La nueva pena, denominada 'prisión permanente revisable', es 'de duración indefinida' aunque sujeta a levantamiento después de entre 25 y 35 años de cumplimiento. Se aplicará al asesinato del Rey o el Príncipe, magnicidio, terrorismo y asesinatos agravados.
#3:
#1 Es un salto atrás gigantesco en democracia, un retroceso de décadas, aparte de una medida MUY populista que no busca solucionar ningún problema, sino castigar con ensañamiento. Por supuesto, no veremos cadena perpetua para quienes nos condenan a la miseria. Cortinas de humo para calmar la sed de sangre de una parte fanática del electorado español.
#9:
Constitución Española; artículo 25: 1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. Artículo 1: Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.
Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados
En mi opinión, la Cadena perpetua va directamente contra el principio expresado en la Constitución y en la ley citada.
Vamos hacia atrás.
Constitución Española; artículo 25: 1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. Artículo 1: Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.
Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados
En mi opinión, la Cadena perpetua va directamente contra el principio expresado en la Constitución y en la ley citada.
Vamos hacia atrás.
#9 En mi opinión lo que va contra el principio expresado en la Constitución es que un preso salga de la cárcel si no está reeducado ni preparado para su reinserción social.
¿Vale más la vida del rey o del presidente, que la de otra persona? #2 Y una ley contra vagos y maleantes, con miles de personas que se quedan en la calle por la crisis, mal asunto... muy mal asunto. ¿Una forma oficial del gobierno de llamar vagos a los parados?
Hay casos para los que tiene sentido, como los violadores que, contra opinion de psicologos, salen a la calle y reinciden. Seguramente no es el unico caso.
Lo importante es que los ciudadanos e instituciones velen para que la norma se aplique a esos casos que lo merecen.
Si es un salto hacia adelante o hacia atras, depende de los jueces y de como se redacte la ley, para cubrir casos y supuestos, en definitiva, una herraamienta, en lugar de una chapuza
#1 Es un salto atrás gigantesco en democracia, un retroceso de décadas, aparte de una medida MUY populista que no busca solucionar ningún problema, sino castigar con ensañamiento. Por supuesto, no veremos cadena perpetua para quienes nos condenan a la miseria. Cortinas de humo para calmar la sed de sangre de una parte fanática del electorado español.
#3 #4 Yo opino que el criterio para salir de la cárcel debe ser estar rehabilitado. Lo que no es normal es que salgan a la calle pensando que lo que hicieron para entrar es totalmente perfecto, porque luego pasa lo que pasa, que reinciden. No tengo ninguna sed de sangre, por eso quiero evitar la reincidencia.
Yo entiendo que lo que dice del asesinato del Rey o el Príncipe es porque matar a esta gente implica premeditación, alevosía y todos los agravantes que te puedas imaginar. Te garantizo que si los Príncipes andan por Gran Vía como cualquier madrileño y un borracho los atropella y los mata, éste no va a cumplir cadena perpetua.
Comentarios
Constitución Española; artículo 25:
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. Artículo 1:
Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.
Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados
En mi opinión, la Cadena perpetua va directamente contra el principio expresado en la Constitución y en la ley citada.
Vamos hacia atrás.
#9 ¿Y no se puede presentar un recurso de anticonstitucionalidad?
#9 En mi opinión lo que va contra el principio expresado en la Constitución es que un preso salga de la cárcel si no está reeducado ni preparado para su reinserción social.
Cada vez vamos más para atrás. Primero ley antiaborto, ahora cadena perpetua. ¿Supongo que después "ley contra vagos y maleantes"?
¿Vale más la vida del rey o del presidente, que la de otra persona?
#2 Y una ley contra vagos y maleantes, con miles de personas que se quedan en la calle por la crisis, mal asunto... muy mal asunto. ¿Una forma oficial del gobierno de llamar vagos a los parados?
#2 #3
Hay casos para los que tiene sentido, como los violadores que, contra opinion de psicologos, salen a la calle y reinciden. Seguramente no es el unico caso.
Lo importante es que los ciudadanos e instituciones velen para que la norma se aplique a esos casos que lo merecen.
Si es un salto hacia adelante o hacia atras, depende de los jueces y de como se redacte la ley, para cubrir casos y supuestos, en definitiva, una herraamienta, en lugar de una chapuza
#0 ¿No es dupe? La prisión permanente revisable no será solo para terroristas
La prisión permanente revisable no será solo para ...
politica.elpais.comen fin, ya solo falta que alguien la use para los motivos que dice el titular..
Inconstitucional?
Pues me parece bien. Ya era hora.
#1 Es un salto atrás gigantesco en democracia, un retroceso de décadas, aparte de una medida MUY populista que no busca solucionar ningún problema, sino castigar con ensañamiento. Por supuesto, no veremos cadena perpetua para quienes nos condenan a la miseria. Cortinas de humo para calmar la sed de sangre de una parte fanática del electorado español.
#3
#4 Yo opino que el criterio para salir de la cárcel debe ser estar rehabilitado. Lo que no es normal es que salgan a la calle pensando que lo que hicieron para entrar es totalmente perfecto, porque luego pasa lo que pasa, que reinciden. No tengo ninguna sed de sangre, por eso quiero evitar la reincidencia.
Yo entiendo que lo que dice del asesinato del Rey o el Príncipe es porque matar a esta gente implica premeditación, alevosía y todos los agravantes que te puedas imaginar. Te garantizo que si los Príncipes andan por Gran Vía como cualquier madrileño y un borracho los atropella y los mata, éste no va a cumplir cadena perpetua.
#1 Pues yo creo que no es peor matar al rey o al presidente que a cualquier otra persona.