Hace 6 años | Por Roquillo a publico.es
Publicado hace 6 años por Roquillo a publico.es

El alcalde asegura que ya preparan acciones legales porque no alberga “esperanzas” de que Carmen Franco Polo responda al requerimiento que le hizo hace semanas.

Comentarios

D

#3 mientras no llegue el PP y los pierda, puede. Portada: Santiago encontró los documentos que certifican que las esculturas en manos de los Franco son propiedad municipal

Hace 6 años | Por anxosan a praza.gal


Y con el arte esas triquiñuelas no valen

D

#3 EXACTO!! aunque fueran robados, se los pueden quedar. Asi de simple.

D

#13 Hombre! Qué raro. Una vez más, como en TODAS las noticias que hablan de esto repitiendo una y otra vez la misma sandez.

Los bienes de dominio público del patrimonio histórico son INALIENABLES e IMPRESCRIPTIBLES y no cabe la USUCAPIÓN.

Ahora sigue soltando tu mierda por todo puto envío que hable de esta familia de hijos de la gran puta.

themarquesito

#24 Para poder negar el principio de usucapión tiene que haber constancia de que estas esculturas tengan la catalogación como bienes demaniales, o Bienes de Interés Cultural, o figurar en el Inventario General de Patrimonio Histórico.
Si el ayuntamiento de Santiago en el momento de comprar las estatuas al conde de Ximonde e inscribirlas en el Inventario de Bienes del ayuntamiento las indicó como bienes patrimoniales en lugar de demaniales, la usucapión puede ser aplicada.

D

#25 Por supuesto que las inscribió como bienes demaniales, de ahí que haya dicho los bienes de dominio público y de ahí que no quepa la usucapión.

themarquesito

#26 Mucho confías tú en el recto proceder del ayuntamiento de Santiago en 1948. A mí no me sorprendería nada que las hubieran inscrito como bienes patrimoniales y que así hayan quedado registradas hasta ahora.

D

#27 La confianza en el recto proceder de una administración pública no tiene valor probatorio alguno. La documentación que obra en poder de la asesoría jurídica del Concello de Santiago de Compostela sí.

themarquesito

#28 De momento lo único que hemos visto a ese respecto son las escrituras públicas de compra-venta entre el ayuntamiento y el conde de Ximonde. Espero, por el bien de todos, que en algún inventario de bienes consten como bienes demaniales.

D

#29 La afectación específica de un bien demanial puede ser expresa, implícita o presunta.

D

#24 goto #25

D

#30 Pero que goto ni que goto, falangista del tres al cuarto, si ni siquiera sabes qué coño es un bien demanial lol

El cuñao que escribió "aunque fueran robados, se los pueden quedar. Asi de simple." metiéndose en conversaciones de mayores... Venga, coge una banderita y vete al patio del cole a agitarla con tus amiguitos.

themarquesito

#32 De la Ley de Patrimonio de las Admimistraciones Públicas:

Artículo 16. Carácter patrimonial de los bienes adquiridos.

Salvo disposición legal en contrario, los bienes y derechos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos se entienden adquiridos con el carácter de patrimoniales, sin perjuicio de su posterior afectación al uso general o al servicio público


Como esas estatuas fueron adquiridas a título oneroso, se presupone el carácter patrimonial hasta el momento en que hayan sido declaradas demaniales, si es que en algún momento lo han sido.

D

#33 No necesariamente. La aprobación de un acto administrativo que presupone el destino de un bien a un uso público conlleva una afectación implícita como bien demanial.

themarquesito

#34 ¿Me puedes poner alguna cita al respecto? Yo me estoy guiando por lo que veo en el Código Civil, la Ley de Patrimonio Histórico, y la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas

D

#36 Espero verte en el hilo cuando la justicia le diga a esta gente que no tiene razon. A VER SI ES verdad.

themarquesito

#38 Estaré, ya sea en el caso de que la justicia dé la razón a los Franco o al ayuntamiento de Santiago.

D

#39 perdon iba para #34

D

#38 Tú sólo vienes por aquí a defender la "legalidad" de las tropelías de los tuyos @eulerian5

Ni vendrás al hilo cuando la justicia le diga a esta gente tu gentuza que no tiene razon, ni se te espera.

D

#42 yo creo q la justicia esta de parte de los franco.mira como con lo del pazo ya se les pasó la tonteria...

