El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia hito esta semana. El Tribunal dictaminó que la incrustación de vídeos con derechos de autor no es una infracción de copyright, incluso si el vídeo original se ha subido sin permiso, además (...)
Decir que incrustar vídeos de terceros como Youtube u otros es delito es de ser analfabetos. Que denuncien al que ha alojado el vídeo si viola derechos de autor. Confunden alojar con enlazar, y el "embed" es como enlazar. Esta demanda la ganaban incluso con un abogado de oficio.
#4 Si los contenidos son fraudulentos no creo que nadie lo pueda registrar como propiedad intelectual. Ej. Pedofilia, snaf, etc...
de todas maneras, compartir es un derecho fundamental y puede ser perfectamente compatible con los derechos de los autores. El copyright tiene los días contados.
#8 Nunca entendí a que narices se referían estos gansos de Prisa, Mediapro & company con hacer un ataque legal, si es un ataque siempre es ilegal y más con el actual Código Penal.
#5 alojan en una web de un país permisivo o con derechos del siglo actual el video y luego enlazan el video a la web del país anclado en el siglo anterior. Fin del problema.
Típico argumento de la industria del casette donde cobrar 1 € por una canción de 7mb les parece los efectos nocivos de la piratería en comparacion con su obsoleto producto.
Si servicios como spotify les parecen semilegales y consecuencia de la piratería.
Incrustar videos de youtube bajo su óptica es apocalíptico. El día que espabilen y monten servicios como el de iTunes o spotify se forran.
Comentarios
Esto siginifica que mañana me puedo hacer un blog pirata de cine?
Pregunto, que esto me suena muy fuerte.
Bien traducido #0 (por lo de incrustar digo)
Decir que incrustar vídeos de terceros como Youtube u otros es delito es de ser analfabetos. Que denuncien al que ha alojado el vídeo si viola derechos de autor. Confunden alojar con enlazar, y el "embed" es como enlazar. Esta demanda la ganaban incluso con un abogado de oficio.
#1 Si, siempre y cuando no seas tu el que sube el vídeo en primer lugar.
Esta sentencia protege a los usuarios que utilizan links a páginas de terceros, gran paso para la libertad de internet.
#4 y a los que incrustan contenidos fraudulentos, no? O sea, peliculas yonkis y este tipo de webs
#5 Es justo lo que dice la entradilla que has escrito tú: incluso si el vídeo original se ha subido sin permiso
#6 ah si?
#7 Pero que no sea de fútbol en directo que te hacen un ataque DDoS La LFP, Mediapro y Prisa planean un DDoS contra rojadirecta por el Madrid-Barça
La LFP, Mediapro y Prisa planean un DDoS contra ro...
es.eurosport.yahoo.com#2 yo usaría "embeber" que es correcta y se parece a la inglesa
#9 me gusta más "empotrar" el vídeo
#9 Incorporar podrías usar también
#10
#1 The Pirate Bay ya existe
Menos mal, porque yo tengo una web de videos del youtube y siempre me hacen dudar
Lógico pero que tenga un tribunal que aclararlo ya nos vale.
Manda webs que necesitemos una sentencia del TJUE para que ratifique lo que el sentido común ya nos había dejado entrever
La palabra de hoy es: Enalazar
#4 Incrustar video != Link al video
#14 Sal de mi mente!!!!!!
#17 En la sententencia se incluyen todo tipos de enlaces, tanto links, como hyperlinks y embedded videos.
¿Lo de Enalazar y sententencia tiene doble sentido?
Pero si pone el título,enlace y resumen, tiene que pagar la Tasa Goohle?
#4 Si los contenidos son fraudulentos no creo que nadie lo pueda registrar como propiedad intelectual. Ej. Pedofilia, snaf, etc...
de todas maneras, compartir es un derecho fundamental y puede ser perfectamente compatible con los derechos de los autores. El copyright tiene los días contados.
Joder! Resulta que mi web de cine basura fans es legal!
#8 Nunca entendí a que narices se referían estos gansos de Prisa, Mediapro & company con hacer un ataque legal, si es un ataque siempre es ilegal y más con el actual Código Penal.
Salu2
#5 alojan en una web de un país permisivo o con derechos del siglo actual el video y luego enlazan el video a la web del país anclado en el siglo anterior. Fin del problema.
Típico argumento de la industria del casette donde cobrar 1 € por una canción de 7mb les parece los efectos nocivos de la piratería en comparacion con su obsoleto producto.
Si servicios como spotify les parecen semilegales y consecuencia de la piratería.
Incrustar videos de youtube bajo su óptica es apocalíptico. El día que espabilen y monten servicios como el de iTunes o spotify se forran.
#0 estaría genial un [ENG]