar el dnie o certificado digital para un usuario,
no quiero ni imaginar para una administración que lo tiene que integrar en su web.

orangutan

#11 Para eso existen los servicios de identificación centralizada https://en.wikipedia.org/wiki/Central_Authentication_Service , no es nada nuevo y la administración los usa desde hace tiempo.

dudo

#24 el login de facebook/google/apple se puede usar para entrar en cualquier página, es sencillo de implementar y por eso se usa en muchas webs y apps

¿recuerdas cuando cualquiera pudo acceder a todos los casos del sistema de justicia? Y tardaron semanas en solucionarlo

Cuando ha pasado eso con el login de facebook/google/apple? Nunca

#22 Para acceder a mis datos médicos he tenido que ir a la policía a que me diesen una nueva copia de mi dnie, porque el dnie 2.0 ya está desfasado y la web no aceptaba el certificado digital, obliga a usar el dnie 3.0

La complejidad en el uso no añade mas seguridad

orangutan

#48 Nadie dice que la complejidad añade seguridad.
No querrás darle tus datos médicos a Facebook o a Google , ¿verdad?
Para la mayoría de trámites es suficiente con el certificado de la FNMT, como aconsejan usar en otros comentarios y no suele dar problemas.
Para datos de salud suelen exigir más seguridad , como tener que usar el DNIe.
Pero esto se hace por normativa europea.
Y los servicios básicos de un país no pueden depender de empresas extranjeras con servidores seguramente ubicados también en el extranjero.

Fun_pub

#11 Claro, claro. Es que es casi lo mismo entrar en facebook y decir que he comido huevos con chorizo que ir a hacer un trámite oficial.

Lo que nos íbamos a reir si alguien pilla la clave y le entra al afectado a cambiar la declaración del IRPF poniendo, por ejemplo que ha tenido unos ingresos de unos milloncejos de un premio.

D

#4 No les van a quitar los chiringuitos.

e

#18 Respuesta sin contenido.
¿a quién no les van a quitar los chiringuitos?
¿qué chiringuitos?

D

#25 Los de las comunidades, cuál de los cientos de ejemplos, pues por ejemplo distintas plataformas informáticas con distintos amigos al frente.

e

#42 OK. Totalmente de acuerdo.

neo1999

#12 En muchos casos se puede utilizar el Certificado Digital en lugar de la Cl@ve y funciona muy bien.
Te recomiendo que pidas cita en la FNMT de tu zona y lo hagas de forma presencial. En este enlace informan sobre los lugares donde puedes acudir:
http://mapaoficinascert.appspot.com/

D

#16 No quieras entrar en ese bucle de citas.

neo1999

#19 Es mejor la cita que el bucle de certificados online

buscoinfo

#16 Sí, leí sobre ello, pero ya digo que no me corre prisa y prefiero esperar. Gracias por la información.

#19 Como en tiempos de pandemia no me apetece dar muchas vueltas, voy a esperar a ver si solucionan el problema con cl@ve.
Si no, pues habrá que probar por esta vía.

Al-Khwarizmi

#16 Creo que en todos los casos, de hecho.

Yo nunca me he hecho Cl@ve (o si me la he hecho, no me acuerdo) y todos los trámites electrónicos con la administración los hago con el certificado de la FNMT. Nunca me he encontrado con ninguno que exija Cl@ve y no acepte el certificado. Hay que decir que el proceso de crearlo/renovarlo también da problemas a veces, pero luego tienes varios años de tranquilidad hasta que toca la siguiente renovación.

También se pueden hacer los trámites con el DNI-e y un lector de plástico de los chinos que cuesta cuatro duros. Una vez quise usarlo (me había caducado el mencionado certificado de la FNMT y quería hacer un trámite rápido antes de renovarlo), pero con eso perdí un tiempo recuperando la clave para luego descubrir que el certificado que lleva dentro el DNI-e estaba caducado y creo que no era trivial renovarlo. Así que sigo con el certificado digital para todo.

E

la entradilla es un poco Hermanos Marx, "La parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte"

D

#2 Tienes razón; sin usar microblogging, he optado por otro párrafo dentro de la propia ubicación.

ricm

#3 Aunque lo haga todo el mundo, la entradilla no tiene por qué ser un copia pega. Lo suyo es un resumen, pero en estos tiempos es como pedir una tesis.

D

#43 lo he hecho en mis primeras publicaciones y me la votaban como microblogging.

ricm

#44 Es que por aquí hay más papistas que el papa.

D

#45 muy de acuerdo.

Fun_pub

#2 A mi, sin embargo, me parece claro, exacto y conciso.

dudo

#5 ¿Qué tiene que ver Yolanda Diaz con esta noticia?

n1kon3500

Lo que es una locura la cantidad de diferentes sistemas y aps que tiene la administración pública. Tipo la app para seguir el covid de la playa de Calpe. Aquí se han tirado chorrocientos millones

MisturaFina

Muy bien, fantástico. Código libre? Si no es código libre entonces quien asegura su funcionamiento interno? Hoy cada jefe de sección encarga a empresas privadas (amiguetes) el software y mete dentro sus chanchullos. EL SOFTWARE PUBLICO DEBE SER SOFTWARE LIBRE. Es la única manera asegurar su correcto funcionamiento. Tendremos un sector público, transparente, super eficiente y con pocos humanos. Objetivo: un gobierno low cost!

Mala

Pues de momento funciona de puta pena. Citas que no consigues nunca, e incluso que acaparan unos pocos y las venden. Teléfonos que no coge nadie mientras trabajan desde casa... etc.

D

#1 A lo mejor no lo sabe la ministra de Trabajo y ella piensa que todo va perfecto ...

Yermense

#5 A lo mejor cuentas recién creadas se lo expliquen...

t

#5 Se va PI y hay que cortar la cabeza de la sucesora...joer con la derecha, ni 100 días respeta ya.

D

#30 Lleva más de 1 año en el ministerio de trabajo. ¿ Se puede cuestionar su labor aunque sea de Unidas Podemos o tenemos que estar callados ?

t

#31 Y ¿Que es exactamente lo que críticas? ¿que hace mal o no se entera de cosas que están fuera de sus competencias como el tema que se trata?

D

#32 ¿ No te has enterado del colapso del SEPE, incluso antes del hackeo ?
Supongo que no habrás tenido que pedir cita en el SEPE .

t

#33 Supongo que los sistemas de administración digital competen a la ministra de trabajo...

D

#34 No, el SEPE no compete al ministerio de Trabajo. Entendido
Las competencias de la ministra de Trabajo son ir a ver una obra de teatro en Baleares en plena pandemia .

Resulta divertido ver cómo retorcéis las cosas para exculpar a algunos de su responsabilidad

t

#35 Aaaaadios!!!

M

Un buen tirón de orejas le daría a quien diseñó esa web. Dios...

Trolencio

#7 Yo lo agarro y tu lo dejas como a Dumbo, se lo merece, ya lo creo.

urannio

La administración española está por detrás claramente. Y debería prohibir usar tecnología extranjera.

D

Un año en crear un marco legal... Luego te meten prisas para que envíes los documentos que ellos necesitan. SPM

t

10 años tarde (por no decir 20), pero bueno, mas vale tarde que nunca, dicen...

orangutan

Supongo que el reglamento lo desarrolla más en profundidad, pero es lo que viene a decir la Ley 39/2015:
Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.

2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

3. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

Jangsun

#26 Pues lo acabo de mirar y desarrolla más bien poco a nada. Todo muy general, como que "las Administraciones definirán los sistemas de firma electrónica aceptados" o que "los órganos de la AGE están obligados a comunicarse por medios electrónicos entre ellos"...pero ¿qué pasa dentro de ellos? Una decepción. Todo lo que contiene se está haciendo ya en los ministerios por necesidad, solo viene a confirmar algunas cosas y pedir algún detalle extra. Yo esperaba bastante más, o por lo menos que obligara a cada ministerio a desarrollar protocolos específicos.

undeponte

No lo encuentro en el BOE de hoy. ¿Alguien sabe en qué BOE se ha publicado?

Jangsun

#17 Ha salido hoy, RD 203/2021.
La verdad es que me emociona No sabía que iba a salir. No os imagináis la lucha que tenemos (algunos) desde dentro para implantar esto. Aquí se resisten como gato panza arriba...curiosamente los que más, los externos contratados para llevar el registro de documentos, igual temen que los despidan. Además de que la gente tiene querencia al papel, el problema es que el software no está suficientemente avanzado y da muchos problemas para hacer las comunicaciones electrónicas. Por suerte algunos jefes quieren modernizarse y apoyan que empujemos, pero hasta ahora ha sido un tema muy individual, porque no hay órdenes claras desde el gobierno.

Ggplus

Somos todos super informaticos. Sisisis.
Pues todo esto reemplaza a personas. Y hablando de personas aun hay las que al ser mayores o no tienen conocimientos estan varadas en "limbos".

I

Vale, llegados a este punto ¿cuando coj. van a declarar el acceso a banda ancha servicio básico universal?