D

#44 No, eres tú el que está de parte de Franco. La legalidad sólo te interesa cuando está de tu parte.

D

#45 FALSO,quieres links de comentarios? no me voy a molestar si no admites que estas equivocado si te doy todos los links. Te los doy?

D

#42 Y por cierto, te puedo dar decenas de mensajes diciendo lo mismo en los casos de la eta, las marionetas, o incluso la doctrina parot. Yo me he opuesto radicalmente a la ley de partidos e incluso a la ilegalizacion de la misma HB, asi que a defender la libertad de expresion no me vas a ganar tu, ni nadie.
Quieres links de esos comentarios?

D

#46 a defender la libertad de expresion no me vas a ganar tu, ni nadie

¿Y quién coño ha hablado aquí de libertad de expresión? lol

Yo estoy totalmente de acuerdo con tu derecho a defender públicamente a falangistas y nazis. Y con el mío a aseverar en base a todos esos links que no me interesa en absoluto releer que no eres más que un filofascista, que ignora por completo el funcionamiento y contenido de las leyes y cuyo único interés es blanquear las tropelías de los tuyos.

D

#48 HE DEFENDIDO a filoetarras, he defendido hasta otegi!!! una cosa es que diga que otegi es un etarra que da asco, un filoetarra que es despreciable, y otra cosa que a su vez diga COMO HE DICHO, que tiene derecho a su opinion y llevarlo a la carcel por ese escrito era un desproposito.
Y he criticado duramente la ley de partidos, las leyes de apologia, las detenciones por tweets, etc etc etc: YO LO HAGO PARA LOS DE UN LADO y para los de otro, porque creo en la libertad individual, en el estado de derecho y en el principio de legalidad, tu no, porque tu no crees que deban tener los mismos derechos los franquistas que los socialdemocratas, y no, no es asi, en democracia todos tienen los mismos derechos independientemente de sus ideologias.
Ye te puedo dar links, los quieres??? para hacerte el zasca.

D

#49 Sí, por favor. Me interesa muchísimo tu opinión sobre Otegi, blanqueador de fascistas.

Pero es que el franquismo no fue fascismo, no tiene nada que ver

D

#50 matanos-acaba-todos/c0101#c-101

Hace 11 años | Por Albanta a politica.elpais.com

coronel-quiere-llevar-tanques-cataluna-confiesa-admirador-franco/c0144#c-144
Hace 11 años | Por martingerz a elplural.com


ME suele pasar que la gente me pone etiquetas y luego se llevan los zascas.
Y respecto al franquismo (o tardofranquismo) y fascismo, he dado links, no son opiniones mias.

themarquesito

#48 Dejemos estar a ese tercero, que aquí debatíamos civilizadamente sobre la naturaleza jurídica de esos bienes y el estatus actual de los mismos. Ya veremos qué dictamina la justicia, y sinceramente espero equivocarme y que las estatuas vuelvan al control del ayuntamiento de Santiago.

D

#52 Tienes toda la razón, disculpa.

Me refería a la legislación que comentabas. No tengo documentación respecto a cómo informaba la afectación implícita el derecho administativo vigente durante el "obsequio", hablo por lo que he oído a gente que sabe mucho más que yo de derecho. Lo cual no es un argumento de peso, desde luego.

Pero si me interesaría mucho disponer de ella, si la encuentras te agredecería el enlace. Yo la estoy buscando, si la encuentro te lo pego aquí.

Pero respecto a los supuestos de nulidad del acto administrativo de enajenación patrimonial hay que tener en cuenta que la legislación española, ya desde comienzos del siglo XX, centraliza la gestión del patrimonio histórico-artístico y obliga a los ayuntamientos a velar por su integridad.

http://www.iaph.es/revistaph/index.php/revistaph/article/viewFile/1728/1728

themarquesito

#53 Estoy mirando la legislación de la época de Franco. La que estaría vigente es la Ley del Régimen Municipal de 1950 (consolidación de la de 1945), que define los bienes municipales en el capítulo VI. También hay que tener en cuenta la Ley de Patrimonio Artístico Nacional de 1933. Voy a ver si saco algo en claro.

themarquesito

#53 Según veo en la Ley de Régimen Municipal, esas estatuas probablemente serían bienes patrimoniales, a la vista del texto:

Artículo 183: Los bienes municipales se clasifican en bienes de dominio público y bienes patrimoniales. Los bienes de dominio público son de uso o servicio público; los patrimoniales son de propios o comunales.

Artículo 185: Son bienes de servicio público los que el municipio destine al cumplimiento de fines de interés público, como Casas Consistoriales, Mataderos, Mercados, Lonjas, Escuelas y otros análogos.

Artículo 186: Son bienes de propios los que siendo propiedad del Municipio no estén destinados al uso público, ni a la realización de ningún servicio, y puedan constituir fuente de ingresos para el erario municipal.


Sin embargo, existe un posible resquicio legal, que marco en negrita.

Artículo 190: Las enajenaciones de bienes de propios, así como las de los de dominio público desafectados al uso o servicio público en forma legal, y autorizada conforme al artículo 189, habrán de realizarse por subasta pública. [...]
Artículo 191: Cuando se trate enajenaciones o gravámenes que se refieran a monumentos, edificios, u objetos de índole artística o histórica habrá de proceder a la autorización el informe del Ministerio de Educación Nacional.

Como exista el expediente de autorización del Ministerio de Educación de la época, me parece que ya no hay esperanza.

D

#55 Como exista el expediente de autorización del Ministerio de Educación de la época, me parece que ya no hay esperanza.

Eso por descontado, pero la cuestión es que no existe ningún documento que avale la cesión y la familia Franco insiste en que fue un "obsequio" del ayuntamiento de Santiago. Yo creo que, en vista del documento de compraventa se puede inferir un uso público y, por tanto, una afectación tanto implícita como presunta como bien demanial.

Además de la "Ley sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico" de 1933, la Ley del Patrimonio Histórico Español de 1985, derogó

- el Real Decreto-Ley de 9 de agosto de 1926 sobre Protección, Conservación y Acrecentamiento de la Riqueza Artística
- y la Ley de 10 de diciembre de 1931 sobre enajenación de bienes artísticos, arqueológicos e históricos de más de cien años de
antigüedad

Por lo que, en lo que no hubiese sido modificado por leyes posteriores, estarían en vigencia en aquel momento. Voy a echarles un ojo, a ver si encuentro algo.

Lo realmente trágico es que en 2017 no se haya tramitado aún una ley de restitución de ámbito general, y apenas los sindicatos y partidos políticos hayan podido recuperar los bienes confiscados por los sublevados.

themarquesito

#56 Si encuentras algo en esas leyes, avísame. Ya sabes que las puedes encontrar en el BOE (sección Gazeta) digitalizadas. Espero que por ahí haya algo de esperanza.

D

#57 Sí, pero se han gastado poco en OCR

Estoy leyendo un interesante artículo de la Revista Electronica de Patrimonio Histórico en el que se comenta, respecto de la ley de 1933, que el nuevo régimen de los bienes muebles [...] se basaba en la prohibición de cesión de los mismos cuando fueran propiedad de las Administraciones o en posesión de la Iglesia salvo a personas jurídicas.

themarquesito

#58 Voy a tener que darte la razón. Esas estatuas se pueden salvar. Cito la ley de 1933:

De los objetos muebles que forman parte del Patrimonio Histórico-Artístico
Artículo 41:
Los objetos muebles definidos en el artículo 1.° que sean propiedad del Estado o de los organismos regionales, provinciales o locales o que estén en posesión de la Iglesia en cualquiera de sus establecimientos o dependencias, o que pertenezcan a personas jurídicas, no se podrán ceder por cambio, venta o donación a particulares ni a entidades mercantiles.

Y ahora vamos a lo que dice el artículo 1:

Están sujetos a esta Ley, que cumplimenta lo dispuesto por el artículo 45 de la Constitución y el artículo 18 de la Ley de 10 de Diciembre de 1934, cuantos inmuebles y objetos muebles de interés artístico, arqueológico, paleontológico o histórico haya en España de antigüedad no menor de un siglo; también aquellos que sin esta antigüedad tengan un valor artístico o histórico indiscutible, exceptuando, naturalmente,
las obras de autores contemporáneos; les inmuebles y muebles así definidos constituyen el Patrimonio histórico-artístico nacional.


Hay que ver todo lo que hemos tenido que desempolvar de viejas leyes.

D

#59 He estado intentando revisar el derecho administrativo aplicable pero es un auténtico galimatías. La ley de 1889 encomienda que cada ministerio redacte su reglamento

themarquesito

#58 Por suerte con estos temas legales, Franco no derogó todas las leyes de la República, sino que consideró ilegítimas las actuaciones posteriores a las elecciones de 1936, como se desprende del Dictamen de la Comisión sobre ilegitimidad de poderes actuantes el 18 de julio de 1936
En el punto 2 reconocen abiertamente la legitimidad de la República.
2. Que las pruebas hasta ahora aportadas y los textos legislativos, decretos y órdenes examinados, reveladores de la conducta seguida a partir del 19 de febrero de 1936, por Gobierno y Cortes, demuestran también de modo claro, la ilegitimidad de origen de aquellos poderes, nacidos fuera de todo cauce legal, por su inadaptación a las bases de externa legalidad, teóricamente establecidas, en el texto constitucional de 9 de diciembre de 1931.

D

#60 Sí, la de 1933 estuvo en vigor hasta 1985. Por tanto el presunto acto administrativo o bien no existió o bien fue nulo de pleno derecho y además no cabe la usucapión.

Así que me temo que la familia del asesino va a tener que compartir las estatuas con el resto de propietarios, esto es, todos

themarquesito

#61 Me alegro de no haber tenido razón sobre el principio de prescripción administrativa relativo a estas dos estatuas.

D

#63 Esperemos que el juzgado competente no busque y encuentre algún vericueto al que aferrarse. Ya sabemos que el principio de protección al oligarca informa con demasiada frecuencia las decisiones judiciales en este país

Ha sido un placer haber mantenido esta amena e instructiva conversación contigo

D

#36 Precisamente en el 66 de la LPAP.

Y, aún en el caso de que se tratase de un bien patrimonial, su enajenación se habría realizado prescindiendo por completo del procedimiento legal establecido por lo que el acto administrativo de "obsequio" sería nulo de pleno derecho y, como tal, imprescriptible.

themarquesito

#41 Pero eso no habría lugar, pues la ley es posterior a la "donación".

D

#32 goto #33

themarquesito

Sobre el principio de usucapión o prescripción administrativa, artículo 1955 del Código Civil:
El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe.
También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición.

Cito el comentario deairair, del 21 de septiembre como complemento.

Artículo 1956 del Código Civil: «Las cosas hurtadas o robadas no podrán ser prescritas por los que las hurtaron o robaron, ni por sus cómplices o encubridores, a no haber prescrito el delito o falta, o su pena, y la acción para exigir la responsabilidad civil nacida del delito o falta».

Es decir, prescripción del delito de hurto o robo (5 años) + prescripción de la pena del delito (5 años) + prescripción adquisitiva extraordinaria de bienes muebles (6 años) + acción para exigir la responsabilidad civil (15 años) = 31 años, 25 años si un juez interpreta que la usucapión extraordinaria de bienes muebles corre al mismo tiempo que la prescripción de la acción de responsabilidad civil.

25 años como poco han tenido para enviar esta notificación, y no lo han hecho, que tras mandarla a cualquier abogado les dirán a los Franco que se limpien el culo con ella.

themarquesito

Erratum: quería decir "que no son bienes embargables y son imprescriptibles".

Después de los años transcurridos, la tan cacareada carta magna del 78, de la archi-famosa reconciliación, conseguida entre todos,según dicen, no hemos avanzado nada, todo sigue atado y bien atado. En el poder político,judicial,económico están los hijos, nietos y familiares de aquellos que dieron un golpe de estado, hicieron una guerra civil y después reprimieron a la población, cometiendo todo tipo de crímenes. Nadie ha sido juzgado, ni siquiera acusado de todas aquellas persecuciones y desapariciones, es mas, a quien lo ha intentado le acusaron y lo silenciaron. Bueno pues según esos dirigentes todo esta bien y no hay que mover el pasado.
Los Franco todavía mandan y mucho.

D

#9 "En el poder político,judicial,económico están los hijos, nietos y familiares de aquellos que dieron un golpe de estado, hicieron una guerra civil y después reprimieron a la población, cometiendo todo tipo de crímenes"


y???? los supuestos pecados de los abuelos pasan a los nietos?? no se que pretendes implicar, si lo que quieres decir es que hay gente en la politica y sociedad que sus abuelos eran franquistas, y????????????????????

" Nadie ha sido juzgado, ni siquiera acusado de todas aquellas persecuciones y desapariciones"
porque estan todos muertos? puede ser por eso???? tampoco nadie ha sido juzgado por la inquisicion.

diminuta

#12 Cuando a alguien de fuera le cuentas que un ministro de Franco fue luego ministro en la democracia no se lo creen... Después de una dictadura, se suele alejar a los adeptos y más aún a los que tuvieron cargos en ella, de los puestos políticos, pero no en España. El PP es heredero directo de la dictadura, igual que nuestro querido rey emérito... eso lo cuentas fuera, y, como te digo, no dan crédito.

D

#14 Y la santa inquisicion, lo que quieras. En cualquier dictadura la gente que ha partidicpado en ella, alguna, siempre pasa al proceso siguiente, no todos, obviamente, pero si muchos.
"El PP es heredero directo de la dictadura, igual que nuestro querido rey emérito... eso lo cuentas fuera, y, como te digo, no dan crédito."
ya estan muerto todos, han pasado 80 años de la guerra civil y 42 desde que murio franco, ya no da votos, no es creible. Asi de simple, ya no cuela.

diminuta

#15 Te hablo con Alemania en mente, que es algo que conozco de primera mano: a toda persona que directa o indirectamente fuese parte del gobierno de la RDA se le impuso una prohibición de un mínimo de 12 años para ejercer cualquier tipo de cargo público, incluyendo funcionarios del tipo de profesores, maestros, etc... no hablemos ya de gente que fue parte directa del gobierno...

Fraga murió hace poco, pero aún hay alguno de los que fueron ministros con Franco vivos, la familia Franco sigue gozando de lo expoliado, seguimos con la estirpe de un rey puesto por el régimen, negar que los herederos siguen activos en política y en el poder es estar muy ciego. Ir atrás hasta la Inquisición es una falacia muy cutre... estamos hablando de gente que participó en una dictadura que sigue participando en el poder en democracia, en el presente.

D

#16 ", negar que los herederos siguen activos en política y en el poder es estar muy ciego"

en la rda los hijos y nietos tampoco podian estar en politica???????

"estamos hablando de gente que participó en una dictadura que sigue participando en el poder en democracia, en el presente."
QUIEN, ponme un ejemplo, un nombre concreto, uno solo.

diminuta

#17 El rey emérito, Fraga (hasta que se murió). Te he puesto dos.

D

#18 ESTA muerto, no cuenta (y fuera de la politica desde hace 30 años), y el rey emerito no esta en politica.
ADELANTE, dame nombres.

diminuta

#19 ¿Perdona? Fraga fue presidente de la Xunta de Galicia hasta el 2005, de eso hace solo 12 años... senador hasta el 2011...

¿El Rey Emérito no está en política? Fue el Rey hasta hace nada... en fin, paso.

D

#20 Y alguien que hace 12 años fue politico o que fue rey, cuentan como PRESENTE???? y el rey no estaba en politica. pero aun asi, DIME ALGUIEN de ahora vivo. no me lo puedes decir pq no lo hay.

diminuta

#22 ¿Y algo ocurrido hace un minuto, y ayer, y el año pasado? Hace 12 años me parece lo suficientemente reciente...

Dile a la policía que haber robado ayer un coche no cuenta porque no es presente

Hala, a trollear a otro sitio, tengo cosas mejores que hacer que discutir con alguien que no razona.

D

#23 Pero no es algo DE AHORA, tu decias que AHORA los politicos son franquistas, y te he pedido un ejemplo y no me lo has podido dar.
ADemas, te niego la mayor, fraga no era franquista, era tardofranquista, que no es lo mismo, y aparte, fue votado libremente en unas elecciones democraticas y su discurso cambio mucho con el tiempo, tiene la gente derecho a cambiar su discurso? o eso solo esta reservado para los de la eta?
"Dile a la policía que haber robado ayer un coche no cuenta porque no es presente"
TODO prescribe, hasta un asesinato triple de niñas, es lo que trato de decirte.

D

Que puto asco. Aquí tenemos a los verdaderos defensores de españa, los que asumen sus recursos como propios.

U

Hacen bien. Tenían que haberles despojado de todo aquello que ganaron de forma tan deleznable hace ya tiempo. Ahora es más difícil

D

MENUDO ridiculo van a hacer, desde un punto de vista legal no tienen nada que hacer......NADA.

D

Francamente una vergüenza

D

Hay algún gobernante de España que no se haya llenado los bolsillos?