Hace 12 años | Por sam2001 a diariolaley.laley.es
Publicado hace 12 años por sam2001 a diariolaley.laley.es

El acceso a la información acumulada en un ordenador pertenece al ámbito de la intimidad. Su acceso, por la policía judicial no consentido por su propietario o sin autorización judicial personal, sólo será constitucionalmente legítimo si existen razones de necesidad y urgencia y respeta los principios de proporcionalidad y razonabilidad. [ADMIN: Enlace correcto en el comentario #2].

Comentarios

a

#20 zas en todo el antiguo limite del varchar! a #8

tambien podria ser un varcharOWNED lol

gallir

#22 #20

lol

Pero no, en serio, es una burrada ese URL. Hay URLs largos, pero se suelen usar para información de sesión (aunque tampoco se recomiendan, es mejor un hash como cookie), no como identificación de documentos.

En todos estos años habremos tenido 3 o 4 casos con problemas por longitud, y en ninguno encontré nada que lo justifique.

a

#23 Coincido contigo en que por ejemplo esa URl de 288 caracteres es un abuso, pero sabes que vas a tener que agrandar el campo de URL, no no digas que no, tu lo sabes, el que no hayas encontrado una escusa hasta ahora no significa que no la encontraras, el argumento de #22 es aplastante.

#22 ¿eres nuevo diseñando?, es 250 porque los viejos informáticos somos unos románticos

gallir

#25 Ojalá fuese fácil, cambiar la estructura de la tabla de enlaces tomaría como mínimo hora y media, que no se podría usar (los problemas d elas relacionales). En todo caso lo debería hacer cuando estemos por migrar a la nueva (que tendrá failover-failback). Pero no sé cuando lo haremos.

a

#26 pone en la pagina web donde se pone la URl: "Maximo 250 caracteres" y todos tan contentos , por lo menos estarán avisados y el costo de desarrollo no creo que sea alto si google hace cosas similares porque no meneame

D

#4 En este caso el TC ya ha sentenciado que el derecho fundamental a la intimidad está supeditado al interes general a perseguir actividades delictivas como la tenencia de pornografía de menores. Y han dado por buenas las pruebas recogidas sin orden judicial excusándose en la urgencia de la medida pues el acusado podría conectarse en remoto a un ordenador apagado y no conectado a la red, custodiado en dependencias policiales. Y el fiscal general q comenta la sentencia añade la perla de que el acusado podría introducir un virus informático en dicho ordenador no conectado a la red, con las misteriosas artes hacker que todos sabemos que poseen los pedófilos que dejan unas fotos comprometidas en mis documentos... ^^!

Se puede comparar con la valoración del TS sobre que el derecho fundamental a la defensa no está supeditado al interés general de perseguir actividades delictivas como la corrupción y evasión de dinero público. Y anulan las pruebas recogidas y condenan al juez por plantear la posibilidad a todas luces imposible de que un abogado pueda recibir órdenes delictivas para evadir de españa el dinero negro de la trama, pues obviamente no existen virus informáticos capaces de infectar a un honorable abogado y convertirlo en un criminal capaz de realizar tales actos. Y sin duda alguna, no hay ninguna urgencia en evitar q cuando detienen a una trama corrupta traten de sacar del país el dinero negro, porque como están en la carcel e incomunicados, es imposible que puedan dar ninguna orden al resto de la trama. Salvo que fuesen hackers que transmitiesen la información a través de sus abogados, por complejos métidos informáticos como codificarlo en ensamblador directamente en su ADN sin q se diesen cuenta... ^^!

#27 Sí, es repetida, pero en esta tenemos la opinión del fiscal general que opina que el derecho fundamental a la intimidad debería respetarse y valorarse más por parte del TC, cosa que no ha hecho pues se han inventado una excusa para cepillarse el derecho, excusa que ni la policía ni los tribunales anteriores habían ni nombrado siquiera (las artes hacker para borrar archivos en ordenadores no conectados a la red)

#20 Para los q no lo pillen, la leyenda afirma que Bill Gates estableció un límite de 640 Kb en la memoria RAM afirmando que nadie necesitaría más memoria que esa. Para mas inri, estaban ampliando desde los 16 bits el tamaño del paginador de memoria (permitía mapear 65 Kb) y en vez de pasar a usar 32 bits que sería lo lógico (permitiría mapear 4 Gb), decidió usar sólamente 20 bits para ahorrar espacio y aprovechar esos bits de sobra para nosequé, limitando la RAM a 640 Kb (realmente a un máximo de 1 Mb) porque predijo que eso sería suficiente para cq programa y nunca se necesitaría más. Todo el embrollo de las memorias extendidas y expandidas q vinieron después como parches, fueron debidas a esa brillante idea.

D

Parte I: #28 supongo que se habrá entendido porque digo lo dicho en #4 y el tono de "veis como ya lo decíamos" en el que debe leerse. Cierto es que la he cagado con el TC y el TS por despiste... pero por si no estaba claro, joder, brillante desarrollo. Yo he puesto el caso del enunciado de la noticia como contra-ejemplo en lo relativo a Garzón. Pero te lo has currado añadiendo el detalle de las razones técnicamente infundadas que esgrime el fiscal con el virus. Es que joder, en este caso es demostrable que el juez, actuando a instancias de un fiscal supongamos que mal documentado, ha cometido lo mismo de lo que se ha acusado a Garzón para echarlo. Pero las razones de Garzón para ordenar el uso de las escuchas en el Gürtel en todo caso se puede creer que eran infundadas por no demostrables, apurando la interpretación de la ley y por tanto sus motivaciones podían estar sujetas a la apreciación del juez. Pero mientras en el caso Garzón estamos cargando las frases de condicionales, de interpretaciones de unos y otros que finalmente derivan en todo lo que ha resultado en base a posibilidades y fundamenta la sentncia en que no había indicios plausibles (aunque nos de en la nariz que era lo que pretendían hacer por pura navaja de Okham...). Lo bueno de tu comentario es que has encontrado un contraejemplo brutal, porque en este caso si es demostrable que el virus a distancia y en un ordenador bajo custodia parado con el acusado encarcelado es IMPOSIBLE que llegue a causar daño alguno en las pruebas. Así pues el razonamiento que autoriza o no el uso de las pruebas que de otro modo no estarían permitidas es FALSO. Tan FALSO que es demostrable que la ingeniería detras de los aparatos que intervienen en la história prohibe cientificamente que eso pueda suceder. ES IMPOSIBLE. Ergo se puede afirmar CATEGORICAMENTE que esas pruebas no son validas por ley y en ultima instáncia si habria razones obejtivas para encauzar a juez y fiscal del mismo modo que a Garzón, por vulnerar el derecho a la correcta defensa del acusado. No es como la condena de Garzón, donde se dice que los indicios usados para autorizar las escuchas eran discutibles o no demostrables. No falsables y por eso daban lugar a interpretaciones variadas que iban desde la autorización a la anulación. INTERPRETACIÓN FRENTE A REFUTACIÓN. Resultado, en el caso virico el acusado se ve sometido a una doble indefensión. Primero se le aplica un grado penitenciario erroneo en base al supuesto peligro de destruccíon de pruevas. Y por otro lado se vulnera el correcto derecho a la legítima defensa aporando pruebas que no deberían haberse presentado en el juicio usando un criterio deliberadamente subjetivo y siendo buenos, por culpa de la incompetencia de fiscal y juez. Y digo siendo buenos porque desconocer como funciona un sistema informático y las leyes de la fisica detras del argumento que valida o no las pruebas es normal. Pero obviar que el trabajo de juez y de fiscal consiste entre muchos otras cosas, asesorarse por especialistas en la materia que desconocen e incluso peritar el trabajo del asesor para eliminar sombras es de cretíno. Y como estoy convencido de que sabian que procedimientos se deben siguir y se los saltaron deliberadamente para poder usar unas pruebas no validas a sabiendas de que ya habían visto las imagenes de pederastia. Así deja de ser incompetencia para ser PREVARICACIÓN, esta vez si, probada incluso sin apreciacion posible. NO PUEDE SER OTRA COSA. Al final a la gente le impora una mierda porque como el tio es pederasta, que le den por saco y a la carcel. Y da igual que sea a costa de cargarse las garantías legales y constitucionales que otorga el estado de derecho a un acusado y follarse al derecho romano que también recogen nuestras leyes, esas minucias que separan el reino de España de ls dictadura Franquista, de Zimbawe o del Afganistan actual donde campan los insurjentes o terroristas da igual junto con sus enemigos occidentales ejecutando por delitos X a todo el que quieren. Claro, a los que ejecutan las sentencias en estos escenarios la presunción de inocencia de un acusado y el tener la acusación que cargar con el peso de demostrar que los hechos de que se acusa a alguien sucedieron y son constitutivos de delito, cosa que no hace un militar americano cuando tiene indicios o simple paranoia de que una mujer con un niño lleva un cinturón de bombas hacia un control y se los carga a balazos para acto seguido comprobar que la ha cagado y ha matado a dos personas indefensas. O si un tribunal de "sharía" considera que deben lapidar a una mujer por acusaciones no probadas de adulterio. Y es en base a esta exposición que a Garzón se le ataca y finalmente se le condena. De hecho casi que se le acusa de hacer lo peor que puede llegar a hacer un juez, la deshonra...

PEEEEERO es cierto que según la interpretación hecha en la sentencia sobre si los motivos para autorizar las escuchas eran suficientes o no y por tanto si se incurria en prevaricación. Y ahí la cagada es de Garzón por no tener mas celo con todo. Pero con una explicación que razona porque no se molestó en dejar mas atado juridicamente los hechos para autorizar las escuchas. Y es que como demuestra lo del virus y todos los ultimos 35 de juicios en España, la aplicación de la ley en estos casos siempre había declarado las pruebas NULAS y se habia evitado acusar al juez instructor de extralimitarse en sus funciones o los que es lo mismo, prevaricar. Pero es que la ley en estos caso permite las dos interpretaciones. Como en muchas situaciones y leyes mas. Pero el olor a cuerno quemado de la cacería se hace mas que evidente. Solo en el caso de Garzón se ha aplicado la versión mas punitiva aprovechando que se sabía desde simpre y los denunciantes tambié, que la práctica habitual era sistematizar las escuchas y luego ver si hay indicios de delito en ellas mismas para autorizarlas a posteriori... incurriendo en un fraude de ley deliberado y sistematico por parte de TODOS los jueces instructores basandose en la misma doctrina del virus... es mejor vulenerar las garnatías constitucionales que pesan sobre un PRESUNTO culpable o llamado tambien ACUSADO, porque ya saben de antemano por la propia fase de instrución y la policia que el delito se ha cometido, que el presunto es el que ha comentido el delito y por tanto dejarle escapar por la invalidación de las pruebas principles es peor que alterar los procedimientos para asegurar que no haya margen de ningun tipo sonre el que infringe las leyes porque al final si el acusado se demuestra es inocente o no culpable porque no hay pruiebas suficientes ni es escuchas ni en ordenadores... que mas da que se declarn nulas.... Así que, está claro que en este país se garantiza la defensa correcta del acusado, pero no hasta el limite de parecer idiotas dejandolos escapar con la prueba en la mano por no valida. Solo se aparenta cumplir la ley. Así pues es culpable Garzón, si. Pero al contrario de lo que dice el auto que la motivación de la condena es que no hay indicios suficientes para autorizar las gravaciones, creo que no es el fondo del asunto y que la sentencia se basa en el hecho seguir el procedimiento de obtención a la inversa... es decir, grabamos y si hay delito, pam pillada y si no garantía procesal. FIN. Fin del asunto. Se ha hecho ver a la judicatura que no deben pasarse de la ralla porque lo que dan por sentado puede no serlo... y que el limite está en el tesotrero pero ni hablar de abrir la caja o ver mas papel que el que el presidente del partido le entregue. Y ademas a los futuros Garzones les ha quedado claro que el tema creiditicio no era delictivo y admas estaba prescrito. Y mientras no decidan si hay base para acusar al regimen franquista de crimenes contra la humanidad y genocidio no pasa nada que la ley ya lo contempla todo. Si hubiese demostrado una sola matanza en la guerra civil preparada contra algun grupo etnico o politico...

A Garzón se lo han quitado de encima por acercarse muy muy mucho al desman financer del PP. Pero fixat que el PSOE parla de Camps, del Bigotes, d'Orange market y el principal acusado quien es y porque no sen habla de el ni de su papel como TESORERO del PP y si se habla de Camps o jo se l'alre? Jo creo que no a no sabemos la parte de Gürtel,o no, que es PP y nunca se sabrá. Y el PSOE y CiU disparando a la parte de la trama simbólca mentre que ni s'inmuten per el fet de tesorería que ha aflorat y que s'ha menjat el tresorer.... pero el tresorer es el misatger...

natrix

#5 Si encuentras un enlace alternativo (que no exceda el tamaño máximo), avisa, por favor, a un admin en la fisgona para que lo cambie.

kumo

El acceso a la información acumulada en un ordenador pertenece al ámbito de la intimidad

No me cabe en la cabeza que aún haya dudas sobre esto. Que el email, por poner algo, no vaya en un sobre, no quiere decir que sea más violable y menos privado que el correo convencional. No digamos ya las fotos que me hice con el bañador de Borat en aquella fiesta en Ibiza que... bueno, que me lío. Que porque el soporte sea electrónico no tiene porque ser menos privado, cojones.

Clave, cifrado de disco y a correr.

yoma

Edit: no era esa la noticia.

rafaelbolso

#0 Prueba ¿"ilítica"?

De todas maneras al seguir el enlace:

La página solicitada no se encuentra disponible en estos momentos
Inténtelo en unos minutos o si lo desea,
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D

#2 ve a la fisgona y solicita a un admin que te lo arregle

sam2001

#3 voy a intentarlo... creo que es problema de que la URL es demasiado larga.

yoma

#8 Si no hay solución, ¿no se podría poner al final de la entradilla un aviso con el enlace completo indicando las causas?

sam2001

#9 podría ser una solución, pero el texto de la entradilla actual + el enlace tampoco entra

sam2001

#8 Maravilloso estoy buscando un enlace alternativo pero no encuentro nada, y lógicamente acortadores de url el sistema no permite

D

#8 Y por curiosidad técnica, ¿en base a qué has decidido que el máximo de una URL sean 250 caracteres? ¿Hay alguna ISO? Las peticiones GET aguantan 2000 o 4000 no?

G

#8 Estoy con #15, me parece que no tiene mucho sentido en una página que recolecta links, limitar la longitud de estos a 255 cuando las URLS aceptan miles. La razón es tan simple cómo este mismo caso. Parece que no fuerais programadores como para saber que la excepción es la regla.

D

#2 #8 Y si se usa un acortador de enlaces? http://bit.ly/yVJlJs

IvanDrago

#1 Ya tienen excusa para cargarse al juez del caso urdangarín!!! Prevaricación!!

nicapolidis

Algo va mal en menéame: Noticia a punto de entrar en portada (candidata), de los 12 comentarios #1 el típico tiquismiquis, 9 comentarios chateando sobre el problema del enlace. Y sólo 2 comentan la noticia (uno en plan risas).

Nota 1: Esta noticia no es novedad, ya se necesitaba autorización judicial para usar como prueba los contenidos de un ordenador.
Nota 2: Mi comentario no mejora las cosas, pero me llama la atención esto de las "candidatas".

sam2001

#13 tampoco es novedad la corrupción de políticos/gatitos lindos/SGAE mala/etc y mira si salen noticias en portada sobre esos tema
Hay algunas cosas que merece la pena que sean mencionadas de vez en cuando...

PussyLover

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D

Ahora dependerá del supremo declarar nulas esas pruebas en un juicio o inhabilitar al juez por 11 años.

D

> Error

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Ahi lo dejan caer, supongo que esta relacionada con el ordenador que le pillaron a Urdangarin, vamos que hacen la vista gorda